ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DECRETO Nº 260-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130627/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ACOSTA RODRIGUEZ, LOURDES TIZIANA, D.N.I. N° 48.150.653, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ACOSTA RODRIGUEZ, LOURDES TIZIANA, D.N.I. N° 48.150.653.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 261-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130627/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ACOSTA ORTIZ, SOFIA TATIANA, D.N.I. N° 47.670.060, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ACOSTA ORTIZ, SOFIA TATIANA, D.N.I. N° 47.670.060.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 262-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130627/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ABREGÚ, KATIA, D.N.I. N° 48.673.540, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ABREGÚ, KATIA, D.N.I. N° 48.673.540.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 263-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130627/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ABREGÚ, ALLEGRA, D.N.I. N° 48.410.418, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ABREGÚ, ALLEGRA, D.N.I. N° 48.410.418.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 264-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130627/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ABRAMO GABUTTI, MARIA PAZ, D.N.I. N° 48.353.295, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ABRAMO GABUTTI, MARIA PAZ, D.N.I. N° 48.353.295.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 265-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130692/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ROMERO IRUSTA, DAYANA ANTONIA, D.N.I. N° 48.269.556, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ROMERO IRUSTA, DAYANA ANTONIA, D.N.I. N° 48.269.556.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 266-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130692/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ROLDAN, MATEO JOEL, D.N.I. N° 48.353.347, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ROLDAN, MATEO JOEL, D.N.I. N° 48.353.347.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 267-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130692/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ROJAS, MORENA, D.N.I. N° 48.427.817, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ROJAS, MORENA, D.N.I. N° 48.427.817.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 268-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130692/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ROJA LOYOLA, ALEJO GONZALO, D.N.I. N° 48.270.155, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ROJA LOYOLA, ALEJO GONZALO, D.N.I. N° 48.270.155.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 269-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130692/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RODRÍGUEZ PICO, BARBARA MICHELL, D.N.I. N° 96.049.041, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RODRÍGUEZ PICO, BARBARA MICHELL, D.N.I. N° 96.049.041.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 270-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130692/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RODRIGUEZ, VALENTINA, D.N.I. N° 48.353.200, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RODRIGUEZ, VALENTINA, D.N.I. N° 48.353.200.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 271-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130692/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RODRIGUEZ, RICHARD LIHUEL, D.N.I. N° 48.270.690, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RODRIGUEZ, RICHARD LIHUEL, D.N.I. N° 48.270.690.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 272-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130692/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RODRIGUEZ, NICOLE AILÉN, D.N.I. N° 47.902.280, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RODRIGUEZ, NICOLE AILÉN, D.N.I. N° 47.902.280.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 273-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130692/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RODRIGUEZ, MONICA LILIANA, D.N.I. N° 22.140.087, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RODRIGUEZ, MONICA LILIANA, D.N.I. N° 22.140.087.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 274-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130692/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RODRIGUEZ, MELISA BELINDA, D.N.I. N° 48.353.001, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RODRIGUEZ, MELISA BELINDA, D.N.I. N° 48.353.001.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 275-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130669/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que LUCERO, IARA ANGELINA, D.N.I. N° 47.669.220, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a LUCERO, IARA ANGELINA, D.N.I. N° 47.669.220.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 276-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130669/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que LUCERO, ESTEFANIA ABIGAIL, D.N.I. N° 47.592.018, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a LUCERO, ESTEFANIA ABIGAIL, D.N.I. N° 47.592.018.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 277-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130669/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que LUCERO, DELFINA PILAR, D.N.I. N° 47.669.639, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a LUCERO, DELFINA PILAR, D.N.I. N° 47.669.639.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 278-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130669/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que LUCERO, CAMILA GIULIANA, D.N.I. N° 48.527.377, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a LUCERO, CAMILA GIULIANA, D.N.I. N° 48.527.377.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 279-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130669/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que LUCERO, BRANDON JAVIER, D.N.I. N° 47.266.958, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a LUCERO, BRANDON JAVIER, D.N.I. N° 47.266.958.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 280-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130669/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que LUCERO, AGUSTINA ABIGAIL, D.N.I. N° 48.667.283, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a LUCERO, AGUSTINA ABIGAIL, D.N.I. N° 48.667.283.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 281-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130669/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que LUCERO PEREZ, NICOLAS AGUSTIN, D.N.I. N° 46.851.355, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a LUCERO PEREZ, NICOLAS AGUSTIN, D.N.I. N° 46.851.355.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 282-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130669/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que LOZANO MUÑOZ, JOSUE EDUARDO, D.N.I. N° 47.799.051, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a LOZANO MUÑOZ, JOSUE EDUARDO, D.N.I. N° 47.799.051.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 283-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130669/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que LOZA GIMENO, MATILDE KOÉ, D.N.I. N° 47.903.342, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a LOZA GIMENO, MATILDE KOÉ, D.N.I. N° 47.903.342.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 284-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130669/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que LORENTE, MARCOS EDUARDO, D.N.I. N° 48.353.558, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a LORENTE, MARCOS EDUARDO, D.N.I. N° 48.353.558.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 285-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130695/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SERRA, ABRIL, D.N.I. N° 48.291.817, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SERRA, ABRIL, D.N.I. N° 48.291.817.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 286-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130695/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SCHWINDT GIGNONE, AILÍN, D.N.I. N° 48.636.869, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SCHWINDT GIGNONE, AILÍN, D.N.I. N° 48.636.869.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 287-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130695/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SCHUSTER, SEBASTIAN IGNACIO, D.N.I. N° 47.669.857, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SCHUSTER, SEBASTIAN IGNACIO, D.N.I. N° 47.669.857.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 288-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130695/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SCHENATTI, ALDANA MILEN, D.N.I. N° 46.933.588, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SCHENATTI, ALDANA MILEN, D.N.I. N° 46.933.588.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 289-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130695/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SCARPATI SCHMID PONCE, SALVADOR, D.N.I. N° 47.902.368, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SCARPATI SCHMID PONCE, SALVADOR, D.N.I. N° 47.902.368.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 290-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130695/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SARTHES, RUBEN OSCAR, D.N.I. N° 14.658.792, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SARTHES, RUBEN OSCAR, D.N.I. N° 14.658.792.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 291-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130695/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SARMIENTO, LEONEL ALEJANDRO, D.N.I. N° 48.078.500, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SARMIENTO, LEONEL ALEJANDRO, D.N.I. N° 48.078.500.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 292-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130695/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SARMIENTO, LARA MIA, D.N.I. N° 47.267.142, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SARMIENTO, LARA MIA, D.N.I. N° 47.267.142.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 293-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130695/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SARMIENTO, FAUSTINO DAVID, D.N.I. N° 48.257.036, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SARMIENTO, FAUSTINO DAVID, D.N.I. N° 48.257.036.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 294-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130695/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SARABIA, BIANCA ELIZABETH, D.N.I. N° 47.488.301, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SARABIA, BIANCA ELIZABETH, D.N.I. N° 47.488.301.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 295-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130680/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ORTIZ CADELAGO, XIMENA, D.N.I. N° 47.670.420, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ORTIZ CADELAGO, XIMENA, D.N.I. N° 47.670.420.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 296-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130680/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OROZCO, PRISCILA CINDY, D.N.I. N° 45.382.080, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OROZCO, PRISCILA CINDY, D.N.I. N° 45.382.080.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 297-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130680/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ORIVE GATICA, MARIA PILAR, D.N.I. N° 48.269.346, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ORIVE GATICA, MARIA PILAR, D.N.I. N° 48.269.346.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 298-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130680/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ORELLANA, TANIA AGOSTINA, D.N.I. N° 47.669.299, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ORELLANA, TANIA AGOSTINA, D.N.I. N° 47.669.299.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 299-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130680/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ORDOÑEZ, ARIADNA AGUSTINA, D.N.I. N° 47.669.232, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ORDOÑEZ, ARIADNA AGUSTINA, D.N.I. N° 47.669.232.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 300-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130680/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OLMEDO, MARÍA VICTORIA, D.N.I. N° 48.527.040, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OLMEDO, MARÍA VICTORIA, D.N.I. N° 48.527.040.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 301-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130680/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OLMEDO, ANA JAZMÍN, D.N.I. N° 48.527.041, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OLMEDO, ANA JAZMÍN, D.N.I. N° 48.527.041.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 302-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130680/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OLIVERA CACACE, LUCIA, D.N.I. N° 48.352.687, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OLIVERA CACACE, LUCIA, D.N.I. N° 48.352.687.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 303-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130680/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OLIVARES FUNES, LUDMILA VANESA, D.N.I. N° 48.149.753, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OLIVARES FUNES, LUDMILA VANESA, D.N.I. N° 48.149.753.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 304-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130680/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OLIVARES CARRIZO, MARIANO JOSE, D.N.I. N° 46.934.236, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OLIVARES CARRIZO, MARIANO JOSE, D.N.I. N° 46.934.236.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 305-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130646/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CASTRO, NICOLAS FRANCISCO, D.N.I. N° 48.269.906, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CASTRO, NICOLAS FRANCISCO, D.N.I. N° 48.269.906.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 306-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130646/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CASTRO, AGUSTIN LEONARDO, D.N.I. N° 47.318.707, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CASTRO, AGUSTIN LEONARDO, D.N.I. N° 47.318.707.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 307-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130646/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CASTRO MOLINA, MARIA MORENA MAGALI, D.N.I. N° 47.902.435, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CASTRO MOLINA, MARIA MORENA MAGALI, D.N.I. N° 47.902.435.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 308-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130646/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CASTRO ALBORNOZ, ALDANA ABIGAIL, D.N.I. N° 48.353.660, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CASTRO ALBORNOZ, ALDANA ABIGAIL, D.N.I. N° 48.353.660.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 309-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130646/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CASTILLO, FRANCISCA YASMIN, D.N.I. N° 47.799.053, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CASTILLO, FRANCISCA YASMIN, D.N.I. N° 47.799.053.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 310-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130646/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CASTAGNO, JOAQUIN, D.N.I. N° 48.410.616, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CASTAGNO, JOAQUIN, D.N.I. N° 48.410.616.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 311-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130646/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CASTAGNO, CATALINA, D.N.I. N° 48.410.600, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CASTAGNO, CATALINA, D.N.I. N° 48.410.600.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 312-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130646/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CARRIZO, AGUSTÍN ADRIAN, D.N.I. N° 48.150.141, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CARRIZO, AGUSTÍN ADRIAN, D.N.I. N° 48.150.141.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 313-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130646/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CARRION, ALEXIS LEONEL, D.N.I. N° 47.669.066, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CARRION, ALEXIS LEONEL, D.N.I. N° 47.669.066.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 314-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130646/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CARREÑO, CAMILA, D.N.I. N° 48.527.135, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CARREÑO, CAMILA, D.N.I. N° 48.527.135.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 315-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130665/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ILLANES, FELIX RAFAEL, D.N.I. N° 46.807.128, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ILLANES, FELIX RAFAEL, D.N.I. N° 46.807.128.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 316-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130665/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que IBAÑEZ, VALENTINA MILAGROS, D.N.I. N° 48.813.419, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a IBAÑEZ, VALENTINA MILAGROS, D.N.I. N° 48.813.419.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 317-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130665/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que HUALLPA, LIZET ANTONELLA, D.N.I. N° 48.149.263, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a HUALLPA, LIZET ANTONELLA, D.N.I. N° 48.149.263.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 318-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130665/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que HIDALGO GIMENEZ, GUADALUPE ABIGAIL, D.N.I. N° 48.352.851, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a HIDALGO GIMENEZ, GUADALUPE ABIGAIL, D.N.I. N° 48.352.851.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 319-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130665/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que HERRERA LOPEZ, MAXIMO JESUS ANTONIO, D.N.I. N° 47.902.858, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a HERRERA LOPEZ, MAXIMO JESUS ANTONIO, D.N.I. N° 47.902.858.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 320-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130665/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que HEREDIA, GUADALUPE JAZMIN, D.N.I. N° 48.353.444, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a HEREDIA, GUADALUPE JAZMIN, D.N.I. N° 48.353.444.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 321-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130665/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que HEREDIA SOSA, BRIAN BENJAMIN, D.N.I. N° 46.545.378, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a HEREDIA SOSA, BRIAN BENJAMIN, D.N.I. N° 46.545.378.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 322-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130665/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que HASUOKA, JULIANA GUADALUPE, D.N.I. N° 48.270.103, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a HASUOKA, JULIANA GUADALUPE, D.N.I. N° 48.270.103.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 323-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130665/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que HARTFIEL, LEILA AGOSTINA, D.N.I. N° 48.269.164, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a HARTFIEL, LEILA AGOSTINA, D.N.I. N° 48.269.164.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 324-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130665/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que HARRISON, ENZO LEONEL, D.N.I. N° 47.948.711, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a HARRISON, ENZO LEONEL, D.N.I. N° 47.948.711.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 325-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130663/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GUTIERREZ, PRISCILA ANABELLA, D.N.I. N° 48.352.706, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GUTIERREZ, PRISCILA ANABELLA, D.N.I. N° 48.352.706.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 326-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130663/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GUTIERREZ MIRANDA, SANTINO NICOLAS, D.N.I. N° 48.527.299, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GUTIERREZ MIRANDA, SANTINO NICOLAS, D.N.I. N° 48.527.299.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 327-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130663/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GUERRERO, MILAGROS LUZ, D.N.I. N° 47.903.083, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GUERRERO, MILAGROS LUZ, D.N.I. N° 47.903.083.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 328-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130663/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GUARDIA, DYLAN AZARIEL, D.N.I. N° 48.354.154, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GUARDIA, DYLAN AZARIEL, D.N.I. N° 48.354.154.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 329-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130663/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GRLJUSICH, MARIA DEL PILAR, D.N.I. N° 48.269.888, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GRLJUSICH, MARIA DEL PILAR, D.N.I. N° 48.269.888.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 330-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130663/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GRAY NIEVA, TATIANA MABEL, D.N.I. N° 47.901.834, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GRAY NIEVA, TATIANA MABEL, D.N.I. N° 47.901.834.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 331-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130663/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GONZALEZ, MILAGROS YANET, D.N.I. N° 48.527.117, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GONZALEZ, MILAGROS YANET, D.N.I. N° 48.527.117.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 332-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130663/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GONZALEZ, MIKAELA PRISCILA, D.N.I. N° 48.601.312, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GONZALEZ, MIKAELA PRISCILA, D.N.I. N° 48.601.312.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 333-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130663/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GONZALEZ, CIARA VALENTINA, D.N.I. N° 47.670.434, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GONZALEZ, CIARA VALENTINA, D.N.I. N° 47.670.434.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 334-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130663/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GONZALEZ, BRISA NOEMI, D.N.I. N° 48.150.498, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GONZALEZ, BRISA NOEMI, D.N.I. N° 48.150.498.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 335-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130688/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que QUIROGA, BAUTISTA ISMAEL, D.N.I. N° 48.895.861, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a QUIROGA, BAUTISTA ISMAEL, D.N.I. N° 48.895.861.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 336-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130688/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que QUIROGA SUAREZ, VALENTINA PILAR, D.N.I. N° 47.669.741, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a QUIROGA SUAREZ, VALENTINA PILAR, D.N.I. N° 47.669.741.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 337-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130688/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que QUIROGA BRITOS, PEDRO IGNACIO, D.N.I. N° 48.149.397, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a QUIROGA BRITOS, PEDRO IGNACIO, D.N.I. N° 48.149.397.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 338-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130688/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que QUIROGA BORTOLUSSI, MARIA VICTORIA, D.N.I. N° 47.901.961, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a QUIROGA BORTOLUSSI, MARIA VICTORIA, D.N.I. N° 47.901.961.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 339-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130688/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que QUINTANA COSTA, MARTINA ANAHI, D.N.I. N° 48.018.351, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a QUINTANA COSTA, MARTINA ANAHI, D.N.I. N° 48.018.351.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 340-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130688/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que QUEVEDO RIBERO, MILAGROS BELÉN, D.N.I. N° 48.149.689, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a QUEVEDO RIBERO, MILAGROS BELÉN, D.N.I. N° 48.149.689.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 341-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130688/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que PULICE KOT HANSEN, NINA, D.N.I. N° 48.385.112, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a PULICE KOT HANSEN, NINA, D.N.I. N° 48.385.112.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 342-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130688/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que PRADEL PALOMINO, LIS GABRIELA, D.N.I. N° 48.354.273, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a PRADEL PALOMINO, LIS GABRIELA, D.N.I. N° 48.354.273.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 343-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130688/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que PRADA CARRANZA, JULIETA, D.N.I. N° 48.017.599, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a PRADA CARRANZA, JULIETA, D.N.I. N° 48.017.599.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 344-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130688/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que PONCE, RAMONA ESMERALDA ELIZABETH, D.N.I. N° 48.149.027, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a PONCE, RAMONA ESMERALDA ELIZABETH, D.N.I. N° 48.149.027.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 345-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130694/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SANTORO, ENZO TOMÁS, D.N.I. N° 47.336.882, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SANTORO, ENZO TOMÁS, D.N.I. N° 47.336.882.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 346-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130694/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SANTAMARIA, JUAN PABLO, D.N.I. N° 48.756.436, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SANTAMARIA, JUAN PABLO, D.N.I. N° 48.756.436.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 347-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130694/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SANMARTINO, ANA LUCILA, D.N.I. N° 47.799.883, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SANMARTINO, ANA LUCILA, D.N.I. N° 47.799.883.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 348-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130694/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SANGUINETTI PEDERNERA, ROSARIO JAZMIN, D.N.I. N° 48.543.208, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SANGUINETTI PEDERNERA, ROSARIO JAZMIN, D.N.I. N° 48.543.208.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 349-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130694/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SANCHEZ, VICTORIA, D.N.I. N° 48.149.159, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SANCHEZ, VICTORIA, D.N.I. N° 48.149.159.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 350-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130694/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SANCHEZ, AGOSTINA MAGALI, D.N.I. N° 47.318.124, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SANCHEZ, AGOSTINA MAGALI, D.N.I. N° 47.318.124.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 351-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130694/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SANCHEZ QUIROGA, BIANCA SOFIA, D.N.I. N° 47.726.993, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SANCHEZ QUIROGA, BIANCA SOFIA, D.N.I. N° 47.726.993.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 352-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130694/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SANCHEZ FERNANDEZ, JUAN DIEGO, D.N.I. N° 48.270.389, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SANCHEZ FERNANDEZ, JUAN DIEGO, D.N.I. N° 48.270.389.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 353-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130694/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SALINAS, BERTA ANDREA, D.N.I. N° 48.269.013, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SALINAS, BERTA ANDREA, D.N.I. N° 48.269.013.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 354-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130694/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SALINAS, AXEL ALAN VLADIMIR, D.N.I. N° 42.845.752, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SALINAS, AXEL ALAN VLADIMIR, D.N.I. N° 42.845.752.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 355-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130640/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BERTONE, MARINA AIMÉ, D.N.I. N° 47.902.250, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BERTONE, MARINA AIMÉ, D.N.I. N° 47.902.250.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 356-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130640/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BERRIDO CABALLERO, BRENDA ABIGAIL, D.N.I. N° 48.597.399, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BERRIDO CABALLERO, BRENDA ABIGAIL, D.N.I. N° 48.597.399.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 357-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130640/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BENITEZ, JULIETA LUZ, D.N.I. N° 48.269.154, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BENITEZ, JULIETA LUZ, D.N.I. N° 48.269.154.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 358-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130640/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BENGOLEA, MATTHEW, D.N.I. N° 48.527.163, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BENGOLEA, MATTHEW, D.N.I. N° 48.527.163.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 359-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130640/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BELTRAN RAMIREZ, BRAYAN GEORGIO, D.N.I. N° 41.298.304, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BELTRAN RAMIREZ, BRAYAN GEORGIO, D.N.I. N° 41.298.304.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 360-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130640/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BELLITTI, LUIS AGUSTIN, D.N.I. N° 48.410.579, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BELLITTI, LUIS AGUSTIN, D.N.I. N° 48.410.579.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 361-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130640/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BECERRA, SANTIAGO CARLOS, D.N.I. N° 48.017.984, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BECERRA, SANTIAGO CARLOS, D.N.I. N° 48.017.984.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 362-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130640/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BECERRA, NAHUEL OSCAR, D.N.I. N° 50.117.704, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BECERRA, NAHUEL OSCAR, D.N.I. N° 50.117.704.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 363-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130640/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BECERRA, MARIA MILAGROS, D.N.I. N° 46.072.523, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BECERRA, MARIA MILAGROS, D.N.I. N° 46.072.523.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 364-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130640/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BECERRA, JOHANA MAILEN, D.N.I. N° 44.953.677, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BECERRA, JOHANA MAILEN, D.N.I. N° 44.953.677.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 365-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130639/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BECERRA, FELICIANA SOFIA, D.N.I. N° 48.353.772, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BECERRA, FELICIANA SOFIA, D.N.I. N° 48.353.772.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 366-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130639/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BECERRA NIEVAS, INGRID LUDMILA, D.N.I. N° 48.620.634, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BECERRA NIEVAS, INGRID LUDMILA, D.N.I. N° 48.620.634.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 367-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130639/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BECERRA CAMARGO, MARIA LOURDES, D.N.I. N° 48.352.650, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BECERRA CAMARGO, MARIA LOURDES, D.N.I. N° 48.352.650.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 368-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130639/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BEA MALDONADO, YULIANA ALEJANDRA, D.N.I. N° 46.409.476, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BEA MALDONADO, YULIANA ALEJANDRA, D.N.I. N° 46.409.476.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 369-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130639/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BAZAN, TAMARA MARILIN, D.N.I. N° 48.150.824, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BAZAN, TAMARA MARILIN, D.N.I. N° 48.150.824.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 370-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130639/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BAZAN, AGUSTINA AILEN, D.N.I. N° 47.901.639, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BAZAN, AGUSTINA AILEN, D.N.I. N° 47.901.639.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 371-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130639/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BAYUGAR, IVAN MANUEL, D.N.I. N° 48.511.043, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BAYUGAR, IVAN MANUEL, D.N.I. N° 48.511.043.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 372-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130639/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BASTIAS, DELFINA, D.N.I. N° 48.354.201, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BASTIAS, DELFINA, D.N.I. N° 48.354.201.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 373-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130639/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BARTOLOMEI RECALDE, MARÍA SOFÍA, D.N.I. N° 48.537.745, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BARTOLOMEI RECALDE, MARÍA SOFÍA, D.N.I. N° 48.537.745.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 374-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130639/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BARROZO, JAZMIN ESMERALDA, D.N.I. N° 48.269.474, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BARROZO, JAZMIN ESMERALDA, D.N.I. N° 48.269.474.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 375-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130631/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ALCARAZ, AXEL URIEL, D.N.I. N° 48.150.269, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ALCARAZ, AXEL URIEL, D.N.I. N° 48.150.269.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 376-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130631/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ALCARAZ PEREZ, AMIR ELIAS, D.N.I. N° 48.149.754, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ALCARAZ PEREZ, AMIR ELIAS, D.N.I. N° 48.149.754.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 377-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130631/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ALBORNOZ, TIZIANA MARTINA, D.N.I. N° 48.017.909, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ALBORNOZ, TIZIANA MARTINA, D.N.I. N° 48.017.909.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 378-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130631/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ALBORNOZ, SAMANTA MARIEL, D.N.I. N° 34.262.492, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ALBORNOZ, SAMANTA MARIEL, D.N.I. N° 34.262.492.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 379-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130631/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ALBORNOZ, NATASHA MORENA, D.N.I. N° 48.269.948, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ALBORNOZ, NATASHA MORENA, D.N.I. N° 48.269.948.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 380-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130631/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ALBORNOZ, HECTOR ÍVAN, D.N.I. N° 47.318.613, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ALBORNOZ, HECTOR ÍVAN, D.N.I. N° 47.318.613.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 381-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130631/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ALARCON, MARIANO SEBASTIAN, D.N.I. N° 32.724.483, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ALARCON, MARIANO SEBASTIAN, D.N.I. N° 32.724.483.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 382-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130631/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ALANIZ, MATHIAS ALBERTO, D.N.I. N° 47.798.032, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ALANIZ, MATHIAS ALBERTO, D.N.I. N° 47.798.032.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 383-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130631/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ALANIZ, MACARENA ISABEL, D.N.I. N° 37.717.043, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ALANIZ, MACARENA ISABEL, D.N.I. N° 37.717.043.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 384-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130631/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ALANIZ, GISELA VALENTINA, D.N.I. N° 48.608.252, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ALANIZ, GISELA VALENTINA, D.N.I. N° 48.608.252.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 385-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130675/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MORTALONI GUTIERREZ, RENZO GABRIEL, D.N.I. N° 48.472.039, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MORTALONI GUTIERREZ, RENZO GABRIEL, D.N.I. N° 48.472.039.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 386-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130675/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MORTALONI GUTIERREZ, PABLO FRANCISCO, D.N.I. N° 48.472.040, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MORTALONI GUTIERREZ, PABLO FRANCISCO, D.N.I. N° 48.472.040.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 387-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130675/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MORENO, OCTAVIO SUYAI, D.N.I. N° 48.149.871, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MORENO, OCTAVIO SUYAI, D.N.I. N° 48.149.871.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 388-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130675/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MORENO, MARCELA LILIANA, D.N.I. N° 30.383.996, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MORENO, MARCELA LILIANA, D.N.I. N° 30.383.996.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 389-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130675/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MOREIRA, FRANCESCA MACARENA, D.N.I. N° 48.150.802, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MOREIRA, FRANCESCA MACARENA, D.N.I. N° 48.150.802.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 390-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130675/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MOREIRA, FABIANA MAGALÍ, D.N.I. N° 47.592.439, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MOREIRA, FABIANA MAGALÍ, D.N.I. N° 47.592.439.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 391-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130675/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MORCON, ANA CLARA, D.N.I. N° 48.270.290, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MORCON, ANA CLARA, D.N.I. N° 48.270.290.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 392-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130675/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MORAN, TOMMY ALISTER, D.N.I. N° 49.052.833, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MORAN, TOMMY ALISTER, D.N.I. N° 49.052.833.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 393-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130675/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MORAN, CANDELA DENISE, D.N.I. N° 48.353.457, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MORAN, CANDELA DENISE, D.N.I. N° 48.353.457.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 394-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130675/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MORALES, VICTORIA AYLÉN, D.N.I. N° 48.562.331, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MORALES, VICTORIA AYLÉN, D.N.I. N° 48.562.331.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 395-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130690/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RIVERO, AISHA ANABEL, D.N.I. N° 44.905.326, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RIVERO, AISHA ANABEL, D.N.I. N° 44.905.326.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 396-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130690/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RIGAU SEIJAS, FLORENCIA CAROLINA, D.N.I. N° 48.410.887, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RIGAU SEIJAS, FLORENCIA CAROLINA, D.N.I. N° 48.410.887.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 397-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130690/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RIARTE, MORENA ANTONELLA, D.N.I. N° 48.410.617, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RIARTE, MORENA ANTONELLA, D.N.I. N° 48.410.617.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 398-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130690/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que REYES, LIZ ABRIL, D.N.I. N° 48.353.906, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a REYES, LIZ ABRIL, D.N.I. N° 48.353.906.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 399-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130690/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que REYES, ANAHI AIME, D.N.I. N° 48.353.655, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a REYES, ANAHI AIME, D.N.I. N° 48.353.655.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 400-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130690/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RETA, YESICA NOEMI, D.N.I. N° 35.475.179, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RETA, YESICA NOEMI, D.N.I. N° 35.475.179.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 401-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130690/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RETA MORALES, DAMARIS ANTONELLA, D.N.I. N° 48.394.391, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RETA MORALES, DAMARIS ANTONELLA, D.N.I. N° 48.394.391.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 402-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130690/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RESA, MARA, D.N.I. N° 48.269.959, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RESA, MARA, D.N.I. N° 48.269.959.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 403-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130690/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que REINA YERMAKOV, MICAELA AGUSTINA, D.N.I. N° 47.985.258, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a REINA YERMAKOV, MICAELA AGUSTINA, D.N.I. N° 47.985.258.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 404-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130690/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RASTRILLA, CATALINA, D.N.I. N° 48.732.445, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RASTRILLA, CATALINA, D.N.I. N° 48.732.445.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 405-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130693/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SALINAS, ANA ELIZABETH AGUSTINA, D.N.I. N° 47.800.611, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SALINAS, ANA ELIZABETH AGUSTINA, D.N.I. N° 47.800.611.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 406-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130693/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SALDAÑA, VIRGINIA LUJAN, D.N.I. N° 48.269.524, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SALDAÑA, VIRGINIA LUJAN, D.N.I. N° 48.269.524.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 407-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130693/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SALCEDO, LUCÍA MELANI, D.N.I. N° 48.071.858, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SALCEDO, LUCÍA MELANI, D.N.I. N° 48.071.858.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 408-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130693/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SALAS, ESTEBAN AARON, D.N.I. N° 49.051.351, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SALAS, ESTEBAN AARON, D.N.I. N° 49.051.351.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 409-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130693/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SALARI TORRES, SANTINO NICOLAS, D.N.I. N° 48.590.004, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SALARI TORRES, SANTINO NICOLAS, D.N.I. N° 48.590.004.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 410-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130693/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SALANITRO, VALENTINO, D.N.I. N° 48.426.694, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SALANITRO, VALENTINO, D.N.I. N° 48.426.694.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 411-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130693/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que SAA, AIXA NAHIR, D.N.I. N° 48.352.532, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a SAA, AIXA NAHIR, D.N.I. N° 48.352.532.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 412-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130693/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que RUIZ, SOFÍA EMMA, D.N.I. N° 48.321.354, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a RUIZ, SOFÍA EMMA, D.N.I. N° 48.321.354.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 413-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130693/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ROTTA, BRUNO JULIAN, D.N.I. N° 47.591.921, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ROTTA, BRUNO JULIAN, D.N.I. N° 47.591.921.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 414-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130693/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ROMERO, BRISA CELESTE, D.N.I. N° 47.799.317, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ROMERO, BRISA CELESTE, D.N.I. N° 47.799.317.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 415-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130659/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GATICA, YULIANA AGUSTINA, D.N.I. N° 46.933.534, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GATICA, YULIANA AGUSTINA, D.N.I. N° 46.933.534.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 416-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130659/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GATICA, ROMÁN TOBÍAS, D.N.I. N° 47.669.577, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GATICA, ROMÁN TOBÍAS, D.N.I. N° 47.669.577.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 417-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130659/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GATICA, MARÍA PAZ, D.N.I. N° 47.667.890, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GATICA, MARÍA PAZ, D.N.I. N° 47.667.890.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 418-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130659/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GATICA, MARTA ROSA, D.N.I. N° 25.166.818, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GATICA, MARTA ROSA, D.N.I. N° 25.166.818.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 419-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130659/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GATICA, MARIA NOEL AILEN, D.N.I. N° 48.317.397, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GATICA, MARIA NOEL AILEN, D.N.I. N° 48.317.397.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 420-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130659/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GATICA, CONSTANZA, D.N.I. N° 48.018.168, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GATICA, CONSTANZA, D.N.I. N° 48.018.168.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 421-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130659/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GATICA MAURINO, MARIA MERLINA, D.N.I. N° 47.488.143, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GATICA MAURINO, MARIA MERLINA, D.N.I. N° 47.488.143.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 422-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130659/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GATICA CHACANA, CAMILA NOEMI, D.N.I. N° 48.353.045, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GATICA CHACANA, CAMILA NOEMI, D.N.I. N° 48.353.045.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 423-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130659/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GARRO, SOFIA BELEN, D.N.I. N° 48.150.389, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GARRO, SOFIA BELEN, D.N.I. N° 48.150.389.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 424-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130659/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GARRO, SARA VALENTINA, D.N.I. N° 48.018.381, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GARRO, SARA VALENTINA, D.N.I. N° 48.018.381.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 425-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130678/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OLIVA, JOSE ANTONIO, D.N.I. N° 48.150.308, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OLIVA, JOSE ANTONIO, D.N.I. N° 48.150.308.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 426-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130678/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OLIVA, ISAIAS, D.N.I. N° 44.738.795, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OLIVA, ISAIAS, D.N.I. N° 44.738.795.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 427-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130678/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OLGUIN, CAMILA MILAGROS, D.N.I. N° 47.964.877, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OLGUIN, CAMILA MILAGROS, D.N.I. N° 47.964.877.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 428-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130678/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OLGUIN, ABRIL LUDMILA, D.N.I. N° 48.352.967, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OLGUIN, ABRIL LUDMILA, D.N.I. N° 48.352.967.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 429-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130678/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OJEDA, SOFIA VICTORIA, D.N.I. N° 47.902.318, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OJEDA, SOFIA VICTORIA, D.N.I. N° 47.902.318.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 430-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130678/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OJEDA, MORENA, D.N.I. N° 48.269.265, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OJEDA, MORENA, D.N.I. N° 48.269.265.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 431-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130678/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OJEDA, LUJAN, D.N.I. N° 48.352.843, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OJEDA, LUJAN, D.N.I. N° 48.352.843.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 432-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130678/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OJEDA, ESTEFANIA LUCIA, D.N.I. N° 48.270.173, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OJEDA, ESTEFANIA LUCIA, D.N.I. N° 48.270.173.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 433-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130678/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OJEDA, DANILO MANUEL, D.N.I. N° 47.591.752, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OJEDA, DANILO MANUEL, D.N.I. N° 47.591.752.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 434-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130678/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que OJEDA, BENJAMIN NICOLAS, D.N.I. N° 47.799.942, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a OJEDA, BENJAMIN NICOLAS, D.N.I. N° 47.799.942.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 435-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130661/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GOMEZ BARLOA, LUDMILA GERALDINE, D.N.I. N° 48.352.927, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GOMEZ BARLOA, LUDMILA GERALDINE, D.N.I. N° 48.352.927.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 436-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130661/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GOMEZ ACEVEDO, CANDELA ANAHI, D.N.I. N° 48.269.752, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GOMEZ ACEVEDO, CANDELA ANAHI, D.N.I. N° 48.269.752.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 437-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130661/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GODOY, MANUELA, D.N.I. N° 43.621.704, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GODOY, MANUELA, D.N.I. N° 43.621.704.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 438-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130661/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GODOY, LOURDES MICAELA, D.N.I. N° 47.318.367, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GODOY, LOURDES MICAELA, D.N.I. N° 47.318.367.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 439-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130661/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GODOY, FLORENCIA TAMARA, D.N.I. N° 47.903.046, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GODOY, FLORENCIA TAMARA, D.N.I. N° 47.903.046.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 440-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130661/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GODOY GARCIA, MARCO GERARDO, D.N.I. N° 47.799.281, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GODOY GARCIA, MARCO GERARDO, D.N.I. N° 47.799.281.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 441-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130661/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GODOY ANDRADA, MARIA PIA GIANELLA, D.N.I. N° 48.527.759, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GODOY ANDRADA, MARIA PIA GIANELLA, D.N.I. N° 48.527.759.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 442-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130661/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GIMENEZ, NATALIA ROMINA, D.N.I. N° 35.316.645, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GIMENEZ, NATALIA ROMINA, D.N.I. N° 35.316.645.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 443-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130661/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GIMENEZ CALDERON, MARIA EMILIA, D.N.I. N° 48.333.708, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GIMENEZ CALDERON, MARIA EMILIA, D.N.I. N° 48.333.708.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 444-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130661/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GIMENES, ANAHI SOLEDAD, D.N.I. N° 48.353.608, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GIMENES, ANAHI SOLEDAD, D.N.I. N° 48.353.608.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 445-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130658/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GARRO, JULIANA MARILIN, D.N.I. N° 44.219.363, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GARRO, JULIANA MARILIN, D.N.I. N° 44.219.363.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 446-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130658/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GARRO RAMOS, TOBIAS NICOLÁS, D.N.I. N° 48.354.288, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GARRO RAMOS, TOBIAS NICOLÁS, D.N.I. N° 48.354.288.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 447-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130658/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GARCIA VIDELA, PALOMA DANIA, D.N.I. N° 47.592.073, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GARCIA VIDELA, PALOMA DANIA, D.N.I. N° 47.592.073.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 448-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130658/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GARCIA MONTAÑO, TOMÁS, D.N.I. N° 47.669.757, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GARCIA MONTAÑO, TOMÁS, D.N.I. N° 47.669.757.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 449-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130658/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GAMARRA IRIGOYEN, RAMIRO, D.N.I. N° 48.504.969, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GAMARRA IRIGOYEN, RAMIRO, D.N.I. N° 48.504.969.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 450-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130658/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GALLO, JOSELÍN NATASHA, D.N.I. N° 46.887.568, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GALLO, JOSELÍN NATASHA, D.N.I. N° 46.887.568.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 451-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130658/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GALLEGO MARTINEZ, ANA LUZ, D.N.I. N° 48.149.155, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GALLEGO MARTINEZ, ANA LUZ, D.N.I. N° 48.149.155.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 452-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130658/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GALLARDO OCHOA, JUAN IGNACIO, D.N.I. N° 48.150.830, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GALLARDO OCHOA, JUAN IGNACIO, D.N.I. N° 48.150.830.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 453-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130658/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GALICHINI ALVARENGA, BETHANIA SOL, D.N.I. N° 47.799.024, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GALICHINI ALVARENGA, BETHANIA SOL, D.N.I. N° 47.799.024.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 454-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130658/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que GALDEANO IDIART, KELTIA CELSA, D.N.I. N° 48.180.517, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a GALDEANO IDIART, KELTIA CELSA, D.N.I. N° 48.180.517.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 455-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130630/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ALANIZ, ANGELA ALEXANDRA CAROLINA, D.N.I. N° 48.150.405, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ALANIZ, ANGELA ALEXANDRA CAROLINA, D.N.I. N° 48.150.405.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 456-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130630/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ALANIZ, AGUSTINA ELIZABETH, D.N.I. N° 48.270.626, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ALANIZ, AGUSTINA ELIZABETH, D.N.I. N° 48.270.626.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 457-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130630/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que ALAGIA, NICOLLE AYLEN, D.N.I. N° 46.807.022, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ALAGIA, NICOLLE AYLEN, D.N.I. N° 46.807.022.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 458-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130630/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AIME, SANTIAGO FABIAN, D.N.I. N° 46.933.594, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AIME, SANTIAGO FABIAN, D.N.I. N° 46.933.594.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 459-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130630/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AHUMADA, MARIANO VALENTIN, D.N.I. N° 48.352.977, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AHUMADA, MARIANO VALENTIN, D.N.I. N° 48.352.977.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 460-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130630/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AHUMADA LUALDI, PRISCILA, D.N.I. N° 48.149.131, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AHUMADA LUALDI, PRISCILA, D.N.I. N° 48.149.131.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 461-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130630/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AGÜERO, SANTIAGO DAVID, D.N.I. N° 48.150.691, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AGÜERO, SANTIAGO DAVID, D.N.I. N° 48.150.691.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 462-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130630/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AGÜERO, MARIA DELIA, D.N.I. N° 47.798.225, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AGÜERO, MARIA DELIA, D.N.I. N° 47.798.225.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 463-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130630/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AGÜERO, LEONARDO EZEQUIEL, D.N.I. N° 47.318.342, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AGÜERO, LEONARDO EZEQUIEL, D.N.I. N° 47.318.342.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 464-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130630/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AGÜERO, AYELEN JANET, D.N.I. N° 47.620.727, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AGÜERO, AYELEN JANET, D.N.I. N° 47.620.727.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 465-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130628/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AGUIRRE, FATIMA FLORENCIA, D.N.I. N° 47.902.052, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AGUIRRE, FATIMA FLORENCIA, D.N.I. N° 47.902.052.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 466-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130628/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AGUILERA, MELANY ROSARIO, D.N.I. N° 48.149.046, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AGUILERA, MELANY ROSARIO, D.N.I. N° 48.149.046.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 467-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130628/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AGUILERA CANCELLI, BENJAMÍN, D.N.I. N° 48.129.711, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AGUILERA CANCELLI, BENJAMÍN, D.N.I. N° 48.129.711.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 469-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130628/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9° de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AGUILAR, YOHANA ELIZABETH, D.N.I. N° 48.270.755, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AGUILAR, YOHANA ELIZABETH, D.N.I. N° 48.270.755.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 470-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130628/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AGUILAR, SOFIA BELEN, D.N.I. Nº 48.018.481, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AGUILAR, SOFIA BELEN, D.N.I. Nº 48.018.481.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 471-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130628/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AGUILAR, ANTONELLA MILAGROS, D.N.I. Nº 48.269.371, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AGUILAR, ANTONELLA MILAGROS, D.N.I. Nº 48.269.371.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 472-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130628/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AGUIAR, BRIAN FABIAN, D.N.I. Nº 47.902.606, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AGUIAR, BRIAN FABIAN, D.N.I. Nº 47.902.606.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 473-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130628/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AGUERO, NEHEMIAS MATEO, D.N.I. Nº 45.886.196, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AGUERO, NEHEMIAS MATEO, D.N.I. Nº 45.886.196.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 474-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130628/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que AGUERO, LAUTARO ISMAEL, D.N.I. Nº 48.269.873, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AGUERO, LAUTARO ISMAEL, D.N.I. Nº 48.269.873.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 475-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130647/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CERSOFIOS COTRONEO, JOEL ALEJANDRO, D.N.I. Nº 47.943.990, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CERSOFIOS COTRONEO, JOEL ALEJANDRO, D.N.I. Nº 47.943.990.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 476-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130647/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CERRATO CALVI, JUAN MANUEL, D.N.I. Nº 47.648.892, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CERRATO CALVI, JUAN MANUEL, D.N.I. Nº 47.648.892.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 477-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130647/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CEJAS, SOFIA BELEN, D.N.I. Nº 47.799.628, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CEJAS, SOFIA BELEN, D.N.I. Nº 47.799.628.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 478-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130647/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CEJAS, GUADALUPE JAEL, D.N.I. Nº 46.072.863, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CEJAS, GUADALUPE JAEL, D.N.I. Nº 46.072.863.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 479-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130647/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CEBALLOS, ELEA CANDELA, D.N.I. Nº 48.354.211, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CEBALLOS, ELEA CANDELA, D.N.I. Nº 48.354.211.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 480-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130647/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CAÑAS, SANDRA MILENA, D.N.I. Nº 48.667.829, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CAÑAS, SANDRA MILENA, D.N.I. Nº 48.667.829.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 481-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130647/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CAÑAS, ALDANA MILAGROS, D.N.I. Nº 48.352.679, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CAÑAS, ALDANA MILAGROS, D.N.I. Nº 48.352.679.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 482-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130647/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CAÑAMERO SUAREZ, MATEO, D.N.I. Nº 47.591.509, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CAÑAMERO SUAREZ, MATEO, D.N.I. Nº 47.591.509.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 483-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130647/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CAVALLERO, TIZIANA, D.N.I. Nº 47.592.409, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CAVALLERO, TIZIANA, D.N.I. Nº 47.592.409.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 484-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130647/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CAVALLERA, LUCAS MAURICIO, D.N.I. Nº 48.353.168, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CAVALLERA, LUCAS MAURICIO, D.N.I. Nº 48.353.168.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 485-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130642/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BUSTOS, JUAN GABRIEL, D.N.I. Nº 47.487.584, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BUSTOS, JUAN GABRIEL, D.N.I. Nº 47.487.584.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 486-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130642/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BUSTOS, DIEGO SAMUEL, D.N.I. Nº 47.588.581, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BUSTOS, DIEGO SAMUEL, D.N.I. Nº 47.588.581.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 487-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130642/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BUSTOS FERNANDEZ, JEREMIAS VALENTIN, D.N.I. Nº 47.267.767, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BUSTOS FERNANDEZ, JEREMIAS VALENTIN, D.N.I. Nº 47.267.767.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 488-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130642/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BURGO, MARILIN ROCIO AILEN, D.N.I. Nº 47.667.983, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BURGO, MARILIN ROCIO AILEN, D.N.I. Nº 47.667.983.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 489-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130642/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BULACIO OVIEDO, LAUTARO AGUSTÍN, D.N.I. Nº 46.727.319, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BULACIO OVIEDO, LAUTARO AGUSTÍN, D.N.I. Nº 46.727.319.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 490-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130642/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BRIZUELA, LOURDES DEL ROSARIO, D.N.I. Nº 48.018.052, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BRIZUELA, LOURDES DEL ROSARIO, D.N.I. Nº 48.018.052.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 491-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130642/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BRITO, TATIANA MARICEL, D.N.I. Nº 48.150.905, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BRITO, TATIANA MARICEL, D.N.I. Nº 48.150.905.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 492-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130642/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BRITO, EMILSE ANTONELLA, D.N.I. Nº 48.955.955, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BRITO, EMILSE ANTONELLA, D.N.I. Nº 48.955.955.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 493-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130642/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BREZIGAR, TOMAS ARIEL, D.N.I. Nº 48.178.724, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BREZIGAR, TOMAS ARIEL, D.N.I. Nº 48.178.724.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 494-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130642/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BRAVO VIDELA, SOFIA MAYLEN, D.N.I. Nº 47.670.490, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BRAVO VIDELA, SOFIA MAYLEN, D.N.I. Nº 47.670.490.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 495-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130643/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CAGOL MOLEKER, LUCIA, D.N.I. Nº 48.353.940, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CAGOL MOLEKER, LUCIA, D.N.I. Nº 48.353.940.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 496-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130643/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CACERES SANCHEZ, CANDELA MIA, D.N.I. Nº 47.903.056, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CACERES SANCHEZ, CANDELA MIA, D.N.I. Nº 47.903.056.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 497-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130643/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CABRERA, SOFIA RAMONA, D.N.I. Nº 47.798.687, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CABRERA, SOFIA RAMONA, D.N.I. Nº 47.798.687.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 498-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130643/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CABRERA, KEVIN ALDO DAVID, D.N.I. Nº 48.150.892, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CABRERA, KEVIN ALDO DAVID, D.N.I. Nº 48.150.892.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 499-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130643/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CABRERA, JAQUELINE ALEJANDRA DE LOS ANGELES, D.N.I. Nº 47.487.825, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CABRERA, JAQUELINE ALEJANDRA DE LOS ANGELES, D.N.I. Nº 47.487.825.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 500-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130643/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CABAÑEZ, ANA ROSA, D.N.I. Nº 44.219.365, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CABAÑEZ, ANA ROSA, D.N.I. Nº 44.219.365.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 501-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130643/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que CABANAY, LUISA NORMA, D.N.I. Nº 47.266.917, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CABANAY, LUISA NORMA, D.N.I. Nº 47.266.917.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 502-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130643/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BUSTOS, VALENTINA ANAHÍ, D.N.I. Nº 47.902.748, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BUSTOS, VALENTINA ANAHÍ, D.N.I. Nº 47.902.748.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 503-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130643/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BUSTOS, SOLITA BELEN, D.N.I. Nº 48.527.313, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BUSTOS, SOLITA BELEN, D.N.I. Nº 48.527.313.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 504-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130643/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BUSTOS, LUCILA NICOLE, D.N.I. Nº 48.270.269, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BUSTOS, LUCILA NICOLE, D.N.I. Nº 48.270.269.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 505-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130706/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que VERA, ALEXIS URIEL, D.N.I. Nº 47.798.329, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a VERA, ALEXIS URIEL, D.N.I. Nº 47.798.329.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 506-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130706/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que VERA MIRANDA, DIEGO RONALDO, D.N.I. Nº 48.527.283, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a VERA MIRANDA, DIEGO RONALDO, D.N.I. Nº 48.527.283.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 507-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130706/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que VELEZ, SABRINA CECILIA, D.N.I. Nº 47.901.530, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a VELEZ, SABRINA CECILIA, D.N.I. Nº 47.901.530.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 508-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130706/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que VELEZ, ORIANA MILAGROS, D.N.I. Nº 48.149.989, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a VELEZ, ORIANA MILAGROS, D.N.I. Nº 48.149.989.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 509-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130706/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que VELEZ, MATEO BENJAMIN, D.N.I. Nº 47.267.534, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a VELEZ, MATEO BENJAMIN, D.N.I. Nº 47.267.534.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 510-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130706/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que VELAZQUEZ, LEONEL MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 47.903.147, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a VELAZQUEZ, LEONEL MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 47.903.147.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 511-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130706/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que VELAZQUEZ GARRO, EMILIA AYELÉN, D.N.I. Nº 48.352.655, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a VELAZQUEZ GARRO, EMILIA AYELÉN, D.N.I. Nº 48.352.655.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 512-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130706/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que VELAZQUE, BENJAMIN JOÉL, D.N.I. Nº 47.318.720, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a VELAZQUE, BENJAMIN JOÉL, D.N.I. Nº 47.318.720.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 513-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130706/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que VELASCO PANZA, AGUSTIN EZEQUIEL, D.N.I. Nº 48.270.510, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a VELASCO PANZA, AGUSTIN EZEQUIEL, D.N.I. Nº 48.270.510.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 514-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130706/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que VAZQUEZ ROMERO, XAYANA NAHOMIR, D.N.I. Nº 48.354.044, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a VAZQUEZ ROMERO, XAYANA NAHOMIR, D.N.I. Nº 48.354.044.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 515-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130641/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BRAVO JAHAN, JOAQUIN EMILIANO, D.N.I. Nº 48.258.690, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BRAVO JAHAN, JOAQUIN EMILIANO, D.N.I. Nº 48.258.690.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 516-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130641/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BRACAMONTE, MICOL SELENIA, D.N.I. Nº 48.410.134, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BRACAMONTE, MICOL SELENIA, D.N.I. Nº 48.410.134.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 517-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130641/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BOVIO, LUCIA MARIA, D.N.I. Nº 47.487.803, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BOVIO, LUCIA MARIA, D.N.I. Nº 47.487.803.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 518-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130641/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BORDON, PRISCILA GUADALUPE, D.N.I. Nº 48.269.360, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BORDON, PRISCILA GUADALUPE, D.N.I. Nº 48.269.360.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 519-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130641/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BOFFA, CATALINA BRISA, D.N.I. Nº 48.063.701, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BOFFA, CATALINA BRISA, D.N.I. Nº 48.063.701.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 520-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130641/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BODAS, VALENTINA ROCIO, D.N.I. Nº 48.018.047, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BODAS, VALENTINA ROCIO, D.N.I. Nº 48.018.047.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 521-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130641/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BLANCO, AXEL NICOLAS, D.N.I. Nº 48.527.319, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BLANCO, AXEL NICOLAS, D.N.I. Nº 48.527.319.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 522-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130641/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BLANCO RODRIGUEZ, CIRO, D.N.I. Nº 48.270.361, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BLANCO RODRIGUEZ, CIRO, D.N.I. Nº 48.270.361.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 523-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130641/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BLANCO CERESOLE, CATALINA, D.N.I. Nº 48.353.780, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BLANCO CERESOLE, CATALINA, D.N.I. Nº 48.353.780.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 524-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130641/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que BIANCHI, MARIA JOSE, D.N.I. Nº 48.527.801, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BIANCHI, MARIA JOSE, D.N.I. Nº 48.527.801.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 525-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130676/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que NATEL SARMIENTO, YASNA AYLIN, D.N.I. Nº 48.017.745, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a NATEL SARMIENTO, YASNA AYLIN, D.N.I. Nº 48.017.745.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 526-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130676/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MUÑOZ, THOMAS EVER, D.N.I. Nº 44.992.553, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MUÑOZ, THOMAS EVER, D.N.I. Nº 44.992.553.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 527-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130676/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MUÑOZ, JUANA CANDELA, D.N.I. Nº 48.353.236, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MUÑOZ, JUANA CANDELA, D.N.I. Nº 48.353.236.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 528-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130676/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MUÑOZ, FRANCO DARIO MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 43.839.821, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MUÑOZ, FRANCO DARIO MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 43.839.821.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 529-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130676/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MUÑOZ, CAMILA NAHIR, D.N.I. Nº 48.149.523, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MUÑOZ, CAMILA NAHIR, D.N.I. Nº 48.149.523.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 530-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130676/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MUÑOZ TORRES, VIRGINIA, D.N.I. Nº 49.024.614, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MUÑOZ TORRES, VIRGINIA, D.N.I. Nº 49.024.614.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 531-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130676/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MUÑOZ MOSSO, MARTINA, D.N.I. Nº 48.149.394, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MUÑOZ MOSSO, MARTINA, D.N.I. Nº 48.149.394.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 532-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130676/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MUÑOZ AMAYA, YANILA LIHUÉN, D.N.I. Nº 48.667.206, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MUÑOZ AMAYA, YANILA LIHUÉN, D.N.I. Nº 48.667.206.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 533-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130676/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MOYANO AZCURRA, DELFINA, D.N.I. Nº 48.354.114, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MOYANO AZCURRA, DELFINA, D.N.I. Nº 48.354.114.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 534-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130676/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MOSCETTA BARROSO, ALDANA AIDA, D.N.I. Nº 47.798.655, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MOSCETTA BARROSO, ALDANA AIDA, D.N.I. Nº 47.798.655.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 535-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130674/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MORALES, THIARA CAMILA, D.N.I. Nº 44.530.949, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MORALES, THIARA CAMILA, D.N.I. Nº 44.530.949.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 536-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130674/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MORALES, GUADALUPE ABIGAIL, D.N.I. Nº 48.527.628, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MORALES, GUADALUPE ABIGAIL, D.N.I. Nº 48.527.628.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 537-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130674/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MORALES RODRIGUEZ, HUGO MATEO, D.N.I. Nº 48.018.188, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MORALES RODRIGUEZ, HUGO MATEO, D.N.I. Nº 48.018.188.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 538-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130674/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MORA AGUILERA, SOFIA MORENA, D.N.I. Nº 48.354.173, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MORA AGUILERA, SOFIA MORENA, D.N.I. Nº 48.354.173.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 539-ME-2026.-

San Luis, 26 de Enero de 2026.-

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-1130674/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;

Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;

Que MONTIVEROS, ELEANA, D.N.I. Nº 26.042.621, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a MONTIVEROS, ELEANA, D.N.I. Nº 26.042.621.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

RESOLUCIONES

COMISIÓN REGULADORA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA SAN LUIS

RESOLUCION Nº 100-CRPEE-2026.-

San Luis, 17 de marzo de 2026

“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

EL EXD. 0000-10090307/25. PSFV SAN LUIS OESTE C.C.N.P.”, la Ley Nº VIII-0276-2004 y la resolución Nº 89-CRPEE-2024, y;

CONSIDERANDO:

Que, la empresa TECSOL SA ha solicitado el C.C.N.P. en expediente 12020127/24, que oportunamente se archivó por falta de envío de la información básica y factibilidad vencida, conforme surge de la INFLEG 28536/25 y DLC 5159/25 intimada en junio de 2025 para que aporte la documentación faltante a los efectos de su correcto encuadre, ACTPAS 1627007/25;

Que, con posterioridad, en noviembre de 2025 la solicitante inició una solicitud de encuadre de la LMT que uniría el PSVF con la red de MT, pidiendo como punto de conexión un alimentador urbano dentro del Parque Industrial Norte, intersección calles Int. Gallo e Int. Cuello- ACTPAS 1608652/25 de octubre de 2025;

Que, en ACTPAS 1634942/25 obra medida de mejor proveer y en ACTPAS 1636613/25-NOTA Nº 1113-CRPEE-2025 notificada a EDESAL SA del 12-12-2025, obra requerimiento de información requerida por la Comisión Reguladora, toda vez que la factibilidad original de la conexión del PSFV estaba vencida y no se había tramitado una nueva solicitud ni completado el trámite de otorgamiento del C.C.N.P., por lo que la LMT no tenía carga asociada;

Que, en ACTPAS 1655343/26 obra NOTA Nº 103-CRPEE-2026 notificada a EDESAL SA el 12/02/2026, intimando la emisión de la factibilidad, aclarando que como Agente MEM tiene que cumplir con la normativa nacional, como así también con las obligaciones del Contrato de Concesión en el ámbito provincial;

Que, en ACTPAS 1651494/26, obra nota de respuesta de la Distribuidora NOTA OLA- 142/2026 - que acredita requerimiento al solicitante y en ACTPAS 1658193/26 obra NOTA OLA- 252/26 de respuesta al requerimiento de información del 24-2-2026 y por correo electrónico, ese mismo día la misma información es aportada por el solicitante;

Que, cabe advertir que de la inspección ocular se ha constatado que se ha violado el art 11 º de la Ley Nº VIII- 0276-2004 y la resolución Nº 89-CRPEE-2024, ya que el PSFV se encuentra en proceso de hincamiento sin ni siquiera haber completado la información para la obtención del CCNP, ni teniendo siquiera en informe de factibilidad del operador del Sistema Eléctrico Provincial- SEP- Edesal S.A.;

Que, en actuación ACTPAS ١٦٥٨١٩٣/٢٦ obra envío de información y el mismo día- 24-2-26 el solicitante envío por correo electrónico la misma información, agregada en ACTPAS 1658503/26;

Que, analizada la solicitud el área técnica remitió Nota Nº 133- CRPEE-2026, requiriendo información adicional, a fin de poder emitir el informe técnico respectivo;

Que, el ACTPAS 1665935/26 obra informe técnico que da cuenta que la solicitud inicial de 2024 requería una potencia distinta al proyecto presentado y que el actual es una solicitud de conexión de 8870 kW, al CT 23 - urbano- en la intersección de calles Garro y Cuello del Parque Industrial Norte conectado aguas abajo de la ET San Luis Centro;

Que, cabe llamar la atención de la Distribuidora, en relación al hecho que el CM0403 es privado y por tal no puede encontrarse aguas arriba de un punto de conexión al servicio público y, de encontrarse aguas abajo, no debiere ser afectado por la calidad o condiciones prestacionales del servicio por la conexión que el PSFV solicita;

Que, reiterando el criterio sostenido por esta Comisión es que las solicitudes de los generadores no son PAFTT, ya que se tratan de puntos de conexión de generación y no demanda, y, por tal, tienen normativa de aplicación diferente que debe respetarse;

Que, en principio, conectar capacidad de generación de potencias superiores a 5 MW en zonas urbanas en MT no es conveniente para la prestación del servicio público, máxime cuando la vinculación se hace en zonas industriales donde la calidad del servicio debe ser mantenida por la complejidad de los equipamientos y efectos adversos que el ramaje de ingreso un PSFV acarrea para las condiciones operativas del subsistema, en especial porque el Parque industrial tiene cargas bajas los días inhábiles, pudiendo afectar la prestación en la zona de influencia del punto de conexión que contempla la factibilidad de la Distribuidora;

Que, dado que las instalaciones se encuentran cercanas - a similar distancia de dos Estaciones Transformadoras en 132 kV, lo deseable para la planificación del servicio es que se conecte en un nivel de tensión no urbano y en un punto de conexión con capacidad de operación y monitoreo en RT, para lo cual es conveniente que la habilitación del punto de conexión sea transitoria, hasta tanto se readecuen las instalaciones de la Distribuidora en una instalación en 132 kV que puedan receptar en condiciones segura las cargas del PSFV, y, dado que la ET PI SL tiene alta potencia de cortocircuito y no dispone de campos en 33 kV para albergar esta conexión, el solicitante tiene que afrontar el costo proporcional de la readecuación de I futuro punto de conexión - sea ET San Luis Parque Industrial o Centro;

Que, aun no cuenta con CCNP la instalación “Y” cuyo CCNP ha solicitado la Distribuidora, toda vez que no ha aportado los elementos para el análisis técnico, requiere de EIA aprobado y de audiencia pública, por lo que no puede habilitarse como punto de conexión futuro;

Que, dado que el predio del PSFV transcurre dentro de la franja de seguridad del electroducto en 132 kV, corresponde al solicitante mantener el resguardo de la franja de seguridad - conforme NT 80 AyEE- de aplicación, es decir 15 metros de cada lado de la LAT 132 kV Lujan - SLPI, haciéndose responsable de los eventos, toda vez que la servidumbre de electroducto es aparente y no puede ser desconocida, amén de los efectos adversos electromagnéticos que puedan afectar el funcionamiento de la instalación de generación quedan por exclusiva cuenta del solicitante;

Que, en relación a la solicitud inicial de estas actuaciones- encuadre de la LMT entre el PSFV y el punto de conexión, y, dado: (i) que la misma solo será de utilidad para la evacuación de la generación de PSFV se trata de una LMT de carácter privado, debiendo el solicitando resolver los permisos de paso y tránsito con los superficiarios; afrontar las pérdidas de ese tramo sea colocando el SMEC en el punto de conexión provisorio o, en su caso, afrontando las pérdidas, además de los costos de O&M que incurra, determinándose por ello el punto de conexión provisorio en el CT 23, no bastando el seccionador, sino que deberá tener los elementos de protección y maniobras y comunicaciones que garanticen la operatividad desde el CMD, dado que es la única opción operativa que permite resguardar la operatividad segura de los usuarios conectados al CT 23 y zona de influencia;

Que, del Informe Técnico obrante en ACTPAS 1665935/26 se desprende que la conexión en 33 kV se puede hacer siempre que se garanticen todas las protecciones y la operatividad en tiempo real entre el Centro de Despacho- CMD- y dado que la Distribuidora ha emitido la en ese punto condicionada a una conexión futura en 132 kV, procede determinar que el Certificado se emite bajo responsabilidad de la Distribuidora y por tiempo determinado no superior a 720 días, contados desde el otorgamiento del Certificado, tiempo en que deberá acordar con la concesionaria del servicio un nuevo punto de conexión en una barra de 33-132kV en cualquiera de las ET de la ciudad de San Luis, sea Parque Industrial o San Luis Centro;

Que, dado que la conexión es en 33 kV y, en un todo de acuerdo con la resolución Nº 89-CRPEE-2024, no procede la convocatoria a audiencia pública;

Que, dadas las circunstancias antedichas, procede determinar que, previo a la conexión y puesta en marcha comercial, se deberán acompañar los estudios dinámicos - Fase 11- y el convenio de conexión, donde se precisen las condiciones de conexión, responsabilidad y defina la ubicación del SMEC, a fin de proceder a la verificación de lo aquí ordena;

Que, sin perjuicio de ello, corresponde señalar que esta Comisión Reguladora no permite conexiones de unidades de generación intermitente en subsistemas urbanos, tal como se ha expuesto reiteradamente y es norma;

Que, sin prejucio de lo expuesto, procede abrir sumario a la solicitante y formular cargos por incumplimiento del art. 11 º de la Ley Nº VIII-0276-2004 y normativa vigente, por falta de tramitación de los permisos administrativos en tiempo y forma;

Que, asimismo procede volver a llamar la atención de Distribuidora respecto de su obligación como Agente MEM es simultánea a sus obligaciones que se desprenden del Contrato de concesión;

Que ha intervenido la Oficina Legal;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

LA COMISION REGULADORA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA ELECTRICA

RESUELVE:

Art. 1º. - Otorgar provisoriamente el Certificado de conveniencia y necesidad Pública al Parque solar Fotovoltaico San Luis Oeste, titularidad de TECSOL S.A. con potencia de 8870 kWp, y teniendo como punto de conexión al CT 23 - urbano- en la intersección de calles Garro y Cuello del Parque Industrial Norte conectado aguas abajo con la ET San Luis quedando la línea de media tensión que vincula el PSFV con el punto de conexión, como línea privada, ya que no integra el servicio público, siendo la responsabilidad íntegramente a cargo del titular del PSFV San Luis Oeste;

Art. 2º: La solicitante deberá de modo previo a la puesta en marcha comercial presentar los Estudios Fase 11 y la Distribuidora deberá presentar toda la calibración de las protecciones que garanticen la calidad de servicios en el subsistema del Parque Industrial Norte.

Art 3º: El presente Certificado se otorga por el término de 720 días, período en que la solicitante deberá arbitrar los medios necesarios para conectarse a una Estación Transformadora que permita desvincularse en el CT 23 San Luis y permita desconectar la conexión urbana. -

Art 4º. - Abrase sumario por incumplimiento del art. 11 º Ley Nº VIII-0276-2004.-

Art. 5º. - Notificar a las partes y publicar en el Boletín Oficial por un día.-

LAURA GIUMELLI

Presidente C.R.P.E.E.

Augusto Fa Luchini

Vocal C.R.P.E.E.

SPP e. y v: 20 Mar.

ACUERDOS

ADM 19213/26

“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2026”

ACUERDO N° 34-STJSL-SA-2026.-

En la Provincia de San Luis, a DIECINUEVE días del mes de MARZO de DOS MIL VEINTISÉIS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA y ANDREA CAROLINA MONTE RISO. No firman los Sres. Ministros Dres. JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER y EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, por encontrarse en comisión oficial.-

DIJERON: Que por Acuerdo N° 255-STJSL-SA-2025, de fecha 16 de octubre de 2025, se modificó el punto I) del Acuerdo N° 248-STJSL-SA-2025, estableciéndose, a partir del día 17 de octubre de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 inclusive, un régimen transitorio de turnos para el ingreso de causas a las Salas en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia de la Cámara de Apelaciones de la Primera Circunscripción Judicial.-

Que, a tales efectos, se dispuso que la Secretaría de Informática Judicial arbitrara las medidas tecnológicas necesarias para su implementación.-

Que de los datos del informe de análisis de gestión del año 2025 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia, Violencia y Laboral de la Primera Circunscripción Judicial y su complementario, realizado por el Área de Superintendencia de Secretaría Administrativa con las Recomendaciones al respecto de tal Secretaría, en cumplimiento de los puntos I y III del Acuerdo N° 317-STJSL-SA-2022 - actuación Nº 29671489/26- y del informe del Área de Control de Plazos de dicha Secretaría -actuación N° 29826267/26- sobre la cantidad de autos interlocutorios y sentencias definitivas, que al 6 de marzo de 2026, se encontraban pendientes de dictado en las Salas en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia N° 1 y N° 2 de la referida circunscripción, todo lo que obra en ADM 19017/25, surge que el referido régimen transitorio de turnos contribuyó a disminuir el marcado desequilibrio que se advirtió, en aquella oportunidad, en la distribución de la carga jurisdiccional entre las Salas mencionadas y que se mantiene la conclusión de que la referida Sala 2 presenta disponibilidad de capacidad resolutiva en comparación con la situación histórica de la mencionada Sala 1.-

Que tal disparidad de carga funcional impacta en los tiempos de resolución, con incidencia directa en la garantía de tutela judicial efectiva.-

Que, en consecuencia, resulta necesario reanudar el sistema de turnos establecido por Acuerdo N° 255-STJSL-SA-2025, a fin de consolidar el proceso de nivelación progresiva de la pendencia entre ambas Salas, sin perjuicio de la evaluación periódica de sus resultados, la cual permitirá determinar la pertinencia de su prórroga o la adopción de ajustes complementarios orientados a optimizar la gestión jurisdiccional.-

Por ello, y conforme a lo dispuesto en los arts. 214 incs. 3) y 5) de la Constitución Provincial y 39 inc. 29) de la Ley Orgánica de Administración de Justicia;

ACORDARON:

I) DISPONER que transitoriamente, a partir del día 1 de abril de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026, inclusive, el turno para ingreso de causas a las Salas en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia de la Cámara de Apelaciones de la Primera Circunscripción Judicial será conforme se indica a continuación:

• Del día 1 al 10 de cada mes, ingreso exclusivo de causas a la Sala Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Nº 2, con exclusión de aquellas en las que la Sala Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia N° 1 hubiere entendido en la primera elevación, las cuales deberán ser elevadas a dicha Sala Civil N° 1.

• Del día 11 al 20 de cada mes, ingreso exclusivo de causas a la Sala Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Nº 1, con exclusión de aquellas en las que la Sala Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia N° 2 hubiere entendido en la primera elevación, las cuales deberán ser elevadas a dicha Sala Civil N° 2.

• Del día 21 al día final de cada mes, ingreso exclusivo de causas a la Sala Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Nº 2, con exclusión de aquellas en las que la Sala Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia N° 1 hubiere entendido en la primera elevación, las cuales deberán ser elevadas a dicha Sala Civil N° 1.-

A tales efectos, Secretaría de Informática Judicial arbitrará las medidas tecnológicas necesarias.-

II) ESTABLECER que por el Área de Control de Plazos se efectúe el seguimiento mensual de la cantidad de autos interlocutorios y sentencias definitivas pendientes de dictado en las Salas en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia N° 1 y N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a efectos de evaluar la necesidad de continuar o modificar la medida dispuesta en el punto I del presente Acuerdo.-

III) DETERMINAR que por Secretaría Administrativa se publique el presente Acuerdo en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia por un (1) día y en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en la sección “Acuerdos”.-

Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres. Ministros que se comunique a todo el Personal y Organismos del Poder Judicial de la Provincia, a los Colegios de Abogados y Procuradores de la Provincia y a Secretaría de Informática Judicial, a sus efectos.-

e. y v: 20 Mar.

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL CARMEN

RESOLUCION Nº 15-MVDC-2024

Villa del Carmen (San Luis) 04 de Enero de 2024.-

VISTO:

Que es importante que nuestro Municipio y sobretodo nuestro Pueblo de Villa del Carmen cuente con un Escudo Propio que lo identifique y distinga, que mejor que sea representado por Nuestra Madre La Santa Patrona “La Virgen del Carmen”.-

Que es el propósito del Intendente Comisionado Municipal crear Un Escudo para nuestra Comunidad.-

Y CONSIDERANDO:

Que como antecedente de la creación de esta villa cabe citar la Ley Nº210 del 28 de septiembre de 1872 cuyo artículo 1º establece: Autorizase al Poder Ejecutivo para expropiar un área de terreno de la extensión que crea conveniente, para fundar una villa en el distrito de la Estanzuela, 4º Departamento Don Juan W. Gez dice al respeto: En 1873 se mandó a fundar la Villa en el antiguo lugar de la Capilla del Carmen.-

Según el historiador Santiago Sánchez Rodriguez dice “en 1879 fue inaugurada oficialmente la iglesia como Iglesia del Monte Carmelo por el Reverendo Padre Reimundo Pujador, cuyos padrinos fueron Don Pedro Aguirre y su esposa Doña Dolores Ortiz.

POR ELLO:

EL INTENDENTE COMISIONADO MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE

VILLA DEL CARMEN, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN:

Art. 1) Establecer la creación de un Escudo con la Imagen de Nuestra Santa Patrona “La Virgen del Carmen”, (teniendo en cuenta los antecedentes de la creación del Pueblo) las imágenes de las Sierras Comechingones, el Sol, los Laureles y los colores de nuestra Bandera Nacional.-

Art. 2) Las disposiciones de la presente Resolución alcanza al uso del Escudo a todas las Instituciones de nuestro Pueblo que así lo quieran utilizar.-

Art. 3) Comuníquese, promúlguese, publíquese y oportunamente archívese.-

MATIAS DANIEL RABONI

Intendente Comisionado

Nelsi Noemi Rodriguez

Secretaria de Gobierno

SPP e: y v: 20 Mar

RESOLUCION Nº 16-MVDC-2024

Villa del Carmen (San Luis) 15 de Noviembre de 2024.-

VISTO:

La ley N º VI-0159-2004 y sus modificatorias, Código de Aguas de la Provincia de San Luis.

Que dicho Código, modificado por la ley VII-0671-2009, establece la posibilidad de suspender temporariamente usos del recurso por razones de fuerza mayor, a fin de garantizar la provisión del agua en forma eficiente tanto en cantidad como en calidad, debiendo tener en cuenta que esta acción mantenga proporcionalidad entre el medio, el fin perseguido por la ley y la causa generadora de la situación actual.

Que en la localidad de Villa del Carmen, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis, se han observado frecuente y recurrentes derroches de aguas sin aprovechar, mediante el reciclado adecuado, el recurso, el riego indiscriminado de veredas y demás sitios, desagotes de piletas cuyas aguas no son tratadas ni mantenidas, entre otras.

Que esto produce una pérdida del recurso agua, que aún no cuantificada, es de importante magnitud.

Que en virtud de la aplicación del Código de Aguas queda establecida la preferencia para el uso humano del recurso natural agua.

Que el agua es un recurso, que, aunque renovable, es escaso y vulnerable, siendo un elemento insustituible para el sostenimiento de la vida humana. Que la escasez del agua se manifiesta por las inconveniencias climáticas, al aumentar la demanda y los conflictos por su uso, y su vulnerabilidad se pone de manifiesto en la creciente necesidad de mejorar su tratamiento a fin de mantener su calidad.

Y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº XII-0622-2008 art. 1, 3 otorga al Intendente Comisionado Municipal la función de administrar los bienes municipales, y disponer de los mismos de conformidad a lo dispuesto en la Constitución Provincial, de prestar servicios locales y sobre ellos ejercer el poder de policía municipal.

Que a fin de garantizar el correcto uso del recurso natural agua, el Intendente Comisionado Municipal puede y debe en virtud del inc. 9 del art 261 de la Constitución Provincial, ejecutar por el sistema que fije la ley, las obras que estime convenientes.

POR ELLO Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR LEY

LA INTENDENTE COMISIONADO DE VILLA DEL CARMEN

EMITE LA SIGUIENTE

RESOLUCION.

Art. 1.- Adhiérase por la presente a la ley N º VI-0159-2004 Código de Aguas y sus modificatorias, el Municipio de Villa del Carmen, declarando vigente la emergencia hídrica en la localidad de Villa del Carmen, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis.

Art. 2.- A tal fin tómense las medidas necesarias para el correcto aprovechamiento del recurso natural agua, disponiéndose la aplicación de sanciones necesarias para quienes hagan un uso indebido e incorrecto del recurso.

Art. 3.- Promúlguese, publíquese y oportunamente archívese.

MATIAS DANIEL RABONI

Intendente Comisionado

Nelsi Noemi Rodriguez

Secretaria de Gobierno

SPP e: y v: 20 Mar

RESOLUCION Nº 17-MVDC-2024

Villa del Carmen (San Luis) 10 de Mayo de 2024.-

VISTO:

La necesidad de disponer el Municipio de los bienes con los cuales cuenta para la venta.-

Y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº XII-0622-2008 Art. 1, otorga al Intendente Comisionado Municipal la función de administrar los bienes municipales y disponer de los mismos en conformidad a lo dispuesto en la Constitución Provincial.

Que la Municipalidad de Villa del Carmen Vende: Un Microomnibus, Dominio: GDX959, Marca: MERCEDES BENZ, Modelo: OF-1417 TIPO: MICROOMNIBUS. USO: PÚBL.-TRAN. PASAJ. INTERJU. CHASIS: 9BM3840677B500180, MOTOR: 904920U0698549.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE COMISIONADO MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE

VILLA DEL CARMEN, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN:

Art. 1.-VenderUn Microomnibus, Dominio: GDX959, Marca: MERCEDES BENZ, Modelo: OF-1417 TIPO: MICROOMNIBUS. USO: PÚBL.-TRAN. PASAJ. INTERJU. CHASIS: 9BM3840677B500180, MOTOR: 904920U0698549 a GLOBOAVES ARGENTINA S.A. CUIT. Nº 33-69622771-9, con domicilio legal en Suipacha Nº 211 Piso 3 Of. 308 CABA. Domicilio comercial: Sobremonte 70 Piso 6 Paseo de la Ribera de la ciudad de Río Cuarto, Provincia de Córdoba; en la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($350.000,00) la que será abonado con Tres cheques Nº 15556591, 15556592 y 15556593.-

Art. 2.- El bien objeto de esta compra debe utilizarse solamente y como único fin para el uso que tenga en cuenta la Municipalidad de Villa del Carmen.-

Art. 3.-COMUNÍQUESE, PROMÚLGUESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE.

MATIAS DANIEL RABONI

Intendente Comisionado

SPP e: y v: 20 Mar

RESOLUCION Nº 18-MVDC-2024

Villa del Carmen (San Luis) 27 de Noviembre de 2024.-

VISTO:

La necesidad habitacional de la creciente población de Villa del Carmen, (S.L.), que en los últimos tiempos se ha afincado en el radio urbano.

Que la misma se encuentra en estado de precariedad habitacional conviviendo varias familias en espacios reducidos.

Y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº XII-0622-2008 Art. 1, otorga al Intendente Comisionado Municipal la función de administrar los bienes municipales y disponer de los mismos en conformidad a lo dispuesto en la Constitución Provincial.

Que la Municipalidad de Villa del Carmen cuenta con un terreno disponible para realizar la construcción de una vivienda de tipo familiar.

Que es política de este Ejecutivo Municipal alinearse con la política provincial y llevar adelante la manda constitucional, de una casa por grupo familiar.

POR ELLO:

EL INTENDENTE COMISIONADO MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE

VILLA DEL CARMEN, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN:

Art. 1.- Otorgar la Cesión de un lote de terreno con el único fin de construir una vivienda familiar ubicado en Calle Pringles entre calle América Mercedes Pérez y calle Güemes de la localidad de Villa del Carmen, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis en la Manzana 17, Parcela 12 con las siguientes medidas: 359,50 m2 según Plano de Mensura Nº 4/35/06, a PÉREZ LOURDES MELISA D.N.I. Nº 34.429.122.-

Art. 2.- Esta Cesión es parte integrante de la Resolución Provisoria de fecha 02 de Diciembre 2015 otorgada a favor de la Sra. GONZALEZ ELEODORA ANGELA D.N.I. Nº 21.812.704.-

Art. 3.- COMUNÍQUESE, PROMÚLGUESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE.-

MATIAS DANIEL RABONI

Intendente Comisionado

CONTRATO DE CESION

En la Localidad de Villa del Carmen, Provincia de San Luis, a los 27días de Noviembre del año Dos Mil Veinticuatro, entre la MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL CARMEN (S.L.), representada en este acto por el INTENDENTE COMISIONADO MUNICIPAL, Sr. MATÍAS DANIEL RABONI D.N.I. Nº 34.059.282 que fija domicilio en calle San Martín Nº 111, de la localidad de Villa del Carmen, Provincia de San Luis, por una parte en carácter de Cedente, y por otra parte: PÉREZ LOURDES MELISA D.N.I. Nº 34.429.122con domicilio real en Calle Güemes entre calle Carlos Garro y Falucho, de la localidad de Villa del Carmen, Provincia de San Luis en carácter de Cesionaria, han convenido en celebrar la siguiente CESION DE DERECHOS sobre lote de terreno el cual se regirá por las siguientes clausulas y condiciones: PRIMERO: EL CEDENTE cede y transfiere los derechos de posesión y propiedad sobre un bien inmueble urbano (lote de terreno) ubicado en la Calle Pringles entre calle América Mercedes Pérez y calle Güemes de la localidad de Villa del Carmen, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis en la Manzana 17, Parcela 12 con las siguientes medidas: 359,50 m2 según Plano de Mensura Nº 4/35/06.- SEGUNDO:LA CESIONARIA declara conocer el estado del inmueble, el cual lo recibe en plena conformidad.- TERCERO:LA CESIONARIA se compromete a construir una vivienda de tipo unifamiliar, quedando prohibido realizar obras para otro fin.- CUARTO: La posesión del inmueble referido libre de personas y de cosas, ha sido entregada por el cedente a la cesionaria con anterioridad a este acto.- QUINTO: El hecho de incumplir la cláusula tercera precedente otorga derecho al CEDENTE a retrotraer la situación del bien inmueble (lote de terreno) al momento anterior a este contrato, por lo que entienden las partes que la posesión y la propiedad vuelven al CEDENTE, no teniendo la CESIONARIA derecho alguno a reclamo, reconocimiento o indemnización alguna.-SEXTO:LA CESIONARIA se obliga a soportar los impuestos, tasas y servicios que gravan la propiedad.- SEPTIMO: Las partes acuerdan que los gastos administrativos judiciales y de escrituración que fueran menester para obtener el título de dominio del lote de terreno que se da en este acto, así como la confección del Plano de Mensura, estará a cargo de la parte CESIONARIA.- OCTAVO: Por cualquier divergencia que pudiera surgir las partes, constituyen domicilio en los indicados y se someten a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la localidad de Concarán, Provincia de San Luis, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción. Leído que les fue a las partes SE FIRMAN DE PLENA CONFORMIDAD, LIBRES, DOS EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR A UN SOLO EFECTO EN LA LOCALIDAD DE VILLA DEL CARMEN, A LOS 27 DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2024.-

SPP e: y v: 20 Mar

RESOLUCION Nº 19-MVDC-2024

Villa del Carmen (San Luis) 2 de Julio de 2024.-

VISTO:

La necesidad de adquirir el Municipio bienes para cubrir necesidades que demanda el traslado de pasajeros dentro y fuera de la localidad.-

Y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº XII-0622-2008 Art. 1, otorga al Intendente Comisionado Municipal la función de administrar los bienes municipales y disponer de los mismos en conformidad a lo dispuesto en la Constitución Provincial.

Que la Municipalidad de Villa del Carmen Compra: Un Ómnibus, Dominio: HWE980, Marca: 29-MERCEDES- BENZ, Modelo: CM-BMO 384 VERSIÓN 1418 / 52 CM. TIPO: 25-OMNIBUS. USO: PÚBL.-TRAN. PASAJ. INTERJU. Nº CHASIS: 9BM3840679F133724, Nº MOTOR: 904.968-UO-797266. MODELO-AÑO: 2009.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE COMISIONADO MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE

VILLA DEL CARMEN, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN:

Art. 1.- La compra de Un Ómnibus, Dominio: HWE980, Marca: 29-MERCEDES- BENZ, Modelo: CM-BMO 384 VERSIÓN 1418 / 52 CM. TIPO: 25-OMNIBUS. USO: PÚBL.-TRAN. PASAJ. INTERJU. Nº CHASIS: 9BM3840679F133724, Nº MOTOR: 904.968-UO-797266. MODELO-AÑO: 2009.En la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000).-

Art. 2.- El bien objeto de esta compra debe utilizarse solamente y como único fin para el uso que tenga en cuenta la Municipalidad de Villa del Carmen.-

Art. 3.-COMUNÍQUESE, PROMÚLGUESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE.

MATIAS DANIEL RABONI

Intendente Comisionado

SPP e: y v: 20 Mar

RESOLUCION Nº 20-MVDC-2024

Villa del Carmen (San Luis) 09 de Diciembre de 2024.-

VISTO:

La necesidad habitacional de la creciente población de Villa del Carmen, (S.L.), que en los últimos tiempos se ha afincado en el radio urbano.

Que la misma se encuentra en estado de precariedad habitacional conviviendo varias familias en espacios reducidos.

Y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº XII-0622-2008 Art. 1, otorga al Intendente Comisionado Municipal la función de administrar los bienes municipales y disponer de los mismos en conformidad a lo dispuesto en la Constitución Provincial.

Que la Municipalidad de Villa del Carmen cuenta con un terreno disponible para realizar la construcción de una vivienda de tipo familiar.

Que es política de este Ejecutivo Municipal alinearse con la política provincial y llevar adelante la manda constitucional, de una casa por grupo familiar.

POR ELLO:

EL INTENDENTE COMISIONADO MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE

VILLA DEL CARMEN, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN:

Art. 1.- Otorgar la Cesión de un lote de terreno donde ya se construyo una vivienda familiar en Calle Luis Carlos Garro Mza 18 S/N de la localidad de Villa del Carmen, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis en la Manzana 18, con las siguientes medidas: 13.42 m de frente y 30.00 m de largo, a GALLARDO LEONOR EVANGELINA D.N.I. N° 29.681.098.-

Art. 2.- Esta Cesión es parte integrante de la Resolución Provisoria de fecha 09 de Agosto 2007 otorgada a favor del Sr .RODRIGUEZ MIGUEL CLEMENTINO D.N.I. Nº 32.292.726.-

Art. 3.- COMUNÍQUESE, PROMÚLGUESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE ARCHÍVESE.-

MATIAS DANIEL RABONI

Intendente Comisionado

CONTRATO DE CESION

En la Localidad de Villa del Carmen, Provincia de San Luis, a los 09 días de Diciembre del año Dos Mil Veinticuatro, entre la MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL CARMEN (S.L.), representada en este acto por el INTENDENTE COMISIONADO MUNICIPAL, Sr. MATÍAS DANIEL RABONI D.N.I. Nº 34.059.282 que fija domicilio en calle San Martín Nº 111, de la localidad de Villa del Carmen, Provincia de San Luis, por una parte en carácter de Cedente, y por otra parte: GALLARDO LEONOR EVANGELINA D.N.I. N° 29.681.098, con domicilio real en Calle Luis Carlos Garro Mza 18 S/N, de la localidad de Villa del Carmen, Provincia de San Luis en carácter de Cesionaria, han convenido en celebrar la siguiente CESION DE DERECHOS sobre lote de terreno el cual se regirá por las siguientes clausulas y condiciones: PRIMERO:EL CEDENTE cede y transfiere los derechos de posesión y propiedad sobre un bien inmueble urbano ubicado en la Calle Luis Carlos Garro Manzana 18 S/N entre Calles América Mercedes Pérez y Güemes de la localidad de Villa del Carmen, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis en la Manzana 18, con las siguientes medidas: 13.42 m de frente y 30.00 m de largo.- SEGUNDO:LA CESIONARIA declara conocer el estado del inmueble, el cual lo recibe en plena conformidad.- TERCERO:LA CESIONARIA ya construyo una vivienda de tipo unifamiliar, quedando prohibido realizar obras para otro fin.- CUARTO: La posesión del inmueble referido libre de personas y de cosas, ha sido entregada por el cedente a la cesionaria con anterioridad a este acto.- QUINTO: LA CESIONARIA se obliga a soportar los impuestos, tasas y servicios que gravan la propiedad.- SEXTO: Las partes acuerdan que los gastos administrativos judiciales y de escrituración que fueran menester para obtener el título de dominio del lote de terreno que se da en este acto, así como la confección del Plano de Mensura, estará a cargo de la parte CESIONARIA.- SEPTIMO: Por cualquier divergencia que pudiera surgir las partes, constituyen domicilio en los indicados y se someten a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la localidad de Concarán, Provincia de San Luis, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción. Leído que les fue a las partes SE FIRMAN DE PLENA CONFORMIDAD, LIBRES, DOS EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR A UN SOLO EFECTO EN LA LOCALIDAD DE VILLA DEL CARMEN, A LOS 09 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2024.-

SPP e: y v: 20 Mar

RESOLUCION Nº 14-MVDC-2025

Villa del Carmen (San Luis) 07 de Mayo de 2025.-

VISTO:

Que, en nuestra localidad se encuentra el Salón Cultural y Recreativo inaugurado en el año 2024, ubicado en la Ruta Provincial Nº 1.-

Que se realizan diferentes actividades culturales, sociales, deportivas, festivales, etc.-

Y CONSIDERANDO:

Que atento a la decisión llevada a cabo por el Sr. Intendente Comisionado Municipal se va habilitar dentro del edificio del Salón Cultural y Recreativo una oficina para la venta de pasajes, con el fin de poder brindar un servicio a la comunidad de Villa del Carmen.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE COMISIONADO MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE

VILLA DEL CARMEN, EN USO DE SUS FACULTADES CONFERIDAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN:

Art. 1.- Establecer la habilitación de una Oficina para la venta de pasajes en el Salón Cultural y Recreativo.-

Art. 2.- Las disposiciones de la presente Resolución es con el fin de brindar un servicio a la comunidad de Villa del Carmen.-

Art. 3.- Comuníquese, promúlguese, publíquese y oportunamente archívese.-

MATIAS DANIEL RABONI

Intendente Comisionado

Nelsi Noemi Rodriguez

Secretaria de Gobierno

SPP e: y v: 20 Mar

ASAMBLEAS

El CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS “SOL DE OTOÑO”, invita a la Asamblea el día Viernes 27 de Marzo a las 10hs para elegir REVISORA DE CUENTAS.

27 de Marzo del 2026. Quines, San Luis

NORMA OLGA ROSALES

Presidente

C: 570 $16.500,00 e: 16 y v: 20 Mar

CENTRO AGRICOLA GANADERA DE NASCHEL- CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

La Comisión Directiva, convoca a los asociados del Centro Agricola Ganadera de Naschel a la Asamblea Anual Ordinaria para el día martes 7 de abril del 2026 a las 21:00 hs, en la sede social sito en Av. Senador Bartolucci 1575 de la localidad de Naschel (San Luis), a los fines de tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1) Elección de dos asambleístas para firmar el acta de asamblea, junto con el presidente y secretario.

2) Consideración, tratamiento y aprobación de la Memoria y Balance General correspondiente al ejercicio contable del año 2024.

3) Elección de autoridades de la Comisión Revisora de Cuentas.

COMISION DIRECTIVA

ARNALDO ANGEL AIMALE

Presidente

C: 636 $5.500,00 e: y v: 20 Mar.

CENTRO DE SUBOFICIALES Y AGENTES

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

PERSONERIA JURIDICA N° 47185

LEGAJO PERSONERIA JURIICA 26/79

La Comisión Directiva del Centro de Sub. Of. Y Agentes de la Policía de la Provincia de San Luis. Convoca a sus Asociados a la Asamblea General Ordinaria, para el Día 18 de abril 2026 a la hora 09:30 en nuestra Sede Social. Sito en calle. Felipe Velázquez N° 82 de esta Ciudad.

1). ORDEN DEL DIA

2). Actas de reunión Comisión Directiva

3). Comprobante de pago de tasa y sellado de la publicación Asamblea Ordinaria en Boletín Oficial.

4). Balance ejercicios 2023 y 2024.

5). Memoria correspondiente a los periodos 2023 y 2024.

6). Acta de la comisión Revisadora de Cuentas.

7). Fotocopias del Libro de Asociados.

8). Padrón de socios retirados.

9). Fijar fecha para renovar Comisión Directiva.

Es cuanto informo. Saludos

San Luis 17 de Marzo/2026

OSCAR HECTOR BALMACEDA

Presidente

C: 637 $5.500,00 e. y: 20 Mar.

CONVOCATORIA

ASOCIACION CIVIL

“FERIA FRANCA DEL VALLE DE LOS COMECHINGONES”

La Comisión Directiva, convoca a sus asociados a Asamblea General Anual Ordinaria a realizarse el día 20 de Abril de 2026 a las 14:30 Hs. en Sede Social Av. de los Cesares 1722, Rincón del Este, Merlo, San Luis, para tratar el siguiente

ORDEN DEL DÍA:

1) Elección de dos asociados para la firma del Acta de Asamblea.-.

2) Consideración y aprobación de Memoria y Estados Contables (en Resolución N° 21 Anexo I y II) e Informe de Comisión Revisora de Cuentas correspondiente al Ejercicio Contable del año 2025 (N° 2).-

3) Renovación de Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas por renuncia de Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas a partir del día 20 de Abril de 2026.-

Merlo, San Luis 17 de Marzo de 2026.-

ANDREA MERELLANO

Presidente

C: 638 $5.500,00 e. y: 20 Mar.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA

La Comisión Directiva de “ASOCIACIÓN CIVIL CLUB MERCEDES FORMATIVO” legajo archivo N° 138/23 convoca a sus asociados a Asamblea General Ordinaria a realizarse, para el día 16 del Mes abril del corriente año, a las 16 horas a realizarse en el lugar sede Miguel B. Pastor manzana 8 dpto 468, localidad Villa Mercedes provincia de San Luis.

La Asamblea Ordinaria tendría el siguiente

ORDEN DEL DÍA:

1. Elección de dos asambleístas para la firma del acta

2. Consideración y aprobación de memoria, balance general e informe del síndico/ comisión fiscalizadora correspondiente al ejercicio contable correspondiente del año 2025

3. Elección del representante del deporte infanto- juvenil “creciendo con tu club”: Valenzuela Parra Angélica Jaqueline

C: 654 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA

La ASOCIACIÓN CIVIL DEPORTIVA AMIGOS DEL HOCKEY (Legajo N° 326/14) convoca a todos sus socios a la Asamblea Ordinaria que se llevará a cabo el día 27 de Marzo de 2026 a las 20:00 hs en San Martín 850, Quines, San Luis, para tratar el siguiente ORDEN DEL DÍA:

1) Consideración y aprobación de Memoria, Balance General e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas correspondiente a los ejercicios contables correspondientes a los años 2024 y 2025.

3) Elección de dos asambleístas para la firma del acta.

4) Elección de las nuevas autoridades de la Asociación.

DANIEL SEBASTIÁN AGÜERO

Presidente

C: 655 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA

La ASOCIACIÓN CULTURAL JUVENTUD DEL SUR QUINENSE (Personería Jurídica Legajo N° 866/2011) convoca a todos sus socios a la Asamblea Ordinaria que se llevará a cabo el día 27 de Marzo de 2026 a las 18:00hs en Sarmiento 790, Quines, San Luis, para tratar el siguiente

ORDEN DEL DÍA:

1) Consideración y aprobación de Memoria, Balance General e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas correspondiente a los ejercicios contables correspondientes a los años 2024 y 2025.

2. Elección de dos asambleístas para la firma del acta.

3. Elección de las nuevas autoridades de la Asociación.

DANIEL SEBASTIÁN AGÜERO

Presidente

C: 656 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

LICITACIONES

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 24- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS, con destino a los alumnos que participarán de los Juegos Intercolegiales Deportivos Edición 2026, desde el mes de mayo hasta noviembre, solicitado por la SECRETARÍA DE DEPORTE, dependiente de la SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN,”

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-1060192/25.

DECRETO DE LLAMADO Nº 2060- SGG-2026

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 42/100 ($280.000.788,42).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 31 de marzo de 2026 a las 10:30 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. Nº 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 571 SPP e: 16 y v: 20 Mar

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 25- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE TRACTORES, con destino al área de parquización del PARQUE LA PEDRERA, solicitado por la DIRECCIÓN DE INTENDENCIA LA PEDRERA, dependiente de la SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN,”

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-1070116/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 2156- SGG-2026

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 ($45.000.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 31 de marzo de 2026 a las 11:00 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. Nº 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 572 SPP e: 16 y v: 20 Mar

AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y SOCIEDAD SAN LUIS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 06-ACTySSL-2026.

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “DISEÑO, PROVISIÓN DE EQUIPOS, INSTALACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE FIREWALLING DE LA AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN”.

EXPEDIENTE NÚMERO: EXD-0-3030175/26.

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y UN MIL VEINTE CON 00/100 ($879.961.020,00).-

VALOR DEL PLIEGO: PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UNO CON 02/100 ($879.961,02).-

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Área Compras y Contrataciones dependiente de Agencia de Ciencia, Tecnología y Sociedad San Luis - Casa de Gobierno – Edificio Norte, Bloque 2 – Piso 3°, Ciudad de San Luis – Autopista de las Serranías Puntanas Km 783 - Provincia de San Luis (5700), día 06 de abril de 2026, a las 10:00hs.-

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán realizar la compra del Pliego Único y del Pliego Particular de Bases y Condiciones hasta el día 03 de abril de 2026 a las 14:00hs.-

Los pliegos se enviarán vía email, previo a la presentación de la constancia de depósito conforme lo establecido en el Art. 5° del Pliego Particular de Bases y Condiciones, el cual deberá ser remitido a la siguiente dirección de correo electrónico: acts.areacomprasycon@sanluis.gov.ar

C: 610 SPP e. 18 y v: 23 Mar.

MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DE LA PUNTA. -

SECRETARIA DE URBANISMO Y OBRAS. -

LICITACION PUBLICA Nº 05-SUyO-MDLP-2026.-

“COMPRA DE NOMENCLADORES DE CHAPA DESTINADOS A COLOCARSE EN LAS ESQUINAS DE LAS DIFERENTES CALLES”

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS TREINTA MILLONES C/00/100 ($30.000.000,00).

VALOR DE PLIEGO: PESOS TRESCIENTOS MIL C/00/100 ($300.000,00).-

ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Serán retirados contra recibo en sede de Municipalidad de La Punta, sita en calle 9, entre Modulo 10 y 11, hasta las 14 hs del día 30 DE MARZO DE 2026.-

CONSULTAS: Mediante nota presentada en Mesa de Entradas de la Municipalidad de La Punta, hasta las 14 horas del día 30 DE MARZO DE 2026.-

PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS: En Mesa de Entradas de Municipalidad de La Punta hasta las 10:00 Horas del día 31 DE MARZO de 2026.-

LUGAR DE APERTURA DE OFERTAS: Mesa de Entradas del Municipio sita en Calle 9 (N) entre módulos 10 y 11 Código Postal 5710 – Ciudad de La Punta. -

FECHA Y HORA DE APERTURA DE OFERTAS: El día 31 de MARZO DE 2026 a las 14:30 horas. –

LUCIANO MARTÍN AYALA

Intendente

Silvia Musser

Secretaria de Hacienda

C: 657 SPP e: y v: 20 Mar.

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD

LICITACIÓN PÚBLICA N°: 02/2026

EXD N°: 1050833/26

DECRETO DE AUTORIZACIÓN AL LLAMADO N° 1871-MHIP-2026

OBRA: CONSERVACIÓN MEJORATIVA EN RUTA PROVINCIAL N°:27

TRAMO: EMPALME RNN°7 (FRAGA)-EMPALME RNN°188.

DEPARTAMENTOS: PEDERNERA Y DUPUY

PROVINCIA: SAN LUIS

PRESUPUESTO OFICIAL: $511.972.083,44

PLAZO DE EJECUCIÓN: 120 DIAS CORRIDOS

PRECIO DEL PLIEGO: $511.972,08

FECHA DE APERTURA: 01/04/2026 HORA: 10:00

CONSULTA Y VENTA DE PLIEGO: En la sede de la Dirección Provincial de Vialidad, sito en calle Avda. España 399, esquina calle Ituzaingó, Ciudad de San Luis, a partir de la fecha de publicación y hasta las 12:00 hs. del 31/03/2026.

MARTIN ALITTA

Subdirector de Contrataciones y Control de Gestión

C: 658 SPP e: 20 y v: 25 Mar.

COMERCIALES

Poder Judicial de la Nación

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 20 sito en Marcelo T. De Alvear 1840, piso 4º, de la Capital Federal, a cargo del Dr. Eduardo E. Malde, Secretaría Nº 40, a mi cargo, en los autos: “INTEGRAL PACK EXPRESS S.A. s/ CONCURSO PREVENTIVO” (expte. 19795/ 2025), comunica que por cinco días el día 01/12/2025 se dispuso la apertura del concurso preventivo de Integral Pack Express S.A. (CUIT: 30-70804672-4), con domicilio en la calle Reconquista 1016 piso 7, CABA, que se designó como sindicatura general al Estudio Botana-Blaskoviz con domicilio constituido en la calle Tucumán 540, Piso 19, Oficinas “E” y “F”, CABA, tel. 48131228 y como sindicatura verificante al Estudio Coscia, Drzewko& Asociados con domicilio constituido en Cerrito 1128 PB, CABA, T.E. 1169475920. Los acreedores de causa o título anterior a la presentación del concurso deberán presentar los pedidos de verificación de sus créditos de manera íntegramente digital hasta el día 20/3/2026 a la dirección de correo integralpackconcurso@gmail.com, de conformidad con el “protocolo de verificación” obrante en fs. 700/1 de la causa, que podrán consultar a través del Sistema de Consulta Web del PJN (http://scw.pjn.gov.ar/). Los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ se fijaron para los días 24/6/2026 y 3/9/2026 respectivamente. La resolución verificatoria prevista en el art. 36 LCQ se fijó para el día 07/08/2026. La audiencia informativa tendrá lugar el 16/3/2027 a las 10 hs en la sala de audiencias del juzgado. El vencimiento del período de exclusividad opera el 23/3/2027.

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2025.

DIEGO M. PARDUCCI

Secretario

C: 543 $27.500,00 e: 13 y v: 23 Mar.

Poder Judicial de la Nación

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 20, Secretaría Nro. 40 sito en Marcelo T. de Alvear 1840 Piso 4 de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco del expediente “MD TRANSPORTE Y LOGISTICA S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO” (Expte. 19796/2025), comunica por cinco días que el día 01/12/2025 se decretó la apertura del concurso preventivo de MD Transporte y Logística S.A. (CUIT 30-71173121-7), con domicilio en la calle Reconquista 1016 piso 7, CABA, que se designó como sindicatura general al Estudio Botana-Blaskoviz con domicilio constituido en la calle Tucumán 540, Piso 19, Oficinas”E” y “F”, CABA, tel. 48131228 y como sindicatura verificante al Estudio Coscia, Drzewko& Asociados con domicilio constituido en Cerrito 1128 PB, CABA, T.E. 1169475920. Los acreedores de causa o título anterior a la presentación del concurso deberán presentar los pedidos de verificación de sus créditos de manera íntegramente digital hasta el día 20/3/2026 a la dirección de correo mdtlconcurso@gmail.com, de conformidad con el “protocolo de verificación” obrante en fs. 913/4 de la causa, que podrán consultar a través del Sistema de Consulta Web del PJN (http://scw.pjn.gov.ar/).Los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ se fijaron para los días 24/6/2026 y 3/9/2026 respectivamente. La resolución verificatoria prevista en el art. 36 LCQ se fijó para el día 07/08/2026. La audiencia informativa tendrá lugar el 16/3/2027 a las 10 hs en la sala de audiencias del juzgado. El vencimiento del período de exclusividad opera el 23/03/2027.

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2025.

DIEGO M. PARDUCCI

Secretario

C: 544 $27.500,00 e: 13 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3, de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Villa Mercedes Provincia de San Luis, con domicilio en calle Lavalle Ext. Sur, a cargo de la Dra. Cynthia N. Alcaraz Díaz, Juez, Secretaría de la Dra. Melisa Guzmán, que en autos caratulados: “INGIGNIOLI JOSE MARIA Y OTRA S/ CONCURSO PREVENTIVO (HOY QUIEBRA)” EXP ١٩٠٤١٠/١٠, habiendo sido declarada la quiebra de INGIGNIOLI JOSE MARIA DNI N° ١٠.٦٩٤.٩٦٨ y de CAICEDO MARTHA GUILLERMINA LC N° ٦.٤٠٤.٤٢٧ en SI N° ٧٦ de fecha ٢٠/٠٨/٢٠٢١, Mediante SI Nº ٢٥ de fecha ٢٦/٠٢/٢٠٢٦ se ha dictado un nuevo cronograma y se han fijado las siguientes fechas a fin de que se dé cumplimiento de modo ordenado con los actos exigidos por la Ley de Concursos y Quiebras: 1) Vencimiento del plazo para solicitudes de verificación: hasta el 30/04/2026, conforme art 88 in fine y 200 Ley 24.522 (LCQ). 2) Plazo para impugnaciones y observaciones hasta el 15/05/2026 (art 200 LCQ). 3) Plazo para presentación de informes individuales por el Síndico hasta 16/06/2026 (art 35 LCQ). 4) Sentencia art. 36 LCQ: hasta el 30/06/2026. 5) Hasta el día 11/08/2026 fecha para que el Síndico presente informe general (art. 39 y 14 inc. 9 LCQ). 6) El día 26/08/2026 vencerá el plazo dentro del cual el deudor y/o quienes hayan solicitado verificación de créditos puedan formular observaciones a informe general del Síndico (art. 40 LCQ).- Hágase conocer que a los efectos de la fijación de las fechas antes indicadas, se ha tomado en cuenta el calendario judicial y sus feriados, sin perjuicio de que puedan ser reprogramadas y/o prorrogadas en el supuesto de que el transcurso de los términos en ellas comprendidos se pudieren verificar otros feriados no programados, suspensiones de términos en general y/o cualquier otra contingencia o medida que pudiere interferir posponiendo los plazos antes fijados por idéntico término al abarcado en aquellos. Sindicatura a cargo de CPN JAVIER APILANEZ MARTINEZ, con domicilio en calle Junin N° ٦٢ D٣ (٥٧٣٠), Villa Mercedes (San Luis), domicilio electrónico japilanez@giajsanluis.gov.ar, Teléfono: ٢٦٥٧-٦٨٧٢٠٦, quien ha fijado horario de atención al público de lunes a jueves de ٠٩:٠٠ a ١١:٣٠ hs y de ١٨:٠٠ a ٢٠:٠٠ hs, extendiéndose hasta las ٢٤ hs del día del vencimiento del plazo para la presentación de las solicitudes de verificación de créditos (art.٣٢ LCQ).-

Villa Mercedes, San Luis, 06 de Marzo de 2026.-

C: 551 $27.500,00 e: 13 y v: 23 Mar.

LA QUINTA RESORT SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA (S.A.S.)

Se hace saber por un (1) día que, por Acta de Asamblea de Socios Nº 3/2019 de fecha 29 de Octubre de 2019, la sociedad LA QUINTA RESORT S.A.S., con domicilio social en Calle Román González Nº 500 de Villa de Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis, resolvió el Aumento de Capital Social y la consiguiente Reforma del Artículo Cuarto del Contrato Social. El Capital Social, que ascendía a PESOS VEINTE MIL ($20.000.-), fue aumentado a la suma de PESOS OCHOCIENTOS VEINTE MIL ($820.000.-). El Articulo Cuarto (Capital Social) del Contrato Social queda redactado de la siguiente forma: “ARTICULO CUARTO. Capital. El Capital Social es de PESOS OCHOCIENTOS VEINTE MIL ($820.000.-) representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales, de PESOS CUARENTA Y UN MIL ($41.000.-) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el Art. 44 de la Ley Nº 27.349.”.Autorizado por la Asamblea de Socios de fecha 29 de Octubre de 2019. Villa Mercedes, San Luis.

DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 593 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

Instrumento Constitutivo de S.A.S

En la Ciudad San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, República Argentina, a los 5 dias del mes de febrero del año 2026, se reúne el señor Santiago Ezequiel Cabrera, DNI Nº 39.396.767, CUIT Nº 20-39396767-7 de nacionalidad argentina, nacido el 19 de junio del año 1996, profesión: comerciante, con domicilio en Bº Jardin San Luis, Calle Raul B. Diaz, 3127 de la Ciudad de San Luis Capital, estado civil: soltero; y por la otra parte el señor Víctor Osvaldo Cabrera, DNI Nº 22.140.228 CUIL Nº 20-22140228-7 de nacionalidad argentina, nacido el 02 de abril de1971, profesión: comerciante, con domicilio real en la calle Las Heras 580, San Luis, Capital, estado civil: soltero. Con el fin de constituir una Sociedad Anónima Simplificada de acuerdo a lo establecido por ley.

I. ESTIPULACIONES:

ARTÍCULO PRIMERO. Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina “Batto Show Service SAS” y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Provincia de San Luis Bº 164 viviendas manzana 459 casa 26, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero. –

ARTÍCULO SEGUNDO. Duración: El plazo de duración de la sociedad es de noventa y nueve años, contados a partir de la fecha de su constitución. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión de los socios.-

ARTÍCULO TERCERO. Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades:

a) La explotación, alquiler y administración de espacios propios y de terceros destinados a la realización de eventos sociales, corporativos, culturales, recreativos, artísticos y deportivos; la organización, producción, coordinación y gestión integral de fiestas y eventos de todo tipo.-

b) La prestación de servicios de música, DJ, ambientación, iluminación, sonido, escenarios, pantallas, efectos especiales, tecnología audiovisual, montaje, desmontaje y operación técnica de eventos.-

c) La contratación, producción y representación de artistas, shows, espectáculos, animaciones y performances, así como la provisión de servicios artísticos, técnicos y operativos necesarios para el desarrollo de eventos.-

d) La prestación de servicios de catering, lunch a domicilio, gastronomía integral, elaboración, comercialización y expendio de alimentos y bebidas con y sin alcohol, explotación de bares, food trucks, salones, terrazas y espacios gastronómicos, propios o de terceros.-

e) El alquiler, compra, venta, importación y exportación de equipamiento, mobiliario, vajilla, carpas, decoración, insumos gastronómicos, elementos técnicos y todo bien mueble relacionado directa o indirectamente con la actividad.-

f) El desarrollo, explotación, cesión y administración de marcas, nombres comerciales, licencias y franquicias vinculadas al objeto social.-

A tales fines, la sociedad podrá celebrar toda clase de actos jurídicos, contratos civiles y comerciales, adquirir derechos y contraer obligaciones, otorgar y recibir avales, fianzas y garantías, realizar operaciones financieras permitidas por la ley, sin actuar como entidad financiera, y ejecutar todos los actos necesarios, conexos o complementarios que resulten convenientes para el cumplimiento de su objeto, siempre que no se encuentren prohibidos por la legislación vigente.-

ARTÍCULO CUARTO. Capital: El Capital Social es de $693600, representando por 6936 acciones ordinarias escriturales, de $100 (pesos uno), valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley Nº 27.349.-

Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz. -

ARTÍCULO NOVENO: Órgano de Fiscalización. La sociedad prescinde de la sindicatura. Ejerciendo la administración por parte de los socios. –

ARTÍCULO DÉCIMO: Ejercicio Social. El ejercicio social cierra el día 31 de Diciembre de cada año, a cuya fecha se elaborarán los estados contables conforme a las normas contables vigentes. El órgano de administración deberá poner los estados contables a disposición de los socios, con no menos de quince (15) días de anticipación a su consideración por la reunión de socios. -

II. DISPOSICIONES TRANSITORIAS: En este acto los socios acuerdan: 1. SEDE SOCIAL. Establecer la sede social en el Bº 164 viviendas manzana 459 casa 26, de la Ciudad de San Luis Capital. 2. CAPITAL SOCIAL: El socio suscribe el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: SANTIAGO EZEQUIEL CABRERA , suscribe la cantidad de 6936 acciones ordinarias escriturales, de cien pesos valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción.

El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante la presentación de boleta de depósito bancario, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. 3. DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y DECLARACIÓN SOBRE SU CONDICIÓN DE PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE: Designar Administrador titular a: Santiago Ezequiel Cabrera, DU - DOCUMENTO UNICO Nº 39396767 CUIL Nº 20393967677 de nacionalidad Argentina, nacido el 19/06/1996, con domicilio real en la calle Raul B Diaz 3127, Barrio Jardin San Luis, San Luis, Capital quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social. Administrador suplente a: Víctor Osvaldo Cabrera, DU - DOCUMENTO UNICO Nº 22.140.228 CUIL Nº 20221402287 de nacionalidad argentina, nacido el 02/04/1971, con domicilio real en la calle Las Heras 580, San Luis, Capital quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social. La representación legal de la sociedad será ejercida por el/los administradores designados.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 639 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

El REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO ordena se publique EDICTO por el termino de Ley. -

CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. -

Denominación de la Sociedad: GESTION & SERVICIO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. -

SOCIOS: Señora MARTI FABIANA ERNESTINA, con DNI N° 17.728.924 argentina, con domicilio en calle FALUCHO NORTE N° 380 de esta ciudad de San Luis, con fecha de nacimiento el DOCE DE JULIO DEL AÑO UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO, Argentina, mayor de edad, de ocupación comerciante, de estado civil divorciada y la Señorita MARTINA ROMERO ACINAS con D.N.I. Nº 37.723.950, Argentina, con fecha de nacimiento el DIECISÉIS DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO , mayor de edad, de estado civil soltera, de profesión comerciante, con domicilio en calle Caseros Nº 991 de esta ciudad de San Luís.-

DOMICILIO LEGAL INICIAL: LEOPOLDO MARESCHAL N° 424, San Luis capital. -

OBJETO: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, o de terceros, o asociada a terceros, o con la colaboración empresarial de terceros, la prestación de servicios de: seguridad ocupacional, vigilancia, servicio de limpieza, la búsqueda y selección de personal, realización de trabajos de pintura, albañilería y mantenimientos industriales en general y toda otra actividad de servicios conexos, destinados a satisfacer necesidades de la actividad comercial, industrial, administrativa, técnica o profesional, de todo tipo de establecimientos y/o empresas y/o particulares, sean estos públicos o privados, en cualquier parte del país y/o del extranjero. Para el cumplimiento de las actividades incluidas en su objeto, la sociedad podrá realizar sin limitaciones, todas las actividades, operaciones y/o transacciones que sean afines al objeto principal, como todos aquellos actos lícitos y negocios legalmente válidos, vinculados directa o indirectamente a tales actividades, sea por cuenta propia o como administradora, gestora, comisionista, fideicomisaria o mandataria, con independencia del lugar en que se desarrollen tales actividades, con excepción del otorgamiento de garantías a terceros.

CAPITAL SOCIAL: Pesos CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000,00) dividido en mil quinientas cuotas partes de $100 cada una suscribiendo la Sra. MARTI FABIANA ERNESTINA, con DNI N° 17.728.924 el 80 % de las mismas lo que totaliza 1200 cuotas partes por un importe de pesos Ciento Veinte Mil ($120.000,00) y la Sra. MARTINA ROMERO ACINAS con D.N.I. Nº 37.723.950 el 20 % de las mismas, lo que totaliza 300 cuotas partes por un importe de pesos Treinta Mil, ($30.000,00).-

PLAZO DE DURACION: Veinte Años desde la inscripción en el Registro Público de Comercio. -

ADMINISTRACION LEGAL: Señorita MARTINA ROMERO ACINA, Socio Gerente por el término de dos ejercicios. -

FISCALIZACION: De acuerdo con lo establecido por el artículo sexto del estatuto social la fiscalización estará a cargo de los socios. -

FECHA DE CIERE DE EJERCICIO: 31 DE DICIEMBRE DE CADA AÑO. -

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 659 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

Instrumento Constitutivo de S.A.S

En la Ciudad San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, República Argentina, a los 5 días del mes de febrero del año 2026, se reúne el señor Santiago Ezequiel Cabrera, DNI Nº 39.396.767, CUIT Nº 20-39396767-7 de nacionalidad argentina, nacido el 19 de junio del año 1996, profesión: comerciante, con domicilio en Bº Jardin San Luis, Calle Raul B. Diaz, 3127 de la Ciudad de San Luis Capital, Estado civil: soltero; y por la otra parte el señor Víctor Osvaldo Cabrera, DNI Nº 22.140.228 CUIL Nº 20-22140228-7 de nacionalidad argentina, nacido el 02 de abril de 1971, profesión: comerciante, con domicilio real en la calle Las Heras 580, San Luis, Capital, estado civil: soltero. Con el fin de constituir una Sociedad Anónima Simplificada de acuerdo a lo establecido por ley.-

I. ESTIPULACIONES:

ARTÍCULO PRIMERO. Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina “OCSA S.A.S” y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Provincia de San Luis Bº 164 viviendas manzana 459 casa 26, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero.-

- ARTÍCULO SEGUNDO. Duración: El plazo de duración de la sociedad es de noventa y nueve años, contados a partir de la fecha de su constitución. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión de los socios.-

ARTÍCULO TERCERO. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, a las siguientes actividades:

a) Construcción edilicia: Construcción de todo tipo de edificios residenciales, incluyendo casas familiares individuales, edificios multifamiliares, edificios de gran altura, viviendas para personas mayores, establecimientos de beneficencia, orfanatos, establecimientos penitenciarios, cuarteles, conventos y casas religiosas; y de edificios no residenciales, tales como edificios industriales, fábricas, talleres, plantas de ensamblaje, hospitales, establecimientos educativos, edificios de oficinas, hoteles, depósitos, centros comerciales, bodegas, restaurantes, observatorios, iglesias, museos, terminales de transporte, estaciones de buses, trenes y trolebuses, estacionamientos subterráneos e instalaciones deportivas cubiertas; incluyendo en todos los casos la remodelación, renovación, ampliación, refacción, rehabilitación, restauración, mantenimiento y conservación de estructuras existentes.-

b) Obras viales y de infraestructura: Estudio, proyecto, dirección, ejecución, administración y gerenciamiento de obras viales y de infraestructura en general, tales como carreteras, calles, caminos, autopistas, rutas, puentes, túneles, viaductos, rotondas, pasos a nivel, pasos bajo nivel y vías de circulación para vehículos y peatones; pavimentación, asfaltado, hormigonado, señalización horizontal y vertical, pintura vial, construcción de pistas aeroportuarias y obras complementarias.-

c) Obras hidráulicas y de saneamiento: Ejecución de obras hidráulicas y de saneamiento, incluyendo diques, represas, embalses, presas, defensas aluvionales, canales, acueductos, drenajes, desagües pluviales, redes cloacales y de agua potable, plantas de captación, potabilización y tratamiento de efluentes, estaciones de bombeo y obras hídricas en general.-

d) Movimiento de suelos y obras especiales: Movimiento de suelos y tierras, excavaciones, nivelaciones, compactaciones, demoliciones, apertura de zanjas, remoción de rocas, voladuras, estabilización de taludes, obras de contención, fundaciones especiales y obras geotécnicas.-

e) Perforaciones y estudios técnicos: Perforaciones, cateos, sondeos, perforaciones de prueba, estudios de suelos, estudios geológicos, geofísicos, hidrológicos y ambientales, toma de muestras y ensayos, vinculados a obras civiles, hidráulicas, viales, mineras o de infraestructura.-

f) Exploración, prospección, cateo, explotación, desarrollo, industrialización, trituración, molienda, clasificación, lavado, transporte, acopio, procesamiento, importación, exportación y comercialización de minerales metalíferos y no metalíferos, rocas de aplicación, áridos, arenas, gravas, calizas y demás sustancias minerales, así como la explotación de canteras y la prestación de servicios mineros y ambientales vinculados a la actividad.-

g) Desarrollo inmobiliario: Compra, venta, permuta, locación, administración, explotación, urbanización, loteo, subdivisión, fraccionamiento, construcción y desarrollo de bienes inmuebles urbanos y rurales, propios o de terceros, con fines habitacionales, comerciales, industriales, turísticos o de infraestructura.-

h) Servicios técnicos, profesionales y de gestión: Prestación de servicios de ingeniería, arquitectura, agrimensura, dirección técnica, inspección, supervisión, gerenciamiento de obras y proyectos, cómputo y presupuesto, control de calidad, planificación, logística, mantenimiento, seguridad e higiene, gestión ambiental y servicios técnicos vinculados al objeto social.-

i) Comercial, industrial y logística: Fabricación, elaboración, transformación, compra, venta, alquiler, importación, exportación, transporte, almacenamiento y comercialización de maquinarias, equipos, herramientas, vehículos, plantas móviles, insumos, materiales y productos vinculados a la construcción, minería e infraestructura.-

j) Fideicomisos y estructuración de proyectos: Actuación como fiduciante, fiduciario, beneficiario y/o fideicomisario en fideicomisos públicos o privados, financieros, inmobiliarios, de administración o de obra, así como la estructuración, administración y gerenciamiento de proyectos de inversión vinculados a las actividades del objeto social.-

k) Operaciones financieras con fondos propios: Inversión de capitales propios, otorgamiento de préstamos, adelantos y financiamientos, constitución de garantías, avales y fianzas, sin realizar actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras.-

Para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá realizar toda clase de actos jurídicos y contratos lícitos relacionados directa o indirectamente con el mismo; participar en licitaciones públicas o privadas; celebrar contratos, asociaciones, uniones transitorias, consorcios o cualquier otra forma de vinculación con personas humanas o jurídicas, nacionales o extranjeras; adquirir, administrar y disponer de participaciones societarias; constituir, fusionar o transformar sociedades; ejercer representaciones comerciales; y celebrar actos o contratos con entidades públicas o privadas, dentro de los límites permitidos por la legislación vigente.-

ARTÍCULO CUARTO. Capital: El Capital Social es de $693600, representando por 6936 acciones ordinarias escriturales, de $100 (pesos uno), valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo ٤٤ de la Ley Nº ٢٧.٣٤٩.-

Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz.-

ARTÍCULO NOVENO: Órgano de Fiscalización. La sociedad prescinde de la sindicatura. Ejerciendo la administración por parte de los socios.-

ARTÍCULO DÉCIMO: Ejercicio Social. El ejercicio social cierra el día 31 de Diciembre de cada año, a cuya fecha se elaborarán los estados contables conforme a las normas contables vigentes. El órgano de administración deberá poner los estados contables a disposición de los socios, con no menos de quince (15) días de anticipación a su consideración por la reunión de socios.

II.DISPOSICIONES TRANSITORIAS: En este acto los socios acuerdan: 1. SEDE SOCIAL. Establecer la sede social en el Bº 164 viviendas manzana 459 casa 26, de la Ciudad de San Luis Capital. 2. CAPITAL SOCIAL: El socio suscribe el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: SANTIAGO EZEQUIEL CABRERA, suscribe la cantidad de 6936 acciones ordinarias escriturales, de cien pesos valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante la presentación de boleta de depósito bancario, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. -

3. DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y DECLARACIÓN SOBRE SU CONDICIÓN DE PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE: Designar Administrador titular a: Santiago Ezequiel Cabrera, DU - DOCUMENTO UNICO Nº 39396767 CUIL Nº 20393967677 de nacionalidad Argentina, nacido el 19/06/1996, con domicilio real en la calle Raul B Diaz 3127, Barrio Jardin San Luis, San Luis, Capital quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social. Administrador suplente a: Víctor Osvaldo Cabrera, DU - DOCUMENTO UNICO Nº 22.140.228 CUIL Nº 20221402287 de nacionalidad argentina, nacido el 02/04/1971, con domicilio real en la calle Las Heras 580, San Luis, Capital quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social. La representación legal de la sociedad será ejercida por el/los administradores designados.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 660 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

MODELO DE EDICTO DE CONSTITUCION DE S.A.S.

EDICTO DENOMINACION SOCIAL “ AVELUZ SAS” POR UN DIA: En fecha 13 de ENERO de 2026 comparece el señor HERBAS FEDERICO DAVID DNI 38.004.772 CUIT 20-38.004.772-2 de nacionalidad argentino, nacido el 09/01/1993, de profesión comerciante, con domicilio en PJe SAN ANTONIO 1545 de San Luis Capital, C.P 5700, resuelve constituir “AVELUZ Sociedad por Acciones Simplificada” según las cláusulas del instrumento tipo publicado por el Registro Público de la provincia y por aplicación de la Ley N° 27.349: domicilio de la sede: PJe SAN ANTONIO 1545 de San Luis Capital, C.P 5700. La duración de la sociedad es de 99 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. -La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) Culturales y educativas; (d) Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (e) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (f) Inmobiliarias y constructoras; (g) Inversoras, financieras y fideicomisos; (h) Salud, y (i) Transporte. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. El Capital Social es de $693.600,00 (pesos seiscientos noventa y tres mil seiscientos, con cero centavos) representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales, de $1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley Nº 27.349. Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo con las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz. La mora en la integración de las acciones suscriptas se producirá al sólo vencimiento del plazo. La sociedad podrá optar por cualquiera de las alternativas previstas en el artículo 193 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. La transferencia de las acciones es libre, debiendo comunicarse la misma a la sociedad debiendo ser inscripta en el Libro de Registro de Acciones (art. 48 Ley 27.349). El socio suscribe el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: HERBAS FEDERICO DAVID DNI 38.004.772, suscribe la cantidad de 693.600 (pesos, seiscientos noventa y tres mil seiscientos) acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante boleta de depósito del Banco, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. La administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más persona/s humana/s, socio/s o no, que asumirán como Administrador/es, que durarán hasta su/s reemplazo/s, debiendo designar igual o menor número de administrador/es suplente/s con el fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden de su elección.- La sociedad prescinde de la sindicatura.- El ejercicio económico y financiero de la sociedad concluirá el día 31 del mes de diciembre de cada año . Cláusulas Transitorias: A) Se designa como administrador al Sr. HERBAS FEDERICO DAVID DNI 38.004.772 y se designa como administrador suplente de la sociedad a la Sra NOGUERA DIAZ ROCIO MILAGROS DNI 42.845.945, argentina, soltera y con fecha de nacimiento 15/10/1999, de profesión comerciante con domicilio Antártida Argentina 2444, San Martin anexo San Luis Capital, CP 5700 quienes aceptan los cargos y fijan domicilio especial en Pje San Antonio 1545, en San Luis Capital.- B) Se designa como representante legal de la sociedad al Sr. HERBAS FEDERICO DAVID DNI 38.004.772, quien se encuentran presente y manifiesta que acepta la designación efectuada, fijando domicilio especial en Pje San Antonio 1545, en San Luis Capital.-

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 661 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

El Registro Público de Comercio de la Provincia de San Luis, Argentina, ordena la publicación de: Acta Nº ١: En la ciudad de San Luis, capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los 16 días del mes de Enero del DOS MIL VEINTISEIS, siendo las 12.00 hs se reúnen en sede social sito en Bº Jardín San Luis calle Ministro Berrando 64 “este” de la ciudad de San Luis, Provincia del mismo nombre, el accionista de HERA S.A.S , el Sr. Cristian Orlando González, conformando la totalidad de los socios de la empresa debidamente convocados e informados sobre los temas a tratar:

DESIGNACION DE ADMINISTRADOR: En uso de la palabra el Sr. Cristian Orlando González destaca la necesidad de designar nuevo ADMINISTRADOR por la salida de la sociedad de la Srita. Malena Agustina Cavia, por lo que establece por UNANIMIDAD designar al Sr. Cristian Orlando González, argentino, nacida el 28 de Noviembre de 1976, titular del Documento Nacional de Identidad Número Nº 25.565.244, Clave Única de Identificación Tributaria Número 20-25565244-4, de profesión comerciante, domiciliada en Bº Privado La Joaquina Lote 30 de la ciudad de Juana Koslay, Provincia de San Luis quien acepta el cargo de ADMINISTRADOR TITULAR, constituyendo domicilio especial en los términos del artículo 256 de la ley general de sociedades en la sede social, y declara bajo juramento no encontrarse comprendido en el régimen de prohibiciones e incompatibilidades del artículo 264 de la ley 19.550 y al Sr. CRISTIAN EZEQUIEL GONZALEZ, argentino, nacido el 11 de diciembre de 2000, titular del Documento Nacional de Identidad Número 42.931.231, Clave Única de Identificación Tributaria Número 20-42931231-1, de profesión comerciante, domiciliado en Fray Mamerto Esquiu 1243 de la ciudad de Juana Koslay, Provincia de San Luis, quien acepta el cargo de ADMINISTRADOR SUPLENTE, constituyendo domicilio especial en los términos del artículo 256 de la ley general de sociedades en la sede social; y declara bajo juramento no encontrarse comprendida en el régimen de prohibiciones e incompatibilidades del artículo 264 de la ley 19.550. No habiendo otro asunto que tratar, se da por finalizada la reunión previo cuarto intermedio para redactar y firmar la presente acta. Mediante Acta Nº 2: En la ciudad de San Luis, capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los 17 días del mes de Enero del DOS MIL VEINTISEIS, siendo las 12.00 hs se reúnen en sede social sito en calle Pedernera 831 de la ciudad de San Luis, Provincia del mismo nombre, el accionista de HERA S.A.S, con la asistencia del Sr. Cristian Orlando González, conformando la totalidad de los socios de la empresa debidamente convocados e informados sobre los temas a tratar:

CAMBIO DE DOMICILIO SOCIAL: En uso de la palabra el Sr. Cristian Orlando González informa sobre el CAMBIO DE DOMICIO LEGAL, de la empresa a la calle PEDERNERA Nº 831 de la ciudad de San Luis, Provincia del mismo nombre. En consecuencia, se aprueba por unanimidad el cambio de domicilio legal de HERA S.A.S a la calle PEDERNERA Nº 831 de la ciudad de San Luis, donde funcionara la sede principal de su administración y negocios, y donde se tendrán por validas todas las notificaciones. Mediante ACTA Nº 3. En la ciudad de San Luis, capital de la provincia del mismo nombre, República Argentina, a los 11 días del mes de marzo del año 2026, siendo las 12 hs se reúne en sede social sito en calle Pedernera Nº 831 de la ciudad de San Luis, provincia del mismo nombre, el accionista de HERA S.A.S, con la asistencia del Sr. Cristian Orlando González conformando la totalidad de los accionistas de la empresa debidamente convocados e informados sobre el siguiente tema a tratar:

MODIFICACION DE LA SUSCRIPCION DEL CAPITAL SOCIAL: En uso de la palabra el Sr. Cristian Orlando Gonzalez informa sobre la MODIFICACIÓN DE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA: SUSCRIPCIÓN E INTEGRACIÓN DE CAPITAL SOCIAL el cual quedara redactado de la siguiente manera “El Capital Social se suscribe íntegramente en este acto en la siguiente proporción: El único socio CRISTIAN ORLANDO GONZALEZ suscribe siete mil (7.000) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de pesos cien ($100) valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción, es decir, la suma de pesos setecientos mil, que representan el 100% del capital social.- En este acto el socio integra el veinticinco por ciento (25%) del capital; y el setenta y cinco por ciento (75%) restante será integrado en un plazo de dos años a partir de la fecha de constitución”. No habiendo otro asunto que tratar se da por finalizado la reunión previo cuarto intermedio para redactar y firmar la presente acta.-

San Luis, de MARZO del 2026.-

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 662 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

EDICTO DE DESIGNACION DE AUTORIDADES

MOMOFIN S.A. hace saber que por Acta de Asamblea Gral. Ordinaria de fecha 11/11/25 se realiza designación de directores, reeligiéndose Presidente al Sr. FRANCISCO JOAQUIN ESTRADA, D.N.I. 4.423.139 y Director Suplente a la Sra. MARIA GRAZIA MARTIN, D.N.I. 23.999.277. Todos los miembros del directorio con domicilio en calle Suipacha 335 de la Ciudad de Villa Mercedes. La duración del mandato será de tres años.

DRA. MARIA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 663 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

JUDICIALES

El Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez titular del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de la ciudad de San Luis, prosecretaría a cargo de la Autorizante, en los autos caratulados: “ALCARAZ GRACIELA NORMA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXPTE Nº 430515/25”, CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) DÍAS a herederos, acreedores y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante: Doña ALCARAZ GRACIELA NORMA DNI Nº 16.479.748. Bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 2 de Marzo de 2026.-

C: 583 $16.500,00 e: 16 y v: 20 Mar

Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de la Ciudad de San Luis, secretaria a cargo de la Dra. Natalia Gomez, en los autos “GATICA CIRILO ALFREDO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 438340/25, CITA Y EMPLAZA a quienes se considerasen con derecho a los bienes dejados por el causante GATICA CIRILO ALFREDO DNI Nº 5.266.605 para que dentro de TREINTA DÍAS lo acrediten bajo apercibimiento de ley.

San Luis, 29/12/25

C: 586 $16.500,00 e: 16 y v: 20 Mar

La Municipalidad de Alto Pencoso, Departamento Juan Martín de Pueyrredón, Partido Chosme, de la Provincia de San Luis, se encuentra tramitando la inscripción directa (Ley Nº 24.320) a nombre de la Municipalidad de Alto Pencoso del inmueble ubicado en el Departamento: Juan Martin de Pueyrredon; Partido: Chosme, Lugar: Ruta Provincial Nº 21 Esq. Calle Publica individualizado mediante plano Nº 1/272/25 como Parcela 3, superficie: 7has 25656,47mts2m ubicada, en Av. Nicolas Alagia, calle, Domingo F. Sarmiento, calle Grdl San Martín. Av. Maipú - Alto Pencoso, carece de padrón, circunscripción Alto Pencoso, y de inscripción dominial, por lo cual se cita y emplaza por el termino de quince ( 15) días improrrogables y perentorios, a todos los que se consideren con derechos sobre el inmueble descripto anteriormente, debiendo concurrir a la Municipalidad de Alto Pencoso, Departamento: Juan Martín de Pueyrredón, Partido: Chosme, de la Provincia de San Luis, en horarios de oficina para hacer valer sus derechos, acompañados de la correspondiente documentación acreditante.-

Alto Pencoso, 10 de Febrero del 2026.

Intendente Comisionado.

Municipalidad de Alto Pencoso.-

ALBERTO C. OLGUÍN

Intendente Comisionado

C: 594 SPP e. 18 y v: 20 Mar.

EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. Carolina Soledad Cherubini, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 429191/25 “AVILA MABEL HAYDEE S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por AVILA MABEL HAYDEE DNI. Nº 3.235.910

Villa Mercedes, San Luis, 24 de febrero de 2026.

C: 595 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Minas Nº 2 a cargo de la Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Juez Titular; Secretaria a cargo del/a autorizante, en autos caratulados EXP 442078/25 “BALDUZ JULIO DEL CARMEN S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita a quienes se considerasen con derechos a los bienes dejados por el causante Don BALDUZ JULIO DEL CARMEN, DNI 13.290.273, por treinta (30) días a sus efectos legales. -

San Luis, 10 de Marzo de 2026.-

C: 596 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CATASTRO Y TIERRAS FISCALES

SANCHEZ ROSSI GONZALO, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula Nº 318 del (C.A.S.L.) notifico que el día 22 de Abril de 2026, a las 9:00hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por BERTONE RICARDO JAVIER, DNI: 23.417.988. El fundo identificado con nomenclatura tributaria 11-4923 y 11-4155, nomenclatura catastral sin especificar, y se encuentra ubicado en Ruta Prov. Nº 22 y Ruta Prov. Nº 25 - Est. La Abrita - Conlara, Registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Registro de Propiedad Inmueble, a nombre de ZAVALA ANACLETO, inscripción dominial al Tº3 de Chacabuco Fº8 – Nº430. El lugar de encuentro será en el propio inmueble. -

Citase especialmente al colindante Norte: LUNA RAMON RUMALDO, nomenclatura tributaria 11-1069468; Este: LUNA RAMON RUMALDO, nomenclatura tributaria 11- 1069467, ZAVALA ANACLETO, nomenclatura tributaria 11-4155 y MINERALES SIERRAS DE SAN LUIS S.A. (Poseedor); Sur, LUCERO DANIEL ALEJANDRO y LUCERO ROSA MARIELA, nomenclatura tributaria 24-1099 y ZAVALA ANACLETO, nomenclatura tributaria 11-4154 y 11-4923 y por otra parte no se localiza titular, ni padrón.- Consultas en el domicilio Av. Fuerza Aérea 654 – Concarán – San Luis, teléfono (266)15-4575442. -

San Luis, 12 de Marzo 2026.-

C: 597 $11.000,00 e. 18 y v: 20 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ٥ de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Juez Subrogante, Prosecretaría Autorizante, en los autos caratulados: “GABRIELA JULIA ARROYO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 435321/25, CITA Y EMPLAZA a herederos y acreedores de la SRA. ARROYO GABRIELA JULIA - DNI Nº ١٣.٧٦٥.٥٢٢, por término de TREINTA (٣٠) DIAS, bajo apercibimiento de ley. –

SAN LUIS, 11 de Marzo de 2026.-

C: 598 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

El Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, titular del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de la ciudad de San Luis, secretaria de la autorizante, en los autos caratulados: EXP 426469/24 “ESCOLAR ADRIAN ARIEL S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL (AUTOMOTOR)” que tramita según las normas del proceso ordinario en contra de quienes se consideren con derecho, y/o lo tuvieren con derecho al automotor DOMINIO: VHW 013; MODELO: 1987; RENAULT TRAFIC FURGON; Nro de MOTOR: 2718655; Nro DE CHASIS: 31000468 para que comparezcan y la contesten, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C., opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, a quienes se CITA POR EL TERMINO DE TREINTA DIAS, emplazándose a los mismos en un plazo de QUINCE DIAS para hacerse parte, constituir domicilio legal con las respectivas copias simples de Ley, bajo el apercibimiento de designarles al Sr. Defensor de Ausentes para que los represente en el proceso (Art. 343, 2º y 3º párrafo del C.P.C.)

SAN LUIS, 26 de Diciembre de 2025.-

C: 599 $11.000,00 e. 18 y v: 20 Mar.

EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del DR. FEREZ GEREMIAS PABLO – JUEZ, Secretaría a cargo del Autorizante, en autos caratulados: “VILLARRUEL MARIA ESTER S/SUCESIÓN AB INTESTATO – EXP. Nº 413042/24” cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de la extinta DOÑA MARIA ESTER VILLARRUEL, DNI Nº6.404.533.-

Villa Mercedes, San Luis, 04 de agosto de 2025.

C: 600 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de la Ciudad de San Luis a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Secretaría a cargo del autorizante, en autos caratulados “FURNARI MARÍA CRISTINA Y PUERARI ENRIQUE ANTONIO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP. 438268/25 cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos y acreedores del causante SR. PUERARI ENRIQUE ANTONIO, DNI 4979627, bajo apercibimiento de ley.

PROSECRETARÍA, 11 de marzo de 2026.-

C: 601 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

El Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, del Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y laboral Nº 2, 3º Circunscripcion judicial con asiento en Santa Rosa del Conlara, Pcia. de San Luis, secretaria del autorizante en autos: exp 439496 / 25 “PROVENZA BLANCA ESTHER S/ SUCESION AB-INTESTATO”, cita y emplaza por el termino de 30 días a herederos y acreedores de doña Blanca Esther Provenza, DNI Nº 2.959.127 bajo apercibimiento de ley.

Santa Rosa del Conlara (S.L) 26 de Febrero 2026

C: 602 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Minas Nº 4 de la Ciudad de Villa Mercedes, (San Luis), a cargo del Dr Massa Alcántara Mario, Secretaria de la Autorizante, en los autos: EXP 408617/23 FUNES LUIS HECTOR S/SUCESIÓN AB INTESTATO “ Cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de Don FUNES LUIS HECTOR DNI Nº 12.879.684., bajo apercibimiento de ley. -

Villa Mercedes, San Luis, 09 de Marzo de 2026.

C: 603 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

POSTULANTES ADMITIDOS

El Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Secretaría a cargo de la Secretaría subrogante a cargo de la Dra. Mónica Viviana Corvalán, COMUNICA de conformidad a lo previsto por el Art. 5º de la Ley VI-0615- 2008 y a los efectos del art. 6º de la misma Ley, los profesionales a los que se ha admitido la postulación para cubrir:

“CONCURSO PARA CUBRIR UN (01) CARGO DE FISCAL ADJUNTO DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL” (ADM 19332/26)

APELLIDO Y NOMBRE DNI

CALDERON RODRIGO EMMANUEL 35575799

CINQUEMANI SEBASTIAN ANDRÉS 33574770

COSTA ORNELLA FLORENCIA 35104965

FLORES VALERIA VANINA 28091656

GARCÍA MERCEDES DEL VALLE 36416329

HERRERA NATALIA JULIANA 27056736

L’ HUILLIER GABRIELA VERÓNICA 31542982

MATERA NARELLA 41563110

MENICHETTI VANESA MARCELA 30031505

MORETTI TANIA SEILA 37874172

MUÑOZ VIDELA MARÍA FÁTIMA 33133467

OLGUIN ECHENIQUE ROCÍO AYLEN 39393758

RETA SOFIA AYMARA 39092326

ROTHE MARIA VAOLENTINA 40319697

SABELI MONTI ADRIANO 37436234

SUAREZ ANDREA BELÉN 37638668

TILCA GERÉZ RAMIRO NICOLÁS 40086781

La documentación y antecedentes de los postulantes, efectuada por medio del sistema de inscripciones on line, puede ser consultada en la página web del Consejo de la Magistratura:

https://consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar.-

C: 617 SPP e. 18 y v: 23 Mar.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

POSTULANTES ADMITIDOS

El Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso Secretaría subrogante a cargo de la Dra. Mónica Viviana Corvalán, COMUNICA de conformidad a lo previsto por el Art. 5º de la Ley VI-0615- 2008 y a los efectos del art. 6º de la misma Ley, los profesionales a los que se ha admitido la postulación para cubrir:

“CONCURSO PARA CUBRIR UN (01) CARGO DE FISCAL ADJUNTO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL” (ADM 19333/26)

APELLIDO Y NOMBRE DNI

ANDINO MARIA FERNANDA 35313733

CHAVERO ADAN ALEXIS 35179070

CIQUEMANI SEBASTIÁN ANDRÉS 33574770

GARCÍA MERCEDES DEL VALLE 36416329

MATERA NARELLA 41563110

MOYANO JULIETA MARISELL 34879804

OJEDA ESCOBEDO EDUARDO SEBASTIAN 39137860

OLGUIN MARÍA FLORENCIA 34421581

OLGUIN MARÍA SOLEDAD 35884039

REY FLORENCIA ROCÍO 34148414

SABELLI MONTI ADRIANO 37436234

SUAREZ ANDREA BELÉN 37638668

La documentación y antecedentes de los postulantes, efectuada por medio del sistema de inscripciones on line, puede ser consultada en la página web del Consejo de la Magistratura:

https://consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar.-

C: 618 SPP e. 18 y v: 23 Mar.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

POSTULANTES ADMITIDOS

El Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Secretaría a cargo de la Dra. Secretaría subrogante a cargo de la Dra. Mónica Viviana Corvalán, COMUNICA de conformidad a lo previsto por el Art. 5º de la Ley VI-0615- 2008 y a los efectos del art. 6º de la misma Ley, los profesionales a los que se ha admitido la postulación para cubrir:

“CONCURSO PARA CUBRIR UN (01) CARGO DE FISCAL ADJUNTO DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL” (ADM 19334/26)

APELLIDO Y NOMBRE DNI

AGUILAR ANDREA YAMIL 34421889

BALANZ SEBASTIAN EZEQUIEL 37248525

CINQUEMANI SEBASTIAN ANDRÉS 33574770

CODORNIU KARINA 30365125

COMETTO MARIA CECILIA 26214754

MATERA NARELLA 41563110

SUAREZ ANDREA BELÉN 37638668

La documentación y antecedentes de los postulantes, efectuada por medio del sistema de inscripciones on line, puede ser consultada en la página web del Consejo de la Magistratura:

https://consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar.-

C: 619 SPP e. 18 y v: 23 Mar.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

POSTULANTES ADMITIDOS.

El Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Secretaría subrogante a cargo de la Dra. Mónica Viviana Corvalan, COMUNICA de conformidad a lo previsto por el Art. 5º de la Ley VI-0615- 2008 y a los efectos del art. 6º de la misma Ley, los profesionales a los que se ha admitido la postulación para cubrir:

“UN (1) CARGO DE JUEZ DEL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL Nº 4 DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL.”

(ADM N° 19344/26)

APELLIDO Y NOMBRE DNI

BERTOGLIO ALDANA YESICA 33.430.824

CANCIANI LEONARDO 33.702.613

ESQUERRE DELAUNAY GUILLERMO IGNACIO 28.377.097

FERNANDEZ SOLOA FERNANDA DANIELA 32.012.741

IMPARATO TORRES ANABELIA VERONICA 25.564.192

LUQUEZ LAURA CECILIA 22.543.070

MASSA ALCANTARA MARIO ENRIQUE 34.104.551

MITCHELL MAXIMILIANO GABRIEL 31.092.936

PAIRONE CARLOS ARIEL 31.744.984

La documentación y antecedentes de los postulantes, efectuada por medio del sistema de inscripciones on line, puede ser consultada en la página web del Consejo de la Magistratura:

https://consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar.-

C: 620 SPP e. 18 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental n° 3 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, secretaría de la autorizante, en los autos caratulados: EXP 440388/25 “ARCE JULIO LEOPOLDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DIAS para que se presenten ante este juzgado todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JULIO LEOPOLDO ARCE D.N.I N° 13.659.649 bajo apercibimiento de ley.

San Luis, 12 de marzo de 2026.-

C: 621 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

La Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Jueza Subrogante a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de San Luis, Secretaria a Cargo de la Autorizante en los autos caratulados: “LEYES BLANCA NOEMI Y OTRO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA” EXP. 241765/12, cita y emplaza por el término de QUINCE (15) días a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado inmueble ubicado Lugar: Camino Vecinal a Carpintería. Partido: San Francisco del Monte de Oro. Departamento: Ayacucho. Provincia: San Luis. Plano de Mensura: 7/197/22, aprobado con fecha 22/02/2023, y que se encuentra descripto como Parcela “28” del mismo, con una superficie total de 7 has 4.455,00 mts2., siendo sus límites, colindantes y linderos los siguientes: Norte: Rumualdo Quevedo y Sucesores de Fermín Leyes Padrón 633, receptoría San Francisco del punto 1 al punto 6 en: 800,15 mts.; Este: Río San Francisco, del punto 6 al punto 5 en: 21,24 mts; del punto 5 al punto 4 en 17,59 mts; del punto 4 al punto 3 en 65,71 mts; Sur: : Rumualdo Quevedo y Sucesores de Fermín Leyes Padrón 633, receptoría San Francisco del punto 3 al punto 2 en 865,88, mts.; Oeste: Camino Vecinal de tierra del punto 2 al punto 1 en 91, 25 mts. Inscripción de dominio: Este inmueble carece de inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble. Padrón Catastral Nº 633 de la Receptoría 16 de San Francisco del Monte de Oro. Nomenclatura Catastral de Origen: Circunscripción San Francisco, Cuadrante C3, Sección 22, Manzana – Parcela 873, bajo apercibimiento de designar al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente.

San Luis, 26 de diciembre de 2025.-

C: 623 $11.000,00 e. 18 y v: 20 Mar.

EDICTO DE MENSURA

Claudio E. Ortiz, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula N° 228 del CASL, notifico que el día 16 de abril del 2026, a las 10Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por MARIA TERESA DEL CARMEN LUCERO (D.N.I.: 20.413.506). El fundo se identificado con nomenclatura tributaria 589, 845, 847, 846, 403, 404, 604, 921308, 921309, 2300, 579 Todas Receptoría Hipólito Yrigoyen, nomenclatura catastral Secc. 0 - Manzana 0 – Parcelas 5-7-41- 42 -2294 y se encuentra ubicado Autopista 25 de Mayo, Km 21 – La Ensenada, Campo la Amistad- Registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Registro de Propiedad Inmueble, a nombre de El Pd. 589 a nombre de Jaime Nelio Lucero, María Etelvina Alcaraz y Maximiliano Farrando, El Pd. 845 (parc.5) a nombre de Jaime Nelio Lucero, María Etelvina Alcaraz y Maximiliano Farrando. El Pd. 847 a nombre de Jaime Nelio Lucero, María Etelvina Alcaraz y Maximiliano Farrando. El Pd. 846 (parc. 7) a nombre de Jaime Nelio Lucero y Maria Etelvina Alcaraz. El Pd. 403 a nombre de María Rosario Garro de Correa. El Pd. 404 a nombre de Bonifacio Garro. El Pd. 604 a nombre de Maria Rosario Garro. El Pd. 921308 (parc. 41) a nombre de Antonio Lucero, Braulio Antonio Quevedo y Maria Beatriz Dubra. El Pd. 921309 (parc. 42) a nombre de Antonio Lucero y Braulio Antonio Quevedo. El Pd. 2300 (parc. 2294) a nombre de Enrique Horacio Auriol y Ruben Dario Lambrese. El Pd. 579 a nombre de Roberto Spinardi. Inscripción de dominio: Matrícula 8 - 621 - Aº 1 y 2 - Rº 6.- Matrícula 8 - 622 - Aº 1 y 2 - Rº 6.- Matrícula 8 - 623 - Aº 1 y 2 - Rº 6.- Tº15 de Belgrano Fº 319 Nº 1720 - T° 17 de Belgrano - F° 499 - N° 1961.- Tº 10 de Belgrano - Fº 229 - Nº 1242 - Matricula 8 - 530 - Aº 6 y 8 - Rº 6 - Matricula 8 - 415 - Aº 5 - Rº 6 - Tº 14 - de Belgrano - Fº 333 - Nº 1632 - Lugar de encuentro Sobre Autopista 25 de Mayo, Km 21, frente a la tranquera de ingreso al campo. Citase al colindante Norte: Lucas Horacio Tohme y Leila Susana Tohme Pd. 951454 - Rec. H. Yrigoyen Roberto Spinardi - Pd. 579 Rec. H. Yrigoyen Lucas Horacio Tohme y Leila Susana Tohme Pd. 951454 - Rec. H. Yrigoyen, Jaime Nelio Lucero, María Etelvina Alcaraz y Maximiliano Ferrando Pd. 847-Rec. H. Yrigoyen, Lucas Horacio Tohme y Leila Susana Tohme Pd. 953356 - Rec. H. Yrigoyen, Pd. 953357 - Rec. H. Yrigoyen, Pd. 953358 - Rec . H. Yrigoyen - Pd. 953370 - Rec. H. Yrigoyen -Pd. 953359 - Rec. H. Yrigoyen Pd. 953360 - Rec. H. Yrigoyen - Pd. 953361 - Rec. H. Yrigoyen, Pd. 953362 - Rec. H. Yrigoyen Oeste: Ruta Provincial N° 3, Este: Cumbre de las Sierras de San Luis, y Sur: Roberto Spinardi - Pd. 579 Rec. H. Yrigoyen, Alfonso Ruano y Domingo Simón (Poseedor Raul Oscar Bielsa) Pd. 323 - Rec. H. Yrigoyen. -

Consultas en el domicilio: Calle 25 de mayo 1533

Teléfono 2664703899

San Luis, 11 de marzo 2026.-

C: 624 $11.000,00 e. 18 y v: 20 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca - Juez Subrogante, Prosecretaría de la Autorizante, en los autos caratulados “GOMEZ RINA ISABEL S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXPTE. Nº 435264/25, CITA Y EMPLAZA por el termino de (30) TREINTA DIAS a herederos y acreedores y/o se consideren con derecho a los bienes dejados por el/ la causante: SR./A. GÓMEZ, RINA ISABEL, DNI 5.450.8808, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 20 de Febrero de 2026.-

C: 626 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “ISAGUIRRE ELSA MARGARITA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 431150/25, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DIAS, a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante de la Sra. ISAGUIRRE ELSA MARGARITA, DNI N° 4.194.309, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 19 de DICIEMBRE de 2025.-

C: 627 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº ٣ de la ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Secretaría de la autorizante, en autos caratulados EXP 407384/23 “CALDERON CRISTINA ISABEL Y OTRO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores del SR. LUIS RAUL CALDERON, DNI N° 6.802.226, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 03 de marzo de 2026.-

C: 628 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 3 de San Luis a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Secretaría del autorizante, en los autos caratulados: “RIVERO ORLANDO ANTONIO S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, EXP 407730/23, cita y emplaza por el término de quince (15) días, bajo apercibimiento de ley, a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble que se ubica en calle Tomás Jofré s/n° de la localidad de San Francisco del Monte de Oro Partido San Francisco Departamento Ayacucho Provincia de San Luis, e identificado por el plano de mensura 7/55/22 como parcela 101 con las siguientes medidas y linderos: por el Norte desde el punto 1 al 2 mide 28,36 metros y colinda con Sucesión de Sixto Escudero (poseedor) Carlos Muñoz parcela 35 padrón 481520 receptoría San Francisco parcela 840 plano 7/183/13 plano 7/672/59; por el Este desde el punto 2 al 3 mide 14,07 metros y colinda con Barrio IPVU Municipalidad de San Francisco del Monte de Oro Carlos Muñoz parcela 35 padrón 481520 receptoría San Francisco parcela 840 plano 7/183/13 plano 7/672/59 parcela 52 plano 7/6/02; por el Sur desde el punto 3 al 4 mide 33,85 metros y colinda con Sucesión de Sixto Escudero (poseedor) Carlos Muñoz parcela 35 padrón 481520 receptoría San Francisco parcela 840 plano 7/183/13 plano 7/672/59; y por el Oeste desde el punto 4 al 1 mide 13,00 metros y colinda con calle Tomás Jofré. Tiene una superficie de CUATROCIENTOS CUATRO COMA TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (404,34 m2). No afecta inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble alguna pero sí el padrón catastral 481520 receptoría San Francisco.-

SAN LUIS, 25 de FEBRERO de 2026.-

C: 629 $11.000,00 e. 18 y v: 20 Mar.

Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 2 a cargo de la Dra Geraldina I. Ibañez, Sria. de la actuaria en autos EXP 441692/25 caratulados “BARROSO CARLOS CEFERINO S/ SUCESION” cita y emplaza por treinta (30) días a herederos y acreedores de CARLOS CEFERINO BARROSO, (D.N.I. Nº 21.382.706) bajo apercibimiento de Ley .-

SAN LUIS, 10 DE MARZO DE 2026.-

C: 630 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL Nº 3 DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, juzgado a cargo del Dr. Fernando Spagnuolo juez subrogante, secretaria autorizante Dra. Natalia Gómez en los autos caratulados “DI GENARO MARIA HAYDEE S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 430617/25 cita y emplaza por el termino de treinta dias para que se presenten ante este juzgado, a herederos y acreedores de la Sra. DI GENARO MARIA HAYDEE D.N.I Nº 3.687.625 bajo apercibimiento de ley.

San Luis, 29/7/25

C: 631 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de San Luis, a cargo del Dr Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, prosecretaria de la autorizante, en los autos caratulados “LOPEZ JOSE S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 431989/25” cita y emplaza por el término de TREINTA DÍAS a herederos y acreedores del causante DON LOPEZ JOSE DNI Nº 6.804.234, bajo apercibimiento de ley. –

San Luis, 04 de marzo de 2026.-

C: 632 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 1 de la ciudad de San Luis a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Secretaría del autorizante, en autos PALACIO MARTÍN SANTIAGO S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, EXP 413984/24, cita y emplaza por cinco días a quien tuviere e invocare derechos sobre el inmueble que infra se individualiza, para que comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de designar al Defensor de Ausentes para su representación. El inmueble se ubica en calle s/nombre s/n° esq. calle s/nombre B° Banda Este de la localidad de Quines Partido de Quines Departamento Ayacucho Provincia de San Luis e identificado por el plano de mensura 7/168/2022 como parcela 33 con las siguientes medidas y linderos: por el Norte desde el punto 1 al 2 mide 64,00 metros, desde el punto 2 al 3 mide 14,00 metros, y desde el punto 3 al 4 mide 2,80 metros y colinda con calle s/nombre; por el Este desde el punto 4 al 5 mide 10,92 metros y colinda con calle s/nombre; por el Sur desde el punto 5 al 6 mide 76,81 metros y colinda con Clementina Olga Díaz padrón 2389 receptoría Quines; y por el Oeste desde el punto 6 al 1 mide 11,00 metros y colinda con Osar Vicente Díaz padrón 2390 receptoría Quines. Tiene una superficie de UN MIL UNO COMA CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (1.001,41 m2). No afecta inscripción alguna en el Registro de la Propiedad Inmueble pero sí el padrón catastral 2560 receptoría Quines.-

San Luis, 22 de DICIEMBRE de 2025

C: 633 $11.000,00 e. 18 y v: 20 Mar.

El Juzgado Civil Comercial Ambiental y Laboral N°2 de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Santa Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez provisorio de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nro 2, de la Tercera Circunscripción Judicial de San Luis, Secretaría del autorizante, en autos caratulados EXP 439951/25 “RODRIGUEZ JULIAN S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por TREINTA (30) días a herederos, acreedores y todo el que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante el Sr. JULIAN RODRIGUEZ, DNI: 8.164.369 bajo apercibimiento de Ley. –

Santa Rosa del Conlara (San Luis) 19 de diciembre del 2025.

C: 634 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Juez, en autos caratulados: “VIDELA JUAN RODOLFO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 435788/25, cita y emplaza por el termino de (30) días a herederos, acreedores y/o cualquiera que se considerare con derecho a los bienes dejados por la causante, SR. VIDELA JUAN RODOLFO, DNI N° 12.370.479.

SAN LUIS, 04 DE DICIEMBRE DE 2025

C: 635 $16.500,00 e. 18 y v: 23 Mar.

El JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, AMBIENTAL y LABORAL Nº 1, III CIRC. JUDICIAL, Dr. Moisés Benito Fara (Juez), Secretaría de la Autorizante, en autos EXP 433988/25: “AGUILAR ELVA MIRYAM, S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de ELVA MIRYAM AGUILAR DNI. N° 14.737.937, bajo apercibimiento de Ley.

Concarán, 18 de AGOSTO de 2025

C: 640 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Secretaria Autorizante, en autos caratulados “CHIRINO MAXIMO SEGUNDO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 445230/26 cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos y acreedores del causante SR. CHIRINO MAXIMO SEGUNDO DNI N° 8.686.496 bajo apercibimiento de ley-

San Luis, 16 de marzo de 2026

C: 641 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo del Dr. Geremias Pablo Ferez - Juez, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “LUCERO DELIA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 426529/24 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de la extinta Sra. DELIA LUCERO, D.N.I. Nº 5.317.113, bajo apercibimiento de ley.-

Villa Mercedes (San Luis), 25 de febrero de 2026.-

CECILIA INÉS BERITOGNOLO

Prosecretaria

C: 642 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 2 de la Ciudad de Villa Mercedes, (San Luis), a cargo de Dr. Geremias Pablo Ferez (Juez), Secretaria de la Autorizante, en los autos: MUÑOZ DIOLINDO S/ SUCESION AB INTESTATO – EXP 430863/25 Cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de Don DIOLINDO MUÑOZ DNI N° 6.818.176, bajo apercibimiento de ley.-

Prosecretaría: 12 de Marzo de 2026.-

C: 643 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3, de la primera circunscripción judicial del Poder Judicial de la provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Secretaría de la autorizante, en autos EXP 445712/26 “RIVERA FERNANDEZ YURI JAIME S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos y acreedores del causante SR. YURI JAIME RIVERA FERNÁNDEZ, C.I. Nº 93.030.082, bajo apercibimiento de ley.

San Luis, 16 de Marzo de 2026

C: 644 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5, de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo del Dr. Spagnuolo Fernando Alberto, Juez Subrogante, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “TESSI ANTONIO CONRRADO S/SUCESIÓN TESTAMENTARIA” EXP 421163/24, CITA Y EMPLAZA por treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejado por la causante SR. TESSI ANTONIO CONRRADO, DNI Nº 6.811.925, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 13 de marzo de 2026.-

C: 645 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la Autorizante en los autos caratulados “EXP 380559/22 ALFONZO JUAN JOSE Y EUCEBIA VALENTINA AVILA S/ SUCESION INTESTADA cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de la SRA. EUCEBIA VALENTINA ÁVILA, DNI: 5.188.908.-

Concarán, San Luis, 24 de julio de 2025.-

C: 646 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Secretaria Autorizante, en autos caratulados “CHIRINO MAXIMO SEGUNDO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 445230/26 cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos y acreedores del causante SR. CHIRINO MAXIMO SEGUNDO DNI N° 8.686.496 bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 16 de marzo de 2026.-

C: 647 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº2 de la Tercera Circunscripción, sito en Santa Rosa del Conlara (SL), a cargo del Dr. José Ramiro Bustos, Secretaria del Dr. Scarso, en los autos caratulados “EXP 432458/25 GALUZZI STELLA MARY S/SUCESIÓN AB INTESTA TO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de la SRA. STELLA MARY GALUZZI, DNI: 10.367.130.-

Santa Rosa del Conlara, 13 de junio de 2025.-

C: 648 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº1 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, secretaria de la Dra. Rosana Cuevas, en los autos caratulados “EXP 424506/24 GODOY JUSTO ARGENTINO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de don JUSTO ARGENTINO GODOY, DNI: 11.679.733, bajo apercibimiento de ley.

Concaran, San Luis, 28 de MAYO de 2025.-

C: 649 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes al Estudio de Impacto Ambiental presentado por el Sr. JUAN JOSÉ FRADE, CUIT Nº 23-24971036-9, en carácter de titular y cuya consultora ambiental es la Ing. Amb. María Emilia Orquín (RUCEIA N° 61), para desarrollar el proyecto de cambio de uso de suelo en el Establecimiento Rural El Lechuzo, localizado en camino vecinal s/n, Partido El Morro, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis y cuyas coordenadas son, aproximadamente, 33°22’09.49” S y 65°37’40.59”O, (Ref. EXD. Nº 0-2200182/24), en el marco de la Ley General del Ambiente N° 25.675 y la Ley Provincial N° IX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. en las oficinas de la Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque 2º Piso 2º, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, San Luis.

Consultas vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar.

MARÍA EMILIA ORQUÍN

Consultora Ambiental

C: 650 $11.000,00 e: 20 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la Tercera Circunscripción sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la Autorizante, en los autos caratulados EXP 416882/24 KREMPOVICH BLANCA ELENA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de la SRA. BLANCA ELENA KREMPOVICH, DNI: 11.221.657.-

Concarán, 8 de SEPTIEMBRE de 2025.-

C: 651 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° ٢ de la III Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, con asiento en la localidad de Santa Rosa del Conlara, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, Secretaría del Autorizante en los autos caratulados EXP 275041/14 MANCILLA JOSE EDUARDO C/ PEREZ ADOLFO RAMON S/ POSESION VEINTEAÑAL, cita y emplaza por quince días a Ramón Adolfo Pérez; Delfor Eleuterio Pérez; Jesús Amadeo Pérez; Carolina Pérez de Mansilla; Ostancia Pérez de Aranguez; Paulina Pérez de Chamarra; José Salvador Pérez; Marcolina Pérez de Palacio; Davila Irene P. de Bravo y Ramón Juan Pérez, Casimiro Mansilla y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio, el que se encuentra Ubicado en Calle Pública San Miguel, Villa Larca, individualizado como parcela 2018 del Plano de Mensura 4/145/13, empadronado a los efectos fiscales bajo el N° 828, 1133 Receptoría Concarán, Inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble T 3 (Ley 3236) de Chacabuco F 478 - N 479 Titulo A) 4to inmueble y T 23 de Chacabuco - F 309 - N 9807, ) con una superficie total de 38Ha 4.769,25 m2; Bajo apercibimiento de ley.

Santa Rosa del Conlara, 13 de marzo de 2026.-

C: 652 $11.000,00 e: 20 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Autopista de los Comechingones (Ruta Provincial Nº 55) de Santa Rosa del Conlara (SL), a cargo del Dr. José Ramiro Bustos, Secretaria del autorizante, en los autos caratulados: “PETTINA RAFAEL Y ZALAZAR MARIANA JOSEFA S/ SUCESION AB INTESTATO” “EXP 391197/22 cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de la SRA. MARINA JOSEFA ZALAZAR, DNI: 2.504.423.-

Santa Rosa del Conlara (SL), 23 de septiembre de 2024.-

C: 653 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL Nº3 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Díaz, Juez, secretaria a cargo del autorizante en autos caratulados: EXP 436126/25 “MALDONADO GUILLERMO ANTONIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por GUILLERMO ANTONIO MALDONADO, DNI Nº 8.108.249.

Villa Mercedes, San Luis, 16 de marzo de 2026.

CECILIA INÉS BERITOGNOLO

Prosecretaria

C: 664 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial, ambiental y Laboral Nº1 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la Autorizante, en los autos caratulados “EXP 415.181/24 SOSA ROSA ELIDA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de DON PEDRO ANTONIO ORTIZ, DNI: 5.558.833 y DOÑA ROSA ELIDA SOSA, DNI: 5.080.294, bajo apercibimiento de ley.

Concarán, San Luis, 15 de octubre de 2025.-

C: 665 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la Tercera Circunscripción sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaria de la Dra. Simioli, en los autos caratulados “ EXP 412107/24: “URQUIZA MARIO ENRIQUE S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores del SR. MARIO ENRIQUE URQUIZA, DNI: 21.383.326. Bajo apercibimiento de ley.

Concarán (SL), 17 de octubre de 2024.-

C: 666 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº1 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaria de la autorizante, en los autos caratulados “EXP 419529/24: “VILLAVERDE ERLINDA OFELIA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores del SR. ERLINDA OFELIA VILLAVERDE, DNI: 0.733.925.-

Concarán (SL), 11 de noviembre de 2024.-

C: 667 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El JUZGADO DE FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y VIOLENCIA NRO 1 VM, de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. MARIA AGUSTINA MONTIVEROS GARRO (Juez Sub.), Secretaría a cargo de la Dra. HERRERA ALEJANDRA MARIA, sito en la ciudad de Villa Mercedes, hace saber por tres días que en los autos caratulados: “VILLEGAS ANA MARIA C/ SUCESORES UNIVERSALES DE VICENTE VILLEGAS Y MARIA SANDRELLI S/ ACCION DE IMPUGNACION DE FILIACION Y C/ SUCESORES UNIVERSALES DE HUMBERTO CORRADI S/ FILIACIÓN” EXP 307982/17 se ha dispuesto notificar la existencia del presente proceso en el cual la Sra. ANA MARIA VILLEGAS (DNI 5.184.156) promueve: 1. Acción de IMPUGNACIÓN DE FILIACIÓN contra los sucesores del SR. VICENTE VILLEGAS y la SRA. MARIA SANDRELLI. 2. Acción de RECLAMACIÓN DE FILIACIÓN contra los sucesores del SR. HUMBERTO CORRADI. Por lo que se cita y emplaza a los sucesores universales y/o personas que se consideren con derecho a intervenir, para que comparezcan a estar a derecho en el plazo de DIEZ (10) DÍAS contados desde la última publicación, bajo apercibimiento de designárseles al Defensor de Pobres y Ausentes. FDO. DRA.MARIANA SORONDO OVANDO, JUEZ.-

Villa Mercedes, San Luis, 20 de febrero de 2026.-

ANA R. DEMARCHI

Prosecretaria

C: 668 $11.000,00 e: 20 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo del Dr. Geremias Pablo Ferez - Juez, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “GARCIA OLGA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 425879/24 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de la extinta Sra. GARCIA OLGA D.N.I. Nº 10.483.814, bajo apercibimiento de ley.-

Villa Mercedes (San Luis), 11 de marzo de 2026.-

CECILIA INÉS BERITOGNOLO

Prosecretaria

C: 669 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo de la Dra. Carolina Soledad Cherubini – Jueza, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “OCHOA JUAN JOSE S/SUCESIÓN AB INTESTATO” Expte. 413262/24 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores del extinto Sr. OCHOA JUAN JOSE, D.N.I. N° 22.663.788, bajo apercibimiento de ley.-

Villa Mercedes (San Luis), 24 de octubre de 2025.-

C: 670 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la III Circunscripción Judicial de Concarán-S.L., a cargo del Dr. Moisés Benito Fara-Juez, secretaria de la Autorizante, en autos caratulados: “OLGUIN TEODORO RAFAEL S/ SUCESIÓN INTESTADA”, EXP. 380383/22, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del extinto TEODORO RAFAEL OLGUIN DOC. 6.814.369 bajo apercibimiento de ley.

Concarán, San Luis, 11 de Febrero de 2026.

C: 671 $5.500,00 e. y v: 20 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de San Luis, a cargo del Dr Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, prosecretaria de la autorizante, en los autos caratulados EXP 389519/22 “SOSA CLARA ELDA Y MUÑOZ MIGUEL ANGEL S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el término de TREINTA DÍAS a herederos y acreedores del causante DON MUÑOZ MIGUEL ANGEL DNI N° 10.697.389, bajo apercebimiento de ley. -

San Luis, 17 de marzo de 2026.-

C: 672 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El Juzgado CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL Nº 4 de la Ciudad de San Luis a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca-Jueza – en autos caratulados: “QUEVEDO FELIX AMADO Y QUEVEDO ROQUE ATILIO S/ SUCESION AB INTESTATO “EXPTE. 54512/1”, cita y emplaza por TREINTA DIAS a los herederos y/ o acreedores y/ o quienes se consideren con derecho a la herencia de DON ROQUE ATILIO QUEVEDO DNI 13.015.948.- PUBLIQUENSE EDICTOS (art. 699 inc. 2º del C.P.C.), bajo apercibimiento de ley. -

San Luis, 18 de MARZO de 2026

C: 673 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Primera Circunscripción Judicial sito en la Ciudad de San Luis a cargo de la Dra. Gabriela Ramosca, Juez; Prosecretaria del autorizante, en los autos caratulados “EXP 402.165/23 ROSSI FELIPE GABRIEL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del Sr. FELIPA GABRIEL ROSSI, DNI: 6.815.279.-

San Luis, 6 de AGOSTO de 2025

C: 674 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº2 de la III Circunscripción Judicial de la provincia de San Luis, con asiento en la localidad de Santa Rosa del Conlara, a cargo del Dr. José Ramiro Bustos, Juez; Secretaria del Autorizante, en autos caratulados: “SALINAS LUCAS S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 437856/25, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del extinto LUCAS SALINAS DNI 6.796.822 bajo apercibimiento de ley.

Santa Rosa del Conlara, 3 de diciembre de 2025.-

C: 675 $5.500,00 e: y v: 20 Mar.

El Juzgado en lo Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de la ciudad de San Luís, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Prosecretaria del autorizante, en los autos caratulados: “ALTAMIRA OSCAR ALBERTO C/ FUNES DE CORTEZ MARIA JULIA S/ POSESIÓN”- EXP 348528/19, corre traslado por el término de QUINCE DIAS para que la Sra. MARIA JULIA ARCE FUNES o MARIA JULIA ARCE o MARIA JULIA FUNES o MARIA JULIA FUNES DE CORTEZ, DNI 1.594.444 y/o SUS HEREDEROS y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO sobre el inmueble identificado como Circunscripción Quines, Cuadrante B4, Sección 01, Parcela 19, Padrón N° 1531, Receptoría Quines, compuesta de 526,13 mtrs2, ubicado en la localidad de Quines, Departamento Ayacucho, colindando al NORTE y SUR con María Julia Funes de Cortez; al OESTE con Gerardo Alaniz y al ESTE con calle Valverde del Fresno; para que comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designará al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente.-

San Luis, 26 de FEBRERO de 2026

C: 676 $11.000,00 e: 20 y v: 23 Mar.

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes al Estudio de Impacto Ambiental presentado por los Sres. NUÑEZ CARLOS OSCAR, DNI 26.983.684 y ZUFIAURRE RAMIRO, DNI 31.803.387 en carácter de titulares, cuyo consultor ambiental es el Dr. Rubén Lijteroff (RUCEIA N°04), para para loteo-parcelamiento, ubicado en Doroteo Olmedo esquina Comechingones s/n, Los Molles, Departamento Junín, Provincia de San Luis (Ref. EXD. No0000-2201011/25), en el marco de la Ley General del Ambiente N° 25.675 y la Ley Provincial N° IX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. En las oficinas de la Dirección de Gestión Ambiental y Fiscalización, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque 2o Piso 2o, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, San Luis.

Consultas vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar

DR. RUBÉN LIJTEROFF

Consultor Impacto Ambiental

C: 677 $11.000,00 e: 20 y v: 23 Mar.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “ESCUDERO MARIA MICAELA C/ SOSA TELMA TIBURCIA S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, EXP 410819/24, CITA Y EMPLAZA por el término de QUINCE (15) DÍAS a la SRA. TELMA TIBURCIA SOSA, L.C N° 0.949.927 Y/O SUS HEREDEROS Y/O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO, sobre el inmueble cuya superficie total es de 5.358,40 m2, ubicado en Calle 25 de Mayo s/n, localidad de Lujan, el cual posee inscripción dominial en 1) Tº 7, Ley 3.236, Ayacucho, Fº 76, nro 9330; 2) Tº 21, Ley 3236, Ayacucho, Fº 376, nro 525, padrón catastral N° 280.137, receptoría Lujan y cuyos límites son: al Norte, padrón 280.133; al Sur, calle 25 de Mayo; al oeste, padrón catastral nro 280.138, al este 280.136. A fin de tramitar los presentes autos, se ordenó la confección del Plano de Mensura Nº 7/41/23, confeccionado por el Agrimensor Maurico Aguil en fecha 08/03/2023, para que comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor Oficial de Ausentes, para que los represente.-

San Luis, 30 de DICIEMBRE de 2025.-

C: 678 $11.000,00 e: 20 y v: 23 Mar.

MINAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MINERÍA DE SAN LUIS

DESARROLLO PRODUCTIVO

EDICTO DE CANTERA:

La Autoridad Minera de la Provincia de San Luis hace saber que, por tres veces en quince días, llamando por el termino veinte días desde la última publicación a quienes se consideran con derecho a deducir oposiciones en el expediente digital Nº 9010496/25 caratulado CANTERA LA JARILLA - CESAR DANIEL MARTINES PALACIO, ubicada en Partido Chosme, Departamento Juan Martin de Pueyrredón de esta provincia de San Luis; ubicación: COORDENADAS (GAUSS-KRUGGER 94):YX, 1.- 3410424,6305859 2.- 3410505,6305795 3.- 3410508,6306052 4.- 3410640,6306053 5.- 3410535,6306320 6.- 3410663,6306264 7.- 3410748,6306669 8.- 3410842,6306549. ES COPIA PARA PUBLICAR. A TRECE DIAS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS DIRECCION PROVINCIAL DE MINERIA. -

AGUSTIN RICARDO CLOSA

Escribano de Minas

C: 679 $16.500,00 Pub: 20, 27 Mar. y 03 Ab.