ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DECRETO Nº 23000-ME-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-10270242/25, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente MARIA CELESTE FERNANDEZ, D.N.I. Nº 29.105.305 y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Centro Educativo Nº 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3630619/25, obra copia de Decreto de designación Nº2592-MHP-2017 y Decretos de reubicación Nros. 6054-ME-2021 y 2745-ME-2020, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3651431/25;

Que en act. INFSUM 179153/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3652162/25, la Subdirección Cobertura de Cargos toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3653190/25, la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MARIA CELESTE FERNANDEZ, D.N.I. Nº 29.105.305, en DIECIOCHO (18) horas cátedra de Matemática (6 hs. en 1er. año 1ra división ,6 hs. en 1er. año 2da. división y 6 hs. en 1er. año 3ra. división), Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23001-ME-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-10311025/25, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ANDREA VERONICA PAJON, D.N.I. N° 24.318.269, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina, en el Colegio Nº 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3637141/25, obra copia de Decreto de designación N° 5675-MHP-2021, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI- sede San Luis, en act. DOCEXT 3638403/25;

Que en act. INFSUM 179134/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3655198/25 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3655405/25 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ANDREA VERONICA PAJON, D.N.I. Nº 24.318.269, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23002-ME-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-10311130/25, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente SEBASTIAN MOLINA, D.N.I. N° 23.900.021, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino, en el Centro Educativo Nº 20 “Juan Wenceslao Gez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 3637279/25 obra copia de Decreto de designación N° 1050-MHP-2017 del docente mencionado;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa II y III- sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3645903/25;

Que en act. INFSUM 179221/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3649951/25 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3650158/25 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente SEBASTIAN MOLINA, D.N.I. Nº 23.900.021, en SEIS (6) horas cátedra de Dispositivos y Componentes Analógicos y Digitales, (3hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división) sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el Centro Educativo Nº 20 “Juan Wenceslao Gez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23003-ME-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

ElEXD-0-9260343/25, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente JUAN MANUEL DOMINGO GÓMEZ CARRILLO, D.N.I. Nº 25.501.579, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Colegio Nº 12“Doctor Ramón Carrillo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3603425/25, obra copia de Decreto de designación Nº5666-MHP-2021, del docente mencionado;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3616573/25;

Que en act. INFSUM 178861/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;

Que en act. PASEDU 3621282/25 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3621586/25 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente JUAN MANUEL DOMINGO GÓMEZ CARRILLO, D.N.I. Nº 25.501.579, en SEIS (6) horas cátedra de Lengua Extranjera, perfil Inglés (3 hs. en 4to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales y 3 hs. en 5to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración), Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº12 “Doctor Ramón Carrillo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23004-ME-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-10150142/25, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente SILVIA LEONOR ROSALES, D.N.I. N° 24.637.994, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina, en la Escuela Nº 255 “Provincia de Formosa”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho;

Que en act. DOCEXT 3619726/25 obra copia de Decreto de designación N° 11678-MHP-2022, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI- sede San Luis, en act. DOCEXT 3635290/25;

Que en act. INFSUM 179090/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3644443/25 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3647274/25 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente SILVIA LEONOR ROSALES, D.N.I.Nº 24.637.994, en UN (1) Cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 255 “Provincia de Formosa”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23082-ME-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-10281132/25, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente ALBERTO SEBASTIAN FLORES, D.N.I. N° 30.611.575, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino, en el Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín;

Que en act. DOCEXT 3633135/25 obra copia de Decreto de cambio de situación de revistaN°6167-MHP-2020, del docente mencionado;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa IV y V- sede Concarán, en act. DOCEXT 3647441/25;

Que en act. INFSUM 179248/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3662646/25 la Subdirección Cobertura de Cargos toma debida intervención, consignando al docente a titularizar presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente ALBERTO SEBASTIAN FLORES, D.N.I.Nº 30.611.575, en DIEZ (10) horas cátedra de Lengua y Literatura, 5 horas en 2do. año 1ra. división y 5 horas en 2do. año 3ra. división Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín .-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23083-ME-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-10270847/25, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ROMINA LICIA CABRERA, D.N.I. N° 25.097.258, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina, en el Colegio Nº 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 3631327/25 obra copia de Decreto de cambio de situación de revista N° 6370-MHP-2020, y Decreto de reubicación N° 1274-ME-2021 de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa II y III- sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3632968/25;

Que en act. INFSUM 179044/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3637294/25 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3637559/25 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ROMINA LICIA CABRERA, D.N.I.Nº 25.097.258, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua, en 3er. año 5ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23084-ME-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-10281172/25, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ALICIA GABRIELA GARRO, D.N.I. N° 25.293.555, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina, en la Escuela Nº 98 “Gobernador José Santos Ortiz”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3633236/25 obra copia de Decreto de cambio de situación de revistaN°6847-MHyOP-2014, y Decreto de reubicación N° 9984-ME-2022 de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI- sede San Luis, en act. DOCEXT 3641594/25;

Que en act. INFSUM 179199/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3650711/25 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando ala docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3652419/25 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ALICIA GABRIELA GARRO, D.N.I. Nº 25.293.555, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria en la Escuela Nº 98 “Gobernador José Santos Ortiz”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23085-ME-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

ElEXD-0-7220891/25, y;

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario reubicar al personal docente de la Escuela N° 40 “Doctor Ricardo Rojas” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, por implementación de las estructuras curriculares aprobadas por Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021, 7597-ME-2021, 3235-ME-2022, 5739-ME-2022 y 2573-ME-2025, obrantes en acts. DOCEXT 3550829/25, para el Ciclo Básico y Ciclo Orientado del Nivel de Educación Secundaria, de manera progresiva;

Que en act. DOCEXT 3550829/25 obra Decreto Nº 5261-ME-2021, mediante el cual se establece que dicha implementación se efectuará en forma gradual y progresiva, comenzando en el ciclo lectivo 2022 con 1er. y 4to. año, en el 2023 con 2do. y 5to. año y en 2024 con 3er. y 6to. año;

Que por Decretos Nros. 3235-ME-2022, 5739-ME-2022 y 2573-ME-2025, obrantes en act. DOCEXT 3550829/25, se modificó la Planta Orgánica Funcional del citado establecimiento educativo, en virtud de la implementación de la estructura curricular aprobada por Decreto N° 4930-ME-2021;

Que en act. DOCEXT 3550840/25 (adjuntos), obran fotocopias de D.N.I., constancias de C.U.I.L, declaraciones juradas de incompatibilidad y demás documentación respaldatoria de los docentes a reubicar;

Que en act. DOCEXT 3550862/25, obra Resolución Nº 012-JCD-VM-2025, por la cual Junta de Clasificación Docente Región Educativa II y III-sede Villa Mercedes, hace lugar a la solicitud de reubicación;

Que en act. ACTPAS 3609583/25 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Reubicar definitivamente al personal docente de la Escuela N° 40 “Doctor Ricardo Rojas” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, en las horas cátedra y ciclo lectivo que a continuación se detalla:

ALBA LUZ SOSA ELIAS D.N.I. N° 38.479.803, docente de TRES (3) horas cátedra interinas de Historia, en 2do. año 2da. división, según Decreto N° 4682-ME-2019.

A partir del ciclo lectivo 2023: en TRES (3) horas cátedra interinas de Política y Ciudadanía, en 5to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria.

MARIA ALEJANDRA GARCIA D.N.I. N° 16.868.344, docente de DIECIOCHO (18) horas cátedra interinas de Tecnología (3 hs. en 1er. año 1ra. división, 3 hs. en 1er. año 2da. división, 3 hs. en 2do. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 2da. división, 3 hs. en 3er. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división), según Decreto N°6176-MHP-2023.

A partir del ciclo lectivo 2022: en TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Tecnológica, en 1er. año 1ra. división y DOS (2) horas cátedra interinas de Educación Tecnológica, en 4to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2023: en TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Tecnológica, en 2do. año 1ra. división y DOS (2) horas cátedra interinas de Educación Tecnológica,en5to.año1ra.división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2024: en TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Tecnológica, en 3er. año 1ra. división, DOS (2) horas cátedra interinas de Educación Tecnológica, en 6to. año 1ra. división y DOS (2) horas cátedra interinas de Espacio de Opción Institucional, en 6to. año 1ra. división, Orientación Comunicación y UNA (1) hora cátedra interina de Tutoría, Nivel de Educación Secundaria.

GRACIELA CECILIA AGUILERA D.N.I. N° 29.069.944, docente de DIEZ (10) horas cátedra interinas de Matemática (5 hs. en 2do. año 1ra. división y 5 hs. 3er. año 2da. división), según Decreto N° 7996-MHP-2023.

A partir del ciclo lectivo 2022: en TRES (3) horas cátedra interinas de Matemática, en 4to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2023: en TRES (3) horas cátedra interinas de Matemática, en 5to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2024: en TRES (3) horas cátedra interinas de Matemática, en 6to. año 1ra. división, Orientación Comunicación y UNA (1) hora cátedra interina de Tutoría, Nivel de Educación Secundaria.

CAROLINA INES LORCA D.N.I. N° 26.467.403, docente de SEIS (6) horas cátedra titulares de Biología (3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. 3er. año 1ra. división) y UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría, según Decreto N° 241-ME-2023.

A partir del ciclo lectivo 2023: en TRES (3) horas cátedra titulares de Biología, en 1er. año 1ra.división, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2024: en TRES (3) horas cátedra titulares de Biología, en 4to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria.

LEANDRO GABRIEL PELAYES D.N.I. N° 36.588.434, docente de SEIS (6) horas cátedra titulares de Geografía (3 hs. en 1er. año 2da. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división) según Decreto N° 10776-ME-2022.

A partir del ciclo lectivo 2022: en TRES (3) horas cátedra titulares de Geografía, en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2023: en TRES (3) horas cátedra titulares de Geografía, en 5to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria.

KARINA LILIAN ORLANDO D.N.I. N° 23.390.990, docente de DOCE (12) horas cátedra interinas de Lengua (6 hs. en 1er. año 1ra. división y 6 hs. en 1er. año 2da. división) y TRES (3) horas cátedra interinas de Tutoría, según Decreto N°8624-ME-2021.

A partir del ciclo lectivo 2022: en SEÍS (6) horas cátedra interinas de Lengua, en 1er. año 1ra.división y CUATRO (4) horas cátedra interinas de Producción de Lenguajes, en 4to. año 1ra. división, orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2023: en CINCO (5) horas cátedra interinas de Lengua, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria.

ALEJANDRA BEATRIZ RIVAROLA D.N.I. N° 20.135.634, docente de DOCE (12) horas cátedra titulares de Lengua Extranjera-Inglés (4 hs. en 2do. año 1ra. división, 4 hs. en 2do. año 2da. división y 4 hs. en 3er. año 2da. división) división según Decreto N°7995-ME-2022.

A partir del ciclo lectivo 2022: TRES (3) horas cátedra titulares de Lengua y Cultura Extranjera: Inglés, en 4to. año 1ra.división, orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2023: TRES (3) horas cátedra titulares de Lengua y Cultura Extranjera: Inglés, en 5to. año 1ra. división, orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2024: TRES (3) horas cátedra titulares de Lengua y Cultura Extranjera: Inglés, en 6to. año 1ra. división, orientación Comunicación y TRES (3) horas cátedra titulares de Tutoría, Nivel de Educación Secundaria.-

Art. 2°.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Concursos Jerárquicos y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3°.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes y Junta de Clasificación Docente Región Educativa II y III - sede Villa Mercedes.-

Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23087-ME-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-10030500/25, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente TAMARA AYELEN SOTO, D.N.I. Nº 38.752.371, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3609819/25, obra copia del Decreto de designación Nº 1915-MHP-2018, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3653787/25;

Que en act. INFSUM 179180/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3653816/25, la Subdirección Cobertura de Cargos toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3654501/25, la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente TAMARA AYELEN SOTO, D.N.I. Nº 38.752.371, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Música, en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23088-ME-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-10020353/25, por el cual se tramita la reubicación definitiva de la docente VALLEJO BADILLO GABRIELA ALEJANDRA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3628250/25, obra planilla de reubicación definitiva de la docente VALLEJO BADILLO GABRIELA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 25.394.176, de TRES (3) horas cátedra titulares de Sistema Informático Contable, en 6to. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, según Decreto N° 3682-ME-2022, a TRES (3) horas cátedra titulares de Contabilidad, en 2do. año 4ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el mismo establecimiento educativo, vacante por renuncia de la docente CORNEJO VANESA CATALINA, según Decreto N° 19150-ME-2025;

Que en acts. DOCEXT 3608422/25, 3608424/25 y 3628250/25, obra copia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante y Decreto N° 3682-ME-2022;

Que en act. DOCEXT 3628255/25 obra Resolución Nº 034-JCD-VM-25, por la cual Junta de Clasificación Docente Región Educativa II y III - sede Villa Mercedes, hace lugar a la solicitud de reubicación;

Que en act. INFSUM 179108/25 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;

Que en act. ACTPAS 1620670/25 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Reubicar definitivamente, a la docente VALLEJO BADILLO GABRIELA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 25.394.176, de TRES (3) horas cátedra titulares de Sistema Informático Contable, en 6to. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, según Decreto N° 3682-ME-2022, a TRES (3)horas cátedra titulares de Contabilidad, en 2do. año 4ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el mismo establecimiento educativo, vacante por renuncia de la docente CORNEJO VANESA CATALINA, según Decreto N° 19150-ME-2025.-

Art. 2°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3°.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Junta de Clasificación Docente Región Educativa II y III - sede Villa Mercedes.-

Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23089-ME-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-4280222/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3630556/25 obra contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE EDUCACIÓN, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora TAMARA MARISOL MEDERO, D.N.I. Nº 42.207.709, con el objeto de cumplir funciones como Especialista SIFIECA del Instituto Nacional de Formación Docente (INFoD), desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025;

Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución mensual que percibirá la prestadora de servicios, por todo concepto;

Que en act. PREV 11107744/25 obra comprobante de imputación preventiva del gasto;

Que en act. NOTAMP 935729/25 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 936673/25 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley N° VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidad por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 163338/25 interviene Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley N° VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE EDUCACIÓN, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora TAMARA MARISOL MEDERO, D.N.I. Nº 42.207.709, a los fines de prestar servicio conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, obrante en act. DOCEXT 3630556/25.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Inst. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Princ. Parc. Importe

1 14 16 25 02 4-07 3 4 9 $750.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente y por su intermedio, notificar al interesado.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23090-ME-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-10160262/25, por el cual se eleva aceptación de renuncia y propuesta de titularización de la docente LAURA LORENA LOPEZ, D.N.I. Nº 23.944.228, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Colegio Nº 27 “Doctor Eleodoro Lobos”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco;

Que en act. DOCEXT 3621005/25, obra copia de Decreto de designación Nº 10521-MHyOP-2014, de la docente mencionada;

Que en act. DOCEXT 3625297/25, obra nota de renuncia a TRES (3) horas cátedra de Física en 3er. año 1ra. división, carácter titular y TRES (3) horas cátedra (2 horas titulares y 1 hora interina de incremento) de Física en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 5161-ME-2020, en el Colegio Nº 27 “Doctor Eleodoro Lobos” de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3640850/25;

Que en act. INFSUM 178970/25 toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decretos Nros. 3392-ME-2011 y 4218-ME-2021;

Que en act. PASEDU 3649993/25 la Subdirección Cobertura de Cargos toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3650010/25 la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por la docente LAURA LORENA LOPEZ, D.N.I. Nº 23.944.228, en TRES (3) horas cátedra de Física, en 3er. año 1ra. división, carácter titular y TRES (3) horas cátedra (2 horas titulares y 1 hora interina de incremento) de Física en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 27 “Doctor Eleodoro Lobos” de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco, según Decreto Nº 5161-ME-2020.-

Art. 2º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente LAURA LORENA LOPEZ, D.N.I. Nº 23.944.228, en UN (1) cargo de Secretaria, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 27 “Doctor Eleodoro Lobos”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco.-

Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23091-ME-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-10281136/25, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente LORENA DE LOS ANGELES TELLO, D.N.I. N° 32.581.188, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina, en la Escuela Nº 95 “Víctor Mercante”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho;

Que en act. DOCEXT 3633145/25, obra copia de Decretos de designación Nros. 6376-ME-2018, 4671-MHP-2020, 10899-MHP-2022, 6825-MHP-2023 y 301-MHP-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI- sede San Luis, en act. DOCEXT 3653968/25;

Que en act. INFSUM 179225/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3654970/25 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3655418/25 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente LORENA DE LOS ANGELES TELLO, D.N.I.Nº 32.581.188, en NUEVE (9) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana (٣ hs. en ٢do. año única división, ٣ hs. en ٣er. año ١ra. división y ٣ hs. en ١er. año ٢da. división), DOS (٢) horas cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo en ٦to. año 1ra. división, Orientación en Economía y Administración y TRES (3) horas cátedra de Política y Ciudadanía en 6to. año 1ra. división, Orientación en Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 95 “Víctor Mercante”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

MINISTERIO DE GOBIERNO

DECRETO Nº 23038-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11130250/25, por el cual la Dirección de Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, tramita Ampliación de Recursos, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1094418/25, obra nota de solicitud;

Que en act. PTPREC 57506/25, se encuentra Planilla de Solicitud de Transferencia de Créditos Presupuestarios;

Que en act. INFORM 426523/25, obra informe de la Dirección de Presupuesto Público;

Que en act. DICLEG 1096979/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Artículos 9º y 10 de la Ley Nº VIII-0253-2024, exceptuar el presente caso de las disposiciones del Art. 2º del Decreto Nº 2651-MHP-2010.-

Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente el Recurso que a continuación se detalla:

Ampliar:

1- Recursos de la Administración Central

1- Recursos Corrientes

7- Transferencias Corrientes

8- De la Administración Central Nacional

10- Ingresos Registro Civil – Convenio Encotesa $9.547.000,00

Art. 3º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:

Ampliar

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe

1 12 14 18 4-01 2 $1.000.000,00

1 12 14 18 4-01 4 $8.547.000,00

Art. 4º.- Disponer que, las partidas y el recurso a ampliar, poseen fuente de financiamiento con afectación especifica, los que por ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos.-

Art. 5º.- Hacer saber a la Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas.-

Art. 6°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23039-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11270834/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1629865/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “CENTRO DE ADULTOS MAYORES BATAVIA ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica Nº 192-DPJ-2025, en act. ACTPAS 1629870/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de mesones y elementos de cocina”;

Que en acts. ACTPAS 1629868/25, 1629866/25 y 1629863/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1629869/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11183416/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47456/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942309/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 164333/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “CENTRO DE ADULTOS MAYORES BATAVIA ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica N.º 192-DPJ-2025, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de mesones y elementos de cocina”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Centro de Adultos Mayores Batavia Asociación Civil”.-

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23040-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11271048/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1630059/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “GRUPO FITNESS FORTUNA ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica Nº 210-DPJ-2025, en act. ACTPAS 1630063/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de sillas”;

Que en acts. ACTPAS 1630061/25, 1630060/25 y 1630057/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1630062/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11183542/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47472/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942187/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164296/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “GRUPO FITNESS FORTUNA ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica N.º 210-DPJ-2025, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de sillas”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Grupo Fitness Fortuna Asociación Civil”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23041-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010664/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1631505/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la “FUNDACION NUEVO DESPERTAR”, con Personería Jurídica Nº 222-DPJ-2024, en act. ACTPAS 1631509/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de ventilador y proyector”;

Que en acts. ACTPAS 1631507/25, 1631506/25 y 1631503/25 se acompaña documentación de la referida Fundación y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1631508/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Fundación solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1631510/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la “FUNDACION NUEVO DESPERTAR” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11189675/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47553/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942558/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6, 8 y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5 de la Ley VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 164428/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la “FUNDACION NUEVO DESPERTAR”, con Personería Jurídica N.º 222-DPJ-2024, para el financiamiento del proyecto social “Compra de ventilador y proyector”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5 de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la “Fundación Nuevo Despertar”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23042-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010708/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1631533/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION AMIGOS DEL HOGAR DEL NIÑO ELENA MORA OLMEDO DE CASTELLI”, con Personería Jurídica Nº 4364-GyE-SEG-1974, en act. ACTPAS 1631538/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de mobiliario de oficina”;

Que en acts. ACTPAS 1631536/25, 1631535/25 y 1631531/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1631537/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1631539/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION AMIGOS DEL HOGAR DEL NIÑO ELENA MORA OLMEDO DE CASTELLI” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11189677/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47549/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942590/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 164426/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION AMIGOS DEL HOGAR DEL NIÑO ELENA MORA OLMEDO DE CASTELLI”, con Personería Jurídica N.º 4364-GyE-SEG-1974, para el financiamiento del proyecto social “Compra de mobiliario de oficina”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Amigos del Hogar del Niño Elena Mora Olmedo de Castelli”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23043-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11110923/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1623185/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL SUYAI”, con Personería Jurídica Nº 152-DPIGPJ-94, en act. ACTPAS 1623189/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de mobiliario”;

Que en acts. ACTPAS 1623187/25, 1623186/25 y 1623183/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1623188/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1623190/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL SUYAI” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11154194/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 46996/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 940741/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 163988/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL SUYAI”, con Personería Jurídica N.º 152-DPIGPJ-94, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de mobiliario”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Suyai”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23044-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11270990/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1629991/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL LES ARTES”, con Personería Jurídica Nº 446-DPJ-2024, en act. ACTPAS 1629995/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Equipamiento de luces, mic, cables y aberturas para ventilación del espacio cultural”;

Que en acts. ACTPAS 1629993/25, 1629992/25 y 1629989/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1629994/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1629996/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL LES ARTES” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11183486/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47485/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942222/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164310/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL LES ARTES”, con Personería Jurídica N.º 446-DPJ-2024, para el financiamiento del proyecto social “Equipamiento de luces, mic, cables y aberturas para ventilación del espacio cultural”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Les Artes”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23045-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010655/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1631493/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL CLUB INDEPENDIENTE BEAZLEY”, con Personería Jurídica Nº 476-PCyFdePJ-02, en act. ACTPAS 1631497/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de materiales para refacción y desmalezadora”;

Que en acts. ACTPAS 1631495/25, 1631494/25 y 1631491/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1631496/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1631498/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL CLUB INDEPENDIENTE BEAZLEY” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11189674/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47554/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942560/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164429/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL CLUB INDEPENDIENTE BEAZLEY”, con Personería Jurídica N.º 476-PCyFdePJ-02, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de materiales para refacción y desmalezadora”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Club Independiente Beazley”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23046-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010748/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1631584/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL “CLUB SAN VICENTE”, con Personería Jurídica Nº 255-DPJ-2025, en act. ACTPAS 1631588/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de indumentaria”;

Que en acts. ACTPAS 1631586/25, 1631585/25 y 1631582/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1631587/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11189680/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47538/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942582/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164421/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL “CLUB SAN VICENTE”, con Personería Jurídica N.º 255-DPJ-2025, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de indumentaria”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil “Club San Vicente”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23047-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11270853/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1629880/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “CENTRO DE JUBILADOS SER FELIZ ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica Nº 302-DPCyFPJ-2022, en act. ACTPAS 1629885/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de heladera y mobiliario”;

Que en acts. ACTPAS 1629883/25, 1629882/25 y 1629878/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1629884/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11183426/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47492/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942340/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164323/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “CENTRO DE JUBILADOS SER FELIZ ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica N.º 302-DPCyFPJ-2022, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de heladera y mobiliario”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Centro de Jubilados Ser Feliz Asociación Civil”.-

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23048-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11271041/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1630048/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA N°312 REPUBLICA DE CHILE”, con Personería Jurídica Nº 407-DPRLel-00, en act. ACTPAS 1630052/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de bancos premoldeados”;

Que en acts. ACTPAS 1630050/25, 1630049/25 y 1630046/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1630051/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11183527/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47476/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942197/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164298/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA N°312 REPUBLICA DE CHILE”, con Personería Jurídica N.º 407-DPRLel-00, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de bancos premoldeados”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Cooperadora de la Escuela N° 312 Republica de Chile”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23049-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11271150/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1630105/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL PEOCHO”, con Personería Jurídica Nº 266-DPCyFPJ-2016, en act. ACTPAS 1630109/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de materiales e indumentaria futsal masculino”;

Que en acts. ACTPAS 1630107/25, 1630106/25 y 1630103/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1630108/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1630110/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL PEOCHO” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11183578/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47471/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942183/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164295/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL PEOCHO”, con Personería Jurídica N.º 266-DPCyFPJ-2016, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de materiales e indumentaria futsal masculino”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Peocho”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23050-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010335/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1631264/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “COOPERADORA ESCUELA N° 333 EL ZAPALLAR”, con Personería Jurídica Nº 793-PCyFdePJ-01, en act. ACTPAS 1631268/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de herramientas para mantenimiento de la escuela”;

Que en acts. ACTPAS 1631266/25, 1631265/25 y 1631262/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1631267/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1631269/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “COOPERADORA ESCUELA N° 333 EL ZAPALLAR” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11189671/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47556/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942561/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164412/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “COOPERADORA ESCUELA N° 333 EL ZAPALLAR”, con Personería Jurídica Nº 793-PCyFdePJ-01, para el financiamiento del proyecto social “Compra de herramientas para mantenimiento de la escuela”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Cooperadora Escuela N° 333 El Zapallar”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23051-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11270922/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1629954/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL AGRUPACION VETERANOS PUNTANOS DE MALVINAS”, con Personería Jurídica Nº 73-DPCyFPJ-2017, en act. ACTPAS 1629959/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de indumentaria de verano”;

Que en acts. ACTPAS 1629957/25, 1629956/25 y 1629952/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1629958/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1629960/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL AGRUPACION VETERANOS PUNTANOS DE MALVINAS” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11183476/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47486/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942228/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164313/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL AGRUPACION VETERANOS PUNTANOS DE MALVINAS”, con Personería Jurídica N.º 73-DPCyFPJ-2017, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de indumentaria de verano”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Agrupación Veteranos Puntanos de Malvinas”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23052-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010761/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1631603/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL DEPORTIVA CULTURAL Y CAPACITACION ESTILO DE VIDA”, con Personería Jurídica Nº 00299-DPJ-2024, en act. ACTPAS 1631607/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de gazebo, freezer y guillotina”;

Que en acts. ACTPAS 1631605/25, 1631604/25 y 1631601/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1631606/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1631608/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL DEPORTIVA CULTURAL Y CAPACITACION ESTILO DE VIDA” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11189681/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47546/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942577/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 164420/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL DEPORTIVA CULTURAL Y CAPACITACION ESTILO DE VIDA”, con Personería Jurídica N.º 00299-DPJ-2024, para el financiamiento del proyecto social “Compra de gazebo, freezer y guillotina”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Deportiva Cultural y Capacitación Estilo de Vida”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23053-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000- 11271006/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1630015/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la “FUNDACION FUNDARTE SAN LUIS”, con Personería Jurídica Nº 283-DPJ-2025, en act. ACTPAS 1630019/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de sistema de sonido”;

Que en acts. ACTPAS 1630017/25, 1630016/25 y 1630013/25 se acompaña documentación de la referida Fundación y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1630018/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Fundación solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 1118350525, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47484/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942217/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6, 8 y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5 de la Ley VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 164305/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la “FUNDACION FUNDARTE SAN LUIS”, con Personería Jurídica N.º 283-DPJ-2025, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de sistema de sonido”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5 de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la “Fundación Fundarte San Luis”. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23054-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010883/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1631681/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la “FUNDACION BOMBEROS SAN LUIS – AYUDEMOS A SERVIR”, con Personería Jurídica Nº 504-DCyFPJ-10, en act. ACTPAS 1631685/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de sanitarios”;

Que en acts. ACTPAS 1631683/25, 1631682/25 y 1631679/25 se acompaña documentación de la referida Fundación y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1631684/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Fundación solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1631686/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la “FUNDACION BOMBEROS SAN LUIS – AYUDEMOS A SERVIR” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11189685/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47534/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942571/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6, 8 y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5 de la Ley VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 164417/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la “FUNDACION BOMBEROS SAN LUIS – AYUDEMOS A SERVIR”, con Personería Jurídica N.º 504-DCyFPJ-10, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de sanitarios”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5 de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la “Fundación Bomberos San Luis – Ayudemos a Servir”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23055-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010328/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1631249/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “FUNDACION OTRA PUERTA”, con Personería Jurídica Nº 00131-DCyFPJ-2015, en act. ACTPAS 1631253/25, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de parlantes y accesorios para radio”;

Que en acts. ACTPAS 1631250/25, 1631251/25 y 1631247/25, se acompaña documentación de la referida fundación y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1631252/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la fundación solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1631254/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “FUNDACION OTRA PUERTA” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11189670/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47557/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942563/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164413/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “FUNDACION OTRA PUERTA”, con Personería Jurídica Nº 00131-DCyFPJ-2015, para el financiamiento del proyecto social “Compra de parlantes y accesorios para radio”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “FUNDACION OTRA PUERTA”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23056-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010879/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1631668/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE BATAVIA”, con Personería Jurídica Nº 40-DCyFPJ-2014, en act. ACTPAS 1631672/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de hormigonera y carretilla”;

Que en acts. ACTPAS 1631670/25, 1631666/25 y DOCEXT 1101205/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1631671/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1631673/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE BATAVIA” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11189684/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47540/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942574/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164419/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE BATAVIA”, con Personería Jurídica N.º 40-DCyFPJ-2014, para el financiamiento del proyecto social “Compra de hormigonera y carretilla”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Bomberos Voluntarios de Batavia”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23057-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11270758/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1629812/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS SOL DE OTOÑO DE QUINES SAN LUIS”, con Personería Jurídica Nº 264-DPIGPJ-85, en act. ACTPAS 1629816/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de elementos de cocina y mantenimiento”;

Que en acts. ACTPAS 1629814/25, 1629813/25 y 1629810/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1629815/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1629817/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS SOL DE OTOÑO DE QUINES SAN LUIS” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11183340/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47495/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942470/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164416/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS SOL DE OTOÑO DE QUINES SAN LUIS”, con Personería Jurídica N.º 264-DPIGPJ-85, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de elementos de cocina y mantenimiento”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Centro de Jubilados y Pensionados Sol de Otoño de Quines San Luis”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23058-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010697/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1631520/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la “FUNDACION TIERRA DE ORO”, con Personería Jurídica Nº 1249-DCyFPJ-11, en act. ACTPAS 1631524/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Colocación de pisos cerámicos”;

Que en acts. ACTPAS 1631522/25, 1631521/25 y 1631518/25 se acompaña documentación de la referida Fundación y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1631523/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Fundación solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1631525/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la “FUNDACION TIERRA DE ORO” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11189676/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47551/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942595/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6, 8 y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5 de la Ley VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 164427/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la “FUNDACION TIERRA DE ORO”, con Personería Jurídica N.º 1249-DCyFPJ-11, para el financiamiento del proyecto social “Colocación de pisos cerámicos”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5 de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la “Fundación Tierra de Oro”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23059-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11270906/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1629932/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “COOPERADORA ESCOLAR ESCUELA N°365 LOS QUEMADOS”, con Personería Jurídica Nº 584-PCyFdePJ-01, en act. ACTPAS 1629936/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de utensilios de cocina y materiales para reforma institucional”;

Que en acts. ACTPAS 1629934/25, 1629933/25 y 1629929/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1629935/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11183462/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47487/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942236/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164320/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “COOPERADORA ESCOLAR ESCUELA N°365 LOS QUEMADOS”, con Personería Jurídica N.º 584-PCyFdePJ-01, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de utensilios de cocina y materiales para reforma institucional”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Cooperadora Escolar Escuela N°365 Los Quemados”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23060-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010198/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1631118/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “COLECTIVIDAD BOLIVIANA SAN LUIS”, con Personería Jurídica Nº 130-DPIGPJ-95, en act. ACTPAS 1631122/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de reflectores para iluminación campo deportivo”;

Que en acts. ACTPAS 1631120/25, 1631119/25 y 1631116/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1631121/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1631123/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “COLECTIVIDAD BOLIVIANA SAN LUIS” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11189666/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47598/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942641/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164415/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “COLECTIVIDAD BOLIVIANA SAN LUIS”, con Personería Jurídica N.º 130-DPIGPJ-95, para el financiamiento del proyecto social “Compra de reflectores para iluminación campo deportivo”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Colectividad Boliviana San Luis”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23061-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11270861/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1629894/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “CENTRO DE JUBILADOS LOS MOLLES”, con Personería Jurídica Nº 423-DCyFPJ-2012, en act. ACTPAS 1629898/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Colocación de quincho”;

Que en acts. ACTPAS 1629896/25, 1629895/25 y 1629892/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1629897/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1629899/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “CENTRO DE JUBILADOS LOS MOLLES” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11183437/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47489/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942292/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164276/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “CENTRO DE JUBILADOS LOS MOLLES”, con Personería Jurídica N.º 423-DCyFPJ-2012, para el financiamiento del proyecto social “Colocación de quincho”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Centro de Jubilados Los Molles”.-

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23062-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11271017/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1630028/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA N° 315 MTRO. GILBERTO AMIEVA PAIVA”, con Personería Jurídica Nº 452-DPRLel-00, en act. ACTPAS 1630033/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de aire acondicionado”;

Que en acts. ACTPAS 1630031/25, 1630029/25 y 1630026/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1630032/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1630034/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA N°315 MTRO. GILBERTO AMIEVA PAIVA” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11183515/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47478/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942207/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164301/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA N°315 MTRO. GILBERTO AMIEVA PAIVA”, con Personería Jurídica N.º 452-DPRLel-00, para el financiamiento del proyecto social “Compra de aire acondicionado”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Cooperadora Escuela N°315 Mtro. Gilberto Amieva Paiva”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23063-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11270702/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1629754/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION COOPERADORA SEMILLITAS DEL SUR”, con Personería Jurídica Nº 244-PCyFdePJ-01, en act. ACTPAS 1629758/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de equipo de sonido”;

Que en acts. ACTPAS 1629756/25, 1629755/25 y 1629752/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1629757/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1629760/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION COOPERADORA SEMILLITAS DEL SUR” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11183278/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47496/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942567/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164418/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION COOPERADORA SEMILLITAS DEL SUR”, con Personería Jurídica N.º 244-PCyFdePJ-01, para el financiamiento del proyecto social “Compra de equipo de sonido”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Cooperadora Semillitas del Sur”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23064-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010306/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1631217/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION VECINAL 100 Y 200 VIVIENDAS”, con Personería Jurídica Nº 0128-DPIGPJ-94, en act. ACTPAS 1631222/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Herramientas para limpieza de la vecinal”;

Que en acts. ACTPAS 1631220/25, 1631219/25 y 1631214/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1631221/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1631223/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION VECINAL 100 Y 200 VIVIENDAS” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11189669/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47561/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942633/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164414/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION VECINAL 100 Y 200 VIVIENDAS”, con Personería Jurídica N.º 0128-DPIGPJ-94, para el financiamiento del proyecto social “Herramientas para limpieza de la vecinal”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Vecinal 100 y 200 Viviendas”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23065-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010720/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1631552/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA ESPECIAL N°8 SUBSECRETARIO JORGE AOSTRI”, con Personería Jurídica Nº 91-DPRLel-2000, en act. ACTPAS 1631556/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de mobiliario”;

Que en acts. ACTPAS 1631554/25, 1631553/25 y 1631550/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1631555/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1631557/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA ESPECIAL N°8 SUBSECRETARIO JORGE AOSTRI” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11189678/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47547/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942586/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦º, ٨º y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥º de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;

Que en act. DICFIS 164425/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESCUELA ESPECIAL N°8 SUBSECRETARIO JORGE AOSTRI”, con Personería Jurídica N.º 91-DPRLel-2000, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de mobiliario”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Cooperadora de la Escuela Especial N° 8 Subsecretario Jorge Aostri”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23066-MG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11270823/25; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, obrante en act. ACTPAS 1629850/25, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES DE LUJAN”, con Personería Jurídica Nº 208-DPIGPJ-84, en act. ACTPAS 1629854/25 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de termotanque y freezer”;

Que en acts. ACTPAS 1629852/25, 1629851/25 y 1629848/25, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1629853/25, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1629855/25, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES DE LUJAN” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11183345/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 47494/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 942315/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 164286/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES DE LUJAN”, con Personería Jurídica N.º 208-DPIGPJ-84, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de termotanque y freezer”; por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 16 21 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Centro de Jubilados y Pensionados Nacionales de Lujan”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

MINISTERIO DE GOBIERNO

SECRETARÍA DE ÉTICA PÚBLICA Y CONTROL DE GESTIÓN

DECRETO Nº 23067-MG-SEPyCG-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-11100550/25 por el que se tramita la prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios del personal de la Secretaria de Estado de Ética Pública y Control de Gestión; y,

CONSIDERANDO:

Que el 31 de diciembre del año 2025, vence la vigencia de los contratos aludidos, según lo dispuesto por Decreto N° 19558-MG-SEPyCG-2025;

Que en act. NOTAMP 935691/25, obra nota del Director de Parque Automotor, solicitando la prórroga del personal contratado dependiente de su Dirección;

Que en act. NOTAMP 936180/25, obra nota de la Directora de Sumarios Administrativos, solicitando la prórroga del personal contratado dependiente de su Dirección;

Que se hace necesario y es propósito disponer la prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, por el período 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

Art.1º.- Prorrogar, a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, de los siguientes agentes de la Secretaría de Estado de Ética Pública y Control de Gestión:

Álvarez Mayra Daiana 35.475.042

Arancibia Martín Ernesto 23.202.123

Araniz Sergio Andrés 29.232.267

Ayala Benítez Eliana Gabriela 38.752.540

Bustos Oscar Alberto 31.528.110

Castro Ciro Esteban 17.911.453

Chacon Roberto Armando 20.414.789

Fagiano Luisina 32.680.552

Gil Juan De Dios 29.232.313

Gil Ledezma Natalia Paola 31.542.685

Jofre Vidal Mariel Noemí 33.133.455

López Julio Ricardo 31.433.683

Martínez Guajardo Eduardo Rolando 95.252.154

Morcon Lucero Carlos Alberto 21.526.922

Ojeda Daniel Isaac 22.483.259

Ojeda Quiroga Cynthia Melanie 33.089.843

Ortega Cristian Antonio 25.565.996

Quiroga Victor Hugo 27.932.562

Quiroga María Esther 23.202.629

Torres Cesar Aníbal 13.290.019

Vega Muñoz Fernando Gabriel 39.092.577

Vicencio Agüero Kevin Andrés 42.278.113

Art. 2º.- Imputar el gasto a las respectivas partidas del presupuesto futuro año 2026. -

Art. 3°.- Hacer saber a: Dirección de Capital Humano, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P).-

Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Ética Pública y Control de Gestión, el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Ricardo Juan Andre Bazla

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

SECRETARÍA DE DEPORTE

DECRETO Nº 23068-SGG-SD-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10080713/25; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 524799/25 obra nota de la Dirección del Campus de Alto Rendimiento dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar un Contrato de Servicios con el señor DIEGO GABRIEL LAHITON, D.N.I. N°43.839.973, quien se desempeñará como entrenador de la disciplina de Judo y estará a cargo de los gimnasios de alto rendimiento, realizando el testeo y seguimiento de los planteles selectivos provinciales, en los predios que dependen de la mencionada Secretaría;

Que en acts. DOCEXT 524891/25, DOCEXT 524904/25, DOCEXT 1611559/25 y DOCEXT 1615341/25 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;

Que se ha suscripto el pertinente Contrato de Servicios, entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y el señor DIEGO GABRIEL LAHITON, D.N.I. N°43.839.973, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1615342/25;

Que la Cláusula Cuarta del aludido contrato establece la suma que percibirá el contratado por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que el mismo tendrá vigencia a partir del 01 de noviembre de 2025 y por el término de TRES (3) meses;

Que en act. PREV 11109800/25, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTE CON 00/100 ($1.275.120,00);

Que en act. PREVFT 11109805/25 obra comprobante de imputación preventiva del gasto de ejercicio futuro por la suma total de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA CON 00/100 ($637.560,00);

Que en act. DICTAM 178900/25 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;

Que en act. NOTAMP 927839/25 ha tomado intervención la Dirección de Presupuesto Público;

Que en act. NOTAMP 928846/25 toma intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 161859/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP-2025, Arts. 24 inc. g) y 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 13861-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y el señor DIEGO GABRIEL LAHITON, D.N.I. N°43.839.973, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1615342/25, del EXD-0000-10080713/25.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 10 20 25 05 1-01 3 4 9 $1.275.120,00

Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto correspondiente al ejercicio financiero 2026:

Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 10 20 25 05 1-01 3 4 9 $637.560,00

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54° correlativos y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Dirección del Campus de Alto Rendimiento y al interesado. -

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre

Romina Andrea Carbonell

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23069-SGG-SD-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11180010/25 por el cual la Secretaría de Estado de Deporte tramita Transferencia de Créditos Presupuestarios; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PTPGAS 371831/25 obra planilla de Solicitud de Transferencia de Créditos Presupuestarios, debidamente conformada por autoridad competente;

Que en act. RCRE 11165240/25 obra Reserva de Crédito, por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($406.500.000,00);

Que en act. INFORM 426160/25 ha tomado intervención la Dirección de Presupuesto Público encuadrando el presente caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley Nº VIII-0253-2024;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley Nº VIII-0253-2024.-

Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:

Ampliar:

Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Act. Fte.Fto. Inc. Importe

1 10 20 25 04 00 1-01 3 $250.000.000,00

1 10 20 25 01 00 1-01 3 $150.000.000,00

1 10 20 01 00 03 1-01 4 $6.500.000,00

Disminuir:

Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe

1 10 20 25 03 1-01 2 $3.673.615,67

1 10 20 25 03 1-01 3 $322.422,06

1 10 20 25 04 1-01 5 1 $400.657.092,86

1 10 20 25 05 1-01 3 $467.180,00

1 10 20 25 05 1-01 5 1 $8.016,00

1 10 20 25 06 1-01 2 $157.222,08

1 10 20 25 06 1-01 3 $234.118,00

1 10 20 25 07 1-01 3 $980.333,33

Art. 3º.- Hacer saber a la Dirección de Presupuesto Público.-

Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre

Romina Andrea Carbonell

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23213-SGG-SD-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10301058/25; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1621657/25, obra nota del señor MARIANO ALBERTO SANCHEZ, D.N.I. N° 31.184.284, por la cual solicita apoyo económico para solventar los gastos que demandará el desarrollo de una exhibición de pádel, que se realizará el 27 de diciembre de 2025 en el Club Estadio Mundo Padel de la ciudad de Villa Mercedes;

Que en act. DOCEXT 1621658/25, obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;

Que en act. ACTPAS 1622008/25 obra conformidad de la señora Secretaria de Estado de Deporte;

Que en act. PREV 11149697/25, obra imputación preventiva del gasto por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100 ($10.000.000,00);

Que en act. DICTAM 179179/25 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;

Que en act. NOTAMP 935682/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 163143/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.2º.- Otorgar al señor MARIANO ALBERTO SANCHEZ, D.N.I. N° 31.184.284, un subsidio con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, por la suma de PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100 ($10.000.000,00), que será destinado para solventar los gastos que demandará el desarrollo de una exhibición de pádel, que se realizará el 27 de diciembre de 2025 en el Club Estadio Mundo Padel de la ciudad de Villa Mercedes.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a las siguientes partidas del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 10 20 25 04 1-01 5 1 4 $10.000.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al señor MARIANO ALBERTO SANCHEZ.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre

Romina Andrea Carbonell

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23214-SGG-SD-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11121153/25; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1623884/25 obra nota de la Dirección de Deporte Comunitario dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar un Contrato de Servicios con el señor FRANCISCO FRANCO GUALATO, D.N.I. Nº 39.081.389, quien se desempeñará como coordinador de la colonia de vacaciones de adultos mayores del Centro de Desarrollo y Especialización Deportiva Ave Fénix y como coordinador del desarrollo de la disciplina de atletismo en el territorio provincial;

Que en acts. DOCEXT 1623885/25, DOCEXT 1625460/25 y DOCEXT 1629871/25, obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;

Que se ha suscripto el pertinente Contrato de Servicios, entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y el señor FRANCISCO FRANCO GUALATO, D.N.I. Nº 39.081.389, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1629867/25;

Que la Cláusula Cuarta del aludido contrato establece la suma que percibirá el contratado por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que el mismo tendrá vigencia a partir del 01 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026;

Que en act. PREVFT 11163050/25 obra comprobante de imputación preventiva del gasto de ejercicio futuro por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUARENTA MIL CIENTO NOVENTA Y DOS CON 00/100 ($2.040.192,00);

Que en act. DICTAM 179241/25 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;

Que en act. NOTAMP 938075/25 ha tomado intervención la Dirección de Presupuesto Público;

Que en act. NOTAMP 938581/25 toma intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 163604/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP-2025, Arts. 24 inc. g) y 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 13861-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y el señor FRANCISCO FRANCO GUALATO, D.N.I. Nº 39.081.389, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1629867/25, del EXD-0000-11121153/25.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto correspondiente al ejercicio financiero 2026:

Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Act. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 10 20 25 01 00 1-01 3 4 9 $2.040.192,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Dirección de Deporte Comunitario y al interesado.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre

Romina Andrea Carbonell

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23215-SGG-SD-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11121113/25; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1623864/25, obra nota de la Dirección de Deporte Comunitario, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para gestionar un Convenio de Práctica Laboral Rentada con la señora JAZMIN ROCIO TAPIAZ, D.N.I. N° 40.485.330, quien realizará su práctica laboral en actividades relacionadas a la asistencia de Plan Verano y a Escuelas Deportivas para personas con discapacidad;

Que en acts. DOCEXT 1623863/25, DOCEXT 1625446/25 y DOCEXT 1630194/25 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;

Que se ha suscripto el pertinente Convenio de Práctica Laboral Rentada, celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y la señora JAZMIN ROCIO TAPIAZ, D.N.I. N° 40.485.330, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1630195/25;

Que la Cláusula Tercera del referido convenio establece la suma que percibirá la practicante en carácter de estímulo por el desarrollo de la practica laboral, y la Cláusula Sexta establece que el mismo tendrá vigencia a partir del 01 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026;

Que en act. PREVFT 11164743/25 obra comprobante de imputación preventiva del gasto de ejercicio futuro por la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS TRECE CON 00/100 ($1.534.413,00);

Que en act. DICTAM 179273/25 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;

Que en act. NOTAMP 938648/25 ha tomado intervención la Dirección de Presupuesto Público;

Que en act. NOTAMP 939381/25 toma intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 163725/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 24 inc. g) de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 13861-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Homologar el Convenio de Práctica Laboral Rentada celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte, y la señora JAZMIN ROCIO TAPIAZ, D.N.I. N° 40.485.330, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1630195/25, del EXD-0000-11121113/25.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto correspondiente al ejercicio financiero 2026:

Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Act. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 10 20 25 01 00 1-01 5 1 4 $1.534.413,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Dirección de Deporte Comunitario y a la interesada.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre

Romina Andrea Carbonell

Néstor Alberto Ordoñez

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

SECRETARÍA DE ACTIVIDADES LOGÍSTICAS

DECRETO Nº 23070-MDP-SAL-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11190464/25 por el que se tramita la prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios del personal de la Secretaría de Estado de Actividades Logísticas y organismos de su dependencia; y,

CONSIDERANDO:

Que el 31 de diciembre del año 2025, culminará la vigencia de los contratos aludidos, según lo dispuesto por Decreto N° 18879-MDP- SAL-2025, obrante en act. DEC 18879/25;

Que en acts. NOTAB 100100511/25, NOTAB 100100512/25, NOTAB 100100513/25, y NOTAB 100100549/25, obran notas de las dependencias de la Secretaría de Estado de Actividades Logísticas solicitando la prórroga de los Contratos de Prestación de Servicios del personal que en éstas se detallan;

Que en acts. DOCEXT 1462626/25 y DOCEXT 1462636/25 obran copias de documentos y situación de revista del personal contratado de la Secretaría de Estado de Actividades Logísticas;

Que es propósito prorrogar la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, de los siguientes agentes y en las dependencias que en cada caso se indican:

DESPACHO SECRETARIA DE ACTIVIDADES LOGISTICAS

Bustos Estela D.N.I. 23.065.059 Categoría E

ZONA DE ACTIVIDADES LOGISTICAS

Luna Gustavo Ramón D.N.I. 26.214.225 Categoría E

Torres Diego Emanuel D.N.I. 37.504.840 Categoría E

ZONA FRANCA JUSTO DARACT

Aguilar Romina Carolina D.N.I. 30.679.671 Categoría D

Amaya Cristina Noemí D.N.I. 26.598.050 Categoría D

Castillo Rosa Haydee D.N.I. 21.103.607 Categoría C

Cencha Elena D.N.I. 16.921.528 Categoría D

Escudero Laura Belén D.N.I. 33.045.869 Categoría D

Gagnotti Eduardo Generoso D.N.I. 14.612.546 Categoría E

Sosa María Ester D.N.I. 23.920.898 Categoría D

Trejo Vanesa Verónica D.N.I. 30.643.273 Categoría D

Varas Rosana Elisabet D.N.I. 18.596.668 Categoría D

ZONA PRIMARIA ADUANERA SAN LUIS

Carbone Mariela Cristina D.N.I. 30.345.585 Categoría E

Domínguez Nancy Patricia D.N.I. 27.898.697 Categoría E

Funes Maximiliano Atilio D.N.I. 32.038.574 Categoría E

Gomes Marcos Gastón D.N.I. 26.614.988 Categoría E

Parodi Carlos Adrián D.N.I. 28.224.898 Categoría E

Soria Belén Alejandra D.N.I. 30.244.004 Categoría E

Art. 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto deberá imputarse en el ejercicio financiero del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Con copia autorizada del presente Decreto hacer saber a: todas las dependencias de la Secretaría de Estado de Actividades Logísticas, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Actividades Logísticas, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 5°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Luis Javier Pestchanker

Federico Alberto Trombotto

Néstor Alberto Ordoñez

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO

DECRETO Nº 23071-MDH-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-10130268/25, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios obrante en act DOCEXT 370368/25, y;

CONSIDERANDO:

Que el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, representado por el LIC. GUSTAVO ANTONIO BERTOLINI, D.N.I. N°14.137.893, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, contrata los servicios de la abogada ALBORNOZ ANDREA VANINA, D.N.I. N° 34.111.260, quien prestará servicios realizando tareas inherentes a su profesión en la Dirección Integral de la Mujer, Género y Diversidad, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano;

Que el contrato obrante en act. DOCEXT 370368/25, según la Cláusula Cuarta, tendrá vigencia a partir de la fecha de homologación del mismo y hasta el 31 de diciembre de 2025;

Que en la Cláusula Quinta del contrato se establece el monto a percibir por la prestadora;

Que en act. DOCEXT 364798/25 la Asesoría Contable y Presupuestaria informa el cálculo de la presente contratación;

Que en act. PREV 11110047/25 obra imputación preventiva por el monto de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 ($3.570.875,00) para afrontar el gasto que demande la contratación;

Que en act. DICTAM 100004/25 obra intervención de la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;

Que en act. NOTAMP 930026/25 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;

Que en act. DICFIS 162013/25 obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis representado por el LIC. GUSTAVO ANTONIO BERTOLINI, D.N.I. N°14.137.893, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, y por la otra parte la abogada ALBORNOZ ANDREA VANINA, D.N.I. N° 34.111.260 obrante en act. DOCEXT 370368/25, quien prestará funciones en la Dirección Integral de la Mujer, Género y Diversidad, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, con vigencia a partir de la fecha de homologación del mismo y hasta el 31 de diciembre de 2025.-

Art. 3º.- Imputar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 16 14 22 1-01 3 4 9 $3.570.875,00

Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, a la Dirección Integral de la Mujer, Género y Diversidad y a la interesada.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23161-MDH-2025.-

San Luis, 8 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9040918/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1631380/25, obra nota de la Dirección de Inclusión Social, solicitando Homologación de Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación Civil Unión Patinadores de San Luis”, Personería Jurídica N° 310/2015, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que OCHO (8) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad;

Que en act. DOCEXT 1084785/25, obra intervención de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno informando el estado de vigencia y regularidad sobre la entidad;

Que en act. DOCEXT 374643/25, obra Convenio de Colaboración entre Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación Civil Unión Patinadores de San Luis”, su anexo y demás documental de respaldo;

Que en act. DICTAM 100837/25, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;

Que en act. NOTAMP 943441/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 164589/25, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 168 inc. 15 de la Constitución Provincial. -

Art. 2º.- Homologar el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación Civil Unión Patinadores de San Luis”, Personería Jurídica N°310/2015, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que OCHO (8) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad. -

Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Inclusión Social y Asociación Civil Unión Patinadores de San Luis. -

Art. 5°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23162-MDH-2025.-

San Luis, 8 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-12010497/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1632099/25, obra nota de la Dirección de Inclusión Social, solicitando Homologación de Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Club Social Cultural y Deportivo El Chorrillo”, Personería Jurídica N° 27/1961, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que SIETE (7) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad;

Que en act. DOCEXT 1100752/25, obra intervención de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno informando el estado de vigencia y regularidad sobre la entidad;

Que en act. DOCEXT 375491/25, obra Convenio de Colaboración entre Gobierno de la Provincia de San Luis y “Club Social Cultural y Deportivo El Chorrillo”, su anexo y demás documental de respaldo;

Que en act. DICTAM 100876/25, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;

Que en act. DICFIS 164580/25, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Que en act. NOTAMP 943455/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 168 inc. 15 de la Constitución Provincial. -

Art. 2º.- Homologar el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Club Social Cultural y Deportivo El Chorrillo”, Personería Jurídica N° 27/1961, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que SIETE (7) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad. -

Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Inclusión Social y Club Social Cultural y Deportivo El Chorrillo. -

Art. 5°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23163-MDH-2025.-

San Luis, 8 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11260709/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1631316/25, obra nota de la Dirección de Inclusión Social, solicitando Homologación de Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Club de Abuelos San Luis”, Personería Jurídica N° 61/1986, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que CINCO (5) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen su práctica en la sede social de la entidad;

Que en act. DOCEXT 1098752/25, obra intervención de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno informando el estado de vigencia y regularidad sobre la entidad;

Que en act. DOCEXT 374609/25, obra Convenio de Colaboración entre Gobierno de la Provincia de San Luis y “Club de Abuelos San Luis”, su anexo y demás documental de respaldo;

Que en act. DICTAM 100836/25, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;

Que en act. DICFIS 164202/25, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Que en act. NOTAMP 943145/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 168 inc. 15 de la Constitución Provincial. -

Art. 2º.- Homologar el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Club de Abuelos San Luis” Personería Jurídica N°61/1986, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que CINCO (5) beneficiario de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realice su práctica en la sede social de la entidad. -

Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Inclusión Social yClub de Abuelos San Luis. -

Art. 5°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23164-MDH-2025.-

San Luis, 8 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11260850/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1631078/25, obra nota de la Dirección de Inclusión Social, solicitando Homologación de Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación Civil Bomberos Voluntarios de La Carolina”, Personería Jurídica N° 23/2020, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que CINCO (5) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad;

Que en act. DOCEXT 1098765/25, obra intervención de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno informando el estado de vigencia y regularidad sobre la entidad;

Que en act. DOCEXT 374499/25, obra Convenio de Colaboración entre Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación Civil Bomberos Voluntarios de La Carolina”, su anexo y demás documental de respaldo;

Que en act. DICTAM 100826/25, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;

Que en act. NOTAMP 943010/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 164578/25, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 168 inc. 15 de la Constitución Provincial. -

Art. 2º.- Homologar el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación Civil Bomberos Voluntarios de La Carolina”, Personería Jurídica N°23/2020, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que CINCO (5) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad. -

Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Inclusión Social y Asociación Civil Bomberos Voluntarios de La Carolina. -

Art. 5°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23165-MDH-2025.-

San Luis, 8 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11260745/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1631020/25, obra nota de la Dirección de Inclusión Social, solicitando Homologación de Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Mesa Coordinadora de Jubilados y Pensionados de La Toma”, Personería Jurídica N° 21/1983, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que UN (1) beneficiario de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realice su práctica en la sede social de la entidad;

Que en act. DOCEXT 1098755/25, obra intervención de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno informando el estado de vigencia y regularidad sobre la entidad;

Que en act. DOCEXT 374466/25, obra Convenio de Colaboración entre Gobierno de la Provincia de San Luis y “Mesa Coordinadora de Jubilados y Pensionados de La Toma”, su anexo y demás documental de respaldo;

Que en act. DICTAM 100828/25, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;

Que en act. DICFIS 164200/25, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Que en act. NOTAMP 943163/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 168 inc. 15 de la Constitución Provincial. -

Art. 2º.- Homologar el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Mesa Coordinadora de Jubilados y Pensionados de La Toma” Personería Jurídica N° 21/1983, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que UN (1) beneficiario de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realice su práctica en la sede social de la entidad. -

Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Inclusión Social y Mesa Coordinadora de Jubilados y Pensionados de La Toma. -

Art. 5°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23166-MDH-2025.-

San Luis, 8 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11260858/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1631707/25, obra nota de la Dirección de Inclusión Social, solicitando Homologación de Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Club Juventud El Volcán”, Personería Jurídica N° 9/1982, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que CUATRO (4) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad;

Que en act. DOCEXT 1098771/25, obra intervención de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno informando el estado de vigencia y regularidad sobre la entidad;

Que en act. DOCEXT 374738/25, obra Convenio de Colaboración entre Gobierno de la Provincia de San Luis y “Club Juventud El Volcán”, su anexo y demás documental de respaldo;

Que en act. DICTAM 100845/25, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;

Que en act. DICFIS 164236/25, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Que en act. NOTAMP 943013/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 168 inc. 15 de la Constitución Provincial. -

Art. 2º.- Homologar el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Club Juventud El Volcán”, Personería Jurídica N°9/1982, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que CUATRO (4) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad. -

Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Inclusión Social y Club Juventud El Volcán. -

Art. 5°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23167-MDH-2025.-

San Luis, 8 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11260885/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1631090/25, obra nota de la Dirección de Inclusión Social, solicitando Homologación de Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación de Bomberos Voluntarios de Estancia Grande”, Personería Jurídica N° 25/2010, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que NUEVE (9) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad;

Que en act. DOCEXT 1098773/25, obra intervención de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno informando el estado de vigencia y regularidad sobre la entidad;

Que en act. DOCEXT 374509/25, obra Convenio de Colaboración entre Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación de Bomberos Voluntarios de Estancia Grande”, su anexo y demás documental de respaldo;

Que en act. DICTAM 100824/25, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;

Que en act. DICFIS 164203/25, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Que en act. NOTAMP 942997/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 168 inc. 15 de la Constitución Provincial. -

Art. 2º.- Homologar el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación de Bomberos Voluntarios de Estancia Grande”, Personería Jurídica N° 25/2010, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que NUEVE (9) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad. -

Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Inclusión Social y Asociación de Bomberos Voluntarios de Estancia Grande. -

Art. 5°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23168-MDH-2025.-

San Luis, 8 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11260731/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1631355/25, obra nota de la Dirección de Inclusión Social, solicitando Homologación de Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado Mental”, Personería Jurídica N° 8/1978, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que NUEVE (9) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad;

Que en act. DOCEXT 1098754/25, obra intervención de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno informando el estado de vigencia y regularidad sobre la entidad;

Que en act. DOCEXT 374631/25, obra Convenio de Colaboración entre Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado Mental”, su anexo y demás documental de respaldo;

Que en act. DICTAM 100834/25, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;

Que en act. NOTAMP 943139/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 164588/25, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 168 inc. 15 de la Constitución Provincial. -

Art. 2º.- Homologar el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado Mental”, Personería Jurídica N° 8/1978, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que NUEVE (9) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad. -

Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Inclusión Social y Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado Mental. -

Art. 5°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23170-MDH-2025.-

San Luis, 9 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11260802/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1631333/25, obra nota de la Dirección de Inclusión Social, solicitando Homologación de Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Club Social y Deportivo El Trapiche”, Personería Jurídica N° 11/1965, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que TRES (3) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad;

Que en act. DOCEXT 1098760/25, obra intervención de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno informando el estado de vigencia y regularidad sobre la entidad;

Que en act. DOCEXT 375617/25, obra Convenio de Colaboración entre Gobierno de la Provincia de San Luis y “Club Social y Deportivo El Trapiche”, su anexo y demás documental de respaldo;

Que en act. DICTAM 100835/25, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;

Que en act. DICFIS 164177/25, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Que en act. NOTAMP 942992/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 168 inc. 15 de la Constitución Provincial. -

Art. 2º.- Homologar el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Club Social y Deportivo El Trapiche” Personería Jurídica N°11/1965, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que TRES (3) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad. -

Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Inclusión Social y Club Social y Deportivo El Trapiche -

Art. 5°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23171-MDH-2025.-

San Luis, 9 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11260782/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1631033/25, obra nota de la Dirección de Inclusión Social, solicitando Homologación de Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado”, Personería Jurídica N° 60/1993, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que QUINCE (15) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad;

Que en act. DOCEXT 1098758/25, obra intervención de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno informando el estado de vigencia y regularidad sobre la entidad;

Que en act. DOCEXT 375615/25, obra Convenio de Colaboración entre Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado”, su anexo y demás documental de respaldo;

Que en act. DICTAM 100827/25, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;

Que en act. DICFIS 164204/25, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Que en act. NOTAMP 942998/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 168 inc. 15 de la Constitución Provincial. -

Art. 2º.- Homologar el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado”, Personería Jurídica N°60/1993, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que QUINCE (15) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad. -

Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Inclusión Social y Asociación de Padres y Amigos Discapacitados. -

Art. 5°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.–

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23172-MDH-2025.-

San Luis, 9 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11260647/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1631054/25, obra nota de la Dirección de Inclusión Social, solicitando Homologación de Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Vial Club San Luis”, Personería Jurídica N° 13/1957, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que DIECISEIS (16) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad;

Que en act. DOCEXT 1098750/25, obra intervención de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno informando el estado de vigencia y regularidad sobre la entidad;

Que en act. DOCEXT 375614/25, obra Convenio de Colaboración entre Gobierno de la Provincia de San Luis y “Vial Club San Luis”, su anexo y demás documental de respaldo;

Que en act. DICTAM 100829/25, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;

Que en act. DICFIS 164201/25, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Que en act. NOTAMP 943170/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 168 inc. 15 de la Constitución Provincial. -

Art. 2º.- Homologar el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y “Vial Club San Luis” Personería Jurídica N°13/1957, que tiene por objeto el “Fortalecimiento Institucional” permitiendo que DIECISEIS (16) beneficiarios de la Ley N° I-0001-2022 de Inclusión Social realicen sus prácticas en la sede social de la entidad. -

Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Inclusión Social y Vial Club San Luis. -

Art. 5°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

MINISTERIO DE SALUD

DECRETO Nº 23072-MdeS-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10290343/25, por el cual la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, tramita el pago a favor de ROLDAN CARLOS MARTIN, C.U.I.T.: 20-25737870-6, en concepto de honorarios médicos, correspondiente a los meses de septiembre y octubre 2025, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3633720/25, obra Factura C N° 00002-00000201, por un monto total de PESOS TRES MILLONES CON 00/100 ($3.000.000,00), presentada por ROLDAN CARLOS MARTIN, C.U.I.T.: 20-25737870-6;

Que, en act. DOCEXT 3633862/25, obra recepción conforme, emitida por la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, respecto de los servicios prestados por ROLDAN CARLOS MARTIN, C.U.I.T.: 20-25737870-6;

Que, en act. ENCAPS 907930/25, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en act. PREV 11132443/25, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 908392/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 935701/25, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 163128/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de ROLDAN CARLOS MARTIN, C.U.I.T.: 20-25737870-6, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CON 00/100 ($3.000.000,00), según Factura C N° 00002-00000201, obrante en act. DOCEXT 3633720/25 del EXD-0000-10290343/25, en concepto de honorarios médicos, correspondiente a los meses de septiembre y octubre 2025.-

Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 20 36 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $3.000.000,00

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, quien realizará notificaciones pertinentes.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23073-MdeS-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10301022/25, por el cual la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, tramita el pago a favor de MARCHETTI RATTI MARTIN ORVAL ROALD, C.U.I.T.: 20-32349199-3, en concepto de honorarios médicos, correspondiente al mes de octubre 2025, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3635795/25, obra Factura C N° 00002-00000006, por un monto total de PESOS TRES MILLONES VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($3.025.000,00), presentada por MARCHETTI RATTI MARTIN ORVAL ROALD, C.U.I.T.: 20-32349199-3;

Que, en act. DOCEXT 3635905/25, obra recepción conforme, emitida por la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, respecto de los servicios prestados por MARCHETTI RATTI MARTIN ORVAL ROALD, C.U.I.T.: 20-32349199-3;

Que, en act. ENCAPS 907936/25, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en act. PREV 11139736/25, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 908396/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 935695/25, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 163132/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de MARCHETTI RATTI MARTIN ORVAL ROALD, C.U.I.T.: 20-32349199-3, por la suma total de PESOS TRES MILLONES VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($3.025.000,00), según Factura C N° 00002-00000006, obrante en act. DOCEXT 3635795/25 del EXD-0000-10301022/25, en concepto de honorarios médicos, correspondiente al mes de octubre 2025.-

Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 20 36 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $3.025.000,00

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, quien realizará notificaciones pertinentes.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23074-MdeS-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11070643/25, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor RENZO LEONARDO OLMEDO, D.N.I. N° 20.897.654, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1462963/25, obra el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor RENZO LEONARDO OLMEDO, D.N.I. N° 20.897.654, por la otra, para brindar funciones como MEDICO en el Servicio de psiquiatría en el Hospital Pediátrico San Luis, con vigencia de TRES (3) meses, a partir del 1 de diciembre del 2025, pudiendo prorrogarse por igual periodo, mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en act. DOCEXT 3644317/25, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en acts. PREV 11149549/25 y PREVFT 11149550/25, obra imputación preventiva con excepción de duodécimo e imputación ejercicio futuro;

Que, en act. DICLEG 909381/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 937820/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 143416/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 24 inc g), Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004 modificada por la Ley VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. Nº 1 del Decreto 13861-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor RENZO LEONARDO OLMEDO, D.N.I. N° 20.897.654, por la otra, para brindar funciones como MEDICO en el Servicio de psiquiatría del Hospital Pediátrico San Luis, obrante en act. DOCEXT 1462963/25 del EXD-0000- 11070643/25.-

Art.3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 18 33 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $2.000.000,00

Art. 4º.- Imputar el ejercicio financiero año 2026, la suma de PESOS CUATRO MILLONES CON 00/100 ($4.000.000,00).-

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Dar Intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia al Hospital Pediátrico San Luis, a sus efectos.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia, Hospital Pediátrico San Luis y al señor RENZO LEONARDO OLMEDO, D.N.I. N° 20.897.654.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23075-MdeS-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9101365/25, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor MIGUEL ANDRES REBOT, D.N.I. Nº 11.161.079, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3637450/25, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300 y el señor MIGUEL ANDRES REBOT, D.N.I. Nº 11.161.079, quien realiza guardias médicas de VEINTICUATRO (24) horas cada una, en el Hospital de San Francisco, Zona Sanitaria I, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, comprometiéndose a cumplir un mínimo de CINCO (5) y un máximo de OCHO (8) guardias mensuales, a partir del 25 de octubre del año 2025 y por el plazo de TRES (3) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo, mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en act. DOCEXT 3622076/25, ha tomado intervención la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en acts. PREV 11052739/25, PREV 11098991/25 y PREVFT 11098998/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente e imputación preventiva futuro;

Que, en act. DICLEG 904524/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 931050/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 162229/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Art. 24 inc. g) y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 13861-MHIP-2024.-

Art. 2°.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300 y el señor MIGUEL ANDRES REBOT, D.N.I. Nº 11.161.079, quien realiza guardias médicas de VEINTICUATRO (24) horas cada una, en el Hospital de San Francisco, Zona Sanitaria I, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, comprometiéndose a cumplir un mínimo de CINCO (5) y un máximo de OCHO (8) guardias mensuales, obrante en act. DOCEXT 3637450/25, del EXD-0000- 9101365/25.-

Art. 3°.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida presupuestaria:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 27 43 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $4.480.000,00

Art. 4º.- Imputar al ejercicio financiero año 2026 la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($2.240.000,00).-

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Zonas Sanitarias y Zona Sanitaria I quien deberá practicar la notificación pertinente.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al señor MIGUEL ANDRES REBOT, D.N.I. Nº 11.161.079.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23076-MdeS-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-5280358/25, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora FATIMA KARINA FERNANDEZ D.N.I. Nº 35.916.861, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3587758/25, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora FATIMA KARINA FERNANDEZ D.N.I. Nº 35.916.861, por la otra, para cumplir funciones de registradora en el Registro Poblacional de Tumores de la Dirección Epidemiologia y Bioestadística, a partir de la fecha del presente Decreto y por el termino de TRES (3) meses, renovable por igual periodo mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en acts. PREV 11141136/25 y PREVFT 11141143/25, obra imputación preventiva del gasto e imputación ejercicio futuro;

Que, en act. DICLEG 887592/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 936593/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en acts. DICFIS 159263/25 y DICFIS 163334/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 24 inc g) y 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por la Ley VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8- MHIP-2025 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. N° 1 del Decreto N° 13861-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora FATIMA KARINA FERNANDEZ D.N.I. Nº 35.916.861, por la otra, para cumplir funciones de registradora en el Registro Poblacional de Tumores de la Dirección Epidemiologia y Bioestadística, obrante en act. DOCEXT 3587758/25 del EXD-0000-5280358/25.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida presupuestaria:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 24 40 00 00 00 1 01 00 3 4 9 000 $1.200.000,00

Art. 4º.- Imputar al ejercicio financiero año 2026 la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($1.200.000,00).-

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54° y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Epidemiologia y Bioestadística, quien deberá practicar la notificación pertinente.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23077-MdeS-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10010389/25, por el cual el Programa SUMAR+ dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, tramita transferencia de créditos presupuestarios, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3607385/25, el Programa SUMAR+ dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, solicita autorización para realizar una transferencia de créditos presupuestarios, con el fin de adquirir bienes y servicios destinados al cumplimiento de los objetivos, resultados y actividades del Programa, conforme a lo establecido en el presente MyROE y de acuerdo con la normativa jurisdiccional vigente;

Que, en act. PTPREC 57368/25 obra Planilla de Solicitud de Transferencia de Créditos Presupuestarios debidamente conformada por autoridad competente;

Que, en act. INFORM 424214/25, ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones de los Arts. 9° y 10 de la Ley N° VIII-0253-2024;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso dentro de las disposiciones de los Arts. 9° y 10 de la Ley N° VIII-0253-2024.-

Art. 2°.- Modificar en el Presupuesto vigente los Recursos que a continuación se detallan:

Ampliar:

1- Recursos de la Administración Central

1 Recursos Corrientes

7 Transferencias Corrientes

8 De la Administración Central Nacional

21 HITOS $116.250.112,00

Art. 3°.- Modificar en el presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:

Crear:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fin. Fun. Fte.Fto. Inc. Importe

1 13 30 47 3 11 4-67 4 $46.500.044,00

Inciso 4- Bienes de Uso

Ampliar:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe

1 13 30 47 4-67 3 $69.750.068,00

Art. 4°.- Disponer que, las partidas y el recurso a crear, poseen fuente de financiamiento con afectación específica, los que por ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos.-

Art. 5°.- Pasar las actuaciones al Programa SUMAR+, a sus efectos.-

Art. 6°.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público y Contaduría General de la Provincia.-

Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23078-MdeS-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10290028/25, por el cual la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, tramita el pago a favor de FICOSECO CAROLINA ELIZABETH, C.U.I.T.: 27-37918212-2, en concepto de honorarios médicos, correspondiente al mes de octubre 2025, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3633321/25, obra Factura C N° 00002-00000002, por un monto total de PESOS DOS MILLONES CON 00/100 ($2.000.000,00), presentada por FICOSECO CAROLINA ELIZABETH, C.U.I.T.: 27-37918212-2;

Que, en act. DOCEXT 3633334/25, obra recepción conforme, emitida por la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, respecto de los servicios prestados por FICOSECO CAROLINA ELIZABETH, C.U.I.T.: 27-37918212-2;

Que, en act. ENCAPS 907929/25, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en act. PREV 11131412/25, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 908391/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 935494/25, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 163035/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de FICOSECO CAROLINA ELIZABETH, C.U.I.T.: 27-37918212-2, por la suma total de PESOS DOS MILLONES CON 00/100 ($2.000.000,00), según Factura C N° 00002-00000002, obrante en act. DOCEXT 3633321/25 del EXD-0000-10290028/25, en concepto de honorarios médicos, correspondiente al mes de octubre 2025.-

Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 20 36 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $2.000.000,00

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, quien realizará notificaciones pertinentes.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23079-MdeS-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9250445/25, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes solicita Contrato de Servicios de la señora ADRIANA ALCIRA VACA, D.N.I. N° 13.039.464, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1458265/25, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora ADRIANA ALCIRA VACA, D.N.I. Nº 13.039.464, por la otra, quien se obliga a prestar funciones realizando la organización de convenios con universidades provinciales, nacionales y privadas con distintas O.N.G. y el control de prácticas de alumnos, cumpliendo una carga horaria de 8 (ocho) horas diarias de lunes a viernes en el área de relaciones institucionales del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, dependiente de la Dirección de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a partir del 01 de octubre de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025;

Que, en act. PREV 11087781/25, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;

Que, en act. ENCAPS 902069/25, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en act. DICLEG 902681/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 929836/25, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;

Que, en act. DICFIS 162017/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1 del Decreto Nº 13861-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora ADRIANA ALCIRA VACA, D.N.I. Nº 13.039.464, por la otra, quien se obliga a prestar funciones realizando la organización de convenios con universidades provinciales, nacionales y privadas con distintas O.N.G. y el control de prácticas de alumnos, cumpliendo una carga horaria de 8 (ocho) horas diarias de lunes a viernes en el área de relaciones institucionales del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, dependiente de la Dirección de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 1458265/25 del EXD-0000-9250445/25.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 9 000 $3.450.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y la señora ADRIANA ALCIRA VACA, D.N.I. Nº 13.039.464.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23080-MdeS-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10080381/25, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, tramita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública, y;

CONSIDERANDO:

Que, la misma tiene por objeto, la contratación del SERVICIO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS PUBLICOS, por el plazo de DOCE (12) MESES, con destino al HOSPITAL JUAN DOMINGO PERON VILLA MERCEDES, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CON 00/100 ($234.000.000,00);

Que, en act. SOLSEC 11107563/25, obra Solicitud de Gastos N° 23/2026, conformada por autoridad competente;

Que, en act. PLGECO 11144498/25, obra Pliego General Único de Condiciones, aprobado por Decreto N° 8161-MHyOP-2015 y en act. PLPACO 11144499/25, obra Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que, en act. DOCEXT 1457981/25, el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, ha prestado conformidad a los pliegos;

Que, en act. PREVFT 11101732/25, obra imputación preventiva del gasto ejercicio futuro;

Que, en act. DICLEG 910054/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 938587/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 163561/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en los Art. 24 inc. g) y Art. 97 inc. a) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada mediante la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 13861-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones, obrante en act. PLPACO 11152117/25 del EXD-0000-10080381/25, para la contratación del SERVICIO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS PUBLICOS, por el plazo de DOCE (12) MESES, con destino al HOSPITAL JUAN DOMINGO PERON VILLA MERCEDES, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.-

Art. 3º.- Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública, a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, por un presupuesto oficial de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CON 00/100 ($234.000.000,00).-

Art. 4º.- Imputar al ejercicio financiero año 2026 la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CON 00/100 ($234.000.000,00).-

Art. 5º.- Efectuar la publicación de los edictos correspondientes con los enunciados en la forma y por el termino de Ley.-

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.-

Art. 8º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23081-MdeS-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-8111284/25, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor GASTON DANIEL GONZALEZ, D.N.I. Nº 33.230.835, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3646757/25, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor GASTON DANIEL GONZALEZ, D.N.I. Nº 33.230.835, por la otra, quien se obliga a brindar servicios médicos en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria comprometiéndose a cumplir la cantidad de cuarenta (40) horas mensuales de atención de consultorio y a realizar un mínimo de UNA (1) y un máximo de CUATRO (4) guardias mensuales de VEINTICUATRO (24) horas cada una, debiendo registrar sus intervenciones en el Sistema Informático de Registros Médicos, a partir del 1 de noviembre de 2025 y por el término de TRES (3) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en act. ENCAPS 891793/25, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en acts. PREV 10993063/25, PREV 11141842/25 y PREVFT 11141845/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente e imputación de ejercicio futuro;

Que, en act. NOTAMP 937245/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 938370/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 163549/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 24 inc. g) y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto N° 13861-MHIP-2024.-

Art. 2°.- Homologar el Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor GASTON DANIEL GONZALEZ, D.N.I. Nº 33.230.835, por la otra, quien se obliga a brindar servicios médicos en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria comprometiéndose a cumplir la cantidad de cuarenta (40) horas mensuales de atención de consultorio y a realizar un mínimo de UNA (1) y un máximo de CUATRO (4) guardias mensuales de VEINTICUATRO (24) horas cada una, debiendo registrar sus intervenciones en el Sistema Informático de Registros Médicos, obrante en act. DOCEXT 3646757/25 del EXD-0000-8111284/25.-

Art. 3°.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida presupuestaria:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 20 36 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $5.320.000,00

Art. 4°.- Imputar al ejercicio financiero año 2026 la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($2.660.000,00).-

Art. 5°.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7°.- Pasar las presentes actuaciones al Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, quien deberá practicar la notificación pertinente.-

Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23128-MdeS-2025.-

San Luis, 6 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10070330/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la adquisición de estadías destinadas a beneficiarios que por problemas de salud deban alojarse temporalmente en la provincia de Mendoza y la ciudad de Rio Cuarto , y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. NOTSAL 902408/25, obra nota de la Subdirección Emergencia Sanitaria mediante la cual manifiesta la necesidad de acceder a la compra requerida

Que, en act. SOLSEC 11101902/25, obra Solicitud de Gastos Nº 9329/2025;

Que, en act. ACTPRO 11133851/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma SEBASTIAN ANDRÉS OJEDA C.U.I.T.: 27-28838916-6, en act. COTZAC 11143362/25;

Que, en act. INFSEC 11143363/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N°9174/2025, obrante en act. PROSEC 11143361/25;

Que, en act. PRESEC 11149478/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma SEBASTIAN ANDRÉS OJEDA C.U.I.T.: 27-28838916-6, el ítem 2 y 3, por la suma de PESOS CINCO MILLONES CIENTO DIEZ MIL CON 00/100 ($5.110.000,00);

Que, en acts. PREV 11096255/25 y PREV 11152863/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 910083/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 937409/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 163412/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de estadía de acuerdo a lo solicitado en act. NOTSAL 902408/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma SEBASTIAN ANDRÉS OJEDA C.U.I.T.: 27-28838916-6, los ítems 2 y 3, por la suma de PESOS CINCO MILLONES CIENTO DIEZ MIL CON 00/100 ($5.110.000,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11143362/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11149478/25, del EXD-0000-100070330/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de los beneficiarios de la Subdirección Emergencia Sanitaria, el servicio de estadía, que se detalla en act. PRESEC 11149478/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $5.110.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a la firma.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23130-MdeS-2025.-

San Luis, 7 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10030919/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario ARNALDO MIGUEL LUCERO, D.N.I. N° 13.782.993, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1436617/25 y DOCEXT 1444463/25, surge que el beneficiario ARNALDO MIGUEL LUCERO, D.N.I. N° 13.782.993, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento de reemplazo de cadera;

Que, en act. SOLSEC 11097650/25, obra Solicitud de Gastos Nº 9337/2025;

Que, en act. ACTPRO 11109319/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presento oferta la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11112007/25;

Que, en act. INFSEC 11112009/25, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 8697/2025, obrante en act. PROSEC 11112006/25;

Que, en act. PRESEC 11117258/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30- 71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($15.800.000,00);

Que, en acts. PREV 11096227/25 y PREV 11118494/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 906548/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 932189/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 162510/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1436617/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($15.800.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11112007/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11117258/25, del EXD-0000-10030919/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario ARNALDO MIGUEL LUCERO, D.N.I. N° 13.782.993, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11117258/25.- Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $15.800.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23131-MdeS-2025.-

San Luis, 7 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9260188/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario ELIAS RAFAEL CALCENA, D.N.I. N° 40.551.148, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1431343/25, DOCEXT 1438897/25, DOCEXT 1447807/25 y DOCEXT 1447810/25, surge que el beneficiario ELIAS RAFAEL CALCENA, D.N.I. N° 40.551.148, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento odontológico;

Que, en act. SOLSEC 11108382/25, obra Solicitud de Gastos Nº 9619/2025;

Que, en act. ACTPRO 11117572/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11120967/25 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27- 34564806-8, en act. COTZAC 11120968/25;

Que, en act. INFSEC 11120970/25, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 8928/2025, obrante en act. PROSEC 11120966/25;

Que, en act. PRESEC 11121920/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ($9.789.000,00);

Que, en acts. PREV 11101923/25 y PREV 11122031/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 906665/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 931784/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 162475/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1431343/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ($9.789.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11120968/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11121920/25, del EXD-0000-9260188/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario ELIAS RAFAEL CALCENA, D.N.I. N° 40.551.148, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11121920/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $9.789.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23132-MdeS-2025.-

San Luis, 7 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9220059/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria GIMENA AYELEN GOMEZ, D.N.I. N° 38.439.313, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1427277/25 y DOCEXT 3602020/25, surge que la beneficiaria GIMENA AYELEN GOMEZ, D.N.I. N° 38.439.313, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamentos para tratamiento dermatológico;

Que, en act. SOLSEC 11092974/25, obra Solicitud de Gastos Nº 8988/2025;

Que, en act. ACTPRO 11096278/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T: 33- 69541513-9, en act. COTZAC 11098142/25, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11098143/25, DNM FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-71013847-4, en act. COTZAC 11098144/25, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11098148/25, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11098149/25, NEXUS S.R.L. C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11098150/25 y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11098151/25;

Que, en act. INFSEC 11098152/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 8444/2025, obrante en act. PROSEC 11098141/25;

Que, en act. PRESEC 11111774/25, obra informe mediante el cual se preadjudica la firma DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRECE MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($13.800.000,00);

Que, en acts. PREV 11087062/25 y PREV 11115123/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 906661/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 931852/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 162525/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos, de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1427277/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem ١, por la suma total de PESOS TRECE MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON ٠٠/١٠٠ ($13.800.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11098148/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11111774/25, correspondiente al EXD-0000-9220059/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria GIMENA AYELEN GOMEZ, D.N.I. N° 38.439.313, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11111774/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $13.800.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23133-MdeS-2025.-

San Luis, 7 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9220054/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario DANIEL DAVID GIL, D.N.I. Nº 29.887.732, y;

CONSIDERANDO:

Que, en acts. DOCEXT 1427275/25, DOCEXT 3604884/25, obra documentación en la cual surge que el beneficiario DANIEL DAVID GIL, D.N.I. Nº 29.887.732, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamento para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11095251/25, obra Solicitud de Gastos Nº 9293/2025;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33- 69541513-9, en act. COTZAC 11105445/25, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30- 70894816-7, en act. COTZAC 11105447/25, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11105448/25, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11105450/25, MACROPHARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11105451/25, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11105454/25, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649- 0, en act. COTZAC 11105457/25 y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11105459/25;

Que, en act. INFSEC 11105460/25, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 8568/2025, obrante en act. PROSEC 11105444/25;

Que, en act. PRESEC 11111802/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el item 1, por la suma total de PESOS OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 04/100 ($8.858.414,04);

Que, en acts. PREV 11089805/25 y PREV 11114694/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 906688/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 931845/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 162477/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256- 2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1427275/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el item 1, por la suma total de PESOS OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CATORCE CON 04/100 ($8.858.414,04), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11105450/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11111802/25, del EXD-0000-9220054/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario DANIEL DAVID GIL, D.N.I. Nº 29.887.732, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11111802/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $8.858.414,04

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber: a Contaduría General de la Provincia y a Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23134-MdeS-2025.-

San Luis, 7 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10031170/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario PEDRO RAMON MORA, D.N.I. N° 16.480.350, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3610483/25, DOCEXT 3610485/25, DOCEXT 3610487/25, DOCEXT 1444467/25, surge que el beneficiario PEDRO RAMON MORA, D.N.I. N° 16.480.350, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11097651/25, obra Solicitud de Gastos Nº 9339/2025;

Que, en act. ACTPRO 11109330/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: EPIONE S.A., C.U.I.T.: 30-71699608-1, en act. COTZAC 11111943/25, LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11111944/25 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11111947/25;

Que, en act. INFSEC 11111948/25, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 8696/2025, obrante en act. PROSEC 11111942/25;

Que, en act. PRESEC 11117259/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS VEINTIÚN MIL CIEN CON 00/100 ($17.321.100,00);

Que, en acts. PREV 11096239/25 y PREV 11117385/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 906552/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 932187/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 162507/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3610485/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS VEINTIÚN MIL CIEN CON 00/100 ($17.321.100,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11111947/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11117259/25, del EXD-0000-10031170/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario PEDRO RAMON MORA, D.N.I. N° 16.480.350, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11117259/25.- Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $17.321.100,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23135-MdeS-2025.-

San Luis, 7 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-8050963/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del señor SERGIO MATIAS CEFERINO NAVARRO, D.N.I. Nº 37.413.123, en representación de su hija, la beneficiaria YOSELIN ABIGAIL NAVARRO BECERRA, D.N.I. N° 53.179.708, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1397126/25, DOCEXT 1423853/25 y DOCEXT 1424421/25, surge que el señor SERGIO MATIAS CEFERINO NAVARRO D.N.I. Nº 37.413.123, en representación de su hija, la beneficiaria YOSELIN ABIGAIL NAVARRO BECERRA, D.N.I. N° 53.179.708, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento de Cifoescoliosis congénita severa;

Que, en act. SOLSEC 11036611/25, obra Solicitud de Gastos Nº 7918/2025;

Que, en act. ACTPRO 11043049/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11047620/25 y BIOLATINA S.R.L. C.U.I.T.: 30-62932220-1, en act. COTZAC 11047621/25;

Que, en act. DOCEXT 1459988/25, se adjunta mantenimiento de oferta de la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD C.U.I.T.: 27-34564806-8;

Que, en act. INFSEC 11047644/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 7276/2025, obrante en act. PROSEC 11047619/25;

Que, en act. PRESEC 11059179/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1 por la suma total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 ($55.000.000,00);

Que, en act. PREV 11034844/25, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 899446/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 922927/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 160797/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1397126/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1 por la suma total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 ($55.000.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11047620/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 1459988/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11059179/25, correspondiente al EXD-0000-8050963/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del señor SERGIO MATIAS CEFERINO NAVARRO, D.N.I. Nº 37.413.123, en representación de su hija, la beneficiaria YOSELIN ABIGAIL NAVARRO BECERRA D.N.I. N° 53.179.708, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11059179/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $55.000.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al representante de la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23136-MdeS-2025.-

San Luis, 7 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-8181392/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la solicitud de medicación a favor del beneficiario CESAR AGUSTIN VILLEGAS, D.N.I. N° 41.707.277, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1405050/25 y DOCEXT 1411657/25, surge que el beneficiario CESAR AGUSTIN VILLEGAS, D.N.I. N°41.707.277, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamento para tratamiento neurológico;

Que, en act. SOLSEC 11052318/25, obra Solicitud de Gastos Nº 8244/2025;

Que, en act. ACTPRO 11061276/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11063901/25, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11063902/25, DNM FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-71013847-4, en act. COTZAC 11063903/25, MACROPHARMA S.A., C.U.I.T: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11063904/25, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S.A., C.U.I.T: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11063905/25, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T: 30- 53975649-0, en act. COTZAC 11063906/25, DROGUERIA META S.A., C.U.I.T: 30-66183877-5, en act. COTZAC 11063907/25, NEXUS S.R.L., C.U.I.T: 30715787470, en act. COTZAC 11095659/25;

Que, en act. INFSEC 11063909/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 7691/2025, obrante en act. PROSEC 11063908/25;

Que, en act. PRESEC 11099865/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S.A., C.U.I.T: 30-59766504-7, el item 1, por la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 60/100 ($43.291.644,60);

Que, en acts. PREV 11042056/25 y PREV 11101431/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 903651/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 933321/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 162682/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1405050/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S.A., C.U.I.T: 30-59766504-7, el item 1, por la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 60/100 ($43.291.644,60), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11063905/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11099865/25 del EXD-0000-8181392/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario CESAR AGUSTIN VILLEGAS, D.N.I. N° 41.707.277, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11099865/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $43.291.644,60

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23234-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-8210898/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la señora ANTONELA JULIETA CAMAYA, D.N.I Nº 37.136.828, en representación de su hijo, el beneficiario GONZALO VALENTINO PRADO, D.N.I Nº 53.178.664, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1407785/25, DOCEXT 1409172/25 y DOCEXT 1422068/25, surge que la señora ANTONELA JULIETA CAMAYA, D.N.I Nº 37.136.828, en representación de su hijo, el beneficiario GONZALO VALENTINO PRADO, D.N.I Nº 53.178.664, ha cumplido con los requisitos necesarios para el otorgamiento de elementos de tecnología biomédica para tratamiento de ortopedia y ortodoncia compleja;

Que, en act. DOCEXT 1421872/25, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;

Que, en acts. DOCEXT 1421875/25 y DOCEXT 1449956/25, obra presupuesto de la firma SERRES ZELADA LUCIA, C.U.I.T.: 27-19075156-8 y mantenimiento de oferta de la misma;

Que, en act. DOCEXT 1422056/25, obra justificación del precio a abonar;

Que, en act. DOCEXT 1422073/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma SERRES ZELADA LUCIA, C.U.I.T.: 27-19075156-8, los ítems 1 y 2, por un monto de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($3.600.000,00);

Que, en act. PREV 11051077/25, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 899103/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 920976/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 160331/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. c) del Decreto Nº 2863-MC-2004 modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en los artículos 2° y 3° inc. 4) del Decreto N° 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma SERRES ZELADA LUCIA, C.U.I.T.: 27-19075156-8, por un monto de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($3.600.000,00), los ítems 1 y 2, conforme al presupuesto, mantenimiento de oferta y preadjudicación obrantes en acts. DOCEXT 1421875/25, DOCEXT 1449956/25 y DOCEXT 1422073/25 del EXD-0000-8210898/25.-

Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora ANTONELA JULIETA CAMAYA, D.N.I Nº 37.136.828, en representación de su hijo, el beneficiario GONZALO VALENTINO PRADO, D.N.I Nº 53.178.664, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. DOCEXT 1422073/25.-

Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.600.000,00

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará la representante del beneficiario y a la firma.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23235-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9210035/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria gestiona el pago a favor de la firma MD FLY S.A. C.U.I.T. Nº 30-71047675-2, en concepto de traslado en vuelo sanitario destinado a la beneficiaria SHANTALL NOEMI ACCORDINARO D.N.I. Nº 70.623.650, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3598064/25, surge que la beneficiaria SHANTALL NOEMI ACCORDINARO D.N.I. Nº 70.623.650, debió ser trasladada en vuelo sanitario el día 21 de septiembre de 2025, al Hospital de Niños Santísima Trinidad de la provincia de Córdoba;

Que en act DOCEXT 3602568/25 obra Factura B N° 00002-00000910, presentada por la firma MD FLY S.A. C.U.I.T. Nº 30-71047675-2, por la suma total de PESOS DOCE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($12.874.500,00);

Que en act. DOCEXT 3602606/25, obra nota de recepción conforme de los servicios realizados;

Que en act. PREV 11076178/25, obra imputación preventiva del gasto;

Que en act. DICLEG 900326/25, la Asesoría Legal, indica que estarían dadas las condiciones para emitir el acto administrativo reconociendo el gasto;

Que en act. NOTAMP 925143/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el pago a la firma mencionada;

Que en act. DICFIS 161152/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado, dictaminando que se encontrarían dadas las condiciones para procederse al dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma MD FLY S.A. C.U.I.T. Nº 30-71047675-2, la suma total de PESOS DOCE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($12.874.500,00), según factura B N° 00002-00000910, obrante en act. DOCEXT 3602568/25 del EXD-0000-9210035/25, en concepto de traslado en vuelo sanitario destinado a la beneficiaria SHANTALL NOEMI ACCORDINARO D.N.I. Nº 70.623.650.-

Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $12.874.500,00

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54° y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma citada en el Art. 1°.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23236-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10240117/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita el pago a favor de la firma RIVIERA HOTELES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CUIT: 30-71593716-2, en concepto de provisión de hospedaje destinado a beneficiarios no mutualizados que fueron derivados a centros de mayor complejidad en la provincia de Córdoba, correspondiente al periodo: desde 01 de febrero de 2025 hasta 31 de octubre 2025, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1456521/25, obra Factura B Nº 00005-00002247, por la suma total de PESOS CATORCE MILLONES CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($14.051.800,00), presentada por la firma RIVIERA HOTELES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA C.U.I.T.: 30-71593716-2;

Que en act. DOCEXT 1456523/25, obra recepción conforme, respecto de los servicios prestados por la mencionada firma;

Que en act. PREV 11149738/25, obra imputación preventiva del gasto;

Que en act. DICLEG 909983/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que en act. NOTAMP 937669/25, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 163445/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma RIVIERA HOTELES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA C.U.I.T.: 30-71593716-2, por la suma total de PESOS CATORCE MILLONES CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($14.051.800,00), según Factura B Nº 00005-00002247, obrante en act. DOCEXT 1456521/25, del EXD-0000-10240117/25, en concepto de provisión de hospedaje destinado a beneficiarios no mutualizados, detallados en act. DOCEXT 1456515/25, que fueron derivados a centros de mayor complejidad en la provincia de Córdoba, correspondiente al periodo: desde 01 de febrero 2025, hasta el 31 de octubre 2025.-

Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $14.051.800,00

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54° y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 5°.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a sus efectos.-

Art. 6°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y por intermedio de la Subdirección Emergencia Sanitaria, notificar a la firma.-

Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23237-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-1090620/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario JESUS MOISES NAZARETH MOLINA, D.N.I. Nº 45.800.767, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1282575/25, DOCEXT 3407988/25, DOCEXT 1311470/25 y DOCEXT 3461997/25, surge que el beneficiario JESUS MOISES NAZARETH MOLINA, D.N.I. Nº 45.800.767, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamento para tratamiento de espondilitis anquilosante axial;

Que, en act. SOLSEC 10978952/25, obra Solicitud de Gastos Nº 6900/2025;

Que, en act. ACTPRO 10994144/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71578747-0, COTZAC 10995997/25, LABORATORIOS BIOFARMA S.A, C.U.I.T: 30-69028098-8, en act. COTZAC 10995999/25, FARMA SALUD NORTE S.A., C.U.I.T: 30-71600339-2, en act. COTZAC 10996000/25 y PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T: 30-70894816-7, en act. COTZAC 10996001/25;

Que, en act. INFSEC 10996002/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 6345/2025, obrante en act. PROSEC 10995996/25;

Que, en act. PRESEC 11022795/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma NEXUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71578747-0, el ítem 1, por la suma de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($7.218.600,00);

Que, en acts. PREV 10974028/25 y PREV 11023674/25, obra imputación preventiva del gasto con ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 896571/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 926749/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 161378/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1282575/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma NEXUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71578747-0, el ítem 1, por la suma de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($7.218.600,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 10995997/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11022795/25 del EXD-0000-1090620/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario JESUS MOISES NAZARETH MOLINA, D.N.I. Nº 45.800.767, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11022795/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $7.218.600,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23238-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9121140/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario OSCAR ENZO OLGUIN, D.N.I. Nº 26.388.130, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3590590/25 y DOCEXT 3598196/25, surge que el beneficiario OSCAR ENZO OLGUIN, D.N.I. Nº 26.388.130, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamento para tratamiento oncológico;

Que, en act. SOLSEC 11094943/25, obra Solicitud de Gastos Nº 9144/2025;

Que, en act. ACTPRO 11096341/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11098312/25, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11098313/25, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11098314/25, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11098316/25, COMPAÑIA DE SERVICIOS FARMACEUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11098317/25, C&C MEDICALS S.A., C.U.I.T.: 30-70717470-2, en act. COTZAC 11098318/25, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11098319/25, DNM FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-71013847-4, en act. COTZAC 11098320/25, MACROPHARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11098322/25, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11098323/25, GLOBAL FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11098324/25 y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11098325/25;

Que, en act. INFSEC 11098326/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 8447/2025, obrante en act. PROSEC 11098310/25;

Que, en act. PRESEC 11118597/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747- 0, el ítem 1, por la suma total de PESOS DIECIOCHO MILLONES CUARENTA MIL CON 00/100 ($18.040.000,00);

Que, en acts. PREV 11090161/25 y PREV 11120227/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 906610/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 932954/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 162664/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamento, solicitado en act. DOCEXT 3590590/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS DIECIOCHO MILLONES CUARENTA MIL CON 00/100 ($18.040.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11098314/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11118597/25 del EXD-0000-9121140/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario OSCAR ENZO OLGUIN, D.N.I. Nº 26.388.130, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11118597/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $18.040.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificara al beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23239-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9160968/25, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor RUBÉN ADOLFO CASTRO, D.N.I. Nº 25.565.487, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1463557/25, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300 y el señor RUBÉN ADOLFO CASTRO, D.N.I. Nº 25.565.487, quien realiza servicios como médico para el área de Consultorios Externos, en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, dependiente de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH, a partir del 01 de Octubre del 2025 hasta el 31 de Diciembre del 2025;

Que, en act. ENCAPS 901015/25, ha tomado intervención la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en act. PREV 11084401/25, obra imputación preventiva del gasto exceptuado de duodécimo;

Que, en act. DICLEG 907511/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 936413/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 163222/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por Decreto 8-MHIP- 2025, Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo del Art. 1º del Decreto Nº 13861- MHIP-2024.-

Art. 2°.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300 y el señor RUBÉN ADOLFO CASTRO, D.N.I. Nº 25.565.487, quien realiza servicios como médico para el área de Consultorios Externos, en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, dependiente de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH, obrante en act. DOCEXT 1463557/25, del EXD- 0000-9160968/25.-

Art. 3°.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida presupuestaria:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $4.021.875,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al señor RUBÉN ADOLFO CASTRO, D.N.I. Nº 25.565.487.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23240-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-7150456/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la señora LILIANA ALEJANDRA GONZALEZ, D.N.I. Nº 27.478.029, en representación del beneficiario THIAGO LIHUE BAEZ, D.N.I. Nº 48.527.902, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1382641/25, DOCEXT 1382644/25, DOCEXT 1435625/25 y DOCEXT 1435627/25, surge que la señora LILIANA ALEJANDRA GONZALEZ, D.N.I. Nº 27.478.029, en representación del beneficiario THIAGO LIHUE BAEZ, D.N.I. Nº 48.527.902, ha cumplido con los requisitos necesarios para el otorgamiento de elementos de tecnología biomédica para tratamiento de ruptura lca y menisco derecho;

Que, en act. SOLSEC 11077421/25, obra Solicitud de Gastos Nº 8809/2025;

Que, en act. ACTPRO 11083164/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11088323/25, MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27- 34564806-8, en act. COTZAC 11088324/25 y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11088325/25;

Que, en act. INFSEC 11088326/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 8226/2025, obrante en act. PROSEC 11088322/25;

Que, en act. PRESEC 11091899/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30- 71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($2.985.000,00);

Que, en acts. PREV 10956849/25 y PREV 11092395/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 901876/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 924927/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 161060/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, solicitados en act. DOCEXT 1382641/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($2.985.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11088323/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11091899/25 del EXD-0000-7150456/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora LILIANA ALEJANDRA GONZALEZ, D.N.I. Nº 27.478.029, en representación del beneficiario THIAGO LIHUE BAEZ, D.N.I. Nº 48.527.902, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11091899/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.985.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante del beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23241-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-6240645/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de lentes de contacto a favor de la beneficiaria ALEJANDRA VIVIANA SUAREZ, D.N.I. Nº 25.281.047, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1369648/25, DOCEXT 1382791/25, DOCEXT 1385043/25 y DOCEXT 3548364/25, surge que la beneficiaria ALEJANDRA VIVIANA SUAREZ, D.N.I. Nº 25.281.047 ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de lentes de contacto para tratamiento de queratocono en ambos ojos;

Que, en act. DOCEXT 1384326/25, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, en acts. DOCEXT 1384906/25, DOCEXT 1392117/25 y DOCEXT 3619521/25, obran presupuestos de las firmas VISION COLOR S.R.L., C.U.I.T.: 30-70939478-5, OPTICA SIGLO XXI S.R.L., C.U.I.T: 30- 71496310-0 y ABALLAY MARCELO ADRIAN, C.U.I.T: 20-26915030-1;

Que, en act. DOCEXT 3548390/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma ABALLAY MARCELO ADRIAN, C.U.I.T: 20-26915030-1, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($1.300.000,00);

Que, en act. DOCEXT 1387022/25, obra razonabilidad de precio a pagar;

Que, en act. PREV 10972670/25, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 888431/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 906861/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 157529/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. c) del Decreto Nº 2863- MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma ABALLAY MARCELO ADRIAN, C.U.I.T: 20- 26915030-1, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($1.300.000,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3619521/25 y preadjudicación adjunta en act. DOCEXT 3548390/25 del EXD-0000-6240645/25.-

Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria ALEJANDRA VIVIANA SUAREZ, D.N.I. Nº 25.281.047, los lentes de contacto que se detallan en act. DOCEXT 3548390/25.-

Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.300.000,00

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-

Art. 7º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23242-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11261149/25, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1465952/25, obra nota de la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), en donde solicita la ampliación de partidas presupuestarias con recursos propios, con el objetivo de financiar gastos correspondientes a los servicios médicos asistenciales, medicamentos, prótesis y otros insumos esenciales, necesarios para el correcto funcionamiento de la misma;

Que, en act. PTPREC 57519/25, obra planilla de solicitud de transferencias de créditos presupuestarios debidamente conformada por la autoridad competente;

Que, en act. INFORM 426950/25, ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 9° y 10 de la Ley N° VIII-0253-2024;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso dentro de las disposiciones previstas en los Arts. 9° y 10 de la Ley N° VIII-0253-2024 y exceptuar de las disposiciones del Artículo 2° del Decreto N° 2651-MHP-2010.-

Art. 2°.- Modificar en el Presupuesto vigente los Recursos que a continuación se detallan:

Ampliar:

2- Recursos Organismos Descentralizados

1- Recursos Propios

1- Recursos Corrientes

3- Recursos DOSEP

01- Aporte Administración Pública $5.639.456.395,25

02- Aporte Poder Judicial $416.168.155,19

03- Aporte Municipal $830.556.387,00

04- Aporte Jubilados Anses $924.572.758,10

05- Aporte Inclusión Social – Preventores $57.850.120,54

06- Coseguro $725.376.811,02

07- Aportes Universidad de La Punta $223.010.958,06

08- Aportes por Convenios $183.008.414,84

Art. 3°.- Modificar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:

Ampliar:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe

3 13 01 16 2-01 5 1 $9.000.000.000,00

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), a sus efectos.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23243-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9240964/25, por el cual se tramita la homologación de Contratos de Servicios; y,

CONSIDERANDO:

Que, en acts. DOCEXT 3636190/25 y DOCEXT 3636194/25, obran Contratos de Servicios suscriptos oportunamente la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), representada por su Director C.P.N. JORGE ARTURO VERGARA, D.N.I. Nº 30.688.244, por una parte y el personal que cumplirá tareas administrativas en la delegación de Villa Mercedes y Hospital Dosep Verónica Bailone, por la otra, a partir del 01 de octubre de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025, vigencia que podrá prorrogarse por igual período por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en act. PREV 11089788/25, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;

Que, en act. DOCEXT 3622095/25, ha tomado intervención contable la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en act. DICLEG 903625/25, obra informe de la Asesoría Legal, sugiriendo dictar el pertinente acto administrativo;

Que, en act. NOTAMP 930709/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 162260/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256- 2004 modificada por Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92º inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. Nº 1 del Decreto Nº 13861-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios suscriptos oportunamente entre la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), representada por su Director C.P.N. JORGE ARTURO VERGARA, D.N.I. Nº 30.688.244, por una parte y el personal que cumplirá tareas administrativas en la Delegación de Villa Mercedes y Hospital Dosep Verónica Bailone, obrantes en acts. DOCEXT 3636190/25 y DOCEXT 3636194/25 del EXD-0000-9240964/25.-

APELLIDO Y NOMBRE

D.N.I.

DELEGACIÓN

ROSALES NOELIA LUCIA BELEN

36.046.580

HOSPITAL DOSEP VERONICA BAILONE

CELI NATALIA LORENA

25.765.394

DELEGACION DOSEP VILLA MERCEDES

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

3 13 00 01 01 00 00 01 2 01 00 3 4 9 000 $2.596.470,00

3 13 00 01 17 00 00 00 2 01 00 3 4 9 000 $2.596.470,00

TOTAL $5.192.940,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), quien deberá practicar las notificaciones pertinentes.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23244-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11061006/25, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora SUSANA EDITH ROSALES, D.N.I. N° 13.721.015, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1464415/25, obra el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora SUSANA EDITH ROSALES, D.N.I. N° 13.721.015, por la otra, para brindar funciones como MEDICO en el Servicio del Hospital de Día dependiente del Hospital Pediátrico San Luis, con vigencia de TRES (3) meses, a partir del 1 de diciembre del 2025, pudiendo prorrogarse por igual periodo, mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en act. DOCEXT 3644340/25, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en acts. PREV 11148203/25 y PREVFT 11148204/25, obra imputación preventiva del gasto e imputación con excepción duodécimo y ejercicio futuro;

Que, en act. DICLEG 909367/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 938653/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 163590/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 24 inc g), Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004 modificada por la Ley VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. Nº 1 del Decreto 13861-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora SUSANA EDITH ROSALES, D.N.I. N° 13.721.015, por la otra, para brindar funciones como MEDICO en el Servicio del Hospital de Día, dependiente del Hospital Pediátrico San Luis obrante en act. DOCEXT 1464415/25 del EXD-0000-11061006/25.-

Art.3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 18 33 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $1.400.000,00

Art. 4º.- Imputar el ejercicio financiero año 2026, la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.800.000,00).-

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Dar Intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia al Hospital Pediátrico San Luis, a sus efectos.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia, Hospital Pediátrico San Luis y a la señora SUSANA EDITH ROSALES, D.N.I. N° 13.721.015.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23245-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9030819/25, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor LUIS MAXIMILIANO MONTES, D.N.I. Nº 21.999.767, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3624254/25, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300 y el señor LUIS MAXIMILIANO MONTES, D.N.I. Nº 21.999.767, quien realizará guardias médicas de VEINTICUATRO (24) horas cada una, en Hospitales de la Zonas Sanitarias I y III, dependientes de la Dirección Zonas Sanitarias, comprometiéndose a cumplir un mínimo de OCHO (8) y un máximo de DOCE (12) guardias mensuales, a partir de su homologación y por un término de TRES (3) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo, mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en act. ENCAPS 895940/25, ha tomado intervención la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en acts. PREV 11046712/25, PREV 11115726/25 y PREVFT 11115725/25, obra imputación preventiva del gasto exceptuado de duodécimo con su ajuste correspondiente e imputación ejercicio futuro;

Que, en act. DICLEG 896716/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 934143/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en acts. DICFIS 159921/25 y DICFIS 162797/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Art. 24 inc. g) y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 13861-MHIP-2024.-

Art. 2°.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300 y el señor LUIS MAXIMILIANO MONTES, D.N.I. Nº 21.999.767, quien realizará guardias médicas de VEINTICUATRO (24) horas cada una, en Hospitales de la Zonas Sanitarias I y III, dependientes de la Dirección Zonas Sanitarias, comprometiéndose a cumplir un mínimo de OCHO (8) y un máximo de DOCE (12) guardias mensuales, obrante en act. DOCEXT 3624254/25, del EXD-0000- 9030819/25.-

Art. 3°.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida presupuestaria:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 27 43 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $6.720.000,00

Art. 4º.- Imputar al ejercicio financiero año 2026 la suma de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($3.360.000,00).-

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Zonas Sanitarias y Zona Sanitaria I y Zona Sanitaria III, quien deberá practicar la notificación pertinente.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al señor LUIS MAXIMILIANO MONTES, D.N.I. Nº 21.999.767.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23246-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11051226/25, Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita provisión de lentes de contacto, a favor del beneficiario GERARDO NICOLAS PEREZ, D.N.I. Nº 34.182.502, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3641741/25, DOCEXT 1456771/25 y DOCEXT 3648751/25, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de lentes de contacto con apoyo escleral adaptable a queratócono para tratamiento de miopía, astigmatismo, queratocono avanzado;

Que, en act. DOCEXT 3644137/25, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;

Que, en act. DOCEXT 3648020/25, obra presupuesto de la firma VISION COLOR S.R.L., C.U.I.T.: 30-70939478-5;

Que, en act. DOCEXT 3648688/25, obra planilla comparativa de precios;

Que, en acts. DOCEXT 3648716/25 y DOCEXT 3648787/25, obra razonabilidad del precio a abonar y justificación único proveedor;

Que, en act. DOCEXT 3648846/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma VISION COLOR S.R.L., C.U.I.T: 30- 70939478-5, por un monto total de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($980.000,00);

Que, en act. PREV 11158016/25, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 910859/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 938680/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 163575/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en en las excepciones del Art. 92 inc. c) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP- 2025, en el art. 3º inc. 4 del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma VISION COLOR S.R.L., C.U.I.T: 30- 70939478-5, por un monto total de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($980.000,00), en concepto de provisión de lentes de contacto con apoyo escleral adaptable a queratócono obrante en act. DOCEXT 3648020/25, y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3648846/25 del EXD-0000-11051226/25.-

Art. 3°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario GERARDO NICOLAS PEREZ, D.N.I. Nº 34.182.502, los lentes de contacto que se detallan en act. DOCEXT 3648846/25.-

Art. 4°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $980.000,00

Art. 5°. - Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6°. - Pasar las actuaciones de referencia al Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a la firma.-

Art. 7°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23247-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-8280611/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor de la señora LUCIANA VANESSA MARIANI, D.N.I. Nº 26.915.321, en representación de su hija, la beneficiaria VICTORIA AMITRANO MARIANI, D.N.I. Nº 55.154.294, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3574812/25, DOCEXT 3574815/25, DOCEXT 3574821/25, DOCEXT 3574826/25 y DOCEXT 1437896/25, surge que la beneficiaria LUCIANA VANESSA MARIANI, D.N.I. Nº 26.915.321, en representación de su hija, la beneficiaria VICTORIA AMITRANO MARIANI, D.N.I. Nº 55.154.294, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamento para tratamiento de pubertad precoz;

Que, en act. SOLSEC 11114660/25, obra Solicitud de Gastos Nº 9641/2025;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11118755/25, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11118756/25, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11118757/25, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11118758/25 y LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11118759/25;

Que, en act. INFSEC 11118760/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 8909/2025, obrante en act. PROSEC 11118754/25;

Que, en act. PRESEC 11127315/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 38/100 ($1.778.484,38);

Que, en acts. PREV 11101830/25 y PREV 11129426/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 908002/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 935984/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 163190/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamento, solicitado en act. DOCEXT 3574821/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 38/100 ($1.778.484,38), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11118759/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11127315/25 del EXD-0000-8280611/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora LUCIANA VANESSA MARIANI, D.N.I. Nº 26.915.321, en representación de su hija, la beneficiaria VICTORIA AMITRANO MARIANI, D.N.I. Nº 55.154.294, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11127315/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.778.484,38

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificara a la representante de la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23248-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9030489/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la solicitud de medicamento a favor del señor MIGUEL EDUARDO SOSA, D.N.I. Nº 33.440.764, en representación de su hija, la beneficiaria JESSICA ABIGAIL SOSA FIGUEROA, D.N.I. Nº 55.415.940, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1415506/25 y DOCEXT 3591699/25, surge que el señor MIGUEL EDUARDO SOSA, D.N.I. Nº 33.440.764, en representación de su hija, la beneficiaria JESSICA ABIGAIL SOSA FIGUEROA, D.N.I. Nº 55.415.940, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamento para tratamiento hormonal;

Que, en act. SOLSEC 11071586/25, obra Solicitud de Gastos Nº 8718/2025;

Que, en act. ACTPRO 11082321/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11085102/25, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S.A., C.U.I.T: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11085103/25, NEXUS S.R.L., C.U.I.T: 30715787470, en act. COTZAC 11085104/25, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11085105/25 y DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11085106/25;

Que, en act. INFSEC 11085107/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 8164/2025, obrante en act. PROSEC 11085101/25;

Que, en act. PRESEC 11106924/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30- 71595642-6, el item 1, por la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 00/100 ($1.741.479,00);

Que, en acts. PREV 11056167/25 y PREV 11107275/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 904385/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 933765/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 162715/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1415506/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, el item 1, por la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 00/100 ($1.741.479,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11085106/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11106924/25 del EXD-0000- 9030489/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al señor MIGUEL EDUARDO SOSA, D.N.I. Nº 33.440.764, en representación de su hija, la beneficiaria JESSICA ABIGAIL SOSA FIGUEROA, D.N.I. Nº 55.415.940, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11106924/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.741.479,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al representante de la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23249-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9300480/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria CELESTE ABIGAIL GIL, D.N.I. N° 48.451.904, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1433914/25 y DOCEXT 1438324/25, surge que la beneficiaria CELESTE ABIGAIL GIL, D.N.I. N° 48.451.904, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamento para tratamiento de enfermedad autoinmune del sistema nervioso central;

Que, en act. SOLSEC 11115292/25, obra Solicitud de Gastos Nº 9653/2025;

Que, en act. ACTPRO 11116793/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentarón ofertas las firmas: PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11118704/25, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11118705/25, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11118706/25, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11118707/25, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11118709/25, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11118710/25, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11118711/25, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACEUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11118712/25, C & C MEDICALS S.A., C.U.I.T.: 30-70717470-2, en act. COTZAC 11118713/25, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11118716/25;

Que, en act. INFSEC 11118720/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 8889/2025, obrante en act. PROSEC 11118702/25;

Que, en act. PRESEC 11129441/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($1.356.736,00);

Que, en acts. PREV 11101834/25 y PREV 11134594/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 907688/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 934005/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 162786/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamento, de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1433914/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($1.356.736,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11118706/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11129441/25, correspondiente al EXD-0000-9300480/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria CELESTE ABIGAIL GIL, D.N.I. N° 48.451.904, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11129441/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.356.736,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23250-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-8280903/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor de la señora MARIA BELEN MAGALLANES, D.N.I. Nº 33.133.499, en representación de su hija, la beneficiaria GIOVANNA QUARANTA MAGALLANES, D.N.I. Nº 56.089.302, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1412246/25 y DOCEXT 3581850/25, surge que la señora MARIA BELEN MAGALLANES, D.N.I. Nº 33.133.499, en representación de su hija, la beneficiaria GIOVANNA QUARANTA MAGALLANES, D.N.I. Nº 56.089.302, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamento para tratamiento pubertad precoz;

Que, en act. SOLSEC 11052362/25, obra Solicitud de Gastos Nº 8280/2025;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11061402/25, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11061403/25, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11061404/25, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11061405/25 y DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11061406/25;

Que, en act. INFSEC 11061409/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 7658/2025, obrante en act. PROSEC 11061400/25;

Que, en act. DOCEXT 1465873/25, obra mantenimiento de oferta de la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6;

Que, en act. PRESEC 11077057/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30- 71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON SETECIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO CON 00/100 ($1.703.621,00);

Que, en acts. PREV 11042798/25 y PREV 11077627/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 901300/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 925190/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 161201/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos, solicitados en act. DOCEXT 1412246/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON SETECIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS VEINTIUNO CON 00/100 ($1.703.621,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11061403/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 1465873/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11077057/25 del EXD-0000-8280903/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora MARIA BELEN MAGALLANES, D.N.I. Nº 33.133.499, en representación de su hija, la beneficiaria GIOVANNA QUARANTA MAGALLANES, D.N.I. Nº 56.089.302, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11077057/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.703.621,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificara a la representante de la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23251-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10130712/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica, a favor de la beneficiaria SILVIA DEL VALLE HERRERA D.N.I. Nº 14.487.394, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3617520/25 y DOCEXT 1447820/25, surge que la beneficiaria SILVIA DEL VALLE HERRERA D.N.I. Nº 14.487.394, ha cumplido con los requisitos necesarios para la adquisición de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11110895/25, obra Solicitud de Gastos Nº 9756/2025;

Que, en act. ACTPRO 11117169/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEM MEDICAL S.R.L. C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11120955/25 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11120956/25 y;

Que, en act. INFSEC 11120958/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 8876/2025, obrante en act. PROSEC 11120954/25;

Que, en PRESEC 11121930/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L. C.U.I.T.: 30-71165608-8, el item 1, por la suma total de PESOS TRECE MILLONES NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ($13.900.000,00);

Que, en acts. PREV 11108649/25 y PREV 11122037/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 906458/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 931357/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 162287/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3617520/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma LEM MEDICAL S.R.L. C.U.I.T.: 30-71165608-8, el item 1, por la suma total de PESOS TRECE MILLONES NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ($13.900.000,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11120955/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11121930/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria SILVIA DEL VALLE HERRERA D.N.I. Nº 14.487.394, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11121930/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $13.900.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23252-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9020540/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor del beneficiario MIGUEL SALVADOR FUNES, D.N.I. Nº 23.991.106, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1414756/25 y DOCEXT 3600100/25, surge que el beneficiario MIGUEL SALVADOR FUNES, D.N.I. Nº 23.991.106, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, en act. SOLSEC 11115801/25, obra Solicitud de Gastos Nº 9646/2025;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11118660/25, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11118662/25, GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.: 33-71250477-9, en act. COTZAC 11118663/25, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11118664/25, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11118665/25, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11118667/25, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11118670/25, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11118671/25, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11118672/25, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30- 62345679-6, en act. COTZAC 11118673/25 y DNM FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-71013847-4, en act. COTZAC 11118674/25;

Que, en act. INFSEC 11118677/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 8906/2025, obrante en act. PROSEC 11118658/25;

Que, en act. PRESEC 11129335/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS VEINTICINCO MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($25.139.700,00), LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem ٢, por la suma total de PESOS SETECIENTOS SETENTA MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS CON ٩٦/١٠٠ ($770.322,96) y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, el ítem 3, por la suma total de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DOCE CON 00/100 ($45.312,00);

Que, en acts. PREV 11090154/25 y PREV 11130182/25, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 908020/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 935581/25, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 163107/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos, solicitados en act. DOCEXT 1414756/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem ١, por la suma total de PESOS VEINTICINCO MILLONES CIENTO TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CON ٠٠/١٠٠ ($25.139.700,00), LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 2, por la suma total de PESOS SETECIENTOS SETENTA MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS CON 96/100 ($770.322,96) y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, el ítem 3, por la suma total de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DOCE CON 00/100 ($45.312,00), de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11118673/25, COTZAC 11118671/25, COTZAC 11118670/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11129335/25 del EXD-0000-9020540/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario MIGUEL SALVADOR FUNES, D.N.I. Nº 23.991.106, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11129335/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $25.955.334,96

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificara al beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23253-MdeS-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10071201/25, por el cual se tramita la solicitud de subsidio para avión sanitario, destinado al beneficiario BENICIO JOSUE ZALAZAR, D.N.I. Nº 70.623.752, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3613445/25, obra pedido médico solicitando traslado en avión sanitario, destinado al beneficiario BENICIO JOSUE ZALAZAR, D.N.I. Nº 70.623.752, para atención medica en centro de mayor complejidad en la provincia de Buenos Aires;

Que, en act. DOCEXT 3614672/25, obra Factura B Nº 00002-00000913, por la suma de PESOS NUEVE MILLONES CIENTO OCHENTA Y UN MIL CINCUENTA CON 00/100 ($9.181.050,00), presentada por la firma MD FLY S.A. C.U.I.T: 30-71047675-2, en concepto de vuelo sanitario;

Que, en acts. DOCEXT 3614689/25 y DOCEXT 3614684/25, obran justificación y recepción conforme de la Subdirección Emergencia Sanitaria, respecto del servicio prestado por la firma MD FLY S.A. C.U.I.T: 30-71047675-2;

Que, en act. PREV 11100555/25, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 904158/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que en act. NOTAMP 928352/25, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 161745/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma MD FLY S.A. C.U.I.T: 30- 71047675-2, por la suma total de PESOS NUEVE MILLONES CIENTO OCHENTA Y UN MIL CINCUENTA CON 00/100 ($9.181.050,00), según Factura B Nº 00002-00000913, obrante en act. DOCEXT 3614672/25 del EXD-0000-10071201/25.-

Art. 2º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora CAMILA DE LOS MILAGROS FERNANDEZ AGUILAR, D.N.I. Nº 42.845.781, en representación de su hijo, el beneficiario BENICIO JOSUE ZALAZAR, D.N.I. Nº 70.623.752, el vuelo sanitario conforme se detallada en la factura mencionada en el Art. 1° del presente Decreto.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $9.181.050,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54° y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DECRETO Nº 23005-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11040635/25, por el cual el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Publica tramita autorización para la suscripción del Contrato de Servicios con la señora GIOVANNA CELI PEREIRA, D.N.I Nº 43.840.025; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1454164/25, obra modelo de Contrato de Servicios a suscribir entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, por una parte, y por la otra la señora GIOVANNA CELI PEREIRA, D.N.I Nº 43.840.025, para prestar servicios administrativos en la Dirección de Finanzas y Recursos;

Que el Contrato de Servicio que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, en la cláusula segunda establece la retribución de la contraprestación y en la cláusula tercera la vigencia que será a partir del 1 de enero de 2026 y por el término de TRES (3) meses;

Que en act. PREVFT 11144040/25 obra comprobante de imputación preventiva para el Presupuesto 2026;

Que en act. ACTPAS 1620960/25, obra dictamen de la Dirección Jurídica dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 934831/25 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y en los Arts.24 inc. g) y 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256- 2004, modificada mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y se exceptúe de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 13861-MHIP-2024;

Que en act. DICFIS 163044/25 ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y en los Arts. 24 inc. g) y 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y se exceptúe de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 13861-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Aprobar en todas sus partes el modelo de Contrato de Servicios, que como anexo forma parte del presente Decreto, a suscribirse entre el Gobierno de la provincia de San Luis y la señora GIOVANNA CELI PEREIRA, D.N.I Nº 43.840.025.-

Art. 3º.- Autorizar al C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, a suscribir en representación del Gobierno de la Provincia de San Luis, el Contrato de Servicios con la señora GIOVANNA CELI PEREIRA, D.N.I Nº 43.840.025, conforme al modelo aprobado en el Artículo precedente.-

Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del Presupuesto año 2026:

Ins. Jur. U.E. Prog. Act. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe

1 11 10 01 01 1-01 3 4 9 $1.650.000,00

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 6º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y notificar a la señora Giovanna Celi Pereira.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

ANEXO

CONTRATO DE SERVICIOS

Entre el Gobierno de la provincia de San Luis, en adelante “EL COMITENTE”, representado en este acto por el C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ D.N.I. N° 25.144.115, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, con domicilio en AUTOPISTA DE LAS SERRANIAS PUNTANAS KM 783, TERRAZAS DEL PORTEZUELO, Edificio NORTE Bloque 1, 2do piso de la Ciudad de San Luis, por una parte y la Sra. GIOVANNA CELI PEREIRA, D.N.I. Nº 43.840.025, con domicilio en Santa Fe Sur N° 34 ciudad de San Luis y domicilio electrónico celipereiragiovanna@gmail.com, por la otra, en adelante “EL PRESTADOR”, en conjunto denominadas “LAS PARTES”, suscriben el presente CONTRATO DE SERVICIOS, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: “EL COMITENTE” contrata al “PRESTADOR DE SERVICIOS” a fin de que realice funciones administrativas generales, en dependencias de la Dirección de Finanzas y Recursos. El PRESTADOR DE SERVICIOS acompaña copia de su constancia de inscripción en la Dirección Provincial de Ingresos Públicos y constancia de inscripción en AFIP, como trabajador autónomo bajo el CUIT 27-43.840.025-2.-

SEGUNDA: Como retribución por los servicios prestados, “EL COMITENTE” abonará a “EL PRESTADOR”, en concepto de honorarios, la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($550.000,00) contra presentación de la correspondiente factura. En el caso de que el “EL PRESTADOR” comience a prestar sus servicios una vez autorizado la suscripción del contrato, el mismo percibirá una suma proporcional de los honorarios correspondientes a la cantidad de días en que prestó tareas. Asimismo “EL COMITENTE” emitirá un certificado en el cual constará el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de “EL PRESTADOR” quien asume la responsabilidad técnica de las tareas encomendadas motivo de este contrato.-

TERCERA: El presente Contrato tendrá vigencia a partir del 01 de enero de 2026 y por el término de TRES (3) meses.-

CUARTA: Ambas partes se reservan el derecho de rescindir el presente contrato en la oportunidad que lo crea conveniente, sin que la otra parte tenga derecho a reclamar indemnización alguna. Si la voluntad de rescisión es de “EL PRESTADOR”, éste debe comunicar su decisión de hacerlo con un plazo de antelación de por lo menos QUINCE (15) días corridos.-

QUINTA: El presente Contrato no crea relación laboral de dependencia entre las partes, ni importa expectativa o derecho de prórroga a favor de “EL PRESTADOR”, pudiendo prorrogarse por igual período, previo acuerdo de partes mediante Decreto del Poder Ejecutivo.-

SEXTA: “EL PRESTADOR”, deberá poner en la ejecución de sus tareas la máxima diligencia y eficiencia de conformidad con la práctica profesional de su especialidad, protegiendo los intereses de “EL COMITENTE” y adoptando todas las medidas tendientes al mejor cumplimiento de sus servicios, quedando este último desvinculado de toda responsabilidad por reclamos de cualquier tipo por parte de terceros derivados de daños que pudieran ocasionarse con motivo y/o en ocasión del cumplimiento del presente.-

SEPTIMA: La obligaciones impositivas y los gravámenes previsionales de “EL PRESTADOR” estarán a su cargo.-

OCTAVA: A los efectos legales que pudieran suscitarse por este contrato, “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luís, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o Jurisdicción al que se crea con derecho a recurrir.-

En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Luis a los ______ días del mes de ______________ de dos mil veinticinco.-

DECRETO Nº 23006-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11201368/25, por el cual tramita la designación de la docente JENNIFER MICKAELA RIVAROLA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 43 “Doctor Tomas Jofre”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, NANCY BEATRIZ BEE, según Decreto Nº 18495-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente JENNIFER MICKAELA RIVAROLA, D.N.I. Nº 37.090.400, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Educación Artística, Nivel de Educación Inicial y Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3655879/25 y ACTPAS 1628672/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 5 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificado por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 5 de noviembre de 2025, a la docente JENNIFER MICKAELA RIVAROLA, D.N.I. Nº 37.090.400, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Educación Artística, Nivel de Educación Inicial y Primaria, en la Escuela N° 43 “Doctor Tomas Jofre”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23007-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9051238/25, por el cual se tramita la designación de la docente GUADALUPE CICHELLO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 34 “Aristides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junin, con motivo del cambio de funciones por razones de salud de la docente interina, TATIANA POPOVICI, según Resolución Nº 1706-DRRHH-2025, se torna necesario designar a la docente GUADALUPE CICHELLO, D.N.I. Nº 35.367.239, en OCHO (8) horas cátedra de Danza, 4 hs. en 2do. año 1ra. división y 4 hs. en 2do. año 2da. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3583651/25, 3597338/25 y 1445929/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, acta de ofrecimiento del cargo en acto público y aceptación del mismo, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de septiembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18 del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 03 de septiembre de 2025 e inter dure el cambio de funciones por razones de salud, de la docente interina TATIANA POPOVICI, a la docente GUADALUPE CICHELLO, D.N.I. Nº 35.367.239, en OCHO (8) horas cátedra de Danza, 4 hs. en 2do. año 1ra. división y 4 hs. en 2do. año 2da. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Técnica Nº 34 “Aristides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junin.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones al Subprograma Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber, al Ministerio de Educación, a la Dirección Provincial de Análisis y Liquidaciones de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23008-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10090489/25, por el cual tramita la designación de la docente LOURDES BELEN PUERTAS, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 259 “Vicedirector Jesús Toribio Lucero”, de la localidad de Leandro N. Alem, departamento Ayacucho, con motivo de licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley Nº XV-0387-2004, Registro Nº 0074-PCH-2025, de la docente titular NATALIA ELIZABETH VALDEZ, se torna necesario designar a la docente LOURDES BELEN PUERTAS D.N.I. Nº 36.681.964, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 1er. año, 2do. año y 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3615346/25 y DOCEXT 3646618/25 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, acta de nacimiento y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 04 de setiembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificados por Ley Nº V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 04 de setiembre de 2025 y hasta el 12 de marzo de 2026, a la docente LOURDES BELEN PUERTAS D.N.I. Nº 36.681.964, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 1er. año, 2do. año y 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 259 “Vicedirector Jesús Toribio Lucero”, de la localidad de Leandro N. Alem, departamento Ayacucho.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23009-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11100154/25, por el cual tramita la renuncia de la docente NANCY HAYDEE DI CRISTOFANO, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1456636/25 y ACTPAS 1626520/25, obra nota de renuncia por jubilación de la docente NANCY HAYDEE DI CRISTOFANO, D.N.I. N° 20.335.404, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nro. 4018-MC-2004, 4302-MHP-2008 de titularización y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1626529/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de diciembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente NANCY HAYDEE DI CRISTOFANO, D.N.I. N° 20.335.404, en UN (1) cargo titular de Maestra Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primario, DIEZ (10) horas cátedra titulares de Educación Física (4hs. en 1er. año 1ra. división, 3hs. en 2do. año 2da. división y 3hs. en 4to. 1ra. división), Nivel de Educación Secundario, en la Escuela Asistencial N° 36 “Gobernador Carlos Alric” y UN (1) cargo titular de Maestra Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primario, en la Escuela Nº 43 “Doctor Tomás Jofré”, ambos establecimientos educativos, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23010-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10211118/24, por el cual tramita la designación del docente OSCAR FRANCO GABRIEL STAMPANONI, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 5739-ME-2022 y 9813-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, al docente OSCAR FRANCO GABRIEL STAMPANONI, D.N.I. Nº 20.414.333, en DOS (2) horas cátedra de Educación Tecnológica, en 5to. año 2da. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3625991/25, DOCEXT 3655628/25 y DOCEXT 1463771/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 17 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 17 de octubre de 2025, al docente OSCAR FRANCO GABRIEL STAMPANONI, D.N.I. Nº 20.414.333, en DOS (2) horas cátedra de Educación Tecnológica, en 5to. año 2da. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23011-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11121103/25, por el cual tramita la designación de la docente JESICA PAOLA CARRANZA CLAVERO; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 22 “Historiador Urbano Joaquín Núñez”, de la localidad de Fraga, departamento Coronel Pringles, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular GABRIELA ALEJANDRA MALAVASI, según Resolución N° 4270-DRRHH-2025, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente JESICA PAOLA CARRANZA CLAVERO, D.N.I Nº 36.050.875, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;

Que en acts. DOCEXT 3648213/25, DOCEXT 3652007/25 y DOCEXT 1464655/25 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 4 de noviembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 4 de noviembre de 2025 y hasta el 19 de diciembre de 2025, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular GABRIELA ALEJANDRA MALAVASI, a la docente JESICA PAOLA CARRANZA CLAVERO, D.N.I Nº 36.050.875, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en el Centro Educativo N° 22 “Historiador Urbano Joaquín Núñez”, de la localidad de Fraga, departamento Coronel Pringles.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23012-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10230780/25, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 434 “Nuevos Desafios” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente CAMILA DAIANA BIONDI, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3628071/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente CAMILA DAIANA BIONDI D.N.I. Nº 39.630.239, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular MARIA DE LOS ANGELES TREJO, según Decreto Nº 19580-ME-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 15 de octubre de 2025, de la docente CAMILA DAIANA BIONDI D.N.I. Nº 39.630.239, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 434 “Nuevos Desafíos” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23013-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10170762/25, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 7 “Geólogo Román Guiñazú” de la localidad de La Calera, departamento Belgrano, gestiona el cambio de situación de revista del docente JOSE MATIAS GARRO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3623013/25, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente JOSE MATIAS GARRO D.N.I. Nº 29.621.566, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular SERGIO NELSON CASAS, según Decreto Nº 16581-MHIP-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de mayo de 2025, del docente JOSE MATIAS GARRO D.N.I. Nº 29.621.566, de suplente a interino, en CUATRO (4) horas cátedra de Estudios de Suelo en 7mo. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 7 “Geólogo Román Guiñazú” de la localidad de La Calera, departamento Belgrano.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23014-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11270559/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3659804/25, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente suplente, MARIANA ISABEL CUELLO, D.N.I. N° 41.721.742, formulario de cese, copia del Decreto de designación N° 3235-MHIP-2024, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L. de dicha docente;

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela de Jornada Completa N° 448 “Paula Albarracín de Sarmiento”, de la localidad de Batavia, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, ROSARIO FERNANDEZ, según Decreto N° 21163-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, MARIANA ISABEL CUELLO, D.N.I. N° 41.721.742, en UN (1) cargo de Maestra de Grado Jornada Completa, Nivel de Educación Primaria;

Que en act. DOCEXT 3659804/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 26 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia por razones particulares, a partir del 25 de noviembre de 2025, a la docente suplente MARIANA ISABEL CUELLO, D.N.I. Nº 41.721.742, en UN (1) cargo de Maestra de Grado Jornada Completa, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela de Jornada Completa N° 440 “Sarmiento”, de la localidad de Fortín El Patria, departamento Gobernador Dupuy.-

Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificado por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de noviembre de 2025, a la docente MARIANA ISABEL CUELLO, D.N.I. N° 41.721.742, en UN (1) cargo de Maestra de Grado Jornada Completa, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela de Jornada Completa N° 448 “Paula Albarracín de Sarmiento”, de la localidad de Batavia, departamento Gobernador Dupuy.-

Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente. -

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23015-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11030874/25, por el cual tramita la designación de la docente ROMINA NOELIA LUNA, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 259 “Vicedirector Jesús Toribio Lucero”, de la localidad de Leandro N. Alem, departamento Ayacucho, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina, MARIA BELEN HORAK QUIROGA, según Decreto N° 19989-MHIP-2025, se torna necesario designar, a la docente ROMINA NOELIA LUNA, D.N.I. Nº 34.354.602, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 1er. año, 2do. año y 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3638271/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 24 de octubre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificados por Ley Nº V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, desde el 24 de octubre de 2025, a la docente ROMINA NOELIA LUNA, D.N.I. Nº 34.354.602, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 1er. año, 2do. año y 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 259 “Vicedirector Jesús Toribio Lucero”, de la localidad de Leandro N. Alem, departamento Ayacucho.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23016-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10230799/25, por el cual tramita la designación de la docente RITA BETIANA FERNANDEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente interina, ALICIA MARIA DE LOS ANGELES SILVESTRO, según Decreto N° 17653-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, RITA BETIANA FERNANDEZ, D.N.I. Nº 32.288.200, en TRES (3) horas cátedra de Administración en 5to. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3628104/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 17 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificado por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 17 de octubre de 2025, a la docente RITA BETIANA FERNANDEZ, D.N.I. Nº 32.288.200, en TRES (3) horas cátedra de Administración en 5to. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23017-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11260307/25, por el cual tramita la designación de la docente NIMIA LUZ NASIF, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 50 “Eulalio Astudillo”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular, BEATRIZ DEL VALLE NIEVAS, según Decreto N° 19100-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente NIMIA LUZ NASIF, D.N.I. Nº 35.764.887, en TRES (3) horas cátedra de Introducción al Conocimiento Científico en 4to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3658066/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificados por Ley Nº V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, desde el 26 de noviembre de 2025, a la docente NIMIA LUZ NASIF, D.N.I. Nº 35.764.887, en TRES (3) horas cátedra de Introducción al Conocimiento Científico en 4to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 50 “Eulalio Astudillo”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23018-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11110241/25, por el cual tramita la designación de la docente MIRTA GLADI SECCHI, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 113 “Juan Agustín Ortiz Estrada”, de la localidad de Saladillo, departamento Coronel Pringles, con motivo de la sanción de Cesantía del docente interino, CLAUDIO FABIAN LEONARHDT, D.N.I. N° 31.907.059, según Decreto N° 18843-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente MIRTA GLADI SECCHI, D.N.I. Nº 20.134.887, en OCHO (8) hs. catedra de Matemática, 3 hs. en 1er. año única división, 3 hs. en 2do. año única división y 2 hs. en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3646141/25 y 1458476/25, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 05 de noviembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de noviembre de 2025, a la docente MIRTA GLADI SECCHI, D.N.I. Nº 20.134.887, en OCHO (8) hs. catedra de Matemática, 3 hs. en 1er. año única división, 3 hs. en 2do. año única división y 2 hs. en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 113 “Juan Agustín Ortiz Estrada”, de la localidad de Saladillo, departamento Coronel Pringles.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23019-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10141027/25, por el cual tramita la designación de la docente MARIA DE LOS ANGELES CASIVA ROMERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela de Nivel Inicial N° 22 “Un Mundo de Sueños”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por razones de salud, de la docente titular YAMILE CAROLINA IGLESIAS, según Resolución N° 3819-DRRHH-2025, se torna necesario designar a la docente MARIA DE LOS ANGELES CASIVA ROMERO, D.N.I. Nº 41.297.573, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Educación Física, Nivel de Educación Inicial;

Que en acts. DOCEXT 3619196/25 y 1455322/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 13 de octubre de 2025 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2025, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular YAMILE CAROLINA IGLESIAS, a la docente MARIA DE LOS ANGELES CASIVA ROMERO, D.N.I. Nº 41.297.573, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Educación Física, Nivel de Educación Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 22 “Un Mundo de Sueños”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23020-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10131249/25, por el cual tramita la designación de la docente GABRIELA NATALIA ALANIZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, EDGAR ALBERTO POLETTI, según Decreto N° 18466-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente GABRIELA NATALIA ALANIZ, D.N.I. Nº 27.907.276, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3618073/25 y DOCEXT 1455206/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 08 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 08 de octubre de 2025 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente GABRIELA NATALIA ALANIZ, D.N.I. Nº 27.907.276, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23021-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10131276/25, por el cual tramita la designación del docente JUAN ALBERTO BALES, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, EDGAR ALBERTO POLETTI, según Decreto N° 18466-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino, al docente JUAN ALBERTO BALES, D.N.I. Nº 35.132.181, en CUATRO (4) horas cátedra de Estadística, en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3618078/25 y DOCEXT 1455230/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 08 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 08 de octubre de 2025, al docente JUAN ALBERTO BALES, D.N.I. Nº 35.132.181, en CUATRO (4) horas cátedra de Estadística, en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23022-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11061154/25, por el cual tramita la designación del docente DIEGO RAUL ZARATE, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, SILVIA NANCY QUIÑONEZ, según Decreto N° 17503-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino al docente, DIEGO RAUL ZARATE, D.N.I. Nº 33.233.858, en DOS (2) horas cátedra de Psicología Laboral en 5to. año 4ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3642947/25, ACTPAS 1623656/25 y 1629562/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 4 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificado por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 4 de noviembre de 2025, al docente DIEGO RAUL ZARATE, D.N.I. Nº 33.233.858, en DOS (2) horas cátedra de Psicología Laboral en 5to. año 4ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23023-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11121121/25, por el cual tramita la designación de la docente NOELIA GISELA COLLADO, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 23 “Umberto Rodríguez Saa”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina VIRGINIA YAMILA ARAMBURU, D.N.I. N° 33.526.136, según Decreto N° 17893-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente NOELIA GISELA COLLADO, D.N.I. Nº 33.888.408, en CINCO (5) hs. cátedra de Lengua en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3648264/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de noviembre de 2025, a la docente NOELIA GISELA COLLADO, D.N.I. Nº 33.888.408, en CINCO (5) hs. cátedra de Lengua en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 23 “Umberto Rodríguez Saa”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23024-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10150641/25, por el cual tramita la designación del docente CARLOS ALBERTO BONINO, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 10 “Ramiro Podetti”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley Nº XV-0387-2004, Registro Nº 0073-DRH-2023, de la docente interina SILVINA GABRIELA SAHARREA, se torna necesario designar al docente CARLOS ALBERTO BONINO, D.N.I. Nº 33.430.966, en UN (1) cargo de Preceptor, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3620124/25, 3631318/25, 3647667/25 y 1461882/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado, acta de nacimiento y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 15 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto Nº 704-SGG-2023 ratificado por Ley Nº V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP- 2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 15 de octubre de 2025 y hasta el 01 de marzo de 2025, al docente CARLOS ALBERTO BONINO, D.N.I. Nº 33.430.966, en UN (1) cargo de Preceptor, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel de Secundario, en el Centro Educativo Nº 10 “Ramiro Podetti”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23025-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11030103/25, por el cual tramita la designación del docente MARIO ALBERTO CANAVIRI, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 240 “Provincia de Corrientes”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, ROSALINA GIODA, según Decreto N° 19428-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino al docente, MARIO ALBERTO CANAVIRI, D.N.I. Nº 34.011.055, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3638563/25 y ACTPAS 1625475/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 3 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificado por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 3 de noviembre de 2025, al docente MARIO ALBERTO CANAVIRI, D.N.I. Nº 34.011.055, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 240 “Provincia de Corrientes”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23026-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11070154/25, por el cual se tramita la renuncia de la docente NORMA BEATRIZ PALAVECINO, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1456006/25 y ACTPAS 1626514/25, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente NORMA BEATRIZ PALAVECINO, D.N.I. Nº 18.425.304, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del decreto N° 3849-MHyOP-2014, de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1626517/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de diciembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente NORMA BEATRIZ PALAVECINO, D.N.I. Nº 18.425.304, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 37 “Juan Bautista Alberdi”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23027-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11130205/25, por el cual tramita la designación del docente RENZO DARIO QUIROGA LEIVA; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Secundaria de Arte N° 2 “Nicolás Antonio de San Luis”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente interina GISELA SFRISO, según Resolución N° 4334-DRRHH-2025, se torna necesario designar con carácter suplente, al docente RENZO DARIO QUIROGA LEIVA, D.N.I Nº 41.298.412, en TRES (3) horas cátedra de Taller de Instrumentos I - Piano, en 4to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3648598/25, DOCEXT 3652586/25 y DOCEXT 1465503/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 12 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 12 de noviembre de 2025 y hasta el 19 de diciembre de 2025, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente interina GISELA SFRISO, al docente RENZO DARIO QUIROGA LEIVA, D.N.I Nº 41.298.412, en TRES (3) horas cátedra de Taller de Instrumentos I - Piano, en 4to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Secundaria de Arte N° 2 “Nicolás Antonio de San Luis”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23028-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10060496/25, por el cual tramita la renuncia de la señora SILVIA PATRICIA BUSTOS, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts DOCEXT 1437021/25 y ACTPAS 1609136/25, obra nota de renuncia por jubilación de la señora, SILVIA PATRICIA BUSTOS, D.N.I. N° 18.419.344, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 3660-MHP-2008 de titularización, 6468-MHP-2020 de Beneficio de Pasividad Voluntaria Anticipada, 533-MS/SEMAyR-1993 de Homologación y fotocopia D.N.I. de dicha señora;

Que en act. ACTPAS 1609135/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de octubre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de octubre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la señora SILVIA PATRICIA BUSTOS, D.N.I. N° 18.419.344, en UN (1) cargo titular Escalafón General Categoría A, Planta Permanente, dependiente del Ministerio de Salud y UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primario, en la Escuela N° 50 “Eulalio Astudillo”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Lucia Teresa Nigra

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23029-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11260024/25, por el cual tramita la designación de la docente FERNANDA LIS VIDELA; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular e interina, ADA RAQUEL SANDOVAL, según Resolución Nº 4237-DRRHH-2025, se torna necesario designar a la docente, FERNANDA LIS VIDELA, D.N.I. N° 29.813.424, en DOS (2) horas cátedra de Astronomía, en 5to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3657534/25 y ACTPAS 1628721/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 6 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificado por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 6 de noviembre de 2025 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente FERNANDA LIS VIDELA, D.N.I. N° 29.813.424, en DOS (2) horas cátedra de Astronomía, en 5to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23030-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10090165/25 y acumulado EXD-0000-10080791/25, por el cual tramita la renuncia y designación de la docente FABIANA BELEN NIETO; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3614310/25, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente designada con carácter excepcional, FABIANA BELEN NIETO, D.N.I. Nº 34.837.869, formulario de cese, copia del Decreto de designación Nº 14494-MHIP-2025, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L., de dicha docente;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 12 “Tomasa Garraza de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular ROSA INES DEOLINDA PEDERNERA, según Resolución N° 3743-DRRHH-2025, se torna necesario designar a la docente FABIANA BELEN NIETO, D.N.I. Nº 34.837.869, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3614964/25 y DOCEXT 1462563/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 7 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 7 de octubre de 2025, la renuncia por razones particulares, de la docente designada con carácter excepcional, FABIANA BELEN NIETO, D.N.I. Nº 34.837.869, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 11 “2 de Abril” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 3º.- Designar con carácter suplente, a partir del 7 de octubre de 2025 e inter dure la licencia por razones de salud de la docente titular ROSA INES DEOLINDA PEDERNERA, a la docente FABIANA BELEN NIETO, D.N.I. Nº 34.837.869, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 12 “Tomasa Garraza de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23031-MHIP-2025.-

San Luis, 4 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11100947/25, por el cual tramita la renuncia de la docente MARIA ALEJANDRA GARCIA, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts DOCEXT 1457166/25 y ACTPAS 1626534/25, obra nota de renuncia por jubilación de la docente MARIA ALEJANDRA GARCIA, D.N.I. N° 16.868.344, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nro. 6176-MHP-2023 de cambio de situación de revista y fotocopia D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1626538/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de diciembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARIA ALEJANDRA GARCIA, D.N.I. N° 16.868.344, en DIECIOCHO (18) horas cátedra internas de Tecnología (3 hs. en 1er. año 1ra. división, 3 hs. en 1er. año 2da. división, 3 hs. en 2do. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 2da. división, 3 hs. en 3er. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división), Nivel de Educación Secundario, en la Escuela N° 40 “Doctor Ricardo Rojas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23086-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10290909/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente TERESA DEL CARMEN FERNANDEZ, D.N.I. Nº 16.499.329; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1451472/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 424865/25, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 425439/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 22 de octubre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente TERESA DEL CARMEN FERNANDEZ, D.N.I. Nº 16.499.329 - Escalafón General – Categoría E - Planta Contratada - de la Escuela N° 114 “Doctor Ricardo Gutiérrez” de la localidad de La Toma, departamento Coronel Pringles, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 22 de octubre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-

Art. 2º.- Notificar a la señora Teresa del Carmen Fernández, por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23092-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-7290558/25, por el cual el Ente San Luis Agua, tramita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma es para la “COMPRA DE INDUMENTARIA DESTINADA AL PERSONAL DEL ENTE SAN LUIS AGUA”;

Que en act. ACTPAS 1586879/25 obra Pliego General Único y Particular de Bases y Condiciones;

Que la contratación cuenta con un presupuesto oficial de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($120.950.000,00) – I.V.A. incluido;

Que se establece un plazo de entrega de treinta (30) días corridos;

Que en act. ACTPAS 1599002/25 Dirección Jurídica manifiesta que no tiene objeción legal alguna para la continuidad del trámite;

Que en act. CERFYR 1427022/25 la Dirección de Finanzas y Recursos certifica que el Ente San Luis Agua cuenta con fondos suficientes en la cuenta corriente radicada en el Banco de la Nación Argentina, para la compra de indumentaria tramitada;

Que en act. NOTAMP 920059/25 toma intervención Contaduría General e indica que corresponde el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el llamado a Licitación Pública;

Que en act. DICFIS 160140/25 obra Dictamen de Fiscalía de Estado que recomienda proceder al dictado del acto administrativo mediante el cual se apruebe la documentación licitatoria, se autorice el llamado a Licitación Pública a cuyo fin deberán efectuarse las publicaciones de ley, todo ello conforme lo dispuesto por el Art. 97° inc. a) de la Ley VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 97 inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013.

Art.2º.- Aprobar el pliego General Único y Particular de Bases y Condiciones elaborado por el Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, obrante en act. ACTPAS 1586879/25, para contratar la COMPRA DE INDUMENTARIA DESTINADA AL PERSONAL DEL ENTE SAN LUIS AGUA.

Art. 3º.- Autorizar al Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a efectuar el llamado a Licitación Pública para la adquisición a que se hace referencia en el Art. 2º, por un presupuesto oficial de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($120.950.000,00) – I.V.A. incluido, y un plazo de entrega de TREINTA (30) días corridos.

Art. 4º.- La erogación que demande la contratación de la adquisición mencionada en el Art. 2º, se efectivizará con fondos del Ente San Luis Agua.

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.

Art. 6º.- Efectuar la publicación de los edictos con los enunciados en la forma y por los términos de Ley.

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Finanzas y Recursos, y Ente San Luis Agua.

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23093-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11180744/25, por el cual la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita la homologación de Contrato de Servicios; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1626637/25, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, representado por la Dra. LAURA GISELA GIUMELLI, D.N.I. Nº 16.392.778, por una parte y por la otra la señora ERICA ADRIANA CASTRO, D.N.I. Nº 35.916.512, para prestar servicios en Mesa de Entradas y Despacho, atención al público, derivación y seguimientos de expedientes, notificaciones y toda otra tarea que se crea conveniente en el ámbito de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica;

Que en la cláusula segunda se establece la vigencia contrato y en la cláusula tercera el monto a percibir;

Que en act. PREVFT 11172353/25, obra imputación preventiva del presupuesto año 2026;

Que en act. ACTPAS 1629284/25, obra dictamen de la Dirección Jurídica dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 940830/25 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, señalando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y se exceptúe de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 13861-MHIP-2024;

Que en act. DICFIS 164053/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 8-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 13861-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, representada por la Dra. LAURA GISELA GIUMELLI, D.N.I. Nº 16.392.778, por una parte y por la otra la señora ERICA ADRIANA CASTRO, D.N.I. Nº 35.916.512, obrante en act. ACTPAS 1626637/25 del EXD-0000-11180744/25.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto año 2026:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

3 11 00 02 01 00 00 01 2 02 00 3 4 6 000 $2.835.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Comisión Reguladora de Energía Eléctrica y notificar a la señora Érica Adriana Castro.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23094-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11280204/25, por el cual tramita la designación del docente ANIBAL NOE GARRO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 28 “Doctor René Favaloro”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud, de la docente titular ANDREA DELIA BALLERINO, según Resolución N° 4387-DRRHH-2025, se torna necesario designar al docente ANIBAL NOE GARRO, D.N.I. Nº 36.415.605, en NUEVE (9) horas catedra de Historia, 3 hs. en 4to. año 1ra. división, 3 hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3660921/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 27 de noviembre de 2025 y hasta la finalización del ciclo lectivo vigente, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular, ANDREA DELIA BALLERINO, al docente ANIBAL NOE GARRO, D.N.I. Nº 36.415.605, en NUEVE (9) horas catedra de Historia, 3 hs. en 4to. año 1ra. división, 3 hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 28 “Doctor René Favaloro”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23095-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11201332/25, por el cual tramita la designación de la docente YESICA MARA CAMPANELLA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 313 “Rosario Mercedes Simón” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes, del docente titular LUCAS MARIANO SUAREZ, concedida por Resolución Nº 3097-DRH-2025, se torna necesario designar a la docente YESICA MARA CAMPANELLA, D.N.I. Nº 33.702.669, en TRES (3) horas cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo en 6to. año 2da. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3655843/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 02 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 02 de octubre de 2025 y hasta el 23 de agosto de 2026, en reemplazo del docente titular LUCAS MARIANO SUAREZ, a la docente YESICA MARA CAMPANELLA, D.N.I. Nº 33.702.669, en TRES (3) horas cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo en 6to. año 2da. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 313 “Rosario Mercedes Simón” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23096-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10240489/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por el agente SALVADOR OSVALDO TEMOLI, D.N.I. Nº 11.600.976; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1448075/25 se adjunta renuncia del mencionado agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 424216/25, se adjunta situación de revista;

Que en act. ACTPAS 1617379/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 20 de octubre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el agente SALVADOR OSVALDO TEMOLI, D.N.I. Nº 11.600.976 – Profesional G – Planta Contratado – Carrera Sanitaria Provincial - del Hospital Pediátrico San Luis, dependiente del Ministerio de Salud, a partir del 20 de octubre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria. -

Art. 2º.- Notificar al señor Salvador Osvaldo Temoli, por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretario de Estado de Salud. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Lucia Teresa Nigra

DECRETO Nº 23097-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10131168/25, por el cual tramita la designación de la docente VIVIAN CELESTE GOMEZ MUÑOZ; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 77 “Maestros Puntanos”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente suplente PAULA GIMENA LUCERO, según Resoluciones Nros. 3742-DRRHH-2025 y 4538-DRRHH-2025, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente VIVIAN CELESTE GOMEZ MUÑOZ, D.N.I Nº 35.916.547, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primario;

Que en acts. DOCEXT 3617867/25 y DOCEXT 1459182/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 7 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 7 de octubre de 2025 y hasta el 19 de diciembre de 2025, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente suplente PAULA GIMENA LUCERO, a la docente VIVIAN CELESTE GOMEZ MUÑOZ, D.N.I Nº 35.916.547, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primario, en la Escuela N° 77 “Maestros Puntanos”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23098-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11051271/25, por el cual tramita la designación de la docente TAMARA YAEL FET, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 37 “Ingeniero German Ave Lallemant”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud, de la docente interina MIRIAM ELISABETH VALLES, según Resolución N° 4226-DRRHH-2025, se torna necesario designar a la docente TAMARA YAEL FET, D.N.I. Nº 34.428.580, en DOS (2) horas catedra de Historia, en 4to. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3641804/25 y 1456208/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 04 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 04 de noviembre de 2025 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2025, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente interina MIRIAM ELISABETH VALLES, a la docente TAMARA YAEL FET, D.N.I. Nº 34.428.580, en DOS (2) horas catedra de Historia, en 4to. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 37 “Ingeniero German Ave Lallemant”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23099-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11110706/25, por el cual tramita la designación de la docente LILIANA MARIEL CAMARGO, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la reubicación definitiva de la docente interina SILVINA INES ROBLEDO, D.N.I. N° 31.047.769, según Decreto N° 19247-ME-2025, y por creación según Decreto N° 4255-ME-2022; se torna necesario designar, a la docente LILIANA MARIEL CAMARGO, D.N.I. Nº 21.116.232, en DOS (2) hs. catedra de Biotecnología y Bioética en 5to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Sociales, y TRES (3) hs. cátedra de Economía en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3646800/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 10 de noviembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 10 de noviembre de 2025, a la docente LILIANA MARIEL CAMARGO, D.N.I. Nº 21.116.232, en DOS (2) hs. catedra de Biotecnología y Bioética en 5to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Sociales, y TRES (3) hs. cátedra de Economía en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23100-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11191037/25, por el cual la Dirección de la Escuela de Jornada Completa Nº 444 “Eva Duarte de Perón” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente VIVIANA MARIELA ALVAREZ, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 3654333/25, 3660753/25 y ACTPAS 1630414/25 (Adjuntos), obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente VIVIANA MARIELA ALVAREZ, D.N.I. Nº 28.838.931, de suplente a interino, vacante por la renuncia por ascenso jerárquico de la docente titular, JULIA ADRIANA VERDES, según Decreto Nº 18982-ME-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 12 de noviembre de 2025, de la docente VIVIANA MARIELA ALVAREZ, D.N.I. Nº 28.838.931, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Grado Jornada Completa, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela de Jornada Completa Nº 444 “Eva Duarte de Perón” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23101-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11271273/25, por el cual tramita la designación del docente ROBERTO JAVIER MUÑOZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 313 “Rosario Mercedes Simón” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes, de la docente interina ANABELA KARINA ABIBE, prorrogada por Resolución Nº 3374-DRH-2025, se torna necesario designar al docente ROBERTO JAVIER MUÑOZ, D.N.I. Nº 26.770.406, en DOS (2) horas cátedra de Espacio de Opción Institucional, Perfil Informática, en 6to. año 1ra. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3660497/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 29 de setiembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 29 de setiembre de 2025 y hasta la finalización del ciclo lectivo vigente, en reemplazo de la docente interina ANABELA KARINA ABIBE, al docente ROBERTO JAVIER MUÑOZ, D.N.I. Nº 26.770.406, en DOS (2) horas cátedra de Espacio de Opción Institucional, Perfil Informática, en 6to. año 1ra. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 313 “Rosario Mercedes Simón” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23102-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11121001/25, por el cual tramita la designación de la docente YESICA ELEANA MORIONDO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 33 “Vicente Dupuy”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por ascenso jerárquico de la docente titular, MARCELA MARIELA PONCE, según Decreto Nº 18988-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente YESICA ELEANA MORIONDO, D.N.I. Nº 32.624.672, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura, en 5to. año 1ra. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3648092/25, 3658124/25 y ACTPAS 1629513/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 12 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificado por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 12 de noviembre de 2025, a la docente YESICA ELEANA MORIONDO, D.N.I. Nº 32.624.672, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura, en 5to. año 1ra. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 33 “Vicente Dupuy”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23103-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11141009/24, por el cual tramita la designación de la docente ANDREA FABIOLA AGUILAR OVIEDO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, por cambio de estructura curricular, según Decretos N° 183-ME-2025 y 17479-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente ANDREA FABIOLA AGUILAR OVIEDO, D.N.I. Nº 26.409.748, en CUATRO (4) horas cátedra de Sistema Informático, en 2do. año única división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3650660/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de noviembre de 2025, a la docente ANDREA FABIOLA AGUILAR OVIEDO, D.N.I. Nº 26.409.748, en CUATRO (4) horas cátedra de Sistema Informático, en 2do. año única división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23104-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11110336/25, por el cual tramita la designación de la docente NATALIA LUJAN BENGOLEA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 17 “Hipólito Irigoyen”, de la ciudad de Santa Rosa del Conlara, departamento Junín, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, en el marco de lo establecido en el Art. 100°, de la Ley N° XV- 0387-2004, de la docente titular, DANIELA VANESA CHIRINO, según Resolución Nº 1387-PCH-2022, y renuncia por razones particulares de la docente suplente, MARIA EMILIA CUELLO, según Decreto N° 12305-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente, NATALIA LUJAN BENGOLEA, D.N.I. N° 34.699.995, en TRES (3) horas cátedra Biología, 4to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3646316/25, 3648425/25 y 3655991/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 20 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18 del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 20 de octubre de 2025 e inter dure la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía de la docente titular DANIELA VANESA CHIRINO, a la docente NATALIA LUJAN BENGOLEA, D.N.I. N° 34.699.995, en TRES (3) horas cátedra Biología, 4to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 17 “Hipólito Irigoyen”, de la ciudad de Santa Rosa del Conlara, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23105-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11170506/25, por el cual tramita la designación de la docente LAURA ESTEFANIA NUÑEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida, en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, por cambio de estructura curricular, según Decretos N° 3795-ME-2021 y 4257-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente LAURA ESTEFANIA NUÑEZ, D.N.I. Nº 29.345.032, en OCHO (8) horas cátedra de Lengua Y Literatura, en 2do. año 2da. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3651468/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 05 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de noviembre de 2025, a la docente LAURA ESTEFANIA NUÑEZ, D.N.I. Nº 29.345.032, en OCHO (8) horas cátedra de Lengua Y Literatura, en 2do. año 2da. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23106-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11170718/25, por el cual tramita la designación del docente CARLOS LEONARDO SAFIGUEROA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 33 “Vicente Dupuy”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100° de la Ley N° XV-0387-2004, de la docente titular, MARIA SOLANGE PERSICO, según Resolución N° 1618-DRH-2024 y la renuncia por ascenso jerárquico del docente suplente, GUILLERMO EDUARDO CHACON, mediante Decreto Nº 18988-ME-2025, se torna necesario designar con carácter suplente al docente, CARLOS LEONARDO SAFIGUEROA, D.N.I. N° 27.972.377, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura en 5to. año 2da. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3651628/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 14 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificado por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 14 de noviembre de 2025 e inter dure la licencia por cargo de mayor jerarquía de la docente titular, MARIA SOLANGE PERSICO, al docente CARLOS LEONARDO SAFIGUEROA, D.N.I. N° 27.972.377, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura en 5to. año 2da. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 33 “Vicente Dupuy”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23107-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10160198/25, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 3 “Eva Perón” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente TATIANA SOL RIOS PONCE, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3620950/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente TATIANA SOL RIOS PONCE D.N.I. Nº 32.357.611, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular SANDRA BEATRIZ COMETTO, según Decreto Nº 17195-MHIP-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de agosto de 2025, de la docente TATIANA SOL RIOS PONCE D.N.I. Nº 32.357.611, de suplente a interino, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Física, 3 hs. en 5to. año 2da. división y 3 hs. en 5to. año 3ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 3 “Eva Perón” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23108-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11110558/25, por el cual se tramita la renuncia de la docente SUSANA DEL VALLE LUCERO, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1457677/25 y ACTPAS 1626554/25, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente SUSANA DEL VALLE LUCERO, D.N.I. Nº 20.137.110, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del decreto N° 4551-ME-2024 de titularización y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1626555/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de diciembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente SUSANA DEL VALLE LUCERO, D.N.I. Nº 20.137.110, en UN (1) cargo titular de Directora de Personal Único, en la Escuela N° 171 “Pintor Bladimiro Melgarejo Muñoz”, del paraje Pozo del Molle, departamento Ayacucho.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23109-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11180880/25, por el cual tramita la designación de la docente TANIA BELEN CORREA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 6 “General San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por accidente de trabajo, de la docente titular YENY EVANGELINA YURCHAG SANTANDER, según Resolución N° 4704-DRRHH-2025, se torna necesario designar a la docente TANIA BELEN CORREA, D.N.I. Nº 38.355.908, en TRES (3) horas catedra de Taller de Granja, en 3er. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3653170/25, 3656563/25 y 3658559/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de noviembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 14 de noviembre de 2025 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2025, con motivo de la licencia por accidente de trabajo de la docente titular YENY EVANGELINA YURCHAG SANTANDER, a la docente TANIA BELEN CORREA, D.N.I. Nº 38.355.908, en TRES (3) horas catedra de Taller de Granja, en 3er. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 6 “General San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23110-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10231229/25, por el cual tramita la designación de la docente JESSICA JOHANA CORIA ZALAZAR, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 10 “Martin Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina ANDREA ILEANA DUTRUS, D.N.I. N° 25.842.447, según Decreto N° 19048-MHIP-2025, se torna necesario designar, a la docente JESSICA JOHANA CORIA ZALAZAR, D.N.I. Nº 32.723.611, en DOS (2) hs. cátedra de Geografía en 2do. año 1ra. división, Sector Informático, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3628532/25 y 3658983/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 20 de octubre de 2025, a la docente JESSICA JOHANA CORIA ZALAZAR, D.N.I. Nº 32.723.611, en DOS (2) hs. cátedra de Geografía en 2do. año 1ra. división, Sector Informático, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 10 “Martin Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23111-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10090853/25, por el cual tramita la renuncia y designación de la docente MARISA CAROLINA AGÜERO MOYANO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3615794/25, obra: nota de renuncia por razones particulares, de la docente suplente MARISA CAROLINA AGÜERO MOYANO, D.N.I. Nº 22.543.319, formulario de cese, copia del Decreto de designación Nº 11509-MHIP-2024, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L., de dicha docente;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5261-ME-2021, 3223-ME-2022, 5739-ME-2022 y 116545-ME-2024, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MARISA CAROLINA AGÜERO MOYANO, D.N.I. Nº 22.543.319, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en TRES (3) horas cátedra de Geografía Ambiental, en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales y en CUATRO (4) horas cátedra de Ambiente y Desarrollo Social, en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3615794/25 (Adjuntos), 3615808/25 1442329/25 (Adjuntos) y DOCEXT 1462469/25, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 02 de septiembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 02 de septiembre de 2025, la renuncia por razones particulares, de la docente suplente MARISA CAROLINA AGÜERO MOYANO, D.N.I. Nº 22.543.319, en DOS (2) horas cátedra de Geografía, en 3er. año 1ra. división y TRES (3) horas cátedra de Geografía de San Luis, en 4to. año 2da. división, ambas corresponden al Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 4 “Fray Luis Beltrán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto 10443-MHIP-2024.-

Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 02 de septiembre de 2025, a la docente MARISA CAROLINA AGÜERO MOYANO, D.N.I. Nº 22.543.319, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en TRES (3) horas cátedra de Geografía Ambiental, en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales y en CUATRO (4) horas cátedra de Ambiente y Desarrollo Social, en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria en el Centro Educativo N° 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23112-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11040597/25, por el cual tramita la renuncia de la docente PATRICIA ALEJANDRA AVILA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1454049/25, 1455469/25 y ACTPAS 1621682/25, obra nota de renuncia por jubilación de la docente PATRICIA ALEJANDRA AVILA, D.N.I. N° 18.206.006, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. y fotocopia D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1621690/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1de noviembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de noviembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente PATRICIA ALEJANDRA AVILA, D.N.I. N° 18.206.006, en DOS (2) horas cátedra interinas de Formación para la Vida y el Trabajo en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, SEIS (6) horas cátedra interinas de Educación Tecnológica (3 hs. en 5to. año 3ra. división y 3 hs. en 5to. año 4ta. división), Orientación Economía y Administración, TRES (3) horas cátedra interinas de Administración en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración y UNA (1) hora cátedra interna de Tutoría, Nivel de Educación Secundario, en el Colegio N° 11 “Benito Juárez”, CUATRO (4) horas cátedra interinas de Economía II en 6to. año 1ra. división, CINCO (5) horas cátedra interinas de Matemática en 1er. año 4ta. división, Técnico en Electrónica, CUATRO (4) horas cátedra interinas de Organización y Gestión en 6to. año 2da. división, Técnico en Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el Centro Educativo N° 20 “Juan Wenceslao Gez”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23113-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11050340/25, por el cual se tramita la renuncia del docente JORGE DANIEL PARDO, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1454593/25, y ACTPAS 1623403/25, obra: nota de renuncia por jubilación del docente JORGE DANIEL PARDO, D.N.I. N° 17.247.807, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 2586-ME-2011, 2742-ME-2014, de reubicación, 2164-ME-2023, de reubicación definitiva y fotocopia de D.N.I. del docente;

Que en act. ACTPAS 1623401/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de noviembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de noviembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por el docente JORGE DANIEL PARDO, D.N.I. N° 17.247.807, en CUATRO (4) horas cátedra titulares de Física, (2 hs. en 3er. año 1ra. división, 2 hs. en 3er. año 2da. división), VEINTIDOS (22) horas cátedra titulares de Matemática, (4 hs. en 6to. año 1ra división, 4 hs. en 4to. año 1ra. división, 4 hs. en 5to. año 1ra división, 5 hs. en 3er. año 1ra. división, 5 hs. en 3er. año 2da. división), CUATRO (4) horas cátedra titulares de Matemática Aplicada en 7mo. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 3 “Eva Duarte de Perón”, CINCO (5) horas cátedra titulares de Matemática en 2do. año 3ra. división, CUATRO (4) horas cátedra titulares de Matemática II en 5to. año única división, UNA (1) hora cátedra titular de Institucional, Nivel de Educación Secundario , en la Escuela N° 176 “Nélida Ester Pérez de Ferrer”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23114-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10170848/25, por el cual se tramita la renuncia de la docente GRISELDA POLLACCHI, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1444628/25 y ACTPAS 1613613/25, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente GRISELDA POLLACCHI, D.N.I. Nº 17.047.855, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 4301-MC-2004, de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1618325/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de noviembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de noviembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente GRISELDA POLLACCHI, D.N.I. Nº 17.047.855, en UN (1) cargo titular de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 2 “Remedios Escalada de San Martín”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23115-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11120573/25, por el cual tramita la designación del docente YAMIL JONATHAN TORRES; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 1 “Elena Ossola de Horas”, de la localidad de Naschel, departamento Chacabuco, con motivo de la licencia por accidente de trabajo del docente suplente ALDO JAVIER BARROSO, según Resolución N° 4326-DRRHH-2025, se torna necesario designar con carácter suplente, al docente YAMIL JONATHAN TORRES, D.N.I Nº 32.646.550, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 2do. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión y CINCO (5) horas cátedra de Educación Física, 2 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 4to. año 3ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3647785/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 6 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 6 de noviembre de 2025 y hasta el 19 de diciembre de 2025, con motivo de la licencia por accidente de trabajo del docente suplente ALDO JAVIER BARROSO, al docente YAMIL JONATHAN TORRES, D.N.I Nº 32.646.550, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 2do. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión y CINCO (5) horas cátedra de Educación Física, 2 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 4to. año 3ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 1 “Elena Ossola de Horas”, de la localidad de Naschel, departamento Chacabuco.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23116-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10210575/25, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 113 “Juan Agustín Ortiz Estrada” de la localidad de Saladillo, departamento Coronel Pringles, gestiona el cambio de situación de revista de la docente GABRIELA ANALIA MUÑOZ, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3625298/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente GABRIELA ANALIA MUÑOZ D.N.I. Nº 27.907.322, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular INES ILIANA CARGNELUTTI, según Decreto Nº 8599-MHIP-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 25 de febrero de 2025, de la docente GABRIELA ANALIA MUÑOZ, D.N.I. Nº 27.907.322, de suplente a interina, en OCHO (8) horas cátedra de Lengua Extranjera, Inglés, 2 hs. en 1er. año única división, 3 hs. en 2do. año única división y 3 hs. en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 113 “Juan Agustín Ortiz Estrada” de la localidad de Saladillo, departamento Coronel Pringles.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23117-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11180875/25, por el cual tramita la designación del docente AGUSTIN JOSE GIRO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 6 “General San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por accidente de trabajo, de la docente titular YENY EVANGELINA YURCHAG SANTANDER, según Resolución N° 4704-DRRHH-2025, se torna necesario designar al docente AGUSTIN JOSE GIRO, D.N.I. Nº 29.042.019, en TRES (3) horas catedra de Maquinaria, en 5to. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3653158/25 y 1463824/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 10 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 10 de noviembre de 2025 e inter dure la licencia por accidente de trabajo de la docente titular YENY EVANGELINA YURCHAG SANTANDER, al docente AGUSTIN JOSE GIRO, D.N.I. Nº 29.042.019, en TRES (3) horas catedra de Maquinaria, en 5to. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 6 “General San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23118-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11261217/25, por el cual tramita la designación de la docente NILDA CARINA SANCHEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3658962/25, obra: nota de renuncia de la docente designada con carácter suplente, NILDA CARINA SANCHEZ, D.N.I. Nº 23.889.609, formulario de cese, copia del Decreto de designación Nº 16963-MHIP-2025, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L. de dicha docente;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 12 “Leopoldo Lugones”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, con motivo de renuncia por jubilación del docente titular, RITA CAROLINA CALCAGNI, según Decreto Nº 21334-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente NILDA CARINA SANCHEZ, D.N.I. Nº 23.889.609, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Jornada Completa, Nivel de Educación Primaria;

Que en act. DOCEXT 3658962/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, acta de ofrecimiento del cargo en acto público y aceptación del mismo, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 26 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia, a partir del 26 de noviembre de 2025, a la docente suplente NILDA CARINA SANCHEZ, D.N.I. Nº 23.889.609, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Jornada Completa, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 12 “Leopoldo Lugones”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-

Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18 del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de noviembre de 2025, a la docente NILDA CARINA SANCHEZ, D.N.I. Nº 23.889.609, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Jornada Completa, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 12 “Leopoldo Lugones”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-

Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23119-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10211079/25, por el cual se tramita la renuncia por razones particulares y designación de la docente MARIA DANIELA ROZAS, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1451887/25 y 1453242/25 obra: nota de renuncia definitiva de la docente designada con carácter suplente, MARIA DANIELA ROZAS, D.N.I. Nº 35.764.730, formulario de cese, copia del Decreto de designación Nº 9252-MHP-2023, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L. de dicha docente;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 357 “Máximo Camargo”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, con motivo de renuncia por jubilación, de la docente titular ALICIA ANGELICA GARCES, según Decreto Nº 18145-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente MARIA DANIELA ROZAS, D.N.I. Nº 35.764.730, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educacion Primaria;

Que en act. DOCEXT 3625921/25 y 1459253/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, acta de ofrecimiento del cargo en acto público y aceptación del mismo, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 20 de octubre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia por razones particulares, a partir del 20 de octubre de 2025, presentada por la docente suplente MARIA DANIELA ROZAS, D.N.I. Nº 35.764.730, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 114 “Doctor Ricardo Gutierrez”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-

Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto N°10443-MHIP-2024.-

Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 20 de octubre de 2025, a la docente MARIA DANIELA ROZAS, D.N.I. Nº 35.764.730, en UN (1) cargo Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 357 “Máximo Camargo”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-

Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23120-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9080321/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente CRISTINA GENOVEVA FUNES, D.N.I. Nº 13.721.287; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1418136/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 419723/25, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 421689/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 01 de septiembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente CRISTINA GENOVEVA FUNES, D.N.I. Nº 13.721.287 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente - de la Dirección de Intendencia de Edificios Públicos, dependiente de la Secretaria General de la Gobernación, a partir del 01 de septiembre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria. -

Art. 2º.- Notificar a la señora Cristina Genoveva Funes, por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaria General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Secretaria General de la Gobernación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Romina Andrea Carbonell

DECRETO Nº 23121-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11050686/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por el agente RAMÓN ESTEBAN RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 13.659.626; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1454859/25, se adjunta renuncia del mencionado agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 425244/25, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 425475/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 31 de octubre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el agente RAMÓN ESTEBAN RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 13.659.626 - Escalafón General - Categoría E - Planta Contratado - de la Dirección Infraestructura Social, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, a partir del 31 de octubre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria. -

Art. 2º.- Notificar al señor Ramón Esteban Rodriguez, por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Gustavo Antonio Bertolini

DECRETO Nº 23122-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11040073/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente STELLA MARIS UCELAY, D.N.I. Nº 13.675.188; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1453677/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 425105/25, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 425476/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 21 de octubre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente STELLA MARIS UCELAY, D.N.I. Nº 13.675.188 - Escalafón General – Categoría A - Planta Permanente, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 21 de octubre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-

Art. 2º.- Notificar a la señora Stella Maris Ucelay, por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23123-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10280184/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente LILA INES SOSA, D.N.I. Nº 13.865.261; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1449776/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 424447/25, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 424995/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 24 de octubre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente LILA INES SOSA, D.N.I. Nº 13.865.261 – Auxiliar de 1ra Categoría – Planta Permanente – Convenio Colectivo de Trabajo 122/75 - del Hospital de La Calera, dependiente del Ministerio de Salud, a partir del 24 de octubre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria. -

Art. 2º.- Notificar a la señora Lila Ines Sosa, por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretario de Estado de Salud. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Lucia Teresa Nigra

DECRETO Nº 23124-MHIP-2025.-

San Luis, 5 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11050569/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente MIRTHA BEATRIZ SOSA, D.N.I. Nº 16.424.955; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1454751/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 425231/25, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 425482/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 31 de octubre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente MIRTHA BEATRIZ SOSA, D.N.I. Nº 16.424.955 - Escalafón General - Categoría E - Planta Contratado – de la Dirección Personas Mayores, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano a partir del 31 de octubre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-

Art. 2º.- Notificar a la señora Mirtha Beatriz Sosa, por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Gustavo Antonio Bertolini

DECRETO Nº 23127-MHIP-2025.-

San Luis, 6 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0-3120891/25, por el cual el Ente San Luis Agua, tramita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma es para la “EJECUCIÓN DE OBRA DE PERFORACIÓN EN PUERTA DEL PEJE”;

Que en act. ACTPAS 1601953/25, obra Pliego General de Condiciones;

Que en act. 1595412/25, obra Pliego Particular de Bases y Condiciones;

Que la obra cuenta con un presupuesto oficial de PESOS OCHENTA Y SIETEMILLONES CON 00/100 – I.V.A. incluido ($87.000.000,00);

Que se establece un plazo para la ejecución de TREINTA (30) días corridos;

Que en act. NOTAMP 904725/25 obra Declaración Jurada de administración y posesión del inmueble referido, suscripto por el Señor Presidente del Ente San Luis Agua, Conforme art. 4° Ley VIII-0257-2004;

Que en act. CERFYR 1379393/25 la Dirección de Finanzas y Recursos certifica que el Ente San Luis Agua cuenta con fondos suficientes en la cuenta corriente radicada en el Banco de la Nación Argentina, para la ejecución de la obra tramitada;

Que en act. ACTPAS 1554791/25 ha tomado intervención Dirección Jurídica, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 896138/25 toma intervención Contaduría General e indica que corresponde el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el llamado a Licitación Pública;

Que en act. DICFIS 153354/25 obra Dictamen de Fiscalía de Estado por la cual recomienda proceder al dictado del acto administrativo por el cual se apruebe la documentación licitatoria y se autorice el llamado a licitación pública, todo ello conforme lo dispuesto por el Art. 8 y Art. 12 y ss. de la Ley N° VIII-0257-2004, y su Decreto Reglamentario N° 2185-MP-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los arts. 8,12 y ss. de la Ley N° VIII-0257-2004, y su Decreto Reglamentario N° 2185-MP-2004.-

Art.2º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborado por el Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, obrante en act. ACTPAS1595412/25, para contratar la “EJECUCIÓN DE OBRA DEPERFORACIÓN EN PUERTA DEL PEJE”.-

Art. 3º.- Autorizar al Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a efectuar el llamado a Licitación Pública para contratar la ejecución de la obra a que se hace referencia en el Art. 2º, por un presupuesto oficial de PESOS OCHENTA Y SIETEMILLONES CON 00/100 IVA INCLUIDO ($87.000.000,00), y un plazo de ejecución de TREINTA (30) días corridos.-

Art. 4º.- La erogación que demande la contratación de la obra mencionada en el Art. 2º, se efectivizará con fondos del Ente San Luis Agua.-

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Efectuar la publicación de los edictos con los enunciados en la forma y por los términos de Ley.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Finanzas y Recursos, y al Ente San Luis Agua.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23280-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10210080/25, por el cual la Dirección de la Caja Social y Financiera de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis, tramita el pago de seguro obligatorio titular de once beneficiarios; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS N° 1615920/25, obra nota del Director de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis, por la cual solicita exceptuar del Art. 1. del Decreto N° 13861-MHIP-2024, a los efectos de realizar los pagos que se encuentran pendientes de los Seguros Obligatorios Titulares y Seguro por Cónyuge (seguros de vida) correspondientes a los siguientes asegurados: 1) Stamponi Rosa Hilda, DNI N° 10.521.879; 2) Tejada Olga Isabel, DNI N° 26.369.095; 3) Ojeda Noemi Natalia, DNI N° 28.091.805; 4) Longar Ponce Antonio Roberto, DNI N° 5.266.088; 5) Torres Alberto Abel, DNI N° 18.605.861 y 6) Giulietti Jose Daniel, DNI N° 11.914.257;

Que en acts. DOCEXT 1445567/25, DOCEXT 1445690/25, DOCEXT 1445744/25, DOCEXT 1445783/25, DOCEXT 1445789/25 y DOCEXT 1446199/25, obra documentación referida a los asegurados mencionados;

Que en act. PREV N° 11123317/25 obra la correspondiente imputación presupuestaria exceptuada del duodécimo;

Que en act. ACTPAS N° 1622719/25, obra intervención de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, en virtud de la cual se indica que corresponde el dictado del Acto Administrativo del Poder Ejecutivo que exceptúe el caso de las disposiciones establecidas en el Art. 1º del Decreto N°13861-MHIP-2024, y disponga el pago de los seguros obligatorios titular y seguro por cónyuge a los respectivos beneficiarios indicados en act. ACTPAS N° 1615920/25, encuadrando el caso en las disposiciones del Capítulo II-Riesgos Cubiertos- Art. 6º inc. a) muerte y Capitulo XII- Seguro Adicional por Cónyuge- Arts. 55° y 62°, de la Resolución N° 212-CSSL-86/87, homologada por Decreto N° 2784-MBS-87 y en lo previsto en el Decreto N° 5589-MHyOP-12 y Decreto N°1430-MHP-07 y en lo dispuesto en el Art. 5º inc. b) de la Ley V-0866-2013;

Que en act. NOTAMP 932695/25, obra intervención de Contaduría General de la Provincia de San Luis;

Que en act. DICFIS 163275/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1°.- Encuadrar los presentes casos en las disposiciones del Capítulo II-Riesgos Cubiertos- Art. 6 inc. a) muerte y en las disposiciones del Capitulo XII- Seguro Adicional por Cónyuge- Arts. 55° y 62° de la Resolución N° 212-CSSL-86/87, homologada por Decreto N° 2784-MBS-87, y en lo previsto en el Decreto N° 5589-MHyOP-12 y Decreto N° 1430-MHP-07 y Art. 5 inc. b) de la Ley V-0866-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 13861-MHIP-2024.-

Art.2°.- Hacer lugar al pago del Seguro Obligatorio Titular solicitado por el Sr. Gallardo Stamponi Mauricio Raul, DNI N° 32.012.632, por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL VEINTE CON 00/100 ($134.020,00), por el fallecimiento de la Sra. Stamponi Rosa Hilda, DNI N° 10.521.879, el cual se encontraba amparada en el seguro antes mencionado.-

Art. 3°.- Hacer lugar al pago del Seguro Obligatorio Titular solicitado por los Sres. Jofre Leandro Alejandro, DNI N° 41.298.353 y Jofre Cristian Daniel, DNI N° 39.093.059, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS TREINTA CON 00/100 ($4.312.730,00), por el fallecimiento de la Sra. Tejada Olga Isabel, DNI N° 26.369.095, el cual se encontraba amparada en el seguro antes mencionado.-

Art.4°.- Hacer lugar al pago del Seguro Obligatorio Titular solicitado por el Sr. Toranzo Walter Nahuel, DNI N° 44.218.764, quien cobra por sí mismo y en representación de su hermano menor de edad Ojeda Ignacio Agustín, DNI N° 50.480.263, y por la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS TREINTA CON 00/100 ($4.312.730,00), por el fallecimiento de la Sra. Ojeda Noemi Natalia, DNI N° 28.091.805, el cual se encontraba amparada en el seguro antes mencionado.-

Art.5°.- Hacer lugar al pago del Seguro Obligatorio Titular solicitado por la Sra. Laguens Estela Mercedes, DNI N° 10.261.466, por la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($42.480,00), por el fallecimiento del Sr. Longar Ponce Antonio Roberto, DNI N° 5.266.088, el cual se encontraba amparado en el seguro antes mencionado.-

Art.6°.- Hacer lugar al pago del Seguro Obligatorio Titular solicitado por los Sres. Galvan Medero Gladys Edith, DNI N° 16.673.727, Suarez Maria Concepcion, DNI N° 28.185.000, Torres Anahi Gladys, DNI N° 38.751.147, Aballay Claudia Judith Edith, DNI N° 32.491.328, Aballay Daniela Belen, DNI N° 35.916.191 y Torres Alberto Abel, DNI N° 40.842.632, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS TREINTA CON 00/100 ($4.312.730,00), por el fallecimiento del Sr. TORRES ALBERTO ABEL, DNI N° 18.605.861, el cual se encontraba amparado en el seguro antes mencinado.-

Art.7°.- Hacer lugar al pago del Seguro Adicional por Cónyuge solicitado por la Sra. Rodriguez Maria Antonieta, DNI N° 10.910.793, por la suma de PESOS ONCE MIL CON 00/100 ($11.000,00), por el fallecimiento del Sr. Giulietti Jose Daniel, DNI N° 11.914.257, el cual se encontraba amparado en el seguro antes mencionado.-

Art.8°.- Autorizar a la Dirección de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis a emitir las órdenes de pago a nombre de los siguientes beneficiarios: 1) Gallardo Stamponi Mauricio Raul, DNI N° 32.012.632; 2) Jofre Leandro Alejandro, DNI N° 41.298.353; 3) Jofre Cristian Daniel, DNI N° 39.093.059; 4) Toranzo Walter Nahuel, DNI N° 44.218.764, 5) Laguens Estela Mercedes, DNI N° 10.261.466; 5) Galvan Medero Gladys Edith, DNI N° 16.673.727; 6) Suarez Maria Concepcion, DNI N° 28.185.000; 7) Torres Anahi Gladys, DNI N° 38.751.147; 8) Aballay Claudia Judith Edith, DNI N° 32.491.328; 9) Aballay Daniela Belen, DNI N° 35.916.191; 10) Torres Alberto Abel, DNI N° 40.842.632 y 11) Rodriguez Maria Antonieta, DNI N° 10.910.793.-

Art.9º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

3 11 01 17 00 2-03 5 1 4 $13.125.690,00

Art.10.- Autorizar a Tesorería General de la Provincia para que haga efectivo el pago de los beneficios solicitados, previa intervención de Contaduría General de la Provincia.-

Art.11.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art.12.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la Dirección de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis.-

Art.13.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art.14.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23281-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11261062/25; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. NOTAB 100100926/25, obra nota de la Secretaria de Estado de Actividades Logística, que solicita la creación de una cuenta corriente bancaria oficial en el Banco de la Nación Argentina, con la finalidad de recaudar los fondos que se generaran por la suscripción de contratos entre la misma y empresas privadas;

Que en act. NOTAMP 940700/25, obra intervención de la Subdirección de Bancos y Control de Recursos;

Que en act. DOCEXT 1466200/25, obra documentación de los firmantes;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer la apertura de la cuenta corriente bancaria oficial en el Banco de la Nación Argentina, a denominarse: SECRETARIA ACTIVIDADES LOGISTICAS, la cual quedara autorizada a operar con firma conjunta e indistinta de dos de las siguientes personas:

NOMBRE Y APELLIDO D.N.I. Nº

NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ 25.144.115

MARIA EUGENIA SOSA HERRERA 28.838.484

WALTER DANIEL VALENZUELA 14.362.602

CAROLINA DEL VALLE PELLEGRINI 28.184.655

Art.2º.- Autorizar a la Dirección de Finanzas y Recursos a gestionar ante las autoridades del Banco de la Nación Argentina, lo dispuesto en el Art. 1º del presente Decreto. -

Art.3º.- Hacer saber a: Banco de la Nación Argentina, Secretaria de Estado de Actividades Logisticas, Tesorería General de la Provincia y a la Dirección de Finanzas y Recursos. -

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23282-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11190751/25; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1462792/25 la Dirección de General de Infraestructura Pública, tramita ampliación de partidas presupuestarias destinadas a lo mencionado en dicha actuación;

Que en act. PTPGAS 57505/25, obra planilla de solicitud de transferencia de créditos presupuestarios;

Que en act. RCRE 11175261/25, obra comprobante de reserva de crédito;

Que en act. INFORM 426579/25, obra informe de la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley Nº VIII-0253-2024;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley Nº VIII-0253-2024 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 2° del Decreto N° 2651-MHP-2010.-

Art.2º.- Modificar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:

Ampliar:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Importe

1 11 23 45 28 4-25 4 $300.000.000,00

1 11 23 46 10 1-01 4 $600.000.000,00

1 11 23 48 01 1-01 4 $766.798.450,63

1 11 23 49 03 1-01 4 $7.000.000,00

Disminuir:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Importe

1 11 23 45 07 4-25 4 $300.000.000,00

1 11 23 46 06 1-01 4 $600.022.408,95

1 11 23 49 02 1-01 4 $52.515.359,07

1 11 23 49 04 1-01 4 $200.000.000,00

1 11 23 49 07 1-01 4 $150.000.000,00

1 11 23 49 10 1-01 4 $250.000.000,00

1 11 23 49 11 1-01 4 $121.260.682,61

Art.3º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección de Presupuesto Público y Contaduría General de la Provincia.-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23283-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11180772/25, por el cual la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita la homologación de Contrato de Servicios; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1626640/25, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, representado por la Dra. LAURA GISELA GIUMELLI, D.N.I. Nº 16.392.778, por una parte y por la otra el señor JORGE LUIS IOCCO, D.N.I. Nº 22.852.493, para prestar servicios en el Área Técnica, verificación de anomalías, presenciar constataciones de contrastes de medidores y toda otra tarea que se crea conveniente asignarle, teniendo en cuenta sus conocimientos;

Que en la cláusula segunda se establece la vigencia del contrato y en la cláusula tercera el monto a percibir;

Que en act PREVFT 11172624/25, obra imputación preventiva del ejercicio año 2026;

Que en act. ACTPAS 1629249/25, obra dictamen de la Dirección Jurídica dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 940819/25 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, señalando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y se exceptúe de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 13861-MHIP-2024;

Que en act. DICFIS 164031/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 8-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y se exceptúe de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 13861-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, representada por la Dra. LAURA GISELA GIUMELLI, D.N.I. Nº 16.392.778, por una parte y por la otra el señor JORGE LUIS IOCCO, D.N.I. Nº 22.852.493, obrante en act. ACTPAS 1626640/25 del EXD-0000-11180772/25.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto año 2026:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

3 11 00 02 01 00 00 01 2 02 00 3 4 9 000 $2.835.000.00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Comisión Reguladora de Energía Eléctrica y notificar al señor Jorge Luis Iocco.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 23284-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10150049/25, por el cual tramita la designación de la docente NATALIA CECILIA MARCOS, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 38 “Leonor Matilde Hirsch de Caraballo”, de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino, MARCELO ERNESTO VERSTRAETE, según Decreto N° 17930-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, NATALIA CECILIA MARCOS, D.N.I. N° 32.157.461, en CINCO (5) horas cátedra de Producción Bovina en 6to. año 1ra. división, Especialidad Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3619510/25 y ACTPAS 1613684/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 6 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificado por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 6 de octubre de 2025, a la docente NATALIA CECILIA MARCOS, D.N.I. N° 32.157.461, en CINCO (5) horas cátedra de Producción Bovina en 6to. año 1ra. división, Especialidad Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 38 “Leonor Matilde Hirsch de Caraballo”, de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23285-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10210773/25, por el cual se tramita la renuncia del docente HECTOR ALEJANDRO URQUIZA, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1445976/25 e INFORM 424339/25, obra: nota de renuncia por jubilación del docente HECTOR ALEJANDRO URQUIZA, D.N.I. N° 16.289.674, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 3069-ME-2023 de reubicación definitiva, 9063-MHP-2023, 11285-MHP-2023 de designación y fotocopia de D.N.I. del docente;

Que en act. INFORM 424340/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 17 de octubre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 17 de octubre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por el docente HECTOR ALEJANDRO URQUIZA, D.N.I. N° 16.289.674, en SEIS (6) horas cátedra de Matemática (2 hs. titulares y 4 hs. interinas en 1er. año 1ra. división), Nivel de Educación Secundario, en la Escuela N° 267 “Gobernador Eriberto Mendoza”, de la localidad de Potrero de los Funes, DIEZ (10) horas cátedra interinas de Tecnología de la Información y la Comunicación (5hs. en 1er. año 3ra. división y 5hs. en 2do. año 1ra. división), Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundario, en el Centro Educativo Nivel Secundario N° 2 “Supervisor Raúl Alberto Valdez”, de la ciudad de San Luis, ambos establecimientos educativos del departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23286-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-8271273/25, por el cual tramita la designación de la docente GRISELDA VANESA TURCO, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, con motivo del traslado definitivo de la docente titular NOELIA DEL CARMEN OCHOA, D.N.I. N° 27.669.651, según Decreto N° 8427-ME-2025, rectificado por Decreto N° 16683-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente GRISELDA VANESA TURCO, D.N.I. Nº 30.108.363, en TRES (3) hs. catedra de Lengua Extranjera Inglés en 5to. año única división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3573942/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de junio de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 18 de junio de 2025, a la docente GRISELDA VANESA TURCO, D.N.I. Nº 30.108.363, en TRES (3) hs. catedra de Lengua Extranjera Inglés en 5to. año única división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23287-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10221217/25, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 14 “Dora Ochoa de Masramón” de la localidad de Villa Larca, departamento Chacabuco, gestiona el cambio de situación de revista del docente DANIEL OMAR AGUILERA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3627179/25, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente DANIEL OMAR AGUILERA D.N.I. Nº 29.069.064, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular e interino SERGIO RUBEN MOYANO, según Decreto Nº 5280-MHP-2023;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de junio de 2023, del docente DANIEL OMAR AGUILERA D.N.I. Nº 29.069.064, de suplente a interino, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Física en 1er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 14 “Dora Ochoa de Masramón” de la localidad de Villa Larca, departamento Chacabuco.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23288-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10141079/25, por el cual tramita la designación de la docente BRENDA DAHYANA VILCHES HEREDIA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 98 “Gobernador José Santos Ortiz”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 5739-ME-2022 y 16224-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente BRENDA DAHYANA VILCHES HEREDIA, D.N.I. Nº 35.767.897, en CUATRO (4) horas cátedra de Historia, en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3619288/25 y DOCEXT 1456105/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de septiembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 25 de septiembre de 2025, a la docente BRENDA DAHYANA VILCHES HEREDIA, D.N.I. Nº 35.767.897, en CUATRO (4) horas cátedra de Historia, en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 98 “Gobernador José Santos Ortiz”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23289-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10280678/25, por el cual se tramita la renuncia de la docente MARCELA CAROLA ROJAS, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1450206/25 y ACTPAS 1618474/25, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MARCELA CAROLA ROJAS, D.N.I. Nº 16.778.559, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 2891-MHIP-2025, 4037-MHP-2017, de designación, 6668-ME-2020, 10779-ME-2022, de titularización, 6923-ME-2020, de reubicación definitiva, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 16118482/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de noviembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de noviembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARCELA CAROLA ROJAS, D.N.I. Nº 16.778.559, en OCHO (8) horas cátedra titulares de Administración y Gestión de Recursos Humanos, (4 hs. en 5to. año 2da. división, 4 hs. en 5to. año 3ra. división), Sector Administración y Gestión, SEIS (6) horas cátedra suplentes de Administración, (3 hs. en 5to. año 2da. división, 3 hs. en 5to. año 4ta. división), CUATRO (4) horas cátedra titulares de Teoría y Gestión de las Organizaciones, en 4to. año 5ta. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, CUATRO (4) horas cátedra, carácter excepcional, de Economía en 4to. año 4ta. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, TRES (3) horas cátedra interinas de Formación para la Vida y el Trabajo, en 6to. año 2da. división, CUATRO (4) horas cátedra interinas de Comunicación Institucional y Comunitaria, en 6to. año 2da. división, Orientación en Comunicación, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, todos los establecimientos Educativos de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23290-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10211080/25, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica Nº 14 “Ministro del Superior Tribunal de Justicia Doctor Luis Ángel Luco” de la ciudad de la Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente MARIANA SOLEDAD VILLAFAÑE, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3625922/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente MARIANA SOLEDAD VILLAFAÑE D.N.I. Nº 29.275.798, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente interina SONIA CELESTE PONSSA, según Decreto Nº 17846-MHIP-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 12 de agosto de 2025, de la docente MARIANA SOLEDAD VILLAFAÑE D.N.I. Nº 29.275.798, de suplente a interina, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua en 2do. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 14 “Ministro del Superior Tribunal de Justicia Doctor Luis Ángel Luco” de la ciudad de la Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23291-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11070468/25, por el cual tramita la designación de la docente FATIMA SOLEDAD PANNOCCHIA WANZO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud, de la docente interina MARIA ROXANA RIOS, según Resolución N° 4374-DRRHH-2025, se torna necesario designar a la docente FATIMA SOLEDAD PANNOCCHIA WANZO, D.N.I. Nº 31.518.321, en SEIS (6) horas catedra de Lengua, en 1er. año 4ta. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3643848/25, 3658680/25 y 3660162/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 03 de noviembre de 2025 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2025, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente interina MARIA ROXANA RIOS, a la docente FATIMA SOLEDAD PANNOCCHIA WANZO, D.N.I. Nº 31.518.321, en SEIS (6) horas catedra de Lengua, en 1er. año 4ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23292-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11171021/25, por el cual tramita la designación de la docente ANDREA DANIELA SOSA, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente interina ALEJANDRA MARIA DEL LUJAN VULICH, D.N.I. Nº 18.277.360, según Decreto N° 19689-MHIP-2025, se torna necesario designar, a la docente ANDREA DANIELA SOSA, D.N.I. Nº 24.681.378, en SEIS (6) hs. catedra de Educación Artística -Perfil Danza-, 3 hs. en 1er. año 1ra. división y 3 hs. en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3651958/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 12 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto N° 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 12 de noviembre de 2025, a la docente ANDREA DANIELA SOSA, D.N.I. Nº 24.681.378, en SEIS (6) hs. catedra de Educación Artística -Perfil Danza-, 3 hs. en 1er. año 1ra. división y 3 hs. en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23293-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-9231350/25, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios de la docente CAROLINA MARLENE MOYANO PONCE, y;

CONSIDERANDO:

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 37 “Juan Bautista Alberdi”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por razones de salud, de la docente titular MARIA ELENA GIMENEZ, según Resolución N° 3256-DRRHH-2025, se torna necesario reconocer los servicios prestados por la docente CAROLINA MARLENE MOYANO PONCE, D.N.I. Nº 41.893.080, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3600289/25 y 3600292/25, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de merito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, acta de ofrecimiento del cargo en acto público y aceptación del mismo, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 22 de septiembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados, con carácter suplente, desde el 22 de septiembre de 2025 y hasta el 13 de octubre de 2025, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular MARIA ELENA GIMENEZ, por la docente CAROLINA MARLENE MOYANO PONCE, D.N.I. Nº 41.893.080, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 37 “Juan Bautista Alberdi”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 4º.- Hacer saber: al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23294-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10011082/25, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente ISAIAS EMILIANO SEGURA; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3607901/25, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente ISAIAS EMILIANO SEGURA, D.N.I. Nº 28.091.949, formulario de cese, copia de Decreto de designación N° 5646-MHyOP-2012 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. ACTPAS 1616361/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 29 de septiembre de 2025;

Que en act. INFSUM 179284/25, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 29 de septiembre de 2025, la renuncia por razones particulares presentada por el docente suplente ISAIAS EMILIANO SEGURA, D.N.I. Nº 28.091.949, en NUEVE (9) horas cátedra de Lengua Extranjera - Inglés, 3 hs. en 3er. año 1ra. división, 3 hs. en 3er. año 2da. división y 3 hs. en 2do. año 4ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23295-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10221249/25, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista del docente FRANCISCO DAVID TORRES, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3627261/25, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente FRANCISCO DAVID TORRES D.N.I. Nº 28.960.744, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente interino HUMBERTO GRECO, según Decreto Nº 281-MHIP-2024;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de noviembre de 2023, del docente FRANCISCO DAVID TORRES D.N.I. Nº 28.960.744, de suplente a interino, en CUATRO (4) horas cátedra de Mecánica de Fluidos en 5to. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23296-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10140069/25, por el cual tramita la designación de la docente VALERIA VANESA GARCIA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 152 “Alas Argentinas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 3219-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente VALERIA VANESA GARCIA, D.N.I. Nº 26.467.419, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Tecnológica, 3 hs. en 1er. año 1ra. división y 3 hs. en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3618182/25 y DOCEXT 1458453/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de octubre de 2025, a la docente VALERIA VANESA GARCIA, D.N.I. Nº 26.467.419, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Tecnológica, 3 hs. en 1er. año 1ra. división y 3 hs. en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 152 “Alas Argentinas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23297-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10071271/25, por el cual tramita la designación de la docente YANINA LORENA BARRIOS, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 20 “Antonio Berni”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular, CARLOS ALBERTO MARINI, según Decreto N° 18477-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, YANINA LORENA BARRIOS, D.N.I. N° 26.546.566, en DOS (2) horas cátedra de Química en 3er. año 2da. división, Sector Informático, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3621268/25 y 3652691/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 7 de octubre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por el Decreto N° 704-SGG-2023, ratificado por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 7 de octubre de 2025, a la docente YANINA LORENA BARRIOS, D.N.I. N° 26.546.566, en DOS (2) horas cátedra de Química en 3er. año 2da. división, Sector Informático, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 20 “Antonio Berni”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23298-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-10220755/25, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, gestiona el cambio de situación de revista de la docente MARIA RAQUEL AGÜERO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3626774/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente MARIA RAQUEL AGÜERO, D.N.I. Nº 22.585.193, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular DANIEL OMAR ARCHILLA, según Decreto Nº 12308-MHIP-2024;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de octubre de 2024, de la docente MARIA RAQUEL AGÜERO, D.N.I. Nº 22.585.193, de suplente a interina, en DOS (2) horas cátedra de Educación Artística en 6to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 23299-MHIP-2025.-

San Luis, 10 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-11190882/25, por el cual tramita la renuncia de la docente MARIELA FABIANA LUCERO, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1462708/25 e INFORM 426500/25, obra nota de renuncia por jubilación de la docente MARIELA FABIANA LUCERO, D.N.I. N° 22.852.396, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 879-MHyOP-2012 de traslado definitivo, 6299-ME-2022 de designación/licencia y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. INFORM 426499/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de diciembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARIELA FABIANA LUCERO, D.N.I. N° 22.852.396, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado Especial, en uso de licencia por cargo de mayor jerarquía, Nivel de Educación Primario y UN (1) cargo interno de Secretaria, por compulsa de antecedentes, Nivel de Educación Primario, en la Escuela de Educación Especial N° 9 “A.P.A.D.I.S”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO

SECRETARÍA DE POLÍTICA HABITACIONAL

DECRETO Nº 22174-MDH-SPH-2025.-

San Luis, 2 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-8061062/25, por el cual se tramita la adjudicación de UNA (01) unidad habitacional, correspondiente al “Plan Terminalidad Planes Habitacionales “Progreso y Sueños 2011”, Ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis ha diseñado y sostenido una política habitacional que tiene como objetivo central hacer posible que todos los sanluiseños puedan acceder a su vivienda digna;

Que en el año 2011, en el marco de las políticas públicas de vivienda implementadas, el Gobierno de la Provincia de San Luis, lanzó los planes habitacionales “PROGRESO y SUEÑOS”;

Que mediante Decreto Nº 74-MISyPH-2012, el Gobierno de la provincia de San Luis garantizó a los inscriptos bajo los planes habitacionales “PROGRESO y SUEÑOS” el acceso a la vivienda digna, comprometiéndose a cumplimentar la construcción de las viviendas sociales necesarias y efectivizar la entrega a cada uno de ellos, bajo la normativa vigente;

Que, asumida la presente gestión de gobierno, mediante Resolución Nº 241-MDH-2024 se crea el “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011”, con el objeto de efectivizar el derecho de acceso a la vivienda social;

Que por la referida Resolución y asimismo mediante Resolución Nº 202-MDH-2025, se establecen los requisitos para ser incluidos en el citado Plan y se aprueba la documentación correspondiente de los beneficiarios;

Que mediante Resolución Nº 241-MDH-2024, en su Art. 2º, incs. H e I, quedo establecido el valor de la cuota mensual, la forma de actualización y, el reconocimiento de cuotas canceladas, de la unidad habitacional adjudicada;

Que en act. NOTAMP 933885/25, obra intervención de la Secretaría de Estado de Política habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a los beneficiarios BENITEZ GISELA ANAHI, D.N.I. N° 35.767.727 y HERRERA RICARDO EDUARDO, D.N.I. N° 34.877.699, en el marco del “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011”, en la Ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 369107/25, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, informando la cantidad de cuotas abonadas por los beneficiarios;

Que en act. DOCEXT 368803/25, obra documentación correspondiente de los beneficiarios;

Que en acts. DOCEXT 367440/25 y DOCEXT 367537/25, obra la documentación técnica catastral y registral correspondiente a la vivienda objeto de la adjudicación;

Que en act. DICTAM 100748/25, obra agregado dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, considerando que se podría proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, encuadrando el presente en las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto Reglamentario, y en las Resoluciones N° 241-MDH-2024 y Nº 202-MDH-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Adjudicar UNA (01) unidad habitacional, correspondiente al “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011” en el marco de las Resoluciones N° 241-MDH-2024 y Nº 202-MDH-2025, en la Ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, conforme lo siguiente:

BENEFICIARIO

BARRIO

MANZANA

CASA

BENITEZ GISELA ANAHI, D.N.I. N° 35.767.727

800 VIV.

652

5

HERRERA RICARDO EDUARDO, D.N.I. N° 34.877.699

Art. 2º.- Aprobar el modelo Contrato de Adjudicación que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, autorizando a la Secretaría de Estado de Política Habitacional a suscribir el mismo con el beneficiario individualizado en el artículo precedente.-

Art. 3º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Administración de la Vivienda, Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y a la Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Hugo Rodolfo Rossi

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

ANEXO

SECRETARIA DE ESTADO DE POLITICA HABITACIONAL

CONTRATO DE ADJUDICACIÓN N° 35.767.727 - 34.877.699

Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS con domicilio en Edificio de Descentralización Administrativa “Casa de Gobierno” Autopista Serranías Puntanas, Km. 783, representado en este acto por el Sr. Secretario de Estado de Política Habitacional, HUGO RODOLFO ROSSI, D.N.I. Nº 13.737.607, y por la otra los Sres. BENITEZ GISELA ANAHI, D.N.I. N° 35.767.727, estado civil soltera, y HERRERA RICARDO EDUARDO, D.N.I. N° 34.877.699, estado civil soltero, con domicilio legal en Barrio 800 Viviendas, Manzana 652, Casa 5, de la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, en adelante “EL/LA ADJUDICATARIO/A”, convienen en celebrar el presente Contrato de Adjudicación de una vivienda, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: OBJETO: El PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS adjudica, un inmueble compuesto de terreno y una unidad de vivienda construida en el mismo, que se individualiza como Barrio 800 Viviendas, Manzana 652, Casa 5, de la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis.-

SEGUNDA: PRECIO: EL/LOS ADJUDICATARIOS deberán abonar TRESCIENTAS (300) CUOTAS mensuales y consecutivas de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($184.000,00). Se reconoce que hasta el día de la fecha se han abonado SESENTA Y CINCO (65) cuotas quedando como saldo pendiente la cantidad de DOSCIENTAS TREINTA Y CINCO (235) cuotas. El MONTO de la cuota a abonar a la fecha de entrega de la vivienda es de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($184.000,00). La actualización se efectuará dos (2) veces al año (30 de junio y 31 de diciembre) conforme al Coeficiente de actualización de Evolución del Salario Mínimo Vital y Móvil, que elabora y publica El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil, o el organismo que en el futuro lo sustituya, habiéndose efectuado el primer ajuste el día 31/12/2024.-

TERCERA: MORA EN PAGO DE CUOTAS: La mora se producirá de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por la falta de pago 3 (tres) cuotas consecutivas o 5 (cinco) alternadas. Producida la mora facultará al PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS a la desadjudicación de la vivienda.-

CUARTA: OBLIGACIÓN DE HABITAR: El/LOS ADJUDICATARIO/S deberá/n cumplimentar los términos del presente contrato, debiendo habitar la vivienda en forma efectiva e inmediata desde la entrega de la llave de la misma, conjuntamente con el grupo familiar denunciado y, por el término mínimo de diez (10) años consecutivos o hasta la cancelación de la vivienda. Infringir esta obligación configura una causal de desadjudicación de la vivienda.-

QUINTA: INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento por parte del/los ADJUDICATARIO/S de las obligaciones emergentes del presente contrato y de las leyes vigentes, dará lugar a la inmediata desadjudicación del inmueble y rescisión de este contrato y al desalojo, de ser necesario, forzado, administrativo y/o judicial, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente Ley N° I-0970-2017 o la que en el futuro la reemplace. En caso de producirse la desadjudicación de el/los ADJUDICATARIO/S no tendrá/n derecho a reclamo de las sumas de dinero abonadas ni de las mejoras introducidas en el inmueble, las que se compensarán con el tiempo de ocupación de la vivienda, debiendo restituirla en perfecto estado de conservación al Estado Provincial, imputándose las sumas abonadas en concepto de valor de uso, sin derecho a reclamo alguno sobre las mismas.-

SEXTA: FALSEAMIENTO U OCULTAMIENTO DE DATOS: El falseamiento u ocultamiento de los datos que hubiera servido de base para la adjudicación del inmueble, como aquellos otros que sean proporcionados con posterioridad, ACARREARÁ LA INMEDIATA DESADJUDICACIÓN Y RESCISIÓN DEL CONTRATO, Y EL INICIO DE LAS CORRESPONDIENTES ACCIONES LEGALES, CIVILES, PENALES Y/O ADMINISTRATIVAS.-

SEPTIMA: SEGUROS: El/LOS ADJUDICATARIO/S deberá/n contratar seguro contra incendio de la vivienda adjudicada, quedando librado a su voluntad la contratación en forma particular de seguros contra otros riesgos.-

OCTAVA: OBLIGACIONES GENERALES DEL/ LOS ADJUDICATARIO/S que se obliga/n INEXCUSABLEMENTE a: 1) Habitar el inmueble con el grupo familiar declarado a partir de la firma del presente, caso contrario deberá comunicar en forma fehaciente la causal de imposibilidad, la que será merituada por la autoridad competente y no se considerará concedida hasta expresa comunicación en ese sentido. 2) No podrá transferir, ceder, arrendar o dar en préstamo por cualquier título, constituir cualquier derecho de uso y/o goce a favor de terceros, sea en forma gratuita u onerosa, hasta la escrituración, cancelación y vencido el plazo de habitabilidad del inmueble adjudicado. El incumplimiento acarreará la inmediata desadjudicación y rescisión del contrato, y el inicio de las correspondientes acciones legales, civiles, penales y/o administrativas. 3) A darle al inmueble destino único y exclusivo de vivienda familiar. 4) Mantener la vivienda en perfecto estado de uso, conservación y limpieza. 5) Mantener al día el pago de la cuota de la vivienda, los impuestos, tasas y contribuciones provinciales, ordinarias y extraordinarias, creadas o a crearse, que gravaren el inmueble. 6) Permitir la inspección de la vivienda cuantas veces la Autoridad de Aplicación estime conveniente, oportuno y necesario y en horario que ésta determine, para esclarecer cualquier duda sobre la ocupación del mismo por el titular y el grupo familiar declarado.-

NOVENA: El/LOS ADJUDICATARIO/S declaran conocer y aceptar que, la vivienda permite realizar ampliaciones hacia sus lados, siempre respetando su estructura existente, y que esta última no soporta la adición de un nuevo piso, impidiendo construir hacia arriba.-

DÉCIMA: Una vez cancelado el precio y vencido el plazo de habitabilidad, el adjudicatario podrá solicitar la escritura traslativa de dominio de la vivienda adjudicada.-

DÉCIMA PRIMERA: En caso de rescisión unilateral del contrato por parte del adjudicatario, la devolución de las cuotas abonadas será realizada a valores históricos.-

DÉCIMA SEGUNDA: El presente Contrato se rige por las Cláusulas insertas en él y lo establecido por la Ley Nº I-0970-2017 o la que en el futuro la reemplace.-

DÉCIMA TERCERA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: A todos los efectos emergentes de este Contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de esta Primera Circunscripción Judicial con asiento en San Luis, con expresa renuncia de todo otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilios especiales los consignados al comienzo de este contrato donde se tendrá por válidas todas las notificaciones y citaciones efectuadas.-

De plena conformidad y habiendo tomado conocimiento de cada una de las cláusulas del presente, a un solo efecto se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad de San Luis a los 2 días del mes de Diciembre del 2025.-

DECRETO Nº 22175-MDH-SPH-2025.-

San Luis, 2 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-8061062/25, por el cual se tramita la adjudicación de UNA (01) unidad habitacional, correspondiente al “Plan Terminalidad Planes Habitacionales “Progreso y Sueños 2011”, Ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis ha diseñado y sostenido una política habitacional que tiene como objetivo central hacer posible que todos los sanluiseños puedan acceder a su vivienda digna;

Que en el año 2011, en el marco de las políticas públicas de vivienda implementadas, el Gobierno de la Provincia de San Luis, lanzó los planes habitacionales “PROGRESO y SUEÑOS”;

Que mediante Decreto Nº 74-MISyPH-2012, el Gobierno de la provincia de San Luis garantizó a los inscriptos bajo los planes habitacionales “PROGRESO y SUEÑOS” el acceso a la vivienda digna, comprometiéndose a cumplimentar la construcción de las viviendas sociales necesarias y efectivizar la entrega a cada uno de ellos, bajo la normativa vigente;

Que, asumida la presente gestión de gobierno, mediante Resolución Nº 241-MDH-2024 se crea el “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011”, con el objeto de efectivizar el derecho de acceso a la vivienda social;

Que por la referida Resolución y asimismo mediante Resolución Nº 202-MDH-2025, se establecen los requisitos para ser incluidos en el citado Plan y se aprueba la documentación correspondiente de los beneficiarios;

Que mediante Resolución Nº 241-MDH-2024, en su Art. 2º, incs. H e I, quedo establecido el valor de la cuota mensual, la forma de actualización y, el reconocimiento de cuotas canceladas, de la unidad habitacional adjudicada;

Que en act. NOTAMP 933885/25, obra intervención de la Secretaría de Estado de Política habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a los beneficiarios GODOY ALEJANDRA BEATRIZ, D.N.I. N° 35.475.135 y NUÑEZ EZEQUIEL ALAN, D.N.I. N° 34.438.768, en el marco del “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011”, en la Ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 369107/25, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, informando la cantidad de cuotas abonadas por los beneficiarios;

Que en act. DOCEXT 368803/25, obra documentación correspondiente de los beneficiarios;

Que en acts. DOCEXT 367440/25 y DOCEXT 367537/25, obra la documentación técnica catastral y registral correspondiente a la vivienda objeto de la adjudicación;

Que en act. DICTAM 100748/25, obra agregado dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, considerando que se podría proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, encuadrando el presente en las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto Reglamentario, y en las Resoluciones N° 241-MDH-2024 y Nº 202-MDH-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Adjudicar UNA (01) unidad habitacional, correspondiente al “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011” en el marco de las Resoluciones N° 241-MDH-2024 y Nº 202-MDH-2025, en la Ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, conforme lo siguiente:

BENEFICIARIO

BARRIO

MANZANA

CASA

GODOY ALEJANDRA BEATRIZ, D.N.I. N° 35.475.135

800 VIV.

652

4

NUÑEZ EZEQUIEL ALAN, D.N.I. N° 34.438.768

Art. 2º.- Aprobar el modelo Contrato de Adjudicación que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, autorizando a la Secretaría de Estado de Política Habitacional a suscribir el mismo con el beneficiario individualizado en el artículo precedente.-

Art. 3º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Administración de la Vivienda, Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y a la Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Hugo Rodolfo Rossi

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

ANEXO

SECRETARIA DE ESTADO DE POLITICA HABITACIONAL

CONTRATO DE ADJUDICACIÓN N° 35.475.135 - 34.438.768

Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS con domicilio en Edificio de Descentralización Administrativa “Casa de Gobierno” Autopista Serranías Puntanas, Km. 783, representado en este acto por el Sr. Secretario de Estado de Política Habitacional, HUGO RODOLFO ROSSI, D.N.I. Nº 13.737.607, y por la otra los Sres. GODOY ALEJANDRA BEATRIZ, D.N.I. N° 35.475.135, estado civil soltera, y NUÑEZ EZEQUIEL ALAN, D.N.I. N° 34.438.768, estado civil soltero, con domicilio legal en Barrio 800 Viviendas, Manzana 652, Casa 4, de la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, en adelante “EL/LA ADJUDICATARIO/A”, convienen en celebrar el presente Contrato de Adjudicación de una vivienda, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: OBJETO: El PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS adjudica, un inmueble compuesto de terreno y una unidad de vivienda construida en el mismo, que se individualiza como Barrio 800 Viviendas, Manzana 652, Casa 4, de la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis.-

SEGUNDA: PRECIO: EL/LOS ADJUDICATARIOS deberán abonar TRESCIENTAS (300) CUOTAS mensuales y consecutivas de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($184.000,00). Se reconoce que hasta el día de la fecha se han abonado SESENTA Y NUEVE (69) cuotas quedando como saldo pendiente la cantidad de DOSCIENTAS TREINTA Y UN (231) cuotas. El MONTO de la cuota a abonar a la fecha de entrega de la vivienda es de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($184.000,00). La actualización se efectuará dos (2) veces al año (30 de junio y 31 de diciembre) conforme al Coeficiente de actualización de Evolución del Salario Mínimo Vital y Móvil, que elabora y publica El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil, o el organismo que en el futuro lo sustituya, habiéndose efectuado el primer ajuste el día 31/12/2024.-

TERCERA: MORA EN PAGO DE CUOTAS: La mora se producirá de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por la falta de pago 3 (tres) cuotas consecutivas o 5 (cinco) alternadas. Producida la mora facultará al PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS a la desadjudicación de la vivienda.-

CUARTA: OBLIGACIÓN DE HABITAR: El/LOS ADJUDICATARIO/S deberá/n cumplimentar los términos del presente contrato, debiendo habitar la vivienda en forma efectiva e inmediata desde la entrega de la llave de la misma, conjuntamente con el grupo familiar denunciado y, por el término mínimo de diez (10) años consecutivos o hasta la cancelación de la vivienda. Infringir esta obligación configura una causal de desadjudicación de la vivienda.-

QUINTA: INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento por parte del/los ADJUDICATARIO/S de las obligaciones emergentes del presente contrato y de las leyes vigentes, dará lugar a la inmediata desadjudicación del inmueble y rescisión de este contrato y al desalojo, de ser necesario, forzado, administrativo y/o judicial, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente Ley N° I-0970-2017 o la que en el futuro la reemplace. En caso de producirse la desadjudicación de el/los ADJUDICATARIO/S no tendrá/n derecho a reclamo de las sumas de dinero abonadas ni de las mejoras introducidas en el inmueble, las que se compensarán con el tiempo de ocupación de la vivienda, debiendo restituirla en perfecto estado de conservación al Estado Provincial, imputándose las sumas abonadas en concepto de valor de uso, sin derecho a reclamo alguno sobre las mismas.-

SEXTA: FALSEAMIENTO U OCULTAMIENTO DE DATOS: El falseamiento u ocultamiento de los datos que hubiera servido de base para la adjudicación del inmueble, como aquellos otros que sean proporcionados con posterioridad, ACARREARÁ LA INMEDIATA DESADJUDICACIÓN Y RESCISIÓN DEL CONTRATO, Y EL INICIO DE LAS CORRESPONDIENTES ACCIONES LEGALES, CIVILES, PENALES Y/O ADMINISTRATIVAS.-

SEPTIMA: SEGUROS: El/LOS ADJUDICATARIO/S deberá/n contratar seguro contra incendio de la vivienda adjudicada, quedando librado a su voluntad la contratación en forma particular de seguros contra otros riesgos.-

OCTAVA: OBLIGACIONES GENERALES DEL/ LOS ADJUDICATARIO/S que se obliga/n INEXCUSABLEMENTE a: 1) Habitar el inmueble con el grupo familiar declarado a partir de la firma del presente, caso contrario deberá comunicar en forma fehaciente la causal de imposibilidad, la que será merituada por la autoridad competente y no se considerará concedida hasta expresa comunicación en ese sentido. 2) No podrá transferir, ceder, arrendar o dar en préstamo por cualquier título, constituir cualquier derecho de uso y/o goce a favor de terceros, sea en forma gratuita u onerosa, hasta la escrituración, cancelación y vencido el plazo de habitabilidad del inmueble adjudicado. El incumplimiento acarreará la inmediata desadjudicación y rescisión del contrato, y el inicio de las correspondientes acciones legales, civiles, penales y/o administrativas. 3) A darle al inmueble destino único y exclusivo de vivienda familiar. 4) Mantener la vivienda en perfecto estado de uso, conservación y limpieza. 5) Mantener al día el pago de la cuota de la vivienda, los impuestos, tasas y contribuciones provinciales, ordinarias y extraordinarias, creadas o a crearse, que gravaren el inmueble. 6) Permitir la inspección de la vivienda cuantas veces la Autoridad de Aplicación estime conveniente, oportuno y necesario y en horario que ésta determine, para esclarecer cualquier duda sobre la ocupación del mismo por el titular y el grupo familiar declarado.-

NOVENA: El/LOS ADJUDICATARIO/S declaran conocer y aceptar que, la vivienda permite realizar ampliaciones hacia sus lados, siempre respetando su estructura existente, y que esta última no soporta la adición de un nuevo piso, impidiendo construir hacia arriba.-

DÉCIMA: Una vez cancelado el precio y vencido el plazo de habitabilidad, el adjudicatario podrá solicitar la escritura traslativa de dominio de la vivienda adjudicada.-

DÉCIMA PRIMERA: En caso de rescisión unilateral del contrato por parte del adjudicatario, la devolución de las cuotas abonadas será realizada a valores históricos.-

DÉCIMA SEGUNDA: El presente Contrato se rige por las Cláusulas insertas en él y lo establecido por la Ley Nº I-0970-2017 o la que en el futuro la reemplace.-

DÉCIMA TERCERA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: A todos los efectos emergentes de este Contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de esta Primera Circunscripción Judicial con asiento en San Luis, con expresa renuncia de todo otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilios especiales los consignados al comienzo de este contrato donde se tendrá por válidas todas las notificaciones y citaciones efectuadas.-

De plena conformidad y habiendo tomado conocimiento de cada una de las cláusulas del presente, a un solo efecto se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad de San Luis a los 2 días del mes de Diciembre del 2025.-

DECRETO Nº 22176-MDH-SPH-2025.-

San Luis, 2 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-8061062/25, por el cual se tramita la adjudicación de UNA (01) unidad habitacional, correspondiente al “Plan Terminalidad Planes Habitacionales “Progreso y Sueños 2011”, en la Cuidad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis ha diseñado y sostenido una política habitacional que tiene como objetivo central hacer posible que todos los sanluiseños puedan acceder a su vivienda digna;

Que en el año 2011, en el marco de las políticas públicas de vivienda implementadas, el Gobierno de la Provincia de San Luis, lanzó los planes habitacionales “PROGRESO y SUEÑOS”;

Que mediante Decreto Nº 74-MISyPH-2012, el Gobierno de la provincia de San Luis garantizó a los inscriptos bajo los planes habitacionales “PROGRESO y SUEÑOS” el acceso a la vivienda digna, comprometiéndose a cumplimentar la construcción de las viviendas sociales necesarias y efectivizar la entrega a cada uno de ellos, bajo la normativa vigente;

Que, asumida la presente gestión de gobierno, mediante Resolución Nº 241-MDH-2024 se crea el “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011”, con el objeto de efectivizar el derecho de acceso a la vivienda social;

Que por la referida Resolución y asimismo mediante Resolución Nº 202-MDH-2025, se establecen los requisitos para ser incluidos en el citado Plan y se aprueba la documentación correspondiente de los beneficiarios;

Que mediante Resolución Nº 241-MDH-2024, en su Art. 2º, incs. H e I, quedo establecido el valor de la cuota mensual, la forma de actualización y, el reconocimiento de cuotas canceladas, de la unidad habitacional adjudicada;

Que en act. NOTAMP 933885/25, obra intervención de la Secretaría de Estado de Política habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria, MARTINEZ GABRIELI LAURA ANDREA, D.N.I. Nº 35.091.509, en el marco del “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011”, en la Ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón. -

Que en act. DOCEXT 369107/25, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, informando la cantidad de cuotas abonadas por los beneficiarios;

Que en act. DOCEXT 368907/25, obra documentación correspondiente a la beneficiaria;

Que en acts. DOCEXT 367537/25, obran en adjunto información registral y DOCEXT 367440/25, la documentación técnica catastral, correspondiente a la vivienda objeto de la adjudicación;

Que en act. DICTAM 100748/25, obra agregado dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, considerando que se podría proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, encuadrando el presente en las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto Reglamentario, y en las Resoluciones N° 241-MDH-2024 y Nº 202-MDH-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Adjudicar UNA (01) unidad habitacional, correspondiente al “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011” en el marco de las Resoluciones N° 241-MDH-2024 y Nº 202-MDH-2025, en la Cuidad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, provincia de San Luis, conforme lo siguiente:

BENEFICIARIA

BARRIO

MANZANA

CASA

MARTINEZ GABRIELI LAURA ANDREA D.N.I. N° 35.091.509

800 VIV.

608

27

Art. 2º.- Aprobar el modelo Contrato de Adjudicación que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, autorizando a la Secretaría de Estado de Política Habitacional a suscribir el mismo con el beneficiario individualizado en el artículo precedente. -

Art. 3º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Administración de la Vivienda, Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y a la Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Hugo Rodolfo Rossi

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

ANEXO

SECRETARIA DE ESTADO DE POLITICA HABITACIONAL

CONTRATO DE ADJUDICACIÓN N° 35.091.509

Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS con domicilio en Edificio de Descentralización Administrativa “Casa de Gobierno” Autopista Serranías Puntanas, Km. 783, representado en este acto por el Sr. Secretario de Estado de Política Habitacional, HUGO RODOLFO ROSSI, D.N.I Nº ١٣.٧٣٧.٦٠٧, y por la otra a la Sra. MARTINEZ GABRIELI LAURA ANDREA, D.N.I. N° 35.091.509, estado civil soltera, con domicilio legal en Barrio 800 Viviendas, Manzana 608, Casa 27, de la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, en adelante “EL/LA ADJUDICATARIO/A”, convienen en celebrar el presente Contrato de Adjudicación de una vivienda, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: OBJETO: El PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS adjudica, Un inmueble compuesto de terreno y una unidad de vivienda construida en el mismo, que se individualiza como Barrio 800 Viviendas, Manzana 608, Casa 27, de la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis. -

SEGUNDA: PRECIO: EL/LOS ADJUDICATARIOS deberán abonar TRESCIENTAS (300) CUOTAS mensuales y consecutivas de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($184.000,00). Se reconoce que hasta el día de la fecha se han abonado SESENTA Y CUATRO (64) cuotas quedando como saldo pendiente la cantidad de DOSCIENTAS TREINTA Y SEIS (236) cuotas. El MONTO de la cuota a abonar a la fecha de entrega de la vivienda es de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($184.000,00). La actualización se efectuará dos (2) veces al año (30 de junio y 31 de diciembre) conforme al Coeficiente de actualización de Evolución del Salario Mínimo Vital y Móvil, que elabora y publica El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil, o el organismo que en el futuro lo sustituya, habiéndose efectuado el primer ajuste el día 31/12/2024.-

TERCERA: MORA EN PAGO DE CUOTAS: La mora se producirá de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por la falta de pago 3 (tres) cuotas consecutivas o 5 (cinco) alternadas. Producida la mora facultará al PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS a la desadjudicación de la vivienda. -

CUARTA: OBLIGACIÓN DE HABITAR: El/LOS ADJUDICATARIO/S deberá/n cumplimentar los términos del presente contrato, debiendo habitar la vivienda en forma efectiva e inmediata desde la entrega de la llave de la misma, conjuntamente con el grupo familiar denunciado y, por el término mínimo de diez (10) años consecutivos o hasta la cancelación de la vivienda. Infringir esta obligación configura una causal de desadjudicación de la vivienda. -

QUINTA: INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento por parte del/los ADJUDICATARIO/S de las obligaciones emergentes del presente contrato y de las leyes vigentes, dará lugar a la inmediata desadjudicación del inmueble y rescisión de este contrato y al desalojo, de ser necesario, forzado, administrativo y/o judicial, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente Ley N° I-0970-2017 o la que en el futuro la reemplace. En caso de producirse la desadjudicación de el/los ADJUDICATARIO/S no tendrá/n derecho a reclamo de las sumas de dinero abonadas ni de las mejoras introducidas en el inmueble, las que se compensarán con el tiempo de ocupación de la vivienda, debiendo restituirla en perfecto estado de conservación al Estado Provincial, imputándose las sumas abonadas en concepto de valor de uso, sin derecho a reclamo alguno sobre las mismas. -

SEXTA: FALSEAMIENTO U OCULTAMIENTO DE DATOS: El falseamiento u ocultamiento de los datos que hubiera servido de base para la adjudicación del inmueble, como aquellos otros que sean proporcionados con posterioridad, ACARREARÁ LA INMEDIATA DESADJUDICACIÓN Y RESCISIÓN DEL CONTRATO, Y EL INICIO DE LAS CORRESPONDIENTES ACCIONES LEGALES, CIVILES, PENALES Y/O ADMINISTRATIVAS. -

SEPTIMA: SEGUROS: El/LOS ADJUDICATARIO/S deberá/n contratar seguro contra incendio de la vivienda adjudicada, quedando librado a su voluntad la contratación en forma particular de seguros contra otros riesgos. -

OCTAVA: OBLIGACIONES GENERALES DEL/ LOS ADJUDICATARIO/S que se obliga/n INEXCUSABLEMENTE a: 1) Habitar el inmueble con el grupo familiar declarado a partir de la firma del presente, caso contrario deberá comunicar en forma fehaciente la causal de imposibilidad, la que será merituada por la autoridad competente y no se considerará concedida hasta expresa comunicación en ese sentido. 2) No podrá transferir, ceder, arrendar o dar en préstamo por cualquier título, constituir cualquier derecho de uso y/o goce a favor de terceros, sea en forma gratuita u onerosa, hasta la escrituración, cancelación y vencido el plazo de habitabilidad del inmueble adjudicado. El incumplimiento acarreará la inmediata desadjudicación y rescisión del contrato, y el inicio de las correspondientes acciones legales, civiles, penales y/o administrativas. 3) A darle al inmueble destino único y exclusivo de vivienda familiar. 4) Mantener la vivienda en perfecto estado de uso, conservación y limpieza. 5) Mantener al día el pago de la cuota de la vivienda, los impuestos, tasas y contribuciones provinciales, ordinarias y extraordinarias, creadas o a crearse, que gravaren el inmueble. 6) Permitir la inspección de la vivienda cuantas veces la Autoridad de Aplicación estime conveniente, oportuno y necesario y en horario que ésta determine, para esclarecer cualquier duda sobre la ocupación del mismo por el titular y el grupo familiar declarado. -

NOVENA: El/LOS ADJUDICATARIO/S declaran conocer y aceptar que, la vivienda permite realizar ampliaciones hacia sus lados, siempre respetando su estructura existente, y que esta última no soporta la adición de un nuevo piso, impidiendo construir hacia arriba. -

DÉCIMA: Una vez cancelado el precio y vencido el plazo de habitabilidad, el adjudicatario podrá solicitar la escritura traslativa de dominio de la vivienda adjudicada. -

DÉCIMA PRIMERA: En caso de rescisión unilateral del contrato por parte del adjudicatario, la devolución de las cuotas abonadas será realizada a valores históricos. -

DÉCIMA SEGUNDA: El presente Contrato se rige por las Cláusulas insertas en él y lo establecido por la Ley Nº I-0970-2017 o la que en el futuro la reemplace. -

DÉCIMA TERCERA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: A todos los efectos emergentes de este Contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de esta Primera Circunscripción Judicial con asiento en San Luis, con expresa renuncia de todo otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilios especiales los consignados al comienzo de este contrato donde se tendrá por válidas todas las notificaciones y citaciones efectuadas. -

De plena conformidad y habiendo tomado conocimiento de cada una de las cláusulas del presente, a un solo efecto se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad de San Luis a los 2 días del mes de diciembre del 2025.-

DECRETO Nº 22177-MDH-SPH-2025.-

San Luis, 2 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-8061062/25, por el cual se tramita la adjudicación de UNA (01) unidad habitacional, correspondiente al “Plan Terminalidad Planes Habitacionales “Progreso y Sueños 2011”, en la Cuidad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis ha diseñado y sostenido una política habitacional que tiene como objetivo central hacer posible que todos los sanluiseños puedan acceder a su vivienda digna;

Que en el año 2011, en el marco de las políticas públicas de vivienda implementadas, el Gobierno de la Provincia de San Luis, lanzó los planes habitacionales “PROGRESO y SUEÑOS”;

Que mediante Decreto Nº 74-MISyPH-2012, el Gobierno de la provincia de San Luis garantizó a los inscriptos bajo los planes habitacionales “PROGRESO y SUEÑOS” el acceso a la vivienda digna, comprometiéndose a cumplimentar la construcción de las viviendas sociales necesarias y efectivizar la entrega a cada uno de ellos, bajo la normativa vigente;

Que, asumida la presente gestión de gobierno, mediante Resolución Nº 241-MDH-2024 se crea el “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011”, con el objeto de efectivizar el derecho de acceso a la vivienda social;

Que por la referida Resolución y asimismo mediante Resolución Nº 202-MDH-2025, se establecen los requisitos para ser incluidos en el citado Plan y se aprueba la documentación correspondiente de los beneficiarios;

Que mediante Resolución Nº 241-MDH-2024, en su Art. 2º, incs. H e I, quedo establecido el valor de la cuota mensual, la forma de actualización y, el reconocimiento de cuotas canceladas, de la unidad habitacional adjudicada;

Que en act. NOTAMP 933885/25, obra intervención de la Secretaría de Estado de Política habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación al beneficiario, MARTONE MARIO EMMANUEL, D.N.I. Nº 35.066.448, en el marco del “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011”, en la Ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón. -

Que en act. DOCEXT 369107/25, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, informando la cantidad de cuotas abonadas por los beneficiarios;

Que en act. DOCEXT 368907/25, obra documentación correspondiente al beneficiario;

Que en acts. DOCEXT 367537/25, obran en adjunto información registral y DOCEXT 367440/25, la documentación técnica catastral, correspondiente a la vivienda objeto de la adjudicación;

Que en act. DICTAM 100748/25, obra agregado dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, considerando que se podría proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, encuadrando el presente en las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto Reglamentario, y en las Resoluciones N° 241-MDH-2024 y Nº 202-MDH-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Adjudicar UNA (01) unidad habitacional, correspondiente al “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011” en el marco de las Resoluciones N° 241-MDH-2024 y Nº 202-MDH-2025, en la Cuidad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, provincia de San Luis, conforme lo siguiente:

BENEFICIARIO

BARRIO

MANZANA

CASA

MARTONE MARIO EMMANUEL D.N.I. N° 35.066.448

800 VIV.

608

26

Art. 2º.- Aprobar el modelo Contrato de Adjudicación que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, autorizando a la Secretaría de Estado de Política Habitacional a suscribir el mismo con el beneficiario individualizado en el artículo precedente. -

Art. 3º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Administración de la Vivienda, Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y a la Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Hugo Rodolfo Rossi

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

ANEXO

SECRETARIA DE ESTADO DE POLITICA HABITACIONAL

CONTRATO DE ADJUDICACIÓN N° 35.066.448

Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS con domicilio en Edificio de Descentralización Administrativa Casa de Gobierno” Autopista Serranías Puntanas, Km. 783, representado en este acto por el Sr. Secretario de Estado de Política Habitacional, HUGO RODOLFO ROSSI, D.N.I Nº ١٣.٧٣٧.٦٠٧, y por la otra al Sr. MARTONE MARIO EMMANUEL, D.N.I. N° 35.066.448, estado civil soltero, con domicilio legal en Barrio 800 Viviendas, Manzana 608, Casa 26, de la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, en adelante “EL/LA ADJUDICATARIO/A”, convienen en celebrar el presente Contrato de Adjudicación de una vivienda, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: OBJETO: El PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS adjudica, un inmueble compuesto de terreno y una unidad de vivienda construida en el mismo, que se individualiza como Barrio 800 Viviendas, Manzana 608, Casa 26, de la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis. -

SEGUNDA: PRECIO: EL/LOS ADJUDICATARIOS deberán abonar TRESCIENTAS (300) CUOTAS mensuales y consecutivas de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($184.000,00). Se reconoce que hasta el día de la fecha se han abonado CINCUENTA Y OCHO (58) cuotas quedando como saldo pendiente la cantidad de DOSCIENTAS CUARENTA Y DOS (242) cuotas. El MONTO de la cuota a abonar a la fecha de entrega de la vivienda es de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($184.000,00). La actualización se efectuará dos (2) veces al año (30 de junio y 31 de diciembre) conforme al Coeficiente de actualización de Evolución del Salario Mínimo Vital y Móvil, que elabora y publica El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil, o el organismo que en el futuro lo sustituya, habiéndose efectuado el primer ajuste el día 31/12/2024.-

TERCERA: MORA EN PAGO DE CUOTAS: La mora se producirá de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por la falta de pago 3 (tres) cuotas consecutivas o 5 (cinco) alternadas. Producida la mora facultará al PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS a la desadjudicación de la vivienda. -

CUARTA: OBLIGACIÓN DE HABITAR: El/LOS ADJUDICATARIO/S deberá/n cumplimentar los términos del presente contrato, debiendo habitar la vivienda en forma efectiva e inmediata desde la entrega de la llave de la misma, conjuntamente con el grupo familiar denunciado y, por el término mínimo de diez (10) años consecutivos o hasta la cancelación de la vivienda. Infringir esta obligación configura una causal de desadjudicación de la vivienda. -

QUINTA: INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento por parte del/los ADJUDICATARIO/S de las obligaciones emergentes del presente contrato y de las leyes vigentes, dará lugar a la inmediata desadjudicación del inmueble y rescisión de este contrato y al desalojo, de ser necesario, forzado, administrativo y/o judicial, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente Ley N° I-0970-2017 o la que en el futuro la reemplace. En caso de producirse la desadjudicación de el/los ADJUDICATARIO/S no tendrá/n derecho a reclamo de las sumas de dinero abonadas ni de las mejoras introducidas en el inmueble, las que se compensarán con el tiempo de ocupación de la vivienda, debiendo restituirla en perfecto estado de conservación al Estado Provincial, imputándose las sumas abonadas en concepto de valor de uso, sin derecho a reclamo alguno sobre las mismas. -

SEXTA: FALSEAMIENTO U OCULTAMIENTO DE DATOS: El falseamiento u ocultamiento de los datos que hubiera servido de base para la adjudicación del inmueble, como aquellos otros que sean proporcionados con posterioridad, ACARREARÁ LA INMEDIATA DESADJUDICACIÓN Y RESCISIÓN DEL CONTRATO, Y EL INICIO DE LAS CORRESPONDIENTES ACCIONES LEGALES, CIVILES, PENALES Y/O ADMINISTRATIVAS. -

SEPTIMA: SEGUROS: El/LOS ADJUDICATARIO/S deberá/n contratar seguro contra incendio de la vivienda adjudicada, quedando librado a su voluntad la contratación en forma particular de seguros contra otros riesgos. -

OCTAVA: OBLIGACIONES GENERALES DEL/ LOS ADJUDICATARIO/S que se obliga/n INEXCUSABLEMENTE a: 1) Habitar el inmueble con el grupo familiar declarado a partir de la firma del presente, caso contrario deberá comunicar en forma fehaciente la causal de imposibilidad, la que será merituada por la autoridad competente y no se considerará concedida hasta expresa comunicación en ese sentido. 2) No podrá transferir, ceder, arrendar o dar en préstamo por cualquier título, constituir cualquier derecho de uso y/o goce a favor de terceros, sea en forma gratuita u onerosa, hasta la escrituración, cancelación y vencido el plazo de habitabilidad del inmueble adjudicado. El incumplimiento acarreará la inmediata desadjudicación y rescisión del contrato, y el inicio de las correspondientes acciones legales, civiles, penales y/o administrativas. 3) A darle al inmueble destino único y exclusivo de vivienda familiar. 4) Mantener la vivienda en perfecto estado de uso, conservación y limpieza. 5) Mantener al día el pago de la cuota de la vivienda, los impuestos, tasas y contribuciones provinciales, ordinarias y extraordinarias, creadas o a crearse, que gravaren el inmueble. 6) Permitir la inspección de la vivienda cuantas veces la Autoridad de Aplicación estime conveniente, oportuno y necesario y en horario que ésta determine, para esclarecer cualquier duda sobre la ocupación del mismo por el titular y el grupo familiar declarado. -

NOVENA: El/LOS ADJUDICATARIO/S declaran conocer y aceptar que, la vivienda permite realizar ampliaciones hacia sus lados, siempre respetando su estructura existente, y que esta última no soporta la adición de un nuevo piso, impidiendo construir hacia arriba. -

DÉCIMA: Una vez cancelado el precio y vencido el plazo de habitabilidad, el adjudicatario podrá solicitar la escritura traslativa de dominio de la vivienda adjudicada. -

DÉCIMA PRIMERA: En caso de rescisión unilateral del contrato por parte del adjudicatario, la devolución de las cuotas abonadas será realizada a valores históricos. -

DÉCIMA SEGUNDA: El presente Contrato se rige por las Cláusulas insertas en él y lo establecido por la Ley Nº I-0970-2017 o la que en el futuro la reemplace. -

DÉCIMA TERCERA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: A todos los efectos emergentes de este Contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de esta Primera Circunscripción Judicial con asiento en San Luis, con expresa renuncia de todo otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilios especiales los consignados al comienzo de este contrato donde se tendrá por válidas todas las notificaciones y citaciones efectuadas. -

De plena conformidad y habiendo tomado conocimiento de cada una de las cláusulas del presente, a un solo efecto se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad de San Luis a los 2 días del mes de diciembre del 2025.-

DECRETO Nº 22178-MDH-SPH-2025.-

San Luis, 2 de Diciembre de 2025

VISTO:

El EXD-0000-8061062/25, por el cual se tramita la adjudicación de UNA (01) unidad habitacional, correspondiente al “Plan Terminalidad Planes Habitacionales “Progreso y Sueños 2011”, en la Cuidad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis ha diseñado y sostenido una política habitacional que tiene como objetivo central hacer posible que todos los sanluiseños puedan acceder a su vivienda digna;

Que en el año 2011, en el marco de las políticas públicas de vivienda implementadas, el Gobierno de la Provincia de San Luis, lanzó los planes habitacionales “PROGRESO y SUEÑOS”;

Que mediante Decreto Nº 74-MISyPH-2012, el Gobierno de la provincia de San Luis garantizó a los inscriptos bajo los planes habitacionales “PROGRESO y SUEÑOS” el acceso a la vivienda digna, comprometiéndose a cumplimentar la construcción de las viviendas sociales necesarias y efectivizar la entrega a cada uno de ellos, bajo la normativa vigente;

Que, asumida la presente gestión de gobierno, mediante Resolución Nº 241-MDH-2024 se crea el “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011”, con el objeto de efectivizar el derecho de acceso a la vivienda social;

Que por la referida Resolución y asimismo mediante Resolución Nº 202-MDH-2025, se establecen los requisitos para ser incluidos en el citado Plan y se aprueba la documentación correspondiente de los beneficiarios;

Que mediante Resolución Nº 241-MDH-2024, en su Art. 2º, incs. H e I, quedo establecido el valor de la cuota mensual, la forma de actualización y, el reconocimiento de cuotas canceladas, de la unidad habitacional adjudicada;

Que en act. NOTAMP 933885/25, obra intervención de la Secretaría de Estado de Política habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a los beneficiarios, ARAGUNA MARILU LAURA, D.N.I. N° 35.052.895 y GUAJARDO MARCOS SEBASTIAN, D.N.I. Nº 31.130.968 en el marco del “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011”, en la Ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón. -

Que en act. DOCEXT 369107/25, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, informando la cantidad de cuotas abonadas por los beneficiarios;

Que en act. DOCEXT 368907/25, obra documentación correspondiente a los beneficiarios;

Que en acts. DOCEXT 367537/25, obran en adjunto información registral y DOCEXT 367440/25, la documentación técnica catastral, correspondiente a la vivienda objeto de la adjudicación;

Que en act. DICTAM 100748/25, obra agregado dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, considerando que se podría proceder al dictado del acto administrativo correspondiente, encuadrando el presente en las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto Reglamentario, y en las Resoluciones N° 241-MDH-2024 y Nº 202-MDH-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Adjudicar UNA (01) unidad habitacional, correspondiente al “PLAN TERMINALIDAD PLANES HABITACIONALES PROGRESO y SUEÑOS 2011” en el marco de las Resoluciones N° 241-MDH-2024 y Nº 202-MDH-2025, en la Cuidad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, provincia de San Luis, conforme lo siguiente:

BENEFICIARIOS

BARRIO

MANZANA

CASA

ARAGUNA MARILU LAURA D.N.I. N° 35.052.895

800 VIV.

608

25

GUAJARDO MARCOS SEBASTIAN D.N.I. Nº 31.130.968

Art. 2º.- Aprobar el modelo Contrato de Adjudicación que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, autorizando a la Secretaría de Estado de Política Habitacional a suscribir el mismo con el beneficiario individualizado en el artículo precedente. -

Art. 3º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Administración de la Vivienda, Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y a la Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Hugo Rodolfo Rossi

Gustavo Antonio Bertolini

Néstor Alberto Ordoñez

ANEXO

SECRETARIA DE ESTADO DE POLITICA HABITACIONAL

CONTRATO DE ADJUDICACIÓN N° 35.052.895 - 31.130.968

Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS con domicilio en Edificio de Descentralización Administrativa “Casa de Gobierno” Autopista Serranías Puntanas, Km. 783, representado en este acto por el Sr. Secretario de Estado de Política Habitacional, HUGO RODOLFO ROSSI, D.N.I Nº ١٣.٧٣٧.٦٠٧, y por la otra los Sres. ARAGUNA MARILU LAURA, D.N.I. N° 35.052.895, estado civil casada con GUAJARDO MARCOS SEBASTIAN, D.N.I. N° 31.130.968, con domicilio legal en Barrio 800 Viviendas, Manzana 608, Casa 25, de la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, en adelante “EL/LA ADJUDICATARIO/A”, convienen en celebrar el presente Contrato de Adjudicación de una vivienda, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: OBJETO: El PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS adjudica, un inmueble compuesto de terreno y una unidad de vivienda construida en el mismo, que se individualiza como Barrio 800 Viviendas, Manzana 608, Casa 25, de la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis. -

SEGUNDA: PRECIO: EL/LOS ADJUDICATARIOS deberán abonar TRESCIENTAS (300) CUOTAS mensuales y consecutivas de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($184.000,00). Se reconoce que hasta el día de la fecha se han abonado SESENTA Y SEIS (66) cuotas quedando como saldo pendiente la cantidad de DOSCIENTAS TREINTA Y CUATRO (234) cuotas. El MONTO de la cuota a abonar a la fecha de entrega de la vivienda es de PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($184.000,00). La actualización se efectuará dos (2) veces al año (30 de junio y 31 de diciembre) conforme al Coeficiente de actualización de Evolución del Salario Mínimo Vital y Móvil, que elabora y publica El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil, o el organismo que en el futuro lo sustituya, habiéndose efectuado el primer ajuste el día 31/12/2024.-

TERCERA: MORA EN PAGO DE CUOTAS: La mora se producirá de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por la falta de pago 3 (tres) cuotas consecutivas o 5 (cinco) alternadas. Producida la mora facultará al PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS a la desadjudicación de la vivienda. -

CUARTA: OBLIGACIÓN DE HABITAR: El/LOS ADJUDICATARIO/S deberá/n cumplimentar los términos del presente contrato, debiendo habitar la vivienda en forma efectiva e inmediata desde la entrega de la llave de la misma, conjuntamente con el grupo familiar denunciado y, por el término mínimo de diez (10) años consecutivos o hasta la cancelación de la vivienda. Infringir esta obligación configura una causal de desadjudicación de la vivienda. -

QUINTA: INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento por parte del/los ADJUDICATARIO/S de las obligaciones emergentes del presente contrato y de las leyes vigentes, dará lugar a la inmediata desadjudicación del inmueble y rescisión de este contrato y al desalojo, de ser necesario, forzado, administrativo y/o judicial, conforme a lo dispuesto por la normativa vigente Ley N° I-0970-2017 o la que en el futuro la reemplace. En caso de producirse la desadjudicación de el/los ADJUDICATARIO/S no tendrá/n derecho a reclamo de las sumas de dinero abonadas ni de las mejoras introducidas en el inmueble, las que se compensarán con el tiempo de ocupación de la vivienda, debiendo restituirla en perfecto estado de conservación al Estado Provincial, imputándose las sumas abonadas en concepto de valor de uso, sin derecho a reclamo alguno sobre las mismas. -

SEXTA: FALSEAMIENTO U OCULTAMIENTO DE DATOS: El falseamiento u ocultamiento de los datos que hubiera servido de base para la adjudicación del inmueble, como aquellos otros que sean proporcionados con posterioridad, ACARREARÁ LA INMEDIATA DESADJUDICACIÓN Y RESCISIÓN DEL CONTRATO, Y EL INICIO DE LAS CORRESPONDIENTES ACCIONES LEGALES, CIVILES, PENALES Y/O ADMINISTRATIVAS. -

SEPTIMA: SEGUROS: El/LOS ADJUDICATARIO/S deberá/n contratar seguro contra incendio de la vivienda adjudicada, quedando librado a su voluntad la contratación en forma particular de seguros contra otros riesgos. -

OCTAVA: OBLIGACIONES GENERALES DEL/ LOS ADJUDICATARIO/S que se obliga/n INEXCUSABLEMENTE a: 1) Habitar el inmueble con el grupo familiar declarado a partir de la firma del presente, caso contrario deberá comunicar en forma fehaciente la causal de imposibilidad, la que será merituada por la autoridad competente y no se considerará concedida hasta expresa comunicación en ese sentido. 2) No podrá transferir, ceder, arrendar o dar en préstamo por cualquier título, constituir cualquier derecho de uso y/o goce a favor de terceros, sea en forma gratuita u onerosa, hasta la escrituración, cancelación y vencido el plazo de habitabilidad del inmueble adjudicado. El incumplimiento acarreará la inmediata desadjudicación y rescisión del contrato, y el inicio de las correspondientes acciones legales, civiles, penales y/o administrativas. 3) A darle al inmueble destino único y exclusivo de vivienda familiar. 4) Mantener la vivienda en perfecto estado de uso, conservación y limpieza. 5) Mantener al día el pago de la cuota de la vivienda, los impuestos, tasas y contribuciones provinciales, ordinarias y extraordinarias, creadas o a crearse, que gravaren el inmueble. 6) Permitir la inspección de la vivienda cuantas veces la Autoridad de Aplicación estime conveniente, oportuno y necesario y en horario que ésta determine, para esclarecer cualquier duda sobre la ocupación del mismo por el titular y el grupo familiar declarado. -

NOVENA: El/LOS ADJUDICATARIO/S declaran conocer y aceptar que, la vivienda permite realizar ampliaciones hacia sus lados, siempre respetando su estructura existente, y que esta última no soporta la adición de un nuevo piso, impidiendo construir hacia arriba. -

DÉCIMA: Una vez cancelado el precio y vencido el plazo de habitabilidad, el adjudicatario podrá solicitar la escritura traslativa de dominio de la vivienda adjudicada. -

DÉCIMA PRIMERA: En caso de rescisión unilateral del contrato por parte del adjudicatario, la devolución de las cuotas abonadas será realizada a valores históricos. -

DÉCIMA SEGUNDA: El presente Contrato se rige por las Cláusulas insertas en él y lo establecido por la Ley Nº I-0970-2017 o la que en el futuro la reemplace. -

DÉCIMA TERCERA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: A todos los efectos emergentes de este Contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de esta Primera Circunscripción Judicial con asiento en San Luis, con expresa renuncia de todo otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilios especiales los consignados al comienzo de este contrato donde se tendrá por válidas todas las notificaciones y citaciones efectuadas. -

De plena conformidad y habiendo tomado conocimiento de cada una de las cláusulas del presente, a un solo efecto se firman 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor, en la Ciudad de San Luis a los 2 días del mes de diciembre del 2025.-

LICITACIONES

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

LICITACION PUBLICA N°: ١-2026

OBJETO: COMPRA DE EQUIPOS DE AIRE ACONDICIOANDO PARA LAS ALAS SUR Y ESTE DEL TERCER PISO EDIFICIO CALLE AYACUCHO Nº 945.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL ($55.500.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS ($55.500,00), mediante Depósito o Transferencia electrónica bancaria: a la cuenta N°4780189784 del Banco de la Nación Argentina Sucursal San Luis, CBU 0110478720047801897842, CUIT 30-63459906-8, del Poder Judicial de San Luis, hasta un día antes de la apertura de ofertas.

VENTA DE PLIEGO Y CONSULTAS: Por correo electrónico compras@justiciasanluis.gov.ar con copia a compras.poderjudicialsanluis@gmail.com hasta 48 hs hábiles antes de la fecha de apertura, en el horario de 08:00 hs. a 13:30 hs.-

GARANTIA DE OFERTA Y GARANTIA DE CONTRATO: sujeto a lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales.-

PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: las ofertas serán recepcionadas hasta el día ANTERIOR al fijado para su apertura (es decir hasta el 02 de marzo del 2026), mediante email que deberá ser enviado a la casilla compras@justiciasanluis.gov.ar de Secretaría Contable en documento electrónico (en formatos .doc, .docx o .pdf) protegido con cifrado de contraseña, la que deberá ser comunicada por el oferente con anterioridad al momento del inicio del acto de apertura de ofertas, desde la misma dirección de correo desde la cual se remitió la oferta a la dirección compras@justiciasanluis.gov.ar.

FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: 03 de marzo de 2026, a la hora 11:00 (once) por videoconferencia realizada a tal fin, por el Área Compras y Contrataciones de la Primera Circunscripción Judicial.-

ESTEBAN NICOLAS SANTAGATA CHADA

Secretario Contable

C: 244 SPP e: 13 y v: 18 Feb.

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN ENTE CONTROL DE RUTAS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 05-DECR-2025

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-8260801/25.

Decreto de autorización al llamado Nº 24315/25- MHIP-2025

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “CONSTRUCCION DE NUEVA OFICINA Y DEPOSITO EN PEAJE LA TOMA”

Ubicación: LA TOMA.

DEPARTAMENTO: CNEL. PRINGLES PROVINCIA SAN LUIS”. -

FORMA DE CONTRATACION: ajuste alzado

PRESUPUESTO OFICIAL: $74.347.675,20

PRECIO DEL PLIEGO: $74.500,00

PLAZO DE EJECUCION: 180 DIAS CORRIDOS

FECHA DE APERTURA: 05/03/2026 HORA 10:00Hs.

CONSULTAS Y VENTAS PLIEGO: Dirección Ente Control de Rutas Edif. Norte Bloque I, Planta baja, Casa de Gobierno, a partir de la fecha de publicación y hasta el 02/3/2026 inclusive. -

PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS Y ACTAS DE APERTURA: Dirección Ente Control de Rutas Edif. Conservador, Bloque I, Planta baja, Casa de Gobierno.

ARIEL ALEJANDRO PÁEZ QUIROGA

Director

C: 264 SPP e: 13 y v: 18 Feb

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

LICITACION PUBLICA Nº: 02/2026

OBJETO: “MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS CENTRALIZADOS DE CLIMATIZACION DE LOS EDIFICIOS PALACIO DE JUSTICIA Y TRIBUNALES”

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL ($119.500.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: PESOS CIENTO DIECINUEVE MIL QUINIENTOS ($119.500,00), mediante Depósito o Transferencia electrónica bancaria: a la cuenta Nº 4780189784 del Banco de la Nación Argentina Sucursal San Luis, CBU 0110478720047801897842, CUIT 30-63459906-8, del Poder Judicial de San Luis, hasta un día antes de la apertura de ofertas.

VENTA DE PLIEGO Y CONSULTAS: Por correo electrónico compras@justiciasanluis.gov.ar con copia a compras.poderjudicialsanluis@gmail.com hasta 48 hs hábiles antes de la fecha de apertura, en el horario de 08:00 hs. a 13:30 hs.-

GARANTIA DE OFERTA Y GARANTIA DE CONTRATO: sujeto a lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales.-

PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: las ofertas serán recepcionadas hasta el día ANTERIOR al fijado para su apertura (es decir hasta el 09 de marzo del 2026), mediante email que deberá ser enviado a la casilla compras@justiciasanluis.gov.ar de Secretaría Contable en documento electrónico (en formatos .doc, .docx o .pdf) protegido con cifrado de contraseña, la que deberá ser comunicada por el oferente con anterioridad al momento del inicio del acto de apertura de ofertas, desde la misma dirección de correo desde la cual se remitió la oferta a la dirección compras@justiciasanluis.gov.ar.

FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: 10 de marzo de 2026, a la hora 11:00 (once) por videoconferencia realizada a tal fin, por el Área Compras y Contrataciones de la Primera Circunscripción Judicial.-

MARÍA MERCEDES BESTARD

Secretaria Contable

C: 266 SPP e: 18 y v: 23 Feb.

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

LICITACIÓN PÚBLICA N°: 03/2026

OBJETO: LICITACION PUBLICA Nº3/2026 CONTRATACION DE SERVICIO DE LIMPIEZA EN EDIFICIO TOMAS JOFRE DE LA LOCALIDAD DE SANTA ROSA DEL CONLARA

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($37.500.000).

VALOR DEL PLIEGO: TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($37.500,00). El mismo deberá ser depositado en la Cuenta Corriente N° 4780189784 del Banco Nación Sucursal San Luis CBU 0110478720047801897842, CUIT 30-63459906-8, del Poder Judicial de San Luis.

VENTA DE PLIEGO Y CONSULTAS: Por correo electrónico comprasco@justiciasanluis.gov.ar con copia al correo electrónico contableco19@gmail.com

GARANTIA DE OFERTA Y GARANTÍA DE CONTRATO: sujeto a lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales.-

PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS: Las ofertas serán recepcionadas HASTA EL DÍA ANTERIOR al día fijado para su apertura, en la Oficina Contable de la Tercera Circunscripción Judicial, vía mail que deberá ser enviado a comprasco@justiciasanluis.gov.ar. La oferta deberá remitirse en documento electrónico (en formatos .doc, .docx o .pdf) protegido con cifrado de contraseña, la que se comunicará por el oferente al momento del inicio del acto de apertura de ofertas, desde la misma dirección de correo desde la cual se remitió la oferta a la dirección comprasco@justiciasanluis.gov.ar .

FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: La apertura de ofertas se realizará el día 06 DE MARZO DE 2026 a las 11 HORAS, por videoconferencia que será realizada a tal fin, por el Área Compras y Contrataciones de la Oficina Contable de la Tercera Circunscripción Judicial.

WALDO A. ZAVALA

Responsable Oficina Contable

C: 273 SPP e: 18 y v: 23 Feb.

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

LICITACION PUBLICA N°: ٠٤/٢٠٢٦

OBJETO: “ADQUISICION DE UNA CAMIONETA 0KM”

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS SETENTA MILLONES ($70.000.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: PESOS SETENTA MIL ($70.000,00), mediante Depósito o Transferencia electrónica bancaria: a la cuenta N°4780189784 del Banco de la Nación Argentina Sucursal San Luis, CBU 0110478720047801897842, CUIT 30-63459906-8, del Poder Judicial de San Luis, hasta un día antes de la apertura de ofertas.

VENTA DE PLIEGO Y CONSULTAS: Por correo electrónico compras@justiciasanluis.gov.ar con copia a compras.poderjudicialsanluis@gmail.com hasta 48 hs hábiles antes de la fecha de apertura, en el horario de 08:00 hs. a 13:30 hs.-

GARANTIA DE OFERTA Y GARANTIA DE CONTRATO: sujeto a lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales.-

PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: las ofertas serán recepcionadas hasta el día ANTERIOR al fijado para su apertura (es decir hasta el 10 de marzo del 2026), mediante email que deberá ser enviado a la casilla compras@justiciasanluis.gov.ar de Secretaría Contable en documento electrónico (en formatos .doc, .docx o .pdf) protegido con cifrado de contraseña, la que deberá ser comunicada por el oferente con anterioridad al momento del inicio del acto de apertura de ofertas, desde la misma dirección de correo desde la cual se remitió la oferta a la dirección compras@justiciasanluis.gov.ar.

FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: 11 de marzo de 2026, a la hora 11:00 (once) por videoconferencia realizada a tal fin, por el Área Compras y Contrataciones de la Primera Circunscripción Judicial.-

MARÍA MERCEDES BESTARD

Secretaria Contable

C: 274 SPP e: 18 y v: 23 Feb.

COMERCIALES

El Juzgado Civil, Comercial y Minas nº 2 de esta ciudad de San Luis a cargo de la Dr GERALDINE INES IBAÑEZ, Secretaría a cargo del Autorizante, en autos EXPTE 430715/25 SANCHEZ ALBERTO ANTONIO S/ CONCURSO PREVENTIVO, ha dispuesto la apertura del CONCURSO PREVENTIVO del SR ALBERTO ANTONIO SANCHEZ DNI 18.302.335 con domicilio en Barrio 134 viviendas, manzana 285 casa 24 y legal en Rivadavia 326 5to B que tramitará según las normas del pequeño concurso. Sindico designado: EDGARDO LUIS BONA. Con domicilio en Mitre 778 y electrónico en dgardobona@giajsanluis.gov.ar Fecha de presentación del concurso preventivo: 21/04/2025 .Fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar sus pedido de verificación: 27 de MARZO de 2026 inclusive. Fecha para revisar legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas hasta el 13 DE ABRIL DE 2026. Fijar hasta el día 8 DE MAYO DE 2026 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe individual. Fijar el 27 DE MAYO DE 2026 como fecha para el dictado de la resolución prevista en el art 36 LCQ. Fijar el 24 DE JUNIO DE 2026 como fecha en la cual el síndico deberá presentar el informe General del art 39 LCQ. Fijar el 24 de JULIO de 2026 como fecha hasta la cual el deudor y quienes hayan solicitado verificación para observar el informe general. Fijar el día 10 DE JUNIO DE 2026 la fecha hasta la cual la deudora deberá presentar a la Sindicatura y al Juzgado propuesta de categorización, dictándose resolución de categorización el 7 DE AGOSTO DE 2026. Fijar fecha 21 DE DICIEMBRE de septiembre de 2026 como fecha hasta la cual gozará del período de exclusividad y a los fines allí previstos fijándose el día 11 de DICIEMBRE a las 10 hs para que tenga lugar la audiencia informativa.

C: 209 $27.500,00 e: 09 y v: 18 Feb

JUDICIALES

DR. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, JUEZ DEL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL N° ١ de la ciudad de San Luis, secretaria Autorizante, en autos caratulados: EXP 428331/25 “MEDNIS ALAN S/ SUCESION AB INTESTATO”, cita y emplaza a herederos y acreedores del causante: MENDIS ALAN DNI N° 8.484.323 por el termino de treinta (30) días para que comparezcan a juicio, bajo apercibimiento de ley. FDO Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez.-

San Luis, 28 de Octubre de 2025.-

C: 247 $16.500,00 e: 13 y v: 18 Feb.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 a cargo de la Dra. Cynthia Liliana Fernández Paz, Juez, Prosecretaria autorizante, en los autos caratulados: “REINA MIGUEL ANGEL Y FERNANDEZ AGUSTINA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP N.º 426336/24; CITA Y EMPLAZA por treinta (30) días a herederos y acreedores de los causantes MIGUEL ÁNGEL REINA D.N.I. Nº 6.786.238 Y AGUSTINA FERNÁNDEZ D.N.I. Nº 4.192.767, bajo apercibimiento de Ley.-

SAN LUIS, 29 DE DICIEMBRE DE 2025.-

C: 251 $16.500,00 e: 13 y v: 18 Feb.

El Juzgado Civil, Com. y Ambiental N° ١, Circ. I., de San Luis, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Secretaria del Autorizante, en autos: EXP 307907/17 “ALBORNOZ RAMON FRANCISCO C/ AGUERO PETRONA Y OTRO S/ USUCAPION” cita y emplaza por el término de 15 días a los Señores Petrona Agüero de Lucero y Modesto Aguilera y/o sus Herederos y/o Sucesores y/o Acreedores y de QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO Y/O LO TUVIEREN, para que comparezcan y la contesten, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C., opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse; sobre el inmueble ubicado ubicado sobre Camino Vecinal s/n, en “El Portezuelo” de San Francisco del Monte de Oro, Dpto. de Ayacucho, San Luis, individualizado como Parcela 122 de Plano de mensura N° 7/71/15 confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Gabriel H. Perino el 27 de abril de 2015, y aprobado por la Dirección Provincial deCatastro y tierras Fiscales el 04/08/15, cuya superficie es de TREINTA Y CINCO HECTAREAS NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE METROS VEINTIDOS DECIMETROS CUADRADOS (35 Has. 9.820, 22 m2), comprendido entre los ptos. 1-2: 914,20 m., ptos. 2-3: 436, 52 m., ptos. 3-4: 108,54 m., ptos. 4-5: 15, 83 m., ptos. 5-6: 153,56 m., ptos. 6-7: 250,03 m., ptos. 7-8: 9,92 m., ptos. 8-9: 75,66 m., ptos. 9-10: 64,94 m., ptos. 10-11: 61,07 m., ptos. 11-12: 110,13 m., ptos. 12-13: 83,36 m., ptos. 13-14: 50,40 m., ptos. 14-15: 83,46 m., ptos. 15-16: 97,40 m., ptos. 16-1: 177,08 m.; que limita al Norte con Irene Blanca Sosa de Flores; al Oeste con Isidro Hildebrando Sosa, Georgina Enriz, Ramona Margarita Barrera de Sosa, Jorge Enriz, Maria Delia Enriz de Suarez, Petrona Renee Enriz, Carlos Augusto Francisco Enriz, Blanca Nelly Enriz y Rquel del Rosario Enriz de Nobile; al Este con Petrona Agüero de Lucero (Poseido por Victor Manuel Reiloba), Salvador Armando Aguilera y por Elias Eduardo Quevedo (poseedor); y al Sur con Enriz Hermanos S.R.L.; afectados por los padrones Catastrales N° 88 y 118 de la Rec. 16 de San Francisco, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo 4 de Ayacucho, Folio 410 N° 686 y Tomo 4 de Ayacucho Folio 436 N° 692 (Insc. segunda); bajo apercibimiento de designarles al Sr. Defensor Oficial de Ausentes para que los represente (Art.343, 2º párrafo del C.P.C.).-

San Luis, 23 de diciembre de 2025.-

C: 257 $16.500,00 e: 13 y v: 18 Feb.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 4 de la ciudad de San Luis, de la 1ª Circunscripción Judicial sito en calle Rivadavia N° 340 3er piso, Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4, Prosecretaría de la autorizante, autos: EXP 436889/25 “URQUIZA OSFALDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de OSFALDO URQUIZA DNI 14.697.951 bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 22 de DICIEMBRE de 2025

C: 258 $16.500,00 e: 13 y v: 18 Feb.

EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. CAROLINA SOLEDAD CHERUBINI, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 369633/21 “DEVERSI MARÍA, MUÑOZ DEMOFILA MARIA Y MUÑOZ ARGENTINA ESTHER S/ SUCESION AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por las Sras. DEMOFILA MARIA MUÑOZ, DNI N° 2.507.979 y ARGENTINA ESTHER MUÑOZ, DNI N°6.470.110.-

Villa Mercedes, San Luis, 3 de Febrero de 2026.-

C: 260 $16.500,00 e: 13 y v: 18 Feb.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Ciudad de San Luis, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Secretaría a cargo del autorizante, en autos “FERNANDEZ ROQUE DAVID ROSIER S/ SUCESION AB INTESTATO-EXP 325372/18”, CITA Y EMPLAZA POR TREINTA (30) DÍAS a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, ROQUE DAVID ROSIER, D.N.I. 14.696.202 bajo apercibimiento de ley.

SAN LUIS, Uno de Diciembre del 2025.-

C: 268 $16.500,00 e: 16 y v: 20 Feb.

El Juzgado, Civil, Comercial y Ambiental N° 4, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en los Autos caratulados: “TORREZ ANGEL CLEMENTINO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 436471/25, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: ANGEL CLEMENTINO TORREZ, DNI N° 24.954.975, bajo apercibimiento de Ley.-

San Luis, 10 de FEBRERO de 2026

C: 269 $16.500,00 e: 16 y v: 20 Feb.

El Juzgado de Paz La Toma, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Laura Escudero Ferrari, Juez y Secretaria a cargo de la Autorizante, en los autos caratulados “PIZARRO DOMINGO RUBEN S/ SUCESION AB INTESTATO” EXP 377224/21, cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: PIZARRO DOMINGO RUBEN (DNI Nº 28.600.773), bajo apercibimiento de ley.-

LA TOMA, 18 DE AGOSTO DE 2023.-

C: 272 $16.500,00 e: 16 y v: 20 Feb.

MINAS

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MINERÍA DE SAN LUIS

DESARROLLO PRODUCTIVO

EDICTO DE MINA

La Autoridad Minera de la Provincia de San Luis hace saber por tres veces en quince días, llamando por igual termino a quienes se consideran con derecho a deducir oposiciones a la manifestación de descubrimiento de la MINA HINOJITO IV compuesta de 4(cuatro) pertenencias de Cuarzo, Feldespato y Albita, EXD-0-6020607/25, ubicada en Partido Punta del Agua, Departamento Junín, de esta provincia de San Luis; ubicación: PUNTOS Coordenada Y Coordenada X: 1.-3532425,6433727; 2.- 3532648,6434589; 3.- 3532301,6434707; 4.- 3532213,6434419; 5.- 3532405,6434362; 6.- 3532234,6433784; inscripta a nombre de Adolfo Daniel PERALTA DNI Nº 36.877.712, con domicilio real en Basilio Bustos S/N, Renca, Provincia de San Luis y domicilio legal en calle La Rioja, Nº 1359, Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, provincia de San Luis.ES COPIA PARA PUBLICAR. SAN LUIS 06 DE FEBRERO DEL 2026.-

AGUSTÍN RICARDO CLOSA

Escribano de Minas

C: 242 $16.500,00 Pub.: 11, 18 y 25 Feb.